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Ignorancia Deliberada

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Ignorancia Deliberada

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Ignorancia Deliberada en el Derecho español

La Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2.009 afirma “que quien se pone en situación de ignorancia deliberada, es decir, no querer saber aquello que puede y debe conocerse, y sin embargo se beneficia de esta situación, está asumiendo y aceptando todas las posibilidades del origen del negocio en el que participa, y por lo tanto debe de responder de sus consecuencias”.

Ello no quiere decir, como se afirma en la STS 69/2010, de 30 de enero, “que se excluya en el dolo el elemento volitivo ni la teoría del consentimiento. De modo que, habiéndose acreditado que un sujeto ha ejecutado una acción que genera un peligro concreto elevado para el bien jurídico con conocimiento de que es probable que se produzca un resultado lesivo, se acude a máximas elementales de la experiencia para colegir que está asumiendo, aceptando o conformándose con ese resultado, o que cuando menos le resulta indiferente el resultado que probablemente va a generar con su conducta.”

Ignorancia Deliberada en el Blanqueo de capitales en el Derecho español

Las diferentes tendencias jurisprudenciales admiten tanto el dolo directo como el eventual y,
como forma de este, la denominada en derecho anglosajón willful blindness o ”ignorancia deliberada”.

La ignorancia deliberada es descrita por el Tribunal Supremo, en su sentencia de 26 de marzo de 2013, en referencia al blanqueo, de la siguiente manera:

“El delito de blanqueo descansa en un delito precedente del que procede el afloramiento de los caudales que se quieren blanquear para hacerlos parecer de origen lícito, y como elemento subjetivo supone que el autor debe conocer tal origen no exigiéndose un cumplido y cabal conocimiento del delito precedente, bastando la conciencia de la anormalidad de las operaciones a las que presta su actividad y la razonable inferencia de que dichos capitales proceden –en este caso del tráfico de drogas–, certeza que no exige un dolo directo, sino que basta el dolo eventual, y enlazado con ello las manifestaciones de tal dolo eventual que esta Sala ha clasificado como ignorancia deliberada o principio de indiferencia.Entre las Líneas En resumen, que el agente con conocimiento de la anormalidad de las operaciones presta conscientemente su colaboración al común fin de blanquear los caudales correspondientes.”

En relación a esta cuestión, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22/3/2013, nº 228/13, define la ignorancia deliberada, en el delito de blanqueo de capitales, de la siguiente forma: “la que de quien pudiendo y debiendo conocer la naturaleza del acto o colaboración que se le pide, se mantiene en una situación de no querer saber (por todas, SSTS 236/2003, de 17 de febrero, 628/2003, de 30 de abril, 785/2003 de 29 de mayo, 1257/2009, de 2 de diciembre, y 476/2012, de 12 de junio).Entre las Líneas En otras palabras, la esposa, no obstante tener consistentes y claras razones de que el dinero que servía para la adquisición del patrimonio del que devenía cotitular tenía un origen ilícito vinculado a una irregular recaudación de los tributos por parte de su marido (conocimiento del peligro concreto jurídicamente desaprobado, que integra el elemento cognitivo del dolo), decide contribuir a la obtención del resultado pretendido (difuminar el origen ilícito del dinero) con el desarrollo de una actividad eficaz para ello (aceptando, por lo tanto, su producción, elemento volitivo del dolo)”.

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Y con un carácter más genérico, no referido exclusivamente al delito de blanqueo de capitales, señala el Tribunal Supremo en su sentencia de 8 de marzo de 2013 que:

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“En otras palabras: quien se pone en situación de ignorancia deliberada, sin querer saber aquello que puede y debe saber, está asumiendo y aceptando todas las consecuencias del ilícito actuar en que voluntariamente participa. O, como dice la STS 633/2009, de 10 de junio, quien se encuentra en una situación que se conoce como ceguera voluntaria (willfull blindness), no está excluido de responsabilidad criminal por la acción ejecutada.”

Véase También

Dolo Eventual
Ignorancia

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