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Aparición en Relación a Religión Cristiana

En este contexto, a efectos históricos puede ser de interés lo siguiente: [1] 1. Posibilidad y realidad de estas apariciones. Siguiendo la Sagrada Escritura hay aparición con realidad objetiva, corpórea, sustancial, como fueron las de jesús resucitado a sus discípulos (cfr. Mt 28; Mc 16; Lc 24; lo 20-21; Act 9, 3-9; 1 Cor 15, 5-8). Otras son también objetivas en cuanto que tienen causa y ‘fundamento objetivos, acompañadas de realidad extramental, como en la liberación de San Pedro de la cárcel (Act 12, 1-9). Otras son aparición subjetivas, intrámentáles solamente, mentis excessus, pero comprobadas por los hechos, como en la visión que San Pedro tiene sobre Cornelio (Acf 10, 9-23).Entre las Líneas En el aparición T. los profetas (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) reciben la comunicación de Dios en visión (Is 2, 1 ss.; 6, 1 ss.) o por voz (Ez 2, 2 ss.), o por combinación de una y otra (Ez 1, 22-28); en sueños (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) o en vigilia Dios se comunica.Entre las Líneas En el Nuevo Testamento son frecuentt:s los ángeles (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) mensajeros de Dios: a Zacarías (Lc 1, 5-15); a María (Le 1, 26-38); a José (Mt 1, 1-25); a los pastores (Le 2, 8-14); a los Magos y a S. José (Mt 2, 12-19); a las piadosas mujeres (Mt 28, 5; Me 16, 5; Le 24, 4); a Felipe (Act 8, 26); a Cornelio (Act 10, 3-8); a San Pablo en su travesía hacia Roma (Act 27, 23-24). También los ángeles se aparecen y sirven a Jesús en el desierto (Mt 4, 11); y otro le conforta en su agonía (Le 22, 43).Entre las Líneas En el bautismo de Jesús el Bautista ve al Espíritu en forma de paloma y oye la voz que desde el cielo da testimonio del amado Hijo (Mt 3, 13-17); Esteban ve asimismo los cielos abiertos y a Jesús sentado a la diestra de Dios (Act 7, 56). Estos pasajes y muchos más, muestran la realidad de las apariciones y de las revelaciones unidas a ellas; y, por tanto, la posibilidad de tales acontecimientos en la vida de la Iglesia. Es verdad que tales narraciones forman parte de la revelación pública, una vez que están consignadas en las Sagrada Escritura; pero muestran también la posibilidad de otras semejantes aparición y revelaciones privadas a los hombres. De hecho, San Pedro el día de Pentecostés anuncia que ha llegado el tiempo vaticinado por Joel en que «vuestros hijos profetizarán y vuestras hijas verán visiones y vuestros ancianos tendrán sueños» (Act 2, 17; cfr. Ioel 2, 28). Se mencionan más adelante cuatro hijas del diácono Felipe, que profetizan (Act 21, 9). Y entre los dones carismáticos de la comunidad cristiana, comunicados por el Espíritu, a unos se les da el don de profecía, a otros el discernimiento de los espíritus (1 Cor 12, 10). El don de profecía consistía en hablar por instinto divino de las cosas divinas (entre lo cual podía estar el vaticinio del futuro). San Pablo lo prefiere al don de lenguas (1 Cor 14, 1); «porque el que profetiza habla a los hombres para la edificación, exhortación y consolación» (vers. 3; cfr. vers. 5). Al juntarse los cristianos «uno tiene el don del salmo, o el de la doctrina o el de la revelación. -dice S. Pablo-. Y si, mientras habla un profeta, otro que está sentado tuviere revelación, cállese el primero. Pues todos uno a uno podéis profetizar, para que todos aprendan y cobren ánimos» (1 Cor 14, 29-31). Como se ve, el don de profecía se junta con el de la revelación, según S. Pablo, en estos pasajes; asimismo en S. Juan (Ape 1, 1.3; 22, 195.
En los Santos Padres y en la Historia de la Iglesia es constante la conciencia de que existen tales revelaciones privadas (cfr. L. Volken, Les révélations dans l’Rglise, Mulhouse 1961; D. Iturrioz, Revelaciones privadas, «Estudios Eclesiásticos» 38, 1963, 162-169). Los teólogos lo han reconocido unánimemente; y los Sumos Pontífices en diferentes documentos mencionan o enseñan el hecho de estas aparición y revelaciones. Así, Juan XXII menciona la aparición a S. Simón Stock (a. 1251; v.) sobre el escapulario carmelitano y privilegio sabatino (cfr. B. Xiberta, De visione S. Simonis Stock, Roma 1952, 272-273); Benedicto XV y Pío XI las del Corazón de Jesús a S. Margarita María (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general). Pío XII las de la medalla milagrosa a S. Catalina Laboure (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general), en la homilía de canonización (AAS 39, 1947, 378) y las de Lourdes (a. 1854; v.) a S. Bernardette (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) (Fulgens corona: AAS 45, 1953, 578). No raras veces, tales aparición o revelaciones han sido el origen de la institución de algunas festividades litúrgicas, como la fiesta del Corpus Christi (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) con ocasión de las aparición a S. Juliana de Cornillon; la del Corazón de Jesús, con ocasión de S. Margarita M.; la consagración del mundo al Corazón de Jesús por León XIII, con. ocasión de Sor María del S. Corazón, etc.
La persuasión universal del pueblo cristiano, y de los teólogos,;. escritores y maestros de espíritu, es que tales fenómenos acontecen realmente en la Iglesia, y pertenecen a su vida carismal (véase en esta plataforma: CARISMA). Como escribía el card. Próspero Lambertini (Benedicto XIV), Dios favorece a sus amigos con revelaciones y visiones, y de la mayoría de los santos, sobre todo fundadores, así lo leemos (De servorum Dei beatificatione., lib. 3, e. 52, n. 3).
2. Criterios de autenticidad. Para conocer ó llegar a la certeza de la autenticidad (véase qué es, su concepto; y también su definición como “authentication” en el contexto anglosajón, en inglés) de la Revelación divina pública, V. REVELACIÓN, CRITERIOS (en REVELACIÓN III, 2), y CREDENTIDAD, MOTIVOS DE. Aquí tratamos d9 las reveladiones privadas. San Pablo quiere «respecto- a los profetas, que hablen dos o tres, y los demás dictaminen» (1 Cor 14, 29) y dice que «el espíritu de los profetas está sometido a los profetas, porque Dios no es un Dios de confusión y de alboroto, sino de paz» (1 Cor 14, 32-33). Y en la Iglesia existe el don de la discreción de los espíritus (1 Cor 12, 10). Esta discreción es necesaria, porque «Satanás se transfigura en ángel de luz» (2 Cor 11, 14). S. Juan, por su parte, exhortaba: «Carísimos, no creáis a todo espíritu, sino probad los espíritus para ver si son de Dios» (1 lo 4, 1). Según aparición Poulain (Des gráces d’oraison, París 1922, 336-337), en aquellos que no son santos, las tres cuartas partes de las pretendidas apariciones son falsas. Por esto la Iglesia y su Magisterio, que debe guiar al pueblo cristiano, deben de poder juzgar acerca de la autenticidad (véase qué es, su concepto; y también su definición como “authentication” en el contexto anglosajón, en inglés) de tales aparición y revelaciones.Entre las Líneas En el aparición T. se dan criterios para distinguir los falsos profetas 3e los verdaderos. Los mensajeros de Dios vienen -acompañados de signos y auténticos milagros (1 Reg 2, 34; Ez 24, 27; 33; 22); no hablan contra la auténtica verdad religiosa ya reconocida como tal (Dt 13, 3); se cumplen sus vaticinios (Dt 18, 22); la vida virtuosa acredita a los verdaderos profetas (Ier 23, 9-40). Asimismo en el Nuevo Testamento, Jesús encarga la vigilancia contra los falsos profetas: por los frutos se les conoce y por su virtud (Mt 7, 15-23). San Pablo contrapone los frutos de la carne y los del Espíritu (Gal 5, 17-26).

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Las enseñanzas de los verdaderos profetas no tienen que contradecir las verdades ciertas de la fe. «La profecía debe ser según la medida de la fe» (Rom 12, 6). Y S. Juan da como criterio doctrinal el seguir las verdades de la fe: El que niega la encarnación del Verbo y no reconoce a Jesucristo, no es de Dios; es anticristo (1 lo 4, 2-3).
Aparte de estas normas escriturísticas, es importante desde un púnto de vista psicológico atender al temperamento del vidente y a sus cualidades intelectuales y morales.

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Las inteligencias superiores o muy intuitivas, las condiciones de neurópata, la misma sugestibilidad hipnótica, cualquier clase de anormalidad (véase en esta plataforma: ALUCINACIONES; DELIRIOS; PARANOIA) harán desconfiar de pretendidas visiones o revelaciones; mucho más si pueden ser consideradas como relámpagos del «subconsciente» (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general). Se atenderá, sin embargo, a la manera como se ha desarrollado la visión, si ha sido ex abrupto y de modo impensado e inesperado, o algo que el individuo con sus raciocinios y deseos venía preparando; asimismo si ha sucedido en 61 como en sujeto pasivo, o 61 lo ha fomentado y pretendido, etc.

Detalles

Los autores espirituales señalan también otros indicios de la auténtica acción divina: en la inteligencia el contacto con Dios produce humildad intelectual, y docilidad para dejarse enseñar y conducir; también la gravedad: Dios no se mezcla con lo fútil y frívolo (véase en esta plataforma: ESPIRITISMO). Por lo que toca a la voluntad, están los conocidos frutos del Espíritu Santo (Gal 5, 22-23); la pureza de intención, acompañada de sincera caridad con Dios y con el prójimo; la paciencia y abnegación a toda prueba en las arideces y dificultades; la simplicidad y la paz, aun en medio de turbaciones temperamentales y de tribulaciones por parte de los demás; la confianza en Dios; la flexibilidad ante las órdenes de la Jerarquía; la humildad y el deseo de padecer imitando a Jesucristo; el despego de las cosas del mundo, junto con el deseo de que todos glorifiquen a Dios, etc. Si el examen de todas estas señales, y otras indicadas por los autores en las reglas de discernimiento (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) de espíritus, pueden dar una certeza moral acerca del origen divino de las aparición o revelaciones, no es tampoco infrecuente para el mismo individuo que las experimenta (p. ej., S. Teresa, S. Ignacio), la total certeza del origen sobrenatural.Entre las Líneas En tal caso la luz divina, o el milagro que acompaña a la comunicación que viene con carácter extraordinario, da la certeza del origen divino del fenómeno.
Si los individuos que reciben estas visiones y revelaciones llegan, al menos en muchos casos, a la persuasión de su origen divino, no es tan fácil que los demás alcancen la misma certidumbre. Por un cúmulo de indicios, basados en la prudencia, humildad y cautela sobrenatural del vidente; por su modo de proceder sobrio y honesto, con intenciones santas; y, además, por el conjunto de antecedentes, concomitantes y efectos consiguientes a la revelación, será posible, al menos en ciertos casos, llegar a una certeza moral para establecer la realidad histórica de la revelación.Si, Pero: Pero en muchos casos, fuera del vidente y de sus más cercanos confidentes, los demás sólo alcanzarán la probabilidad del hecho; a menos que venga acompañado con signos extraordinarios que salgan al exterior y sean comprobables por todos. La ausencia de tales comprobaciones públicas queda ya justificada teniendo presente que tales revelaciones privadas, aunque tengan función social, por definición no se enderezan a toda la sociedad eclesial para ser creídas con fe divina y católica. Lo cual suscita el problema siguiente.
3. Asentimiento que se les debe. Las revelaciones privadas no se creen con fe divina y católica, como se cree la Revelación pública (Denz.Sch. 3011). Y la Iglesia piensa que la Revelación pública, que es objeto de esta fe, se terminó con los Apóstoles (Denz.Sch. 3421). «Nuestra fe se apoya en la Revelación hecha a los Apóstoles y Profetas que escribieron libros canónicos; pero no en la revelación hecha a otros doctores, si es que hubo alguna» (S. Tomás, Sum. Theol., 1 ql a8 ad2) (véase en esta plataforma: FE; REVELACIÓN). Las revelaciones privadas posteriores a los Apóstoles, en cuanto enuncian algo que no estuviese en la Revelación común pública, no pertenecen al depósito de la fe católica. Por esto «el carisma de la profecía», que sin duda estará ,siempre en la Iglesia, «no es para proponer una nueva doctrina de fe, sino para la dirección de los actos humanos», según S. Tomás (Sum. Theol., 2-2 8174 a6 ad3). Creemos, sin embargo, con Benedicto XIV (De servorum Dei beatif., lib. 3, c. 53, n. 12), card. Bona (De discret. spirit., c. 20, n. 1) y otros, que aquellos que reciben las ‘revelaciones privadas, si están ciertos de su origen divino, pueden y deben darles firme asentimiento. Muchos teólogos piensan que este asentimiento, como fundado en la palabra de Dios revelada, puede y debe ser de fe divina.

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Además, en la Sagrada Escritura se refieren revelaciones privadas y la fe a que dieron lugar, y se alaba esta fe (p. ej., de Sara estéril: Heb 11, 1l). Por parecidas razones nos parece también que aquellos no videntes a quienes va mediatamente enderezado el mensaje de la revelación privada, lo pueden y deben creer con fe divina, si llegan a persuadirse, al menos con certeza moral, de la realidad del hecho de la revelación.Si, Pero: Pero es fácil objetar que no siempre se logrará esta certeza. Con mayor razón será difícil que la alcancen aquellos a quienes no se endereza la revelación privada. Pero, en el caso en que llegaren a esta certeza, creemos que podrían afirmar por la autoridad de Dios revelante y, por tanto, con fe divina, el contenido de aquella revelación. No decimos que deberían afirmarlo con acto positivo, puesto que la revelación no va dirigida a ellos; bastaría que no negaran lo que saben con certeza que Dios ha dicho.
4. Relación con el Magisterio de la Iglesia. Las revelaciones privadas se aprueban frecuentemente con mera aprobación permisiva, si se permite su lectura en la Iglesia para enseñanza y edificación de los fieles, según las reglas de la prudencia (cfr. De serv. Dei beatif., lib. 2, c. 32, n. 11).Entre las Líneas En tales casos la Iglesia «no afirma la verdad del hecho, sino que no prohibe que se crea, a no ser que falten argumentos humanos para creer. [Y refiriéndose a ciertas apariciones] tales apariciones o revelaciones ni fueron aprobadas ni condenadas por la Sede apostólica, sino solamente permitidas como piadosamente creíbles con fe solamente humana.» (S. Pío X, enc. Pascendi: AAS 40, 1907, 649). El Papa se refiere aquí a un decreto de la Sagrada Congregación de Ritos (AAS 11, 1878, 509-511). También pueden aprobarse con una aprobación negativa si, como sucede antes de incoarse un proceso de beatificación, se declara que no hay nada contra la fe y las costumbres en tales revelaciones.Si, Pero: Pero hay casos en que el mismo Magisterio de la Iglesia enseña la realidad objetiva de tales hechos y, al proponerlos a los fieles, parece darles una aprobación positiva, como, p. ej., Benedicto XV refiriéndose a las revelaciones del Corazón de Jesús a S. Margarita María en las letras decretales de su canonización (AAS 12, 1920, 512) y Pío XI en la Miserentissimus Redemptor (AAS 20, 1928, 166-168.172173.177). Asimismo en diversos formularios litúrgicos se afirman algunos hechos carismáticos (p. ej., 17 de septiembre, la impresión de las llagas de S (se puede estudiar algunas de estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Francisco). Es claro que en estos documentos del magisterio ordinario, en los cuales no hay la intención de proceder a juicios perentorios y definitivos, los Papas no han definido la realidad de tales aparición y revelaciones.Si, Pero: Pero podría preguntarse si la Iglesia podría definir con juicio infalible la autenticidad (véase qué es, su concepto; y también su definición como “authentication” en el contexto anglosajón, en inglés) de ellas. La Iglesia puede declarar infaliblemente si lo que se dice revelado concuerda o no con las verdades reveladas contenidas en el depósito de la Revelación. La razón es que la potestad del magisterio infalible se extiende a todas aquellas cosas que, de ser negadas o afirmadas, ya no podría tal depósito custodiarse inmune de error y exponerse convenientemente (cfr. aparición Straub, De Ecclesia, Innsbruck 1912, n. 882; v. MAGISTERIO ECLESIÁSTICO).Entre las Líneas En cuanto a definir la realidad objetiva de las aparición y revelaciones los teólogos no están acordes. Pensamos que éstas pertenecen a la vida carismal de la Iglesia (lo mismo que el don de profecía de que habla 1 Cor 12, 10; 13, 29-33; y los milagros (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) que seguirán a la predicación del Evangelio, de que hablan Me 16, 17; lo 14, 12). Toca, por tanto, a la Iglesia el derecho y el deber de juzgar de una manera oficial y constatar que se verifican esta vida carismal y las profecías de Cristo; como lo hace respecto de los milagros que se proponen para las beatificaciones y canonizaciones, y asimismo cuando la autoridad eclesiástica juzga de la sobrenaturalidad de algunas pretendidas apariciones; aunque, de hecho, al juzgar tales milagros, etc., la Iglesia no usa de un magisterio infalible. La infalibilidad (véase, si se desea, más sobre este último termino en la plataforma general) recae sobre la canonización, pero no sobre los milagros que sirven para ella (véase en esta plataforma: BEATIFICACIÓN; CANONIZACIóN; PROCESOS CANÓNICOS II).Si, Pero: Pero es claro que, puesto que juzga de tales milagros y hechos sobrenaturales, a esto se extiende también el poder de magisterio de la Iglesia. Como, por otra parte, la infalibilidad de la Iglesia tiene el mismo alcance que su poder magisterial (cfr. aparición Straub, De Ecclesia, n. 915, 893), parece que también hay que extender su poder de infalibilidad al juicio sobre la realidad auténtica de las apariciones y visiones. Cfr. «Zeitschrift f. k. Theologie» 37 (1913) 441-442; en contra, Th. Spácil, ibíd. 37 (1913) 146; en favor, D. Iturrioz, o. c. V.t.: DIRECCIÓN ,E~SPIRITUAL II; VISIONES Y LOCUCIONES SOBRENATURALES; FENóMENOS MÍSTICOS EXTRAORDINARIOS. [rbts name=”religion-cristiana”]

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Recursos

Notas y Referencias

  1. Basado parcialmente en el concepto y descripción sobre aparición en la Enciclopedia Rialp (f. autorizada), Editorial Rialp, 1991, Madrid

Véase También

Bibliografía

D. ITURRioz, Revelaciones privadas. Estudio teológico, Madrid 1965; K. RAHNER, Visiones y profecías, San Sebastián 1956; L. VOLKEN, Les révélations dans l’Église, Mulhouse 1961; R. LAÜRENTIN, Lourdes. Histoire authentique des apparitions, 7 vol, París 1961-66; L. G. DA FONSECA, Las maravillas de Fátima, Barcelona 1946; íD, Fátima y la crítica, separata de «Sal Terrae» (1952); J. B. ESTRADE, Las apariciones de Lourdes, Madrid 1958; L. LocHET, Apparitions, Brujas 1957.-Sobre los criterios para examinarlas: E. AMORT, De revelationibus, visionibus et apparitionibus privatis regulae tutae, Venecia 1750; J. DE TONQUÉDEC, Les maladies nerveuses ou mentales et les manifestations diaboliques, París 1938; aparición CoLUNGA, Criterios de verdad para juzgar de las apariciones y revelaciones privadas, «Salmanticensis» 5 (1958) 563-587; ADOLFO DE LA M. DE Dios, Aportaciones de la Psicología al problema de las visiones y revelaciones privadas, ibid. 5 (1958) 607-636.-Sobre las relaciones con el Magisterio: J. aparición ALDAMA, El magisterio pontificio ante las apariciones y revelaciones privadas, ibid., 637-658; M. NICOLAU, Asentimiento que se debe a las apariciones y revelaciones privadas, ibid., 589605; G. ZoRÉ, S. Margherita M. Alacoque alla luce dell’enciclica «Haurietis aquas», «Cor Iesu», vol. II, Roma 1959, 197 s.; PH. DE LA TRINITÉ, Actitud de la Iglesia frente a lo maravilloso de carácter privado, «Rev. de espiritualidad» 17 (1958) 210-215.

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