Contratos para Trabajos Específicos
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Noción de Contratos para Trabajos Específicos
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de contratos para trabajos específicos, la siguiente definición: Modalidad de contrato de actividad celebrado entre una Administración pública y un particular que tiene por objeto la prestación de servicios concretos, de carácter excepcional y no habitual, que no puedan ser atendidos en la labor ordinaria de la Administración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Es un contrato regido por el Derecho administrativo (Ley sobre contratos con las Administraciones públicas) y no por el Derecho laboral.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas y Referencias
- Concepto sobre contratos para trabajos específicos originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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