Artículo 10 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 10, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a Ciencia y Tecnologia de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: la ciencia y tecnología son esenciales para el desarrollo y progreso nacionales. El Estado dará prioridad a la investigación y desarrollo, invención, innovación y su utilización; así como a la educación en ciencia y tecnología, entrenamiento y servicios. Apoyará las capacidades científicas y tecnológicas indígenas, apropiadas y autosubsistentes y su aplicación a los sistemas productivos y a la vida nacional del país.
Artículo 11 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 11, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a Ciencia y Tecnologia de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el Congreso podrá disponer incentivos, incluidas deducciones fiscales para fomentar la participación privada en programas de investigación científica básica y aplicada. Se proporcionarán becas, subvenciones y otras formas de incentivo para los estudiantes de ciencias, investigadores, científicos, inventores, tecnólogos y ciudadanos especialmente dotados.
Artículo 12 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 12, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a Ciencia y Tecnologia de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el Estado regulará la transferencia y promoverá la adaptación de la tecnología de todas las fuentes para el beneficio nacional. Fomentará la más amplia participación de los grupos privados, administrativos locales y organizaciones basadas en la comunidad, así como la generación y utilización de la ciencia y la tecnología.
Artículo 13 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 13, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a Ciencia y Tecnologia de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el Estado protegerá y asegurará los derechos exclusivos de científicos, inventores, artistas y otros ciudadanos dotados a su propiedad intelectual y sus creaciones, particularmente cuando es beneficioso para el pueblo, durante el período que disponga la ley.
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Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes de la de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, la materia sobre política científica filipina está ubicada en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a Ciencia y Tecnologia de dicha ley fundamental.
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Política Educativa Filipina: Artículo 1 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 1, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a [...] Véase también: Arte, Ciencia, Cultura.
Política Educativa: Artículo 19 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 19, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a [...] Véase también: Arte, Ciencia, Cultura.
Política Cultural Filipina: Artículo 14 de la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ] de la Constitución Filipina En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 14, ubicado en la Seccion Xiv [educacion, Ciencia y Tecnologia, Arte, Cultura y Deportes ], en la parte dedicada a Artes [...] Véase también: Arte, Ciencia, Cultura.
Idioma: Idioma Oficial en el Derecho Constitucional Comparado del Continente Americano Estudio comparativo sobre esta cuestión constitucional en los países que más abajo se cubren: BRASIL Art. 13. - A língua portuguesa é o idioma oficial da República Federativa do Brasil. § 1.º São símbolos da [...] Véase también: Arte, Ciencia, Cultura.
Derecho Constitucional Filipino: Artículo 1 de la Seccion Xvi [disposiciones Generales ] de la Constitución Filipina En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 1, ubicado en la Seccion Xvi [disposiciones Generales ], de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: la bandera de las Filipinas será roja, blanca y [...] Véase también: Arte, Ciencia, Cultura.
Políticas Públicas en Tecnología: La determinación de una cierta política en la actividad científica o tecnológica de un país va a estar íntimamente ligada a los objetivos políticos del Estado, tanto internos como externos. La disponibilidad de ciencia y técnica en cantidad y calidad adecuadas, la aptitud para su desarrollo autónomo, se vuelven necesidad ineludible para la supervivencia y para las posibilidades de progreso de cualquier país. Esta circunstancia adquiere especial relevancia para los países del llamado "Tercer Mundo". La ciencia y la técnica son cada vez más mundiales por los problemas que asumen, y por la escala de difusión de los descubrimientos, las invenciones y las innovaciones. Su distribución entre regiones y países dista sin embargo de ser uniforme, se torna enormemente desigual en términos de foco de emergencia y producción, de itinerarios de propagación, de productividad y uso de los resultados. El proceso sé caracteriza por una tendencia a la concentración del avance científico y técnico en los Estados Unidos y en la Unión Soviética, en desmedro del resto de sus respectivos bloques., y por la creciente postergación de los países semidesarrollados y en vías de desarrollo. Véase también: Ciencia, Guía Esencial de los Fundamentos de las Ciencias, Po.
Política Linguística: Política Linguística En inglés: Language policy. La política lingüística estudia las opciones regulares entre variedades y variantes dentro de una comunidad del habla – las prácticas lingüísticas de los miembros de la comunidad, sus creencias acerca de los valores a ser asignados a las [...] Véase también: Ciencia, Cultura, Po.
Vigilancia de Género en los Deportes: Se traza las raíces históricas de las actitudes, políticas y prácticas contemporáneas que informan las feminidades y masculinidades hegemónicas en los deportes olímpicos, incluyendo las políticas de género y sexualidad de los Juegos Olímpicos. Señala que las preguntas sobre la elegibilidad de los atletas transexuales, junto con la cuestión de las mujeres atletas que tienen altos niveles de testosterona (hiperandrogenismo), han demostrado ser particularmente irritantes para los encargados de formular políticas en la industria olímpica y los órganos de gobierno de los deportes. Véase también: Deportes, Economía del Deporte.
Turismo Deportivo: Se destaca la intersección de los estudios deportivos y los estudios turísticos en su discusión sobre el nexo entre deporte y turismo. Utilizan ejemplos de planificación (véase más en esta plataforma general) de infraestructuras e instalaciones, asociaciones público-privadas (APP), la estacionalidad del deporte y el turismo, los mercados emergentes de turismo deportivo y las contribuciones del turismo deportivo a los lugares de comercialización (vender lo que se produce; véase la comercialización, por ejemplo, de productos) o/y, en muchos casos, marketing, o mercadotecnia (como actividades empresariales que tratan de anticiparse a los requerimientos de su cliente; producir lo que se vende) para ilustrar esta relación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). También se resumen los debates y discursos paralelos en los estudios sobre el deporte y el turismo (geografía turística). El deporte y el turismo son fenómenos construidos socialmente que comparten muchos discursos paralelos. Ambas son actividades discrecionales con barreras y limitaciones a la participación que incluyen costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) económicos y de oportunidad. Ambos se definen en términos técnicos que no logran captar adecuadamente sus formas y funciones dinámicas y cambiantes en el espacio y el tiempo. Ambos son por lo general fenómenos estacionales que configuran de manera significativa la forma en que los lugares son experimentados tanto por las comunidades anfitrionas como por los visitantes. Una tendencia significativa es la creciente esfera de interés mutuo que reúne los estudios deportivos y los estudios turísticos. En este texto se destacan estas intersecciones, al tiempo que se explora el creciente interés mutuo que se encuentra en el punto de unión entre los estudios deportivos y los estudios turísticos. Véase también: Deportes, Economía del Deporte.
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