▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Delitos Contra la Industria o el Comercio

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Delitos Contra la Industria o el Comercio

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Delitos Contra la Industria o el Comercio

Definición y descripción de Delitos Contra la Industria o el Comercio ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Pedro A Labariega V) Concepto. La locución se refiere a aquellas conductas ilícitas, atentatorias a la libertad comercial, industrial o de empresa (producción, manufactura, distribución y comercialización (vender lo que se produce; véase la comercialización, por ejemplo, de productos) o/y, en muchos casos, marketing, o mercadotecnia (como actividades empresariales que tratan de anticiparse a los requerimientos de su cliente; producir lo que se vende) de productos, patentes, marcas, derechos de autor, etcétera), tipificadas como delitos en las leyes correspondientes (penales, mercantiles); mismas que establecen una pena monetaria y corporal. No debemos olvidar que existe un sinnúmero de conductas prohibidas (infracciones) que sin llegar a configurar el ilícito penal, se sancionan administrativamente a través de las leyes y reglamentos respectivos.Entre las Líneas En el derecho positivo del país azteca el número de las primeras es mínimo.

Más sobre el Significado de Delitos Contra la Industria o el Comercio

Antecedentes.Entre las Líneas En los Estados Unidos de Norteamérica existen leyes internas antimonopólicas como la Sherman (1890), la Clayton (1914) y la Celler Kefavver (1950) que impiden la concentración y fusión de empresas. Sin embargo la ley Webbpomerene promovió la creación de las multinacionales (Foreign joint ventures) hacia el exterior. También el Tratado de Roma (25-III-1957), por el que se crea la Comunidad Económica Europea proscribe a partir del artículo 85, las prácticas monopólicas. La Convención de la Unión de París para la protección de la Propiedad Industrial (20-III-1883), última revisión en Estocolmo (14-IV-1967), resulta ser un instrumento jurídico internacional, clave contra la competencia desleal. El Convenio Interamericano sobre Derechos de Autor (Washington: 22-VI-1946), establece protección para obras de arte hechas principalmente para fines industriales; además, faculta a los Estados para que éstos instalen leyes nacionales con dicha finalidad. La legislación mexicana, haciéndose eco de lo prescrito por nuestra Carta Magna (artículo 28 Constitucional párrafo 2°), que ordena castigar “severamente” y perseguir “con eficacia” toda conducta que contraríe el comercio y la industria, “con perjuicio del público en general o de alguna clase social”, configuró algunas conductas delictivas en garantía de la libertad comercial, industrial, de trabajo, profesión u oficio (artículo 5° Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafo 1°); de asociación (artículo 9° Constitucional párrafo 1°); de propiedad privada (artículo 27 Constitucional párrafo 1°), y de concurrencia y competencia (artículo 28 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos párrafo 2°), en protección del público consumidor, de la economía y de la riqueza nacionales.

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Véase También

Bibliografía

Barrera Graf, Jorge, Tratado de derecho mercantil, México, Porrúa, 1957; Delmanto, Celso, Delitos de concurrencia desleal, Buenos Aires, Depalma, 1975; Díaz Bravo, Arturo, “Aspectos Jurídicos de la competencia desleal”, Revista Mexicana de la Propiedad Industrial y Artística, México, año IV, n. 7-8, enerodiciembre 1966; Frisch Philipp, Walter y Mancebo Muriel, Gerardo, La competencia desleal, México, Trillas, 1975; Garrigues, Joaquín, Curso de derecho mercantil, México, Porrúa, 1981, tomo I; Gómez Leyva, Delio, “La competencia desleal”, Revista del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, volumen 71, números 506-507, enero-diciembre 1978; Jiménez Huerta, Mariano, Derecho penal mexicano, México, Porrúa, 2a. edición, 1980, tomo V; Mantilla Molina, Roberto L., Derecho Mercantil, México, Porrúa, 1981; Righi, Esteban, “Las garantías individuales y la represión de la delincuencia económica”, Revista Mexicana de Ciencias Penales, México, año I, número 1, enero-junio1978; Rotondi, Mario, “Como clasificar los actos de competencia desleal”, Revista de Derecho Mercantil, Madrid, volumen XXI, n. 60, abril-junio 1956.

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Contenidos Relacionados:

Los de arriba son los elementos relacionados con este contenido de la presente plataforma digital de ciencias sociales.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.
Index

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo