Demora
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Demora en Derecho español
Definición de Demora en Derecho español
Mora. Retraso en el cumplimiento de una obligación.
Intereses de Demora
El impago de la deuda genera la consiguiente responsabilidad por demora (artículos 1.100 y 1.101 del Código Civil) que se ha de calcular conforme al tipo de interés (véase más en el diccionario y más detalles, en esta plataforma, sobre este término) legal desde la presentación de la demanda (artículo 1.108 del Código Civil).
En relación con la obligación del pago de intereses por demora, la jurisprudencia ha evolucionado hacia una postura mucho más favorable al resarcimiento por mora en el caso de obligaciones dinerarias. Y así, entre otras, la STS de 5 de mayo de 2010, declara: «La STS de 16 de noviembre de 2007, RC n.º 4267/2000 declara que, a través de la exigencia de la liquidez de la deuda y con apoyo en el principio «in illiquidis non fit mora» [tratándose de sumas ilíquidas, no se produce mora] (sin base histórica, ni de derecho positivo), la doctrina jurisprudencial vino manteniendo durante mucho tiempo un criterio muy riguroso que se traducía en requerir, prácticamente y de modo general, la coincidencia de la suma concedida con la suplicada para que pudiera condenarse al pago de los intereses legales desde la interpelación judicial (…), exigencia atenuada a partir de la STS de 5 de marzo de 1992, seguida por las de 17 de febrero de 1994, 18 de febrero de 1994, 21 de marzo de 1994, 19 de junio de 1995, 20 de julio de 1995, 9 de diciembre de 1995 y 30 de diciembre de 1995, y otras muchas posteriores, en el sentido de sustituir la coincidencia matemática por la “sustancial”, con la consecuencia de que una diferencia no desproporcionada de lo concedido con lo pedido no resulta obstáculo al otorgamiento de intereses. Con posterioridad, a partir del Acuerdo de esta Sala Primera de 20 de diciembre de 2005, se consolida una nueva orientación, que se plasma en STSS, entre otras, de 4 de junio de 2006, 9 de febrero, 14 de junio y 2 de julio de 2007, que, prescindiendo del alcance dado a la regla «in illiquidis non fit mora», atiende al canon del carácter razonable de la oposición para decidir la procedencia de condenar o no al pago de intereses y concreción del «dies a quo» [día inicial] del devengo. Este criterio, que da mejor respuesta a la naturaleza de la obligación y al justo equilibrio de los intereses en juego, y en definitiva a la plenitud de la tutela judicial, toma como pautas para valorar como razonable la oposición, el fundamento de la reclamación, las razones en que aquélla se asienta, la conducta de la parte demandada en orden a la liquidación y pago de lo adeudado, y demás circunstancias». .
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto en Derecho Médico de Demora para obtener servicios
Dilación en el otorgamiento de atención médica.
Demora o sobreestadía en Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de sobreestadía o demora: [Traducción de sobreestadía en francés: “surestaries”] [Traducción de sobreestadía en otras lenguas en el Diccionario jurídico, véase: “demora” o “sobrestadías”] [Traducción de sobreestadía en alemán: “Liegegeld”] – en una charterparty travesía (véase este término en la presente plataforma internacional), una cantidad acordada por pagar al propietario del buque por el fletador respecto de retraso en la carga o descarga del recipiente más allá del tiempo de estadía (véase este término en la presente plataforma internacional), para el cual el propietario no se hace responsable.Entre las Líneas En el Reino Unido, estadía es considerado como una indemnización, mientras que en Estados Unidos, se ve como carga extendida (véase este término en la presente plataforma internacional). Ver Tetley, M.L.C., 2 Ed, 1998 en las págs 756-757, 770-771..; Tetley, International. M. & A. L., 2003 en la pág. 141 Nota al pie 98.Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a demora en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: demora en inglés (Demurrage).A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Demora en el Entorno Empresarial Global
[rtbs name=”entorno-empresarial-global”]Demora puede ser definido/a de la siguiente forma: Un cargo que se crea para compensar un retraso.Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Revisor: Lawrence
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Estrategias de Internacionalización en la Plataforma
- Globalización Económica, Social y Política
- Demora
- Proceso de Internacionalización en la Plataforma
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Véase También
- Demora para obtener servicios en la Etiqueta de Medicina Legal del Diccionario Legal
- Más sobre Derecho Médico en el Diccionario Legal
- Derecho Sanitario
- Responsabilidad Civil Médica
- Derecho del Paciente
- Deontología Médica
- Guía sobre la Responsabilidad Médica
Bibliografía
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.