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Doce Tablas

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Doce Tablas

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre las doce tablas del derecho romano y su historia. Véase también acerca de los “Orígenes de la Ley de las Doce Tablas“.

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Las fuentes del Derecho romano: Las Doce Tablas

Pomponio, Manual, libro único: “. . se decidió que se nombrara, bajo la autoridad del pueblo, una comisión de diez hombres que estudiaran las leyes de las ciudades-estado griegas y dotaran de leyes a su propia ciudad. Redactaron las leyes íntegramente en tablillas de marfil y colocaron las tablillas juntas delante de la rostra, para que las leyes estuvieran más abiertas a la inspección. Se les concedió durante ese año el derecho soberano en la civitas, para permitirles corregir las leyes. . . Ellos mismos descubrieron una defi ciencia en aquel primer lote de leyes y, en consecuencia, añadieron dos tablillas al conjunto original. De esta adición tomaron su nombre las leyes de las Doce Tablas.” (D.1.2.2.4.)

(Nota: Rostra: estrados utilizados por los oradores en el Forum Romanum, centro comercial, político y jurídico de Roma).

La idea principal del relato de Pomponio puede aceptarse, aunque algunas partes sean cuestionables, especialmente la referencia al estudio de los modelos griegos. Por otra parte, ésta no es la única referencia a la posible influencia griega en las Doce Tablas. Livio también menciona que los comisionados visitaron Grecia para estudiar las leyes del gran legislador ateniense, Solón. Sin embargo, la opinión de los eruditos modernos al respecto es más cauta. Es improbable que la comisión hubiera realizado un viaje potencialmente peligroso a Grecia; es más probable que “las ciudades-estado griegas” mencionadas se refirieran a ciudades del sur de Italia. Pero hay poco en las Doce Tablas que pueda identificarse claramente como griego, aunque algunas disposiciones -por ejemplo, las relativas al comportamiento en los funerales- parecen muy similares a la legislación ateniense (véase Estatutos romanos, 560). (Véase, sin embargo, la interesante teoría alternativa propuesta por Westbrook, R., “The Nature and Origins of the Twelve Tables” (1988) 105 ZSS (rA), 74-121 sobre las Doce Tablas y su parecido con los códigos legales del Próximo Oriente Antiguo). La constitución se suspendió durante un tiempo y el poder ejecutivo supremo recayó en la comisión. Las disposiciones de las Doce Tablas fueron finalmente promulgadas por la comitia centuriata y se les dio publicidad. Se dice que las tablillas originales fueron destruidas cuando los galos saquearon Roma en el 386 a.C., por lo que nuestro conocimiento de las Doce Tablas se basa en referencias de escritores posteriores. El estilo de las disposiciones parece haber sido claro y sencillo, como cabría esperar dadas las exigencias de una publicación inteligible de la ley. El formato básico implicaba el uso de los imperativos condicionales, por ejemplo: ‘Si alguien hace tal y tal cosa, que sea. . . ‘.

▷ En este Día de 26 Abril (1937): Bombardeo de Guernica
Durante la guerra civil española, la Legión Cóndor de la fuerza aérea alemana, que apoyaba a los “nacionalistas” sublevados, bombardeó la ciudad vasca de Guernica, un acontecimiento conmemorado en el cuadro “Guernica” de Pablo Picasso, en varias películas y en numerosos libros y estudios. Véase más acerca de los efectos y consecuencias de esa guerra.

Las Doce Tablas pueden describirse a grandes rasgos como el primer código de derecho romano, aunque sus disposiciones no llegaban a la exhaustiva reformulación del derecho que normalmente supone una codificación moderna. Es probable que en algunas áreas del derecho sólo se enunciaran las normas principales, o aquellas que necesitaban aclaración. El procedimiento se trató con bastante parquedad y la adquisición de bienes apenas recibió mención. Esto puede haber sido una estratagema deliberada para limitar la cantidad de conocimientos que los plebeyos podían adquirir en la ley: Las Doce Tablas fueron preparadas por los patricios como la ley que estaban dispuestos a compartir con los plebeyos, en respuesta a la demanda de estos últimos de igualdad de derechos de libertad.

En general, las Doce Tablas se basaban probablemente en el derecho consuetudinario existente en Roma, pero con algunos decretos reales y algunas innovaciones añadidas. El contenido puede clasificarse a grandes rasgos en derecho público y privado, predominando en gran medida este último.

Derecho público

Las Tablas contenían algunas disposiciones de carácter religioso o constitucional. La Tabla X, titulada “De derecho sagrado”, prescribía normas detalladas sobre entierros y funerales: por ejemplo, los cadáveres no deben ser enterrados ni quemados dentro de la ciudad; no se puede contratar a más de diez fl autistas para que toquen en un funeral; y las mujeres dolientes deben abstenerse de mutilarse o mostrar un dolor excesivo. La Tabla IX contenía disposiciones constitucionales vitales: por ejemplo, la legislación que impone la pena capital sólo puede ser aprobada por la comitia centuriata; no se puede ordenar la ejecución de nadie salvo después de un juicio; existe el derecho de apelación contra una sentencia de muerte.

Derecho privado

Las Doce Tablas contenían disposiciones relativas tanto al procedimiento como al derecho sustantivo. Las tres primeras tablas estaban dedicadas al procedimiento. La Tabla I aborda la cuestión de la citación de un demandado ante un magistrado, es decir, el inicio de una causa: si el demandado se niega a comparecer ante el tribunal, puede utilizarse la fuerza para asegurar su comparecencia; pero si está enfermo o es anciano, el demandante debe proporcionar un medio de transporte. El cuadro II especifica las cantidades que las partes deben depositar en el tribunal antes del inicio de determinados tipos de acciones. La tabla III trata de la ejecución de las sentencias: el deudor dispone de 30 días tras la sentencia para pagar la deuda; si no lo hace, puede ser embargado por el acreedor y llevado ante el tribunal; si la deuda sigue sin pagarse, puede ser detenido por el acreedor con graves consecuencias. La importancia del procedimiento queda patente por su colocación al principio de las Doce Tablas. Sin embargo, la cantidad de procedimiento incluida es modesta en comparación con la que se encuentra en otros códigos de derecho primitivos. Hay algunos detalles útiles sobre cómo iniciar un procedimiento y cómo ejecutar una sentencia, pero poco más. La mayoría de los ciudadanos, por muy versados que estuvieran en los procedimientos establecidos en las Doce Tablas, habrían carecido de los conocimientos y la experiencia suficientes para emprender una acción con éxito.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):

Una parte importante de las Doce Tablas se refería al derecho privado sustantivo. Por ejemplo, la Tabla IV contenía el principio fundamental del derecho de familia romano: un paterfamilias tiene poder absoluto sobre sus hijos. La Tabla VII, relativa a la tierra, establecía algunas normas de importancia práctica, especialmente para los vecinos, por ejemplo, se puede actuar contra las ramas que sobresalen de un árbol vecino. La tabla VIII penalizaba la comisión de diversos ilícitos, por ejemplo, el robo; el pastoreo de ganado en tierras ajenas; el cobro de tipos de interés excesivos; el incendio de casas. La tabla XI prohibía el matrimonio entre un patricio y un plebeyo, una medida muy controvertida que fue derogada a los pocos años. (Para una reconstrucción del texto y un estudio exhaustivo de la literatura reciente sobre las Doce Tablas, véase Estatutos romanos II, 555-721).
Los romanos consideraban las Doce Tablas como el fundamento de su derecho civil. La reverencia que se sintió en épocas posteriores por el código se reflejó en la historia de Cicerón -incluso permitiendo un mínimo de exageración- de que en su época, los niños podían recitar partes de las Tablas. (Sin embargo, parece haber tenido una autoridad más ceremonial que jurídica en la época de la República tardía; véase Watson, Law Making, 111-22). La literatura de los juristas romanos estaba llena de referencias a las Doce Tablas, y esto se refleja en partes de la codificación de Justiniano, especialmente en el Digesto. Las Doce Tablas han contribuido a dar forma a la jurisprudencia occidental.

Revisor de hechos: Ruth

Las Doce Tablas (extractos con notas). Roma, 450 a.C. (fecha tradicional)

(FIRA2, vol. 1, p. 23)

Estas leyes, base del derecho civil romano, tienen su origen en lo que los romanos llamaban mos maiorum, la tradición de sus antepasados. La codificación y publicación de las leyes ancestrales en doce tablillas de bronce en el Foro Romano representó una victoria para la clase plebeya, que hasta entonces había estado sujeta a interpretaciones jurídicas prejuiciosas por parte de los patricios. Aunque algunas de las leyes quedaron obsoletas, el código nunca fue abolido. (Véase más sobre el “Estatuto Jurídico en el Mundo Romano”).

Tabla IV. El poder paterno

1. 2. Un niño notablemente deforme será sacrificado inmediatamente.

3. Para repudiar a su esposa, el marido le ordenará … que disponga de sus bienes para sí, le quitará las llaves, la expulsará. (Nota: En las postrimerías de la República y del Imperio, cualquiera de los cónyuges -o el padre, si aún estaba en su poder- podía divorciarse del otro mediante una simple notificación).

4. El hijo nacido en los diez meses siguientes a la muerte del padre entrará en la herencia …

Tabla V. Herencia y tutela
1. … Las mujeres, aunque sean mayores de edad, a causa de su levedad mental estarán bajo tutela … excepto las Vírgenes Vestales, que … estarán libres de tutela. (Nota: Veinticinco años era la mayoría de edad tanto para las mujeres como para los hombres. Una mujer permanecía sujeta al poder de su padre (potestas) o al de su marido (manus) o, a falta de ambos, al de un tutor. Véase más en esta plataforma digital sobre la tutela en el derecho romano, y sobre las vírgenes vestales.)

2. 3. Las posesiones transmisibles de una mujer que esté bajo la tutela de agnados varones no se adquirirán por derecho prescriptivo a menos que sean transmitidas por la propia mujer con la autorización de su tutor … (Nota: En relación a los “agnados varones”, las relaciones agnaticias se trazan a través de la línea masculina y pueden incluir relaciones artificiales, como a través de la adopción; las relaciones cognaticias se trazan a través de la línea femenina y se limitan a los parentescos consanguíneos).

4. Si alguien que no tiene heredero directo fallece intestado, el agnado varón más próximo tendrá la herencia;

5. Si no hay ningún agnado varón, los varones del clan tendrán la herencia.

6. Los parientes agnados son tutores de aquellos a quienes no se les haya otorgado un tutor por testamento. (Nota: Niños de 7 a 14 años, niñas de 7 a 12 años y mujeres que no estaban bajo el poder del padre o del marido. Esta ley, de la que no se conserva ningún texto, procede de Gayo, Institutos 1.155).

Tabla VI. Propiedad y posesión
5. … Si alguna mujer no está dispuesta a someterse de este modo al control marital de su marido, deberá ausentarse durante tres noches sucesivas en cada año y de este modo interrumpirá su derecho prescriptivo de cada año. (Nota: Esta ley también se deriva de las Institutas de Gayo 1.111 (abajo, n.º 000), donde el jurista explica que la institución había quedado obsoleta en su época.)

Tabla X. Derecho sagrado

4. La mujer no se rasgará las mejillas ni lanzará un grito de dolor a causa de un funeral.

Doce Tablas

Doce Tablas en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Códigos Legales

Ley de las Doce Tablas

Recursos

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Véase También

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1 comentario en «Doce Tablas»

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