Excepción de Arbitraje

Excepción de Arbitraje

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Excepción Arbitraje en Derecho Marítimo

[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de Excepción Arbitraje: Una excepción al principio de inmunidad soberana extranjera en la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera de los Estados Unidos (28 Código de Estados Unidos 1330, 1332 (a), 1391 (f), 1441 (d), 1602-1611 (1976)), mediante el cual un soberano extranjero no es inmune a la jurisdicción en cualquier caso en el que se interpuso un recurso para confirmar una sentencia arbitral si el acuerdo de arbitraje o el premio arbitral es o puede ser gobernado por un tratado u otro acuerdo internacional (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) en vigor para los Estados Unidos pidiendo el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales. Ver 28 Código EE.UU. 1605 (a) (6) (B)).

Nota: traducido por William Lawrence

En Derecho Anglosajón

Hay información relativa a excepción de arbitraje en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: excepción de arbitraje en inglés (Arbitration Exception).

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