Extinción de Empresas
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Visualización Jerárquica de Liquidación de Sociedad Mercantil
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Extinción de Empresas en Derecho
La extinción de la empresa se produce, según el derecho español, cuando todas las deudas de la empresa han sido pagadas, todos los accionistas han recibido su dividendo de liquidación. En ese país, existen tres fases completamente diferenciadas de un proceso, que comienza con la disolución de la empresa, sigue con su liquidación y finalizará con su extinción, la última fase.
Consecuencias Tributarias de la Terminación Técnica de Empresas
En esta sección, se analizará las consecuencias fiscales de la terminación técnica, como ejemplo, de la sociedad colectiva (“partnership”) y de la LLC en Estados Unidos.
A efectos fiscales, la terminación de una sociedad colectiva o de una LLC clasificada como sociedad colectiva (denominadas colectivamente aquí LLC) se activa si se produce una venta o intercambio del 50% o más de los intereses totales en el capital y los beneficios de la LLC en un periodo de 12 meses (Sec. 708(b)(1)(B)). Este tipo de rescisión se denomina con frecuencia “rescisión técnica”, ya que rara vez es la intención de los miembros rescindir realmente la LLC. Cuando una LLC se extingue en virtud de estas disposiciones, sus activos se consideran aportados libres de impuestos a una nueva LLC (en virtud de la Sec. 721), y los intereses en la nueva LLC se consideran entonces distribuidos a los miembros de la antigua LLC (Regs. Sec. 1.708-1(b)(4)).
En virtud de estas normas, no hay distribución considerada de los activos de la “antigua” LLC a los miembros y no hay recontribución considerada de los activos a la “nueva” LLC. Como resultado, la base de la “nueva” LLC en sus activos es idéntica a la base de los activos de la “antigua” LLC.
El ejercicio fiscal de la LLC se cierra en la fecha de la extinción y la creación de una “nueva” LLC a efectos fiscales federales. En consecuencia, la nueva LLC debe realizar nuevas elecciones fiscales y adoptar nuevos métodos de contabilidad fiscal. Por ejemplo, la “nueva” LLC debe realizar una elección de la Sec. 754 para cubrir los intercambios de participaciones de la LLC posteriores a la extinción. Sin embargo, cualquier ajuste de base específico de los miembros resultante de las elecciones de la Sec. 754 realizadas antes de la extinción técnica se traslada de la “antigua” LLC a la “nueva” LLC (Regs. Sec. 1.743-1(d)). Un miembro con un ajuste de base especial en bienes en posesión de una LLC que se extingue en virtud de las normas de extinción técnica seguirá teniendo el mismo ajuste de base especial con respecto a los bienes que se consideren aportados por la LLC extinguida a la nueva LLC, independientemente de si la nueva LLC realiza una elección de la Sec. 754.
Además, si una LLC se extingue por la venta o el intercambio de una participación, una elección de la Sec. 754 realizada por la LLC extinguida que esté en vigor para el ejercicio fiscal de la LLC extinguida en el que se produce la venta, se aplica al miembro entrante (Regs. Sec. 1.708-1(b)(5)).
Para determinar si una LLC se extingue, el profesional debe determinar si un interés de la LLC se enajenó en una “venta o intercambio”, tal como se define en la normativa de la Sec. 708. En caso afirmativo, ¿la venta o el intercambio dieron lugar a que se vendiera o intercambiara el 50% o más de los intereses totales en el capital y los beneficios de la LLC durante un período consecutivo de 12 meses?
Venta o intercambio bajo las reglas de terminación técnica
Los reglamentos no definen una venta o intercambio para aplicar las reglas de terminación técnica de la Sec. 708, sino que especifican ciertas transacciones que se consideran no ventas o intercambios, incluyendo (Regs. Sec. 1.708-1(b)(2)):
- La enajenación de una participación en una LLC mediante donación, legado o herencia (aunque la distribución de bienes de un patrimonio para satisfacer un legado pecuniario se considera un intercambio);
- La liquidación de una participación en una LLC; y
- La adquisición de una participación en una LLC mediante la aportación de bienes a la LLC.
Otros tres tipos de transacciones están excluidas del tratamiento de venta, aunque no están específicamente excluidas de la definición de venta o intercambio en la normativa. Se trata de:
- las aportaciones benéficas de participaciones en una LLC (Letter Ruling 8228094);
- determinadas distribuciones de un fideicomiso o patrimonio (Informe del Comité de Finanzas del Senado a la Ley de Reforma Fiscal de 1986, P.L. 99-514); y
- las transferencias entre cónyuges incidentes en un divorcio (Sec. 1041(b)(1)).
Además, el IRS ha indicado que la conversión de un tipo de interés de LLC en otro tipo de interés de LLC con diferentes derechos, preferencias, privilegios o restricciones no causará una terminación técnica cuando la conversión no cambie la participación de ningún miembro en el capital o pasivo de la LLC (Letter Ruling 200345007).
Otras transferencias de una participación en la LLC probablemente se tratarán como una venta o intercambio a efectos de la Sec. 708, como:
- una venta o intercambio a otro miembro de la LLC (Regs. Sec. 1.708-1(b)(2)) y
- cualquier distribución de una participación en una LLC (como la realizada por una sociedad) (Sec. 761(e)).
En este último caso, una distribución de la participación en la LLC, ya sea a una sociedad matriz o a una filial existente o de nueva creación, que provoque la extinción de la LLC (suponiendo que se trate del 50% o más de los beneficios y de las participaciones en el capital) puede utilizarse cuando la extinción sea deseable, sin modificar la posición económica del propietario.
Determinación de si se ha vendido o intercambiado el 50% o más de los intereses de capital y beneficios
El art. 708 establece que la venta o el intercambio del 50% o más de los intereses totales en el capital y los beneficios de la LLC en un periodo de 12 meses desencadena la terminación de una LLC. Esta norma puede aplicarse a una única transferencia o a una serie de transferencias dentro del período de 12 meses. El período de 12 meses puede ser un único ejercicio fiscal o puede incluir partes de dos ejercicios fiscales. Para que se produzca una extinción de la LLC, los intereses transferidos deben constituir el 50% o más tanto del capital como de los beneficios de la LLC. Por lo tanto, si un miembro vende una participación del 60% en los beneficios pero sólo una participación del 40% en el capital, la LLC no se extingue por ese hecho.
Según Regs. Sec. 1.704-1(e)(1)(v), la participación de un miembro en el capital de la LLC se basa en la parte de los activos de la LLC que se distribuiría al miembro en el momento de su retirada de la LLC o de la liquidación de la LLC. Esta cantidad puede no ser fácilmente determinable si, por ejemplo:
- el acuerdo de funcionamiento de la LLC prevé un rendimiento garantizado del capital de algunos miembros pero no de otros;
- existe una disposición de devolución de ganancias; o
- los miembros aportaron previamente bienes apreciados a la LLC (lo que puede dar lugar a una asignación especial de ganancias en virtud del art. 704(c)).
Excepto en acuerdos sencillos, el único método para determinar con exactitud la participación en el capital de un miembro es calcular la cantidad de capital que se distribuiría al miembro en el momento de la liquidación tras una hipotética venta de todos los bienes de la LLC por el valor justo de mercado.
Tan difícil como es determinar la participación de un miembro en el capital, es igual de difícil -si no más- determinar la participación de un miembro en los beneficios. Aunque no existen directrices en el Código ni en los reglamentos, la sección “2008 Changes to Form 1065-Frequently Asked Questions” (Cambios de 2008 en el formulario 1065-Preguntas frecuentes) de la página web del IRS ofrece información para calcular la participación de un socio o miembro en los beneficios, las pérdidas y el capital si el contrato de sociedad o el acuerdo de explotación no expresan un porcentaje fijo. En tales casos, la sociedad colectiva o la SRL puede utilizar un método razonable para llegar a dichos porcentajes siempre que el método sea coherente con el contrato de sociedad o de explotación y se aplique de forma sistemática.
Algunos métodos sugeridos son calcular:
- la propiedad del capital en función del porcentaje de las cuentas de capital al cierre del ejercicio;
- la participación del propietario en los beneficios en función del porcentaje de elementos que aumentaron las cuentas de capital durante el ejercicio fiscal (distintos de las aportaciones); y
- la participación del propietario en las pérdidas en función del porcentaje de elementos que disminuyeron las cuentas de capital durante el ejercicio fiscal (distintos de las distribuciones).
Presumiblemente, estos mismos métodos estarían disponibles en virtud del art. 708(b)(1)(B).
Los profesionales deberían considerar la posibilidad de documentar el método utilizado en los registros de la LLC y en los documentos fiscales. Si la participación de un miembro transferente en el capital o los beneficios de la LLC se aproxima al 50% o el cálculo de la participación del miembro podría dar como resultado una participación en el capital y los beneficios inferior al 50% o superior al 50%, el profesional debe asegurarse de documentar el cálculo de la participación en el capital y los beneficios transferida. Si el IRS aplica un método diferente para determinar la participación del socio y llega a un porcentaje de propiedad diferente, la cuestión se convierte en una cuestión de valoración.
Ventas múltiples en un período de 12 meses
Las normas de rescisión técnica del art. 708 se aplican a todas las transacciones dentro de un período consecutivo de 12 meses, no de un año natural o fiscal. Esto puede dificultar la detección de una rescisión técnica para el profesional. La transferencia de múltiples intereses durante el período de 12 meses provoca una terminación de la LLC en la fecha en que los intereses totales transferidos (tanto en beneficios como en capital) igualen o superen el 50%. Sin embargo, la venta del mismo interés dos o más veces durante un período de 12 meses sólo se cuenta una vez para determinar si se ha producido una rescisión técnica.
Ejemplo 1
F , G y H son socios a partes iguales de un tercio en J Investors LLC, una LLC de año natural clasificada como sociedad colectiva a efectos de impuestos federales. El 15 de octubre del año 1, F vende su participación de un tercio a K . No se produce la extinción de la LLC puesto que el interés vendido es inferior al 50%. El 15 de febrero del año 2, H vende su interés de un tercio a L . J se extinguirá el 15 de febrero del año 2, ya que se han vendido dos tercios de los intereses en el capital y los beneficios de la LLC durante un período consecutivo de 12 meses. Si K en lugar de H hubiera vendido su participación en la LLC a L el 15 de febrero del año 2, J no se habría extinguido. Esto se considera la venta del mismo interés dos veces y no da lugar a una rescisión (Regs. Sec. 1.708-1(b)(2)).
Consejo práctico
Las normas técnicas de rescisión ponen de relieve la importancia de la comunicación entre los clientes de la LLC y los profesionales fiscales. Si un miembro del 60% en una LLC de año natural vende su participación el 15 de marzo, la declaración de impuestos de año corto para la LLC vence el 15 de julio. (Se puede obtener una prórroga para presentar la declaración del período corto.) Si el profesional no se entera de la venta hasta que el cliente aporta la información de su declaración de impuestos en enero, la declaración del período corto se presentará invariablemente con retraso.
Para evitar cualquier rescisión involuntaria, el profesional puede sugerir la inclusión de una cláusula en el acuerdo de la SRL que prohíba una cesión a menos que se obtenga una opinión de un abogado de que la cesión no causará una rescisión técnica, o que la entidad consienta la cesión. El profesional también podría considerar la posibilidad de sugerir la inclusión de una disposición en el acuerdo por la que se exija al miembro vendedor que notifique a la entidad la venta de una participación y se establezca que la falta de notificación o bien anula la venta o bien obliga al miembro vendedor a indemnizar a la LLC por los gastos en que incurra como consecuencia de la venta.
Efecto de las estructuras de propiedad escalonadas
Según Regs. Sec. 1.708-1(b)(2), si se extingue una LLC o sociedad colectiva de nivel superior que posee una participación en una LLC o sociedad colectiva de nivel inferior, se considera que la entidad de nivel superior intercambia la totalidad de su participación en el capital y los beneficios de la entidad de nivel inferior. El reglamento continúa estableciendo que si la venta o el intercambio de una participación en una sociedad colectiva o LLC de nivel superior no pone fin a la entidad de nivel superior, la venta o el intercambio no se trata como una venta o intercambio de una parte proporcional de la participación de la entidad de nivel superior en el capital y los beneficios de la entidad de nivel inferior.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Ejemplo 2
A , B , C y D son socios iguales al 25% de E Investors LLC, que está clasificada como sociedad colectiva a efectos fiscales federales. E posee una participación del 75% en el capital y los beneficios de F Realty LLC. Una venta por parte de A y B de sus participaciones en E (el 25% de A más el 25% de B) provocará la extinción de dicha LLC. Dado que la venta de los intereses de A’ y B’ termina E , se considera que E ha vendido su participación del 75% en F , causando una terminación técnica de F, también.
Revisor de hechos: Warren, 14
Consecuencias de la Extinción de Empresas
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Liquidación de sociedad mercantil
Véase la definición de Liquidación de sociedad mercantil en el diccionario.
Características de Liquidación de sociedad mercantil
[rtbs name=”empresa-y-competencia”] [rtbs name=”intercambios-economicos-y-comerciales”] [rtbs name=”asuntos-financieros”]Recursos
Traducción de Liquidación de sociedad mercantil
Inglés: Liquidation
Francés: Liquidation de société
Alemán: Gesellschaftsauflösung
Italiano: Liquidazione di società
Portugués: Liquidação de sociedade comercial
Polaco: Likwidacja spółki
Tesauro de Liquidación de sociedad mercantil
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Véase También
- Derecho mercantil
- Arbitraje comercial
- Derecho cambiario
- Contrato comercial
- Quiebra personal
- Quiebra
- Derecho mercantil
- Pérdida financiera
- Delito económico
- Déficit
- Quiebra personal
- Liquidación de bienes
- Disolución de sociedad mercantil
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