Futuro de la Regulación
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Futuro de la Regulación y su Estudio
Nota: hay abundante información acerca del neoliberalismo y de la globalización en el siglo XXI. Puede interesar la lectura de la Historia de la Regulación, de los Tipos de Regulación Económica, de Gobernanza Transnacional y también la Historia de la Gubernamentalidad.
Repensar la interdependencia y teorizar nuevas formas de regulación ha ayudado a resolver el rompecabezas de la expansión regulatoria en la era de la globalización, al tiempo que se ha ampliado el repertorio de conceptos disponibles para analizar la regulación en el nuevo siglo.
Puntualización
Sin embargo, el entusiasmo por comprender la nueva era ha dejado dos tareas clave en gran medida sin realizar.
De la forma a la práctica
Así como la investigación sobre el derecho y la sociedad criticó la doctrina jurídica por centrarse en el derecho en los libros más que en el derecho en acción, la investigación académica sobre las nuevas formas de regulación ha producido mucha más investigación empírica sobre su auge y su carácter que sobre su traducción en la práctica. Esta tendencia se debe en parte a los desafíos metodológicos en el estudio de cómo las formas moldean el comportamiento sobre el terreno. También es probable que se derive de las preocupaciones teóricas de algunos sectores en cuanto a la adopción, difusión y legitimidad, que pueden dejar de lado las cuestiones de aplicación, eficacia e impacto local.
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Sin embargo, frente a los escándalos financieros, el calentamiento global y las desigualdades masivas entre los estados-nación, las preguntas sobre los impactos y la efectividad de estas formas son cruciales.
Afortunadamente, algunas investigaciones han comenzado a evaluar los impactos en la práctica de las organizaciones, ya sea a partir de análisis de grandes casos o de trabajos de campo basados en casos concretos.
Otros Elementos
Además, la labor reciente de los institucionalistas, los estudiosos del derecho y la sociedad, y otros, contiene conceptos de rango medio y orientación metodológica para analizar los efectos de la reglamentación del siglo XXI en la práctica.
Una dirección para la labor futura es abordar la forma en que se reforman las normas y los modelos durante su aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).
Más Información
Las investigaciones sobre la traducción de los modelos mundiales a los entornos locales han demostrado que los planos jurídicos y organizativos rara vez salen indemnes de un viaje de un entorno a otro, sino que se modifican mediante la edición, la reteorización y la creolización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Carruthers & Halliday (2006) presentan un marco para este fenómeno, analizando cómo un modelo de legislación sobre la insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) de las empresas propugnado por las organizaciones internacionales fue en parte resistido, en parte incorporado, hibridizado e indigenizado al ser exportado a China, Indonesia y Corea del Sur. Este marco reconoce el carácter multinivel e iterativo de la aplicación, poniendo de relieve los ciclos recursivos de traducción y retrotraducción entre lo mundial (o global) y lo local, en los que los cabos sueltos y las contradicciones de los esfuerzos anteriores dentro de las naciones alimentan la lucha y la elaboración a nivel nacional y transnacional, lo que alimenta las nuevas rondas de traducción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El marco de “endogeneidad del derecho” de Edelman y sus colegas (1999) también aborda la traducción de la forma a la práctica.Entre las Líneas En este caso, la ambigüedad de los mandatos jurídicos estimula la impugnación del significado de la ley y los esfuerzos de las organizaciones reguladas y los asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) profesionales por construir sus propias interpretaciones del cumplimiento. Estas construcciones a menudo se mezclan con lógicas que no están relacionadas con el propósito de la legislación inicial, incluidas las lógicas de gestión de la eficiencia y el beneficio y las reclamaciones profesionales de jurisdicción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). A medida que las organizaciones adoptan nuevas estructuras como símbolos de cumplimiento, éstas pueden apoyar la movilización dentro de las organizaciones y convertirse en aspectos autorizados de la ley a medida que son respaldadas por los tribunales.
Los retos metodológicos que entraña la documentación de la traducción y los efectos locales de la gobernanza translocal son formidables, pero los contornos clave de esta investigación ya están claros. Como mínimo, esas investigaciones exigen una clara especificación de los mecanismos y canales (véase qué es, su definición, o concepto, y su significado como “canals” en el contexto anglosajón, en inglés) a través de los cuales la formulación de normas mundiales/translocales da forma a la política local y la política da forma a la práctica local. También se basa en una cuidadosa medición a lo largo del tiempo de la política, el discurso y la práctica en múltiples niveles. Existen tecnologías cuantitativas para documentar algunos de esos efectos a distintos niveles, en particular el impacto de los campos y la difusión transnacionales en la política y la estructura de los Estados. [rtbs name=”mundo”] Pero las estrategias para estudiar los resultados del tipo “sí-no”, como la adopción, deben modificarse para considerar cómo cambia el contenido o el marco de un modelo a medida que se traduce a través de los niveles. Esos efectos cruzados también podrían documentarse rastreando la forma en que el lenguaje de los ámbitos transnacionales infunde o reformula los debates de política interna o examinando la forma en que los agentes que tratan de cambiar las prácticas sobre el terreno aprovechan estratégicamente los modelos o normas mundiales con ese fin. Tanto los mecanismos cognitivos como los coercitivos pueden dar forma a la traducción.
Además, los futuros estudios sobre la traducción pueden reforzar las inferencias sobre los efectos mundiales en las políticas y prácticas locales en la medida en que sus diseños de investigación tengan en cuenta las trayectorias nacionales anteriores a la actividad transnacional, los efectos ascendentes en que las naciones configuran la elaboración de normas transnacionales (endogeneidad), la descarga selectiva de modelos translocales y las representaciones estratégicas del cumplimiento de las organizaciones reguladas.
Una segunda dirección para las investigaciones futuras es reconocer que los contextos de la reglamentación son diversos y estudiar las condiciones en que es más probable que se establezcan formas de reglamentación y mecanismos de aplicación particulares. El derecho no vinculante y la regulación mediante la información modifican poderosamente en algunos contextos la práctica de las organizaciones en ausencia de una capacidad de coerción firme. Las clasificaciones de las facultades de derecho, por ejemplo, imponen importantes limitaciones al proceso de admisión y colocación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Mediante una dinámica que Espeland y Sauder (2006) denominan “reactividad”, las clasificaciones transforman profundamente el mundo que pretenden medir, ya que los administradores dirigen los recursos para elevar las puntuaciones medias del LSAT y reorganizar las oficinas de servicios de carrera.
En otros contextos, los sistemas formalmente similares no logran producir una dinámica de autoafirmación, ya sea por la falta de presión comunitaria entre los regulados o por un público subdesarrollado para la regulación por medio de la información. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).
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Sin embargo, esto no significa necesariamente que esos sistemas carezcan de sentido porque pueden surgir otros mecanismos de aplicación a medida que los movimientos sociales, los Estados u otras organizaciones aprovechen el derecho no vinculante y la divulgación en diferentes formas de intervención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Esto puede conducir a la estratificación de la ley dura y a la coerción sobre formas más suaves de regulación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En el caso de las normas laborales en las cadenas de suministro mundiales, han surgido claramente variantes de derecho blando y de regulación por información, y muchas grandes empresas de la industria del vestido, el calzado y el juguete participan en proyectos de establecimiento de normas e iniciativas de certificación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).
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Sin embargo, los regímenes de normas renovables teorizados por Sabel y otros (2000) han fracasado en gran medida: La demanda de los consumidores de mano de obra justa ha sido menor de lo esperado, la certificación no ha dado lugar a etiquetas inequívocas de “no sudor” y la verificación está plagada de registros falsificados y servicios de vigilancia de productos básicos.Entre las Líneas En este caso, la reactividad ha supuesto un cambio simbólico, la disociación y la evasión, como parece ser también el caso en la actual regulación de los mercados financieros. [rtbs name=”mercados-financieros-mundiales”]No obstante, las coaliciones de activistas transnacionales y locales a veces han podido convertir los compromisos simbólicos de las empresas en ganancias reales (por ejemplo, la sindicalización de las fábricas), aunque para ello se ha necesitado una importante actividad de movimiento social, presiones comerciales facilitadoras sobre los gobiernos nacionales y cierto grado de capacidad estatal interna. Aunque fracasen en sus propios términos, las leyes no vinculantes y la divulgación de información podrían crear plataformas para una aplicación más eficaz de las leyes duras.
Como mínimo, sospechamos que las leyes no vinculantes, los sistemas de calificación y certificación probablemente remodelarán profundamente la práctica de las organizaciones cuando estén financiadas de forma independiente y creíblemente libres de captura, cuando las organizaciones reguladas constituyan un grupo relativamente homogéneo y bien conocido, y cuando los objetivos de regulación puedan armonizarse con los intereses de una masa crítica de organizaciones. Las formas no burocráticas de regulación también deberían ser más eficaces cuando los agentes a los que se dirigen constituyen un campo organizativo denso de organizaciones que interactúan con frecuencia y se prestan atención mutuamente o cuando las comunidades críticas están bien desarrolladas.Entre las Líneas En ausencia de estas condiciones, la aplicación estricta de una reglamentación blanda podría ser la única opción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). También en este caso la exactitud e independencia de la información será fundamental, una lección que se desprende de la financiación (o financiamiento) de la calificación de los valores por parte de los bancos de inversión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Si, Pero: Pero para que estos sistemas funcionen en un contexto transnacional casi con toda seguridad se necesitarán también recursos de poder más tradicionales, entre ellos:
- movimientos sociales o grupos de la sociedad civil capaces de vigilar, presionar y exigir la rendición de cuentas de las empresas y los funcionarios públicos de manera sostenida, y
- Estados con la independencia y la capacidad administrativa necesarias para negociar con las empresas e imponerles normas.
El funcionamiento en la práctica de estos sistemas de regulación del siglo XXI también puede depender de la forma en que se superpongan entre sí y con formas de regulación más antiguas. De hecho, en una tercera dirección para la labor futura se considera la interacción de múltiples dinámicas y formas de regulación, incluida la posibilidad de que haya en juego dinámicas mixtas y contradictorias. Los investigadores se centran a menudo en el efecto agregado de la globalización en la regulación, pero hay pocos motivos para esperar que la presión comercial, la difusión y el transnacionalismo o los experimentos con diferentes formas vayan siempre en paralelo. Por ejemplo, aunque las estructuras transnacionales han fomentado la difusión mundial (o global) de los ministerios de medio ambiente, esa difusión se produjo junto con las presiones comerciales que limitan la capacidad de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) en los países en desarrollo y el surgimiento de teorías descontextualizadas y neoliberales del ambientalismo que tienen poca influencia en la modificación de las prácticas concretas. Lo que en un primer momento parece un aumento puede en realidad implicar varios procesos compensatorios.
Además, a menudo se cruzan múltiples formas de regulación, lo que plantea interrogantes sobre la medida en que se socavan o refuerzan mutuamente.Entre las Líneas En este caso, los investigadores pueden recurrir a trabajos recientes que teorizan combinaciones de formas de gobernanza blanda y dura.Entre las Líneas En algunas situaciones, múltiples formas coexisten en tensión o rivalidad, ya sea porque una es un obstáculo para el desarrollo de la otra, porque hacen hincapié en vías de mejora que compiten entre sí o porque sus objetivos son directamente contradictorios. También es posible que dos formas sean complementarias pero inertes, lo que significa que las formas permanecen inalteradas al estar hibridadas.
Detalles
Por último, es posible una hibridación más radical y transformadora, en la que las formas de regulación se remodelan recíprocamente a medida que se cruzan, creando instituciones sin análogos cercanos en ninguna de las clases originales.
En la actualidad, sabemos muy poco sobre estas intersecciones para saber qué configuraciones son estables o potentes. Para generar este conocimiento es necesario en primer lugar ir más allá de la práctica común de examinar una sola forma de regulación de forma aislada. A continuación, los estudiosos pueden proceder a comparar múltiples formas en el mismo dominio -por ejemplo, la regulación mediante la información y la aplicación burocrática basada en el Estado- y, yendo más allá, examinar su interacción y coevolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las publicaciones sobre el pluralismo jurídico, entre otras, pueden resultar útiles para conceptualizar un mundo de superposición de ordenamientos jurídicos y cuasijurídicos, pautas ambiguas de anidación y justificaciones normativas contradictorias.Entre las Líneas En cualquier caso, al abordar las cuestiones de la rivalidad, la hibridación y la pluralidad, las investigaciones futuras podrán especificar más claramente cómo las nuevas configuraciones de las formas podrían remodelar el comportamiento organizativo.
La novedad y la experiencia, combinado
Los trabajos recientes sobre la regulación presentan la poderosa convicción de que ha pasado una época y de que la globalización y el neoliberalismo han puntuado todos los equilibrios anteriores, dando lugar a una “explosión cámbrica” de nuevas formas que exige nuevos instrumentos y conceptos. La discontinuidad ha sido una hipótesis de trabajo productiva.
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Sin embargo, esta nueva antinomia marca una división demasiado aguda con el pasado, dejando sin explotar el potencial analítico de los trabajos recientes. De hecho, sospechamos que el uso de herramientas elaboradas para el siglo XXI para reconsiderar las formas y dinámicas pre-cámbricas en el manantial americano podría sacar a la luz nuevos hechos y revisar las opiniones recibidas sobre sus características fundamentales.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
En primer lugar, aunque en los relatos del siglo XXI se suele considerar que la regulación de los siglos XIX y XX por una comisión independiente es una consecuencia típicamente estadounidense de su forma privatizada de capitalismo empresarial, el Estado regulador estadounidense se desarrolló en el contexto profundamente transnacional del período comprendido entre 1870 y 1914. Esta otra globalización implicó no sólo niveles sin precedentes de comercio internacional, sino también “cruces del Atlántico” de plantillas de organización, teorías y personal, incluyendo a los economistas de formación alemana John Commons y Richard Ely, que se convirtieron en líderes de su profesión y arquitectos de la regulación estadounidense. Estos cruces figuraron de manera central en el auge de la regulación en los Estados Unidos. Por ejemplo, el modelo de comisión de servicios públicos para la industria de servicios eléctricos estuvo directamente influenciado por Commons y sus colegas, la economía social alemana, el socialismo municipal en las ciudades europeas y la difusión de los servicios públicos en los Estados Unidos. De hecho, tanto los arquitectos como los activistas definieron y defendieron el modelo de comisión independiente en relación con la propiedad pública, dando inicio a un siglo de evolución que combinó y recombinó esos dos modelos. Análogamente, los funcionarios públicos de los seguros de propiedad estadounidense forjaron un conjunto de medidas reguladoras que combinaban la supervisión pública por parte de una comisión de expertos con:
- un modelo de autorregulación por asociación que probablemente importaron en el sector las aseguradoras británicas, y
- formas de organización mutua traídas a los Estados Unidos por inmigrantes alemanes, escandinavos y británicos.
Ninguno de estos casos indica que el estado regulador estadounidense haya surgido de la simple difusión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Si, Pero: Pero ambos sugieren que fue ensamblado a partir de bloques de construcción traducidos a la economía estadounidense desde el extranjero.
En segundo lugar, el Estado regulador estadounidense también surgió dentro de un sistema federado de autoridades políticas interactivas pero distintas, lo que plantea la posibilidad de que su construcción se basara en los tipos de dinámica mundial (o global) que ponen de relieve los modelos de regulación de múltiples niveles del siglo XXI. La investigación de Dunlavy (1994) sobre el rodaje de la carta, la expansión de la reglamentación y la contracción de la reglamentación en la industria ferroviaria indica que el comercio hacia arriba y las carreras hacia abajo dejaron su huella en sectores clave durante los siglos XIX y XX. También hay pruebas de que la regulación estadounidense se produjo por la dinámica sociocultural de la difusión horizontal y la estructuración mundial (o global) en la que se hace hincapié en investigaciones recientes. Al igual que en el período actual, la construcción de un estado regulador en el seguro de propiedad estadounidense descansaba en un andamio de varios niveles. Los Estados participaron en la comparación y el debate sobre los modelos de reglamentación, proporcionándose mutuamente principios clave para forjar y legitimar los asentamientos locales.
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Además, esos asentamientos se basaban fundamentalmente en acontecimientos interestatales: el respaldo de la Corte Suprema de los Estados Unidos a la reglamentación como “de interés público”, la promulgación de una ley modelo por una asociación nacional de reguladores y la formación de una oficina actuarial privada para mejorar la capacidad administrativa de los Estados.
Por último, las nuevas sensibilidades acerca de las formas pueden trasladarse provechosamente a los entornos de los siglos XIX y XX. Como mínimo, este enfoque pondría en primer plano un panorama estadounidense poblado por una gama de proyectos de reglamentación más diversa de lo que se percibe comúnmente, confundiendo cualquier identificación simple del estado regulador de los Estados Unidos con un sistema de control adversario y formalizado. Los sistemas de divulgación, tanto privados como públicos, tienen una historia en los Estados Unidos, incluidas las comisiones del sol de Massachusetts, la SEC y los organismos de calificación de los consumidores como Consumers Union. La Comisión Federal de Comercio funcionaba a veces como órgano asesor, consultor o centro de intercambio de información, fomentando relaciones entre el regulador y el regulado que se asemejaban a los planes informales de autorregulación británicos. Los primeros años del siglo XX estadounidense fueron incluso un lugar de experimentación sostenida con la gobernanza experimentalista. Entre 1900 y 1930, los contadores de costos, los asociacionistas, la Cámara de Comercio y la Comisión Federal de Comercio reunieron una alternativa a las fusiones, los cárteles y la producción en masa en la que los productores:
- colaboraron en la elaboración de planes de clasificación de los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) de productos y procesos,
- suministraron a sus asociaciones datos sobre costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) y productos con arreglo a esos planes, y
- utilizaron luego los promedios de la industria compilados por las asociaciones para evaluar sus propios costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) y mejorar sus productos y procesos, revisando las clasificaciones a medida que evolucionaban las condiciones.
Datos verificados por: Marck
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