Garantía Bancaria
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Introducción: Garantía Bancaria
Concepto de Garantía Bancaria en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: Documento independiente emitido por un banco para responder ante terceros del cumplimiento de una obligación contraída por un cliente suyo.
Garantía Bancaria
Documento independiente emitido por un banco para responder ante terceros del cumplimiento de una obligación contraída por un cliente suyo.
El término se usa principalmente para referirse a un documento, o compromiso escrito, según el cual el firmante (garante) se responsabiliza por el cumplimiento de la promesa (habitualmente de pago) de un tercero hacia el beneficiario de la garantía.
Existen dos tipos de garantía de pago:
1) Aquella por la cual el garante solo se compromete a pagar en el caso de que el deudor principal no lo haga.
2) La garantía solidaria, que permite al acreedor exigir el pago del garante sin necesidad de dirigirse primero al deudor principal.
Además de las garantías de pago, existen también una gran variedad de garantías que cubren otros compromisos. A los Bancos a menudo se les pide que emitan garantías de licitación y garantías de fiel cumplimento de contrato por cuenta de sus clientes.
Si bien el término garantía se utiliza mayormente para designar las garantías por firma, como las mencionadas en forma más genérica designa también todo bien que se utiliza para respaldar una deuda. Es así como los bienes muebles prendar en garantía (véase prenda) y los bienes inmuebles se pueden hipotecar (véase hipoteca).
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Algunas Voces relacionadas con Garantía Bancaria en la Enciclopedia del Derecho
- Garantía (en esta referencia legal)
- Garantía Bancaria (en esta referencia legal)
- Garantía de Fiel Cumplimiento (en esta referencia legal)
- Garantía Hipotecaria (en esta referencia legal)
- Garantía Personal (en esta referencia legal)
- Garantía Prendaria (en esta referencia legal)
- Garantía Real (en esta referencia legal)
- Garantía Solidaria (en esta referencia legal)
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Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Garantía bancaria en Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]Ver la fianza (véase también en el Diccionario Jurídico).Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a garantía bancaria en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: garantía bancaria en inglés (Bank guarantee).
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En el Contexto de: Garantías
Véase una definición de garantía bancaria en el diccionario y también más información relativa a garantía bancaria. [rtbs name=”garantias”]
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2 comentarios en «Garantía Bancaria»