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Génesis de las Normas Jurídicas

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Génesis de las Normas Jurídicas

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Génesis de las Normas Jurídicas

Génesis de las Normas Jurídicas en el Derecho Civil Español

Para un análisis más detenido acerca de génesis de las normas jurídicas y, en general, del derecho civil español (ordenamiento jurídico), véase aquí (el vínculo le llevará a la enciclopedia jurídica española).

La Génesis de las Normas Jurídicas (en las Fuentes del Derecho en el Ordenamiento Jurídico Doméstico)

Dentro del contenido de la parte general del Derecho Civil, persona y familia, la presente sección hará una breve referencia a las siguientes cuestiones: la génesis de las normas jurídicas (en las fuentes del derecho en el Ordenamiento Jurídico Doméstico), en el contexto de Ordenamiento jurídico, norma jurídica y fuentes del derecho en relación con el derecho privado, y en conexión con el Ordenamiento jurídico (concepto de Derecho Civil, la codificación, fuentes del derecho, las normas jurídicas, su aplicación y eficacia, los derechos subjetivos y su ejercicio, régimen de la prescripción y la caducidad).

En España

Parte de lo dispuesto en esta sección sobre la génesis de las normas jurídicas (en las fuentes del derecho en el Ordenamiento Jurídico Doméstico), puede aplicarse al derecho civil español. Explórese, en caso de interés.

La aparición de las Normas

El surgimiento de las normas ha sido un tema de investigación en Sociología, psicología y ciencias cognitivas durante décadas, al menos de regreso al diagnóstico de Coleman de un “descuido” de la pregunta “¿por qué y cómo las normas llegan a la existencia.” Coleman discute “dos condiciones simples, tomadas juntas,… [como] suficiente para la aparición de normas “una de las cuales” es una condición bajo la cual se planteará una demanda de normas efectivas “mientras que la otra” es una condición bajo la cual dicha demanda será satisfecha “(Coleman, 1990, p. 241). La primera condición se da cuando “las personas que inician o ayudan a mantener una norma se ven como beneficiarse de su ser observado o perjudicado por su ser violado.” (Coleman, 1990, p. 242). Para ilustrar esto de una manera algo anecdótica, piense en un seminario en una Universidad alemana de los últimos años 60 y compárelo con un seminario en el 1980s1 tardío: en los últimos años 60, ningún estudiante se ofendió en otros estudiantes que fumaban durante clases, es decir, los no fumadores no sienten que se beneficiaron de no fumar o que fueron perjudicados por fumar, mientras que dos décadas más tarde al menos algunos de los no fumadores en las clases universitarias habían aprendido que el tabaquismo pasivo (véase más en esta plataforma) es perjudicial para su salud, consideró que fueron perjudicados por los colegas fumadores, y les pidió que dejaran de fumar en las clases, o, en palabras de Coleman, pensaron que podrían “reclamar el derecho de aplicar sanciones y reconocer el derecho de otros que tienen la norma de hacerlo” (Coleman, 1990, p. 243) aunque la norma de no fumar en las clases universitarias era solo emergiendo pero no todavía eficaz [en el sentido de la segunda condición de Coleman, “la realización de normas eficaces” (Coleman, 1990, p. 266)]. Coleman utiliza un modelo juego-teórico para explicar cómo emerge una norma (Coleman, 1990, p. 256) y llega a ser eficaz (Coleman, 1990, p. 271ff).

Bicchieri y Muldoon (2014), p. 4, suponen que “las normas de honestidad, lealtad, reciprocidad y promesa de mantener, por nombrar solo unas pocas normas cooperativas, son cruciales para el buen funcionamiento de los grupos sociales. Una hipótesis es que emergen en grupos pequeños y estrechos en los que las personas tienen interacciones constantes entre sí “y están en consonancia con el ejemplo de Kant citado anteriormente [que, por cierto, también se usó en Axelrod (1986), págs. 1108]. Y en consonancia con (OPP, 2002) asumen que las normas “son el resultado involuntario y no planificado de la interacción humana”. (Bicchieri y Muldoon, 2014, p. 7). Esto también es válido para la aparición de normas descriptivas (Muldoon et al., 2014) que se ejemplifica con el escenario de una ovación de pie en la que las personas participan en parte por su cuenta y en parte imitando las acciones de los demás, pero en términos de Coleman (1990), p. 242, es cuestionable si en el caso de las normas descriptivas hay personas que “se ven beneficiadas de su ser observada o perjudicada por su violación” — ponerse de pie o mantenerse sentados no son beneficios ni desventajas de la misma importancia que se le permite fumar, evitar fumar, disfrutar del aire fresco o estar expuesto al humo, como en el ejemplo (OPP, 2002), donde una norma de no fumar es ciertamente una norma de proscripción.

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Ullmann-Margalit (1977), pág. 9, “el argumento básico es que ciertos tipos de normas son soluciones a los problemas planteados por ciertas situaciones de interacción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Estos problemas inherentes a la estructura — en el sentido de estructura de juego teórico — de las situaciones de que se trata, pertenecientes a algunos o a todos los participantes que interactúan, “y distingue entre” tres tipos de situaciones de interacción paradigmático “, a saber Dilema de los presos, coordinación y desigualdad [o “normas de parcialidad” (Coleman, 1990, p. 249, FN. 3) situaciones, las cuales Ullmann-Margalit y Coleman describen “usando matrices simples de la remuneración de la teoría de juegos” (Coleman, 1990, p. 249)].

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Una Conclusión

Por lo tanto, el enfoque tradicional para el surgimiento de normas adoptadas por una larga lista de investigadores de Schelling (1966) a Bicchieri (2006) ha sido “un relato teórico de las normas y convenciones según el cual una norma está ampliamente definida como un equilibrio de Nash” (Bicchieri y Muldoon, 2014, p. 31, su énfasis).

Pero los modelos de juego-teórico no explican lo que sucede dentro de los actores cuando juegan el juego. “modelar un reconocimiento explícito de las normas… requiere de agentes cognitivamente más complejos”. (Neumann, 2014, p. 56, énfasis de Neumann). Una arquitectura de este tipo de agentes fue diseñada en Campenní et al. (2014) e implementada en Lotzmann et al. (2014), consulte también Elsenbroich y Gilbert (2014), capítulo 9. Se usó un enfoque ligeramente diferente (y se reutilizará en este documento) en Nardin et al. (2016).Entre las Líneas En términos de OPP (2002), los dos ejemplos son acerca de las normas que emergen de las consecuencias no intencionadas de la acción humana, y en el sentido de Bicchieri (Muldoon et al., 2014, p. 3) las normas emergentes son “normas sociales o morales”, no “normas descriptivas”.

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Autor: Williams

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