Gestación Subrogada (Vientre de Alquiler)
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la gestación subrogada. Nota: puede interesar también la información referente a la Reproducción Asistida y a la maternidad subrogada, todo ello en el marco del derecho de familia y los derechos reproductivos.
[aioseo_breadcrumbs]Gestación Subrogada en Alemania
Orden público y reconocimiento de la paternidad legal en los casos de gestación subrogada internacional
Mediante el uso de la sustitución gestacional, la moderna tecnología de reproducción artificial ofrece a las parejas infértiles nuevas oportunidades de convertirse en padres de niños que son genéticamente suyos. Si bien la gestación subrogada es lícita en determinadas circunstancias en un número limitado de países de todo el mundo, en otros -incluida Alemania- está prohibida.Entre las Líneas En consecuencia, está en auge el turismo internacional de gestación subrogada en los países que la permiten, como la India, los Estados Unidos o Ucrania.
Puntualización
Sin embargo, no existe una reglamentación jurídica a nivel internacional al respecto.
Debido a la situación jurídica en el segundo decenio del siglo XXI en Alemania, las parejas estériles se enfrentan a graves dificultades en vista del reconocimiento por los tribunales alemanes o por las autoridades públicas de su paternidad legal de un niño nacido en el extranjero mediante la gestación subrogada: La gestación subrogada no sólo es ilegal en Alemania, sino que su prohibición se considera parte del orden público alemán. Sobre la base de esta percepción, las autoridades alemanas niegan el reconocimiento de las sentencias extranjeras existentes que confieren la paternidad legal a los progenitores previstos, así como la aplicación de un derecho sustantivo extranjero más liberal, preparando así el camino para recurrir al derecho alemán: Según las disposiciones alemanas pertinentes, la mujer que dio a luz al niño – es decir, la madre de alquiler – debe ser considerada como la madre legal, y su marido es el padre legal.Entre las Líneas En consecuencia, en muchos casos el niño no adquiere la nacionalidad alemana por nacimiento y, por lo tanto, se le niega el derecho a un pasaporte alemán y el derecho a entrar en Alemania.Entre las Líneas En el peor de los casos, el niño no adquiere ninguna nacionalidad en absoluto, lo que lo convierte en apátrida, lo que constituye una situación inaceptable. Este artículo muestra que el orden público alemán no debe ser considerado como un obstáculo para el reconocimiento procesal de las decisiones extranjeras sobre la filiación legal, ni tampoco como un impedimento para la aplicación del derecho sustantivo extranjero (designado por las normas de conflicto de leyes alemanas) que confiere la filiación legal a los futuros padres.
Pormenores
Por el contrario, ya de lege lata el bienestar del niño debe considerarse la preocupación principal y decisiva en los casos de gestación subrogada. Esto se desprende también del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que garantiza el derecho al respeto de la vida familiar.
La regulación a nivel internacional está atrasada y es de agradecer que las instituciones internacionales hayan empezado a prestar atención a este asunto.
Aviso
No obstante, hasta que se alcance un consenso internacional, se debe pedir al legislador nacional que revise la ley alemana sobre la ascendencia y que establezca disposiciones que legalicen la gestación subrogada en determinadas condiciones.
Datos verificados por: Chris
Gestación Subrogada (Vientre de Alquiler)
Introducción
La gestación subrogada es una técnica reproductiva comúnmente conocida como vientre de alquiler. España abrió la puerta a estos procesos en 2010, cuando el BOE publicó que se permitía que los bebés fuesen inscritos como españoles si una sentencia judicial acreditaba a un español como progenitor.Entre las Líneas En julio de 2014, el Ministerio de Justicia convirtió en orden esta norma (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Respetaba así la sentencia del 26 de junio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que reconocía la relación de filiación entre niños nacidos mediante un vientre de alquiler y los progenitores, apelando al interés superior del menor.
Gestación Subrogada en España y su relación con el Derecho
También de interés para Gestación Subrogada:- Derecho penal internacional
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Según algunos datos, en 201,3 1.400 parejas en España optaron por la gestación subrogada, a pesar de que no es una práctica legalizada enteramente, todavía, en España. Algunos jueces están concediendo, en contra del criterio de la Seguridad Social, bajas de maternidad y paternidad a los progenitores en casos de gestación subrogada.
Los jueces aducen, como en uno de los casos, que la “denegación de dicha prestación por maternidad sería contraria al espíritu de la ley y del ordenamiento jurídico y repugnaría a la lógica más primaria”. “Es evidente que el derecho a la no discriminación en función de la filiación supone un orden público constitucional”. Y en otros casos, que el “derecho que nos ocupa es la cobertura prestacional a una situación de intereses complejos entre los que destaca, como predominante, la atención del menor durante la etapa inicial de su vida familiar”.
Así. más de una decena de sentencias judiciales —de los tribunales superiores de justicia de Madrid, Asturias, Cataluña, Canarias y Castilla y León y de algunos juzgados de lo social— han dado la razón a estos padres. Casi todas, con los mismos argumentos de defensa de la gestación subrogada. “La denegación de la prestación supone en realidad privar a los menores de la asistencia y dedicación que, a través de la prestación, se abona a los padres”, señala por ejemplo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Los Tribunales consideran que no pueden dejar a los menores desprotegidos aunque los padres hayan usado un procedimiento que no es legal en España. Es el mismo argumento que llevó en junio de 2013 al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo a condenar a Francia por no inscribir a estos menores en el Registro Civil. La Corte Europea antepuso el interés de los niños a la legalidad o ilegalidad de la técnica de reproducción.
El Registro Civil no inscribía a los menores nacidos mediante esta técnica hasta que el verano pasado una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunció al respecto.
En este momento, por lo tanto, los menores pueden inscribirse en el Registro Civil español con normalidad —y esto quedará definitivamente consolidado tras la reforma legal en ciernes.
Sin embargo, en febrero del 2013, una sentencia del Tribunal Supremo rechazó registrar a un menor nacido mediante gestación subrogada en Estados Unidos. La base de la decisión judicial: que según el ordenamiento jurídico español la filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución “será determinada por el parto”. Es decir, que la gestante debería figurar como madre.
A partir de ese momento, los consulados españoles dejaron de registrar en varios países la relación paterno-filial de estos menores.Entre las Líneas En junio del 2013, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pronunciándose sobre un caso similar ocurrido en Francia, antepuso el interés de los menores y obligó a inscribir a los niños como hijos de los llamados “padres y madres de intención”. Desde entonces, el registro de los hijos de españoles que habían nacido mediante este proceso volvió a realizarse con normalidad. Y el ministro de Justicia anunció varias enmiendas al proyecto de reforma de la Ley del Registro Civil para reconocer la filiación de estos menores.
Otra dificultad al que se enfrentan los padres es la obtención de la prestación por maternidad o paternidad que, de manera sistemática, se les niega. “La prestación se da a quien es padre o madre por parto natural o por adopción”, señala un portavoz del Ministerio de Empleo.
El Ministerio de Justicia se había comprometido ya —antes del pronunciamiento de Estrasburgo— a intentar resolver la situación de estas familias con una modificación legal que facilitase el registro de los bebés (al menos de los nacidos en EE UU, donde la técnica de gestación subrogada es legal y supervisada judicialmente). De hecho, el Consejo de Ministros aprobó hace dos semanas un anteproyecto de ley en el que aparentemente se daba un paso en ese sentido.Si, Pero: Pero las familias afectadas sostienen que ese paso es insuficiente e incluso contraproducente. Y piden una solución definitiva. Entre tanto, los niños viven en España con pasaporte estadounidense, administrativamente en tierra de nadie.
Dilema legal
La gestación subrogada o gestación de sustitución no es legal en España, según la ley de Reproducción Asistida de 2006. Esa ley declara nulo el contrato que se establezca con una mujer para que geste a un niño a cuya filiación renunciará a favor de los contratantes, medie o no compensación económica. A pesar de ello, la demanda ha aumentado en los últimos años por parte de parejas que sortean la ley española contratando esa técnica en países extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) donde es legal. Unas 800 parejas españolas recurren cada año a un vientre de alquiler solo en EE UU, según estima la asociación Son Nuestros Hijos.
El dilema que se plantea es: si es ilegal en España pero se realiza en países en los que es legal, ¿cómo registrar después a esos niños en España para que tengan derechos como españoles? Durante años, cuando quienes recurrían a esta técnica eran solo parejas heterosexuales, muchos niños fueron inscritos sin demasiados problemas, según la asociación y distintos abogados y funcionarios consultados.
Detalles
Las embajadas transcribían directamente la partida de nacimiento estadounidense, en la que ya figuraban como padres los llamados padres de intención (los contratantes), y nadie preguntaba nada. Pero, tras aprobarse en España en 2005 la ley del matrimonio gay, que permitía la adopción conjunta, la situación cambió: parejas homosexuales empezaron a recurrir a la gestación subrogada, y el hecho evidente de que los bebés eran fruto de un vientre de alquiler empezó a generar dudas en los consulados.
En octubre de 2010 el Ministerio de Justicia dictó una instrucción interna a todos los registros para establecer ciertas garantías, ante el aumento de demanda de esa técnica en países como India o Ucrania, donde no media una resolución judicial y por tanto es más difícil saber si la madre gestante actúa libremente o empujada por un estado de necesidad. Se decidió entonces que los niños nacidos de vientre de alquiler podían ser inscritos como españoles, hijos de los padres de intención, siempre que el contrato fuese ratificado por sentencia judicial en el país de nacimiento del niño. Aquella instrucción facilitó mucho las cosas a las familias que recurrían a esa técnica en Estados Unidos.
Pero en febrero de este año todo volvió a cambiar: el Tribunal Supremo resolvió que los bebés fruto de gestación subrogada no pueden ser inscritos en el Registro Civil, porque eso supondría burlar por la vía de los hechos la ley de 2006 que no permite en España la gestación subrogada. Esa sentencia solo deja a los padres la posibilidad de que uno de los dos inscriba al niño (si es que puede acreditar genéticamente su paternidad) y el otro lo adopte. Desde ese momento, las inscripciones en los consulados se han paralizado o denegado.
El pasado 13 de junio, el Gobierno aprobó una modificación legal para intentar resolver la situación, dando fuerza de ley a la instrucción de 2010 que sí permitía la inscripción de los niños.Si, Pero: Pero la solución encontrada —que se ha incluido en un anteproyecto de ley que reforma algunos aspectos del Registro Civil— no gusta a las familias, porque la redacción de 2010 ha sido modificada y ahora obliga a los padres a pasar por un procedimiento judicial de exequátur (el reconocimiento en España de una sentencia extranjera) antes de la inscripción.
“Exigimos que el procedimiento sea administrativo, no judicial. Que sea el encargado del registro del consulado el que avale la resolución del juez de EE UU, como se hacía desde 2010, y no haya que iniciar otro proceso judicial en España, porque eso lo complica y lo alarga todo”, afirma Antonio Vila-Coro, presidente de Son Nuestros Hijos. La asociación ha reunido 73.000 firmas de apoyo.
Juan Bravo, subsecretario de Justicia, afirma que si hay que limar el anteproyecto en la tramitación parlamentaria se hará. “Estamos dispuestos a recoger la redacción que tenía la instrucción de 2010. Si no lo hemos hecho es porque considerábamos que técnicamente no era necesario”, dice. Bravo admite, además, que ahora hay que tener en cuenta otro elemento: la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos que el 26 de junio condenó a Francia exactamente por lo mismo: por no reconocer la paternidad de parejas francesas con niños nacidos en EE UU de vientre de alquiler. La argumentación de Estrasburgo —esto es, que los derechos del menor están por encima del respeto al orden público legal— es la opuesta a la que hace el Supremo. “Estamos obligados a introducir modificaciones legales para ajustar nuestro ordenamiento jurídico a la interpretación de Estrasburgo, y lo haremos”, dice Bravo.
“Pero la legalización de los vientres de alquiler -manifesta Yolanda Besteiro, presidenta de Mujeres Progresistas- implica una discriminación de clase y de género. Favorece que la gente con más recursos lo realice y pone en situación de riesgo a las mujeres más desfavorecidas”.
Gestación Subrogada en Francia
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado este jueves a Francia por no reconocer la paternidad de parejas con niños nacidos en Estados Unidos mediante una madre de alquiler.Entre las Líneas En su sentencia, los jueces de Estrasburgo consideran que Francia ha atentado contra la identidad de los niños nacidos de un vientre de alquiler en Estados Unidos después de que parejas francesas con problemas de fertilidad acudieran allí para ser padres porque no es posible hacerlo en su país.
El dictamen responde a las demandas presentadas por dos matrimonios, los Mennesson y los Labassee, que ante la imposibilidad de las mujeres de tener hijos, lo hicieron con vientres de alquiler en Estados Unidos, donde los niños nacidos una pareja de gemelas en el primer caso y una niña en el segundo son reconocidos como hijos suyos, con nacionalidad estadounidense.
El problema es que a su vuelta a Francia tras el alumbramiento de los bebés en 2000 en el caso de las gemelas de los Mennesson y en 2001 en la menor de los Labassee la Administración francesa no los reconoció como hijos para no dar su visto bueno a una práctica que está prohibida y que no se quiere alentar.
El Tribunal de Estrasburgo estima que eso infringe el derecho a la vida privada de los menores que “están en una situación de incertidumbre jurídica” porque Francia se niega a reconocerlos como hijos de los matrimonios denunciantes y eso “atenta contra su identidad en el seno de la sociedad francesa”.
Además, “aunque su padre biológico sea francés, se enfrentan a una incertidumbre perturbadora sobre la posibilidad de que se les reconozca la nacionalidad francesa”, y eso es “susceptible de afectar negativamente a la definición de su propia identidad”, así como a sus derechos de herencia.
Aunque un Estado como el francés debe tener “un amplio margen” para decidir si autoriza o no prácticas como la del vientre de alquiler, el procedimiento en vigor afecta a los derechos legítimos de los niños, resalta el tribunal. La corte establece el pago de 5.000 euros a cada uno de los demandantes por daños morales, así como una indemnización por costas judiciales (15.000 euros para los Mennesson y 4.000 para los Labassee).
El afectado ha pedido a las autoridades franceses que no recurran la sentencia de los jueces de Estrasburgo. La abogada del matrimonio destacó en Francia cerca de 2.000 menores tienen el mismo problema que las gemelas de sus clientes.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene pendientes tres casos similares denunciados por padres franceses.
Gestación Subrogada en Estados Unidos
Quizás el país con más garantías es Estados Unidos.
En ese país, la legalización de la técnica se consolidó en 1986, y se calcula que el año pasado nacieron mediante esta práctica unos 2.000 niños, tres veces más que hace una década. La mayoría de ellos, en California aunque Texas o Colorado también la realizan.Si, Pero: Pero Michigan, Arkansas o Nueva York la prohíben o acotan.
Para ser gestante en EE UU hay que cumplir una serie de requisitos. El primero, tener menos de 38 años; el segundo, haber sido madre; el tercero, no querer serlo más y, por último, no tener problemas económicos.
California
El Estado norteamericano tiene una ley pionera de hace 40 años que pasa por ser la más garantista, pero con un coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) de hasta 150.000 euros para un extranjero.
Entre 800 y 1.000 niños españoles nacen al año en el extranjero gracias al boom de la gestación subrogada, según datos de la Asociación Son Nuestros Hijos que dirige el ginecólogo Pedro Fuentes. Si bien los llamados vientres de alquiler están prohibidos en España desde 2006 por la ley socialista de reproducción asistida, el Ministerio de Justicia permite de facto desde 2010 que los españoles puedan buscar descendencia con esta técnica fuera de nuestras fronteras. Para ello, la Dirección General de Registros y Notariados fijó una serie de criterios para que los consulados pudieran inscribir a estos recién nacidos. Los requisitos eran –y son a día de hoy– que la técnica se lleve a cabo en un país donde está regulado, que uno de los padres sea español y que exista una resolución judicial que certifique que la gestante renuncia a cualquier reclamación sobre el niño.
Este último trámite solo lo cumple EEUU en la práctica. Con el resto de países que permiten a los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) ser padres por maternidad de sustitución, al final resulta que los padres españoles se encuentran con que el consulado inscribe en el Registro como madre legal a la persona que ha dado a luz… y no a la que en realidad es la madre biológica. Este hecho obliga a esta última a iniciar los trámites de adopción del niño cuando llega a España, un proceso que se suele dilatar varios meses y que, en ocasiones, complica la vida de los padres. Por ejemplo, se han dado casos de guarderías que han pedido la autorización de la gestante para aceptar al bebé. También de jueces españoles que han exigido la presencia física de la gestante extranjera antes de dar luz verde a la adopción que reclama la madre española. Todo un quebradero de cabeza, de ahí que la opción de EEUU sea la más demandada pese a que la factura oscila entre los 120.000 y 150.000 euros.
Coordinar donante y gestante
California lleva más de 40 años con una ley pionera sobre este asunto y que pasa por ser la más garantista. Allí se necesita un abogado norteamericano, una agencia de donantes (si son parejas homosexuales o padres monoparentales), una de gestantes y una clínica de fertilidad, que es la encargada de “coordinar” a la donante y a la gestante ya que hay que esperar a que ambas coincidieran en el ciclo menstrual para que, una vez el embrión quede fecundado, se pueda llevar a cabo la inseminación en la gestante de forma inmediata.
¿Cuáles son las pautas a cumplir en California? En primer lugar, los padres biológicos se entrevistan con potenciales donantes y gestantes, y estas últimas eligen a su vez a qué familia quieren ayudar a tener un hijo. Asimismo, las gestantes tienen que haber sido madres antes de participar en este proceso y si han sufrido embarazos o partos complicados se las descarta de inicio.
Aquellas que se animan por una cuestión altruista, deben aportar un historial médico y aceptar comparecer ante un juez antes de dar a luz, para que manifieste que no quiere ser la madre del bebé que va a nacer en cuestión de semanas. Si la gestante está casada, su marido también tiene que dar su consentimiento. Con la sentencia de conformidad en la mano, los futuros padres biológicos van al hospital para que preparen el certificado de nacimiento, paso previo a la inscripción del niño en el consulado como español y a la expedición del pasaporte que permitirá al bebé viajar con sus padres a España.
Todo este proceso previo al nacimiento de un bebé por maternidad de sustitución se prolonga un año y medio si los padres van por la vía de EEUU, mientras que la adopción internacional puede conllevar el triple de tiempo. Otro aspecto que se cuida en California es la atención psicológica de la gestante, quien tiene derecho a un mínimo de tres meses de seguimiento tras el parto. También se permite la comunicación de los padres biológicos con las gestantes si ambas partes lo quieren e, incluso, con las donantes de óvulos, aunque sea más extraño de ver.
Ciudadanos ha sido el primer partido en España en presentar una propuesta de ley que regule esta práctica. Los requisitos que propone para la madre gestante es que sea mayor de 25 años, de nacionalidad española, que haya tenido un hijo sano con anterioridad y no tenga antecedentes penales vinculados al uso de drogas o alcohol. Tampoco permite que haya un vínculo de consanguineidad con el progenitor o progenitores subrogantes.Entre las Líneas En países como Brasil se han dado casos de abuelas que han dado a luz bebés de hijas que no podían quedarse embarazadas. Asimismo, fija para la gestante un número máximo de dos embarazos subrogados y se le pide una situación socio-económica óptima para afrontar el embarazo ya que no podrá cobrar.
Indicaciones
En cambio, sí que podrá recibir una “compensación” para afrontar los gastos del embarazo y el parto. El cumplimiento de estos requisitos deberá ser certificado por un hospital público antes de la firma del contrato entre las partes.
Un registro nacional
En cuanto a los subrogantes, deben tener un mínimo de 25 años y un máximo de 45 (con ello se evitan solicitudes de personas mayores), así como tener la nacionalidad española y demostrar que han agotado la vía de la técnica de reproducción asistida. El proyecto de ley del partido naranja recoge, además, la creación de un registro nacional de gestación subrogada adscrito al de donantes y multas de hasta 1.000 euros para las infracciones leves; de hasta 10.000 para las graves; y de hasta un millón de euros para las muy graves, caso del pago ilegal a una gestante. La iniciativa de Ciudadanos no será un camino de rosas en el Congreso porque la gestación subrogada provoca divisiones en el resto de formaciones, llegándose al insólito punto de que una parte del PP, la más conservadora y afín a los postulados de la Iglesia católica, coincide en su rechazo a los vientres de alquiler junto al ala más feminista del PSOE y Podemos, que están secundadas por asociaciones como No somos vasijas, que defiende que las mujeres “no se pueden alquilar o vender de manera total”. Asimismo, el Comité de Bioética de España, dependiente del Ministerio de Sanidad, se posicionó claramente en contra de esta práctica a mediados de mayo y apostó por promover internacionalmente un marco común regulatorio que prohíba la celebración de contratos de este tipo “en garantía de la dignidad de la mujer y del niño”.
Por el contrario, Aurora González, presidenta de la Asociación por la Gestación Subrogada en España, defiende la “autonomía” de la gestante durante todo el proceso de concepción y que sea una persona con una situación “socioeconómica estable” para que su motivación no sea mercantilista.Entre las Líneas En este sentido, sugiere una “compensación” económica como la que tienen las mujeres que donan óvulos (de 1.500 a 2.000 euros por 15 días de tratamiento), los hombres que hacen lo propio con el esperma (unos 600 euros), o las personas que se ofrecen para consumir medicamentos en fase experimental.
Gestación Subrogada en otros países
De los 27 países de la Unión Europea, solo siete no tienen regulada esta práctica: España, Francia, Portugal, Suiza, Alemania, Italia y Malta.Entre las Líneas En algunos de estos países, como es el caso de Reino Unido, la legislación es tan restrictiva que, para algunos, en la practica es casi imposible cumplir con ella. De ahí que cuando una pareja lo hace, suela viajar a Estados Unidos, México, Rusia, Ucrania, Georgia, Kazajistán, Tailandia o, hasta hace unos meses, India, que también lo permitía.Entre las Líneas En India había miles de clínicas que utilizaban a mujeres pobres como gestantes. Este es uno de los puntos clave del debate sobre la gestación subrogada: si permitirlo no supone autorizar una vulneración de derechos.
Los jueces de Estrasburgo también tienen sobre la mesa denuncias por el rechazo de Italia y Bélgica al procedimiento de las madres subrogadas.
Países que permiten a los españoles la gestación subrogada
El modelo que plantea Ciudadanos se parece más al canadiense, donde la gestante solo cobra una compensación y la sanidad es pública. Portugal acaba de legislar esta práctica, aunque de forma muy restringida y sin cubrir a extranjeros.
– Canadá
Coste económico: 90.000 euros
Seguridad jurídica: Alta
Posibles beneficiarios: Parejas heterosexuales, homosexuales y monoparentales
Observación: Apenas hay gestantes. La ley exige altruismo
– Ucrania
Coste económico: 40.000 euros
Seguridad jurídica: Relativa
Posibles beneficiarios: Solo parejas heterosexuales
Observación: La madre biológica adopta al bebé en España
– Rusia
Coste económico: 60.000 euros
Seguridad jurídica: Relativa
Posibles beneficiarios: Solo parejas heterosexuales
Observación: La madre biológica adopta al bebé en España
– Estados Unidos
Coste económico: 120.000-150.000 euros
Seguridad jurídica: Máxima
Posibles beneficiarios: Parejas heterosexuales, homosexuales y monoparentales
Observación: California es el Estado más garantista
– Reino Unido
Coste económico: 60.000 euros
Seguridad jurídica: Relativa
Posibles beneficiarios: Solo parejas heterosexuales y monoparentales
Observación: La gestante se puede quedar con el bebé
– Kazajistán
Coste económico: 50.000 euros
Seguridad jurídica: Ninguna
Posibles beneficiarios: Cualquier persona
Observación: Riesgo de que el bebé no salga del país
– Tailandia
Coste económico: 30.000 euros
Seguridad jurídica: Ninguna
Posibles beneficiarios: Cualquier persona
Observación: Riesgo de que el bebé no salga del país
La maternidad subrogada o vientre de alquiler
Con la propagación de la tecnología reproductiva, la crianza sustituta ha aumentado considerablemente en los últimos años; se estima que la mitad de todos estos nacimientos desde 1978 ocurrieron durante los últimos seis años. Las regulaciones y los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) de la práctica varían en todo el mundo, y con la globalización de los viajes y las comunicaciones, los acuerdos transfronterizos están en aumento. La subrogación, que otra mujer tenga un hijo para otra persona, plantea cada vez más un dilema preocupante para los gobiernos, las organizaciones religiosas, los sustitutos y los padres intencionados, e incluso los propios niños. La subrogación es un derecho humano fundamental para algunos y la explotación de otros, especialmente las mujeres pobres. Las leyes en conflicto pueden llevar a la explotación, junto con muchas preguntas sobre cuestiones de ciudadanía y salud para quienes no tienen voz en estos acuerdos. Los niños deben soportar la incertidumbre y las muchas consecuencias de la subrogación.
Lo que solía ser una solución de ciencia ficción costosa para la carencia de niños se ha convertido en una historia cotidiana.Si, Pero: Pero a medida que el procedimiento se vuelve más común, también lo hacen los problemas legales y éticos transfronterizos, como se destaca en un caso después de que una madre sustituta tailandesa tuvo gemelos: los padres australianos tomaron al niño sano y dejaron atrás al que tenía síndrome de Down. Tales historias son solo la punta del iceberg de una historia global. La subrogación (tener otra mujer para tener un hijo por otra persona) plantea cada vez más un dilema preocupante para los gobiernos, las organizaciones religiosas, los sustitutos y los padres intencionados, e incluso los propios niños. La subrogación es un derecho humano fundamental para algunos y la explotación de otros, especialmente las mujeres pobres.
La creciente popularidad del procedimiento en los Estados Unidos, la India, Tailandia y otros lugares ha dado lugar a falsos corredores en línea, clínicas privadas cuestionables, viajes clandestinos al extranjero y un próspero mercado clandestino junto con abusos bien publicitados.Entre las Líneas En algunos casos, más recientemente en Tailandia, los gobiernos han impuesto regulaciones estrictas.
Los acuerdos transfronterizos son aún más complicados con diversas leyes, prácticas médicas, costumbres o códigos de ética.[rtbs name=”etica”]A menudo problemático en casos de sustitutos realizados en el extranjero es establecer la ciudadanía y la filiación del bebé.
Los críticos argumentan que la subrogación, también conocida como “subcontratación de bebés”, constituye una explotación de mujeres alentadas a proporcionar matrices de alquiler. Muchas madres sustitutas son indigentes.
Otros Elementos
Además, cuando la única motivación es el dinero, la subrogación puede tener consecuencias sociales y de salud negativas para las mujeres. [rtbs name=”historia-de-las-mujeres”] En contraste, los partidarios consideran la subrogación como un derecho humano fundamental, consistente con la libertad de elección personal y el derecho de tener hijos. La subrogación permite a las mujeres elegir si desean participar y obtener una compensación financiera por su valioso servicio. La subrogación también permite que hombres y mujeres sin hijos tengan hijos.
La subrogación existe desde la antigüedad.Entre las Líneas En la mayor parte del pasado, la subrogación simplemente involucraba a otra mujer: el padre impregnado al sustituto y aburrió al niño para la pareja prevista. Las parejas babilónicas confiaron en esta práctica para producir progenie y evitar el divorcio. La Biblia relata la historia de Abraham y su esposa infértil, Sarah, quien ofreció a su doncella, Agar, a su esposo para tener un hijo.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
La introducción en 1970 de la fertilización in vitro (fertilización en un laboratorio mediante la mezcla de esperma con óvulos extraídos quirúrgicamente de un ovario seguido de una implantación uterina) alteró radicalmente el proceso evolutivo básico de la reproducción humana y la práctica de la subrogación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La primera fertilización in vitro que dio lugar al nacimiento de un niño fue en 1978, y se estima que 5 millones de bebés los han seguido, con aproximadamente la mitad nacidos en los últimos seis años. El famoso caso Baby M en 1986 fue el primer fallo judicial de los Estados Unidos sobre la legitimidad de la subrogación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Después de firmar un contrato con una pareja casada para ser inseminada por el marido, para llevar y dar a luz al bebé y renunciar a los derechos paternos por una tarifa, la madre sustituta se negó a entregar al niño. Finalmente, la pareja prevaleció en un fallo histórico de la corte en el estado de Nueva Jersey.
La FIV permite seis tipos de subrogación: las posibles fuentes del óvulo son la madre sustituta, la madre prevista o un donante; el padre o un donante puede proporcionar el esperma. Los más comunes en el pasado fueron dos tipos de “subrogación tradicional” donde la madre sustituta es la madre biológica y el esperma del padre o donante.
Más Información
Los otros cuatro tipos son la “subrogación gestacional”, en la que el sustituto no está relacionado con el bebé, ya que el óvulo proviene de la madre o donante que se pretende y el esperma del padre o donante. Cuando tanto el óvulo como el esperma provienen de donantes, el bebé no está relacionado genéticamente con la madre sustituta, la madre intencionada o el padre intencional.
Otros Elementos
Además, la paternidad real es a menudo no revelada o desconocida.
Las leyes de subrogación varían en todo el mundo. Todas las formas de subrogación están prohibidas en muchos países, incluidos China, Francia, Alemania, Italia, Japón, Pakistán, Portugal, Arabia Saudita, España y Turquía. Bélgica, Canadá, Dinamarca, Irlanda, Israel, los Países Bajos y el Reino Unido permiten la “subrogación altruista” y el sustituto recibe el pago solo por sus gastos.
Sin embargo, dado que muchos consideran que los bebés son una bendición y un requisito para formar una familia, muchos consideran que los problemas de la subrogación limitante son la falta de hijos como un estigma. Las leyes de subrogación son a menudo complejas y costosas de interpretar.
Otros Elementos
Además, los florecientes mercados subterráneos en China y Tailandia, así como los viajes de nacimiento a la India, los Estados Unidos y otros lugares, reflejan la creciente demanda. La criminalización deja a las parejas ansiosas y sustitutos necesitados abiertos a la explotación por los corredores del mercado negro.
Un número menor de países, como Georgia, India, México, Rusia, Tailandia y Ucrania, permiten la subrogación comercial y altruista.Entre las Líneas En Australia y los Estados Unidos, las leyes pertinentes varían según el estado o la provincia y el tipo de subrogación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Por ejemplo, mientras Nueva Jersey, Pennsylvania y Virginia permiten la subrogación altruista y Arizona, Nebraska y Michigan prohíben específicamente los contratos de subrogación, pero pueden permitir la subrogación altruista en ciertas circunstancias: California, Connecticut y Massachusetts son aptos para el sustituto, lo que los convierte en imanes para parejas de otros países. Lugares con estrictas leyes contra la subrogación.
Los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) varían según el país. Un embarazo sustituto exitoso en Tailandia e India puede costar hasta $ 72,000 y hasta $ 225,000 en los Estados Unidos, y los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) aumentan cuando no se logra un embarazo viable en el primer intento. Por lo general, los padres previstos cubren los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) que incluyen pagos al sustituto, a los donantes de óvulos y espermatozoides, a una agencia de subrogación, abogados, seguros, viajes, hospital, medicamentos y gastos relacionados.
Si bien no existen estimaciones globales de la subrogación, los datos indican que la práctica ha aumentado rápidamente. La subrogación gestacional en los EE. UU., por ejemplo, representa a más de 2,000 bebés al año, casi tres veces más que hace una década.Entre las Líneas En el Reino Unido, el número de bebés registrados después de nacer de un sustituto se ha más que duplicado en los últimos seis años. El número de parejas australianas que viajan al extranjero para tener hijos a través de la subrogación se ha triplicado en tres años.
Cuando se permite la subrogación, las agencias que combinan los padres y los sustitutos previstos no están reguladas en gran medida. Como resultado, las parejas ansiosas que anhelan un bebé y los sustitutos pobres que buscan dinero pueden ser presa de los inescrupulosos o incompetentes. Entre los abusos: no pagar el sustituto, no cubrir las necesidades médicas, cobrar de más a los padres intencionados y los contratos que no se pueden hacer cumplir.
Además de las objeciones éticas, morales y religiosas, la subrogación plantea una serie de cuestiones que a menudo quedan sin resolver, incluso cuando se trata de acuerdos legales. ¿Qué sucede, por ejemplo, si durante el embarazo mueren los padres sustitutos o intencionados? ¿Y si ninguno de los padres quiere al bebé? Si el embarazo tiene complicaciones médicas o consecuencias psicológicas, resulta en partos múltiples o requiere cesárea, ¿el sustituto recibe un pago adicional? ¿Qué sucede si el sustituto se niega a entregar al bebé a los padres previstos que pueden ser solteros, solteros u homosexuales? ¿Pueden los padres deseados requerir al sustituto para interrumpir el embarazo, especialmente cuando el feto tiene problemas de salud graves? ¿Adquiere el bebé la ciudadanía, la paternidad, el estado de adopción y los derechos legales de los padres previstos?
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Autor: Williams
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Por ejemplo, el procedimiento de divorcio registral, administrativos o ante Notario, en los países donde su legislación les atribuya competencia.
- No se aplica pues a cualquier otra cuestión derivada del divorcio, la separación o la nulidad (alimentos, relaciones económicas, liquidación del régimen económico matrimonial…) En los litigios con elemento extranjero, debe tenerse en cuenta que cada medida controvertida puede estar sometida a la aplicación, en materia competencial, de distintos instrumentos internacionales, lo que puede provocar, la dispersión jurisdiccional del pleito, con la consecuencia negativa de multiplicación no solo de las normas aplicables sino, incluso, de los tribunales estatales competentes, pudiendo obligar a los particulares a tener que litigar en distintos países en función de la tutela judicial que se pretenda.
- La Guía Práctica para la aplicación del Reglamento Bruselas II (elaborado por la Comisión Europea) y diversas recomendaciones se inclinan porque no es posible la aplicación del Reglamento Bruselas II Bis a los menores de entre 16 y 18 años, porque el Reglamento en lo que no modaliza expresamente, mantiene lo dispuesto el Convenio de 25 de octubre de 1980, que es el que realmente marca la edad de aplicación.
- Sin embargo en asuntos de responsabilidad parental, siempre que la protección del interés superior del menor lo exija, el órgano jurisdiccional nacional que se haya declarado de oficio incompetente deberá informar de ello al Órgano jurisdiccional competente directamente, por conducto de la Autoridad central designada de conformidad con el artículo 53 del Reglamento o a través de la Red Judicial Europea en materia civil y mercantil (art. 54), por el deber de cooperación entre los Estados miembros que establece el art. 55. (Sentencia de 2/4/09 C-523/07).
- Si no se precisa, pese a lo dispuesto en el art. 24 del Reglamento, podría acarrear, la aplicación de una presunción de que dicha resolución judicial es una medida comprendida en el artículo 20 del Reglamento.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Reglamento Bruselas II Bis
- Sustracción Internacional de Menores
- Convenio de La Haya de 1980
- Espacio Judicial Europeo
- Solicitud Incidental de Reconocimiento
- Responsabilidad
- Principio de Responsabilidad Individual
- Responsabilidad Objetiva
- Rechazo de Responsabilidad
- Responsabilidad In Vigilando
- Convenio de La Haya de 1996
- Crisis Matrimoniales
- Foros de Competencia Judicial
- Derecho de Familia
tecnologías reproductivas
madre, padre, concepción, padre soltero, paternidad legal
Derecho Civil, Familia, Filiación, Parentesco, Parte General del Derecho Civil, Persona
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El actor Javier Cámara será padre en agosto por partida doble. A sus 50 años espera la llegada de sus dos hijos, gestados de forma subrogada en Estados Unidos. Cristiano Ronaldo acaba de ser padre de mellizos, niño y niña de nombre Eva y Mateo y cuenta ya con familia numerosa sumados a su primer hijo, Cristiano junior. El mismo lo ha confirmado en su cuenta de Facebook publicando una foto con uno en cada brazo. Ellos, junto con Albert Rivera y su proyecto de ley, presentado el 27 de junio en el Congreso, han vuelto a poner de actualidad el polémico debate sobre la gestación subrogada, una forma de tener hijos que se está generalizando en Europa y que en España es una realidad social que va en aumento. “Y no por negarla, va a dejar de existir”, ha dicho de ella Albert Rivera. Pero no todo el mundo es favorable. El día antes de que Ciudadanos presentara su proyecto de ley, la plataforma Derecho a Vivir recogió más de 9.000 firmas, que pedían que la propuesta naranja no llegara al Congreso. Gador Joya, portavoz de esta plataforma, argumenta que es una forma de “esclavizar a la mujer y atentar contra su dignidad convirtiendo al niño en un producto comercial”.
Otras voces insisten en que un embarazo no es una fría técnica de reproducción asistida, sino un proceso vital en el que las mujeres no solo ponen el cuerpo, ponen su salud, sus cambios hormonales, pesadez, insomnio… y ninguna ley puede prohibirles su derecho a abortar, ni su derecho a arrepentirse.
Desde Foro de la Familia, Mariano Calabuig, su presidente, asegura que la gestación subrogada, también llamada vientre de alquiler, es un desprecio a la dignidad de la mujer puesto que se mercadea con ella, su cuerpo se convierte en un objeto y no se garantiza que no sufra las consecuencias psicológicas de un posible aborto o de la depresión postparto, además de que el niño se convierte en un objeto mercantilizado, que tiene precio. Y el Parlamento Europeo condenó en diciembre pasado la subrogación ya que “socava la dignidad humana de la mujer al ser utilizado su cuerpo y sus funciones reproductivas como una materia prima”.
El cantante flamenco de 44 años padre de un niño, Ángel de dos años y medio, explica: “Yo decidí tener un hijo con 40 años. La adopción en mi caso hubiera tardado siete u ocho años… así que indagué, me informe y elegí EEUU porque tiene muchos años de experiencia y ofrece más garantías que otros países. Me reuní con muchas mujeres… y logré mi sueño. Estoy contento con mi hijo, es lo que más me aferra a la verdad de la vida, a los sentimientos más profundos y más primitivos. Él y yo tenemos un vínculo impresionante, tiene dos años y tres meses, me conoce y me necesita. Cuando me ve y grita: ‘papá’ se me derrite todo. Me hace ver la vida de otra manera. Yo además soy muy besucón y a él le encanta. Para su futuro quiero darle una educación libre, como la que he recibido yo en mi casa, prevenirle, pero también mimarle. A veces me planteo tener otro, pero con este trabajo es muy complicado. Un hijo requiere atención y tiempo y la realidad es que estás sometido a tu bebé. Además, yo lo tuve solo. Mi pareja llego después y vivimos en ciudades diferentes… De todas formas, ser padre ha sido la mejor decisión que he tomado en mi vida”.
Sobre la propuesta de ley de Ciudadanos asegura: “La ley es necesaria, creo que es importante que los políticos se vuelquen para que la gestación subrogada en España esté regulada. Deben hacerlo. Me sorprende que algunos sectores de la política piensen como piensan y creo que es por desconocimiento, porque ser padre o madre no es un capricho es un deseo que sale del alma, del amor… Y la familia que me ayudó es maravillosa. En ningún momento se sintió explotada. Es una familia muy bonita, le mandan regalos a Ángel, me invitan a ir con él a Los Ángeles… Tenemos con ellos una relación preciosa y mágica. Ella es impresionante, su marido y sus hijos son maravillosos, los vídeos que le mandan a Ángel… Ella tiene tres hijos, uno de su primer matrimonio, de doce o trece años, y otros dos del segundo matrimonio que son a los que yo conocí. Viven en una casa muy bonita, con chimenea… y bueno, esto les ayudó a mejorar un poco su situación, pero realmente no fue al razón principal. Viven bien. Y en el futuro creo que beneficiará a mi hijo conocer a la gestante. Para él no será raro, los niños lo ven todo con mucha naturalidad. Mis sobrinos no me hacen las preguntas que hacen los mayores, ellos no tiene prejuicios, solo ven amor. El proceso yo lo recomendaría, sin duda… de hecho conozco muchos casos con final feliz”.
A sus 53 años, el presidente de la cadena de hoteles Room Mate tiene dos hijos, Aitana, de cinco años y Enrique, de un año y medio, nacidos de la misma gestante. Para él: “La propuesta de Ciudadanos es fantástica. Hay que dar este paso. Para las personas que quieren tener hijos y no pueden ahora todo es un problema. O tienes mucho dinero o tienes inseguridad. Esta ley se parece a la de EEUU, que protege a todas las partes y protege por edades. Nosotros primero quisimos adoptar, pero en la Comunidad de Madrid… ¡nos maltrataron! Éramos los últimos de la lista… o nos querían dar niños con problemas… Así que decidimos ir a EEUU. Preguntamos a amigos e iniciamos los trámites allí directamente. El proceso también es largo y caro, y no te aseguran el éxito, pero funcionó. Tardamos un año y medio en cada caso, bueno casi dos años. Durante ese tiempo hay que estar muy involucrado, muy encima, muy pendiente… pero hoy tenemos a nuestros dos hijos, de cinco años la mayor y de un año y medio el pequeño, y mi marido Carlos Marrero y yo somos los padres más felices del mundo. También mantenemos relación con la gestante, nos escribimos… Es una relación cordial a distancia, pero buena. Esta ley que propone Ciudadanos es muy valiente y tiene mucho sentido común. Y creo que PP y PSOE, que tengo muchos amigos de ambos partidos, deben votar con sentimiento y corazón”.
También Kiko Hernández, una de las estrellas de Sálvame, tiene dos niñas, Abril y Jimena de siete meses, nacidas por gestación subrogada: “Mi proceso duró cuatro años de mucha presión, de mucha insistencia… Ante todo yo quería ser padre. En mi caso la adopción era muy complicada y la principal dificultad es que soy padre soltero. Así que busqué una agencia, pero no todas son buenas. Comencé con una que me falló y luego di con la buena. Si das con la buena desde el principio, estupendo. Yo desde luego repetiría y recomendaría, las dos cosas. En cuanto a países, la mejor opción es EEUU, sin duda. Es más cara, pero más segura. Todo se va en papeleo, en sentencias… para empezar se necesitan tres abogados… En mi caso, fueron prematuras, nacieron con seis meses y tres semanas, y tuve que pasar allí cuatro meses… Si no lo tienes previsto, te arruinas. Sobre quienes critican esta forma de tener hijos te digo que no tienen ni idea. Hay que vivirlo. En EEUU está tan normalizado… La verdad, ¿quiénes somos nosotros para decirle a alguien lo que puede o no puede hacer con su cuerpo?”.
orito, colaborador habitual en el programa de María Teresa Campos y popular por sus rastas dice: “En nuestro caso la adopción era una opción pero la descartamos por nuestra situación de homosexuales casados, lo que hacía el proceso larguísimo. Aunque al final ha sido igualmente muy largo, dos años y medio, entre otras cosas porque perdimos el primer bebé a los tres meses de gestación…”.
Torito explica: “Teníamos claro que queríamos un niño, así que primero decidimos el país. Ucrania nos lo planteamos, pero optamos por EEUU porque nos sentimos más seguros. Después, la agencia te entrevista, te pregunta qué buscas, y te da opciones. Luego firmas el contrato. Tiene tantos folios que no hay un aspecto que no esté estipulado, no queda nada a la aventura. Está fijado hasta quien se queda con el bebé en caso de que fallezcan los padres en accidente de avión al ir a buscarlo. Mi marido habla inglés y eso nos ayudo. Si no, tienes que buscarte un abogado que hable español o un intérprete. Luego miras dosieres de donantes de óvulos, dosieres de gestantes… A veces pensaba que somos los seres humanos quienes lo complicamos mucho todo, porque cuando conoces a alguien en una discoteca, por ejemplo, y te enamoras, no te planteas como será su historial genético. Pero bueno, es así”.
Y añade: “La donante de óvulos la gestiona la agencia; y la gestante tiene su propio abogado, que fue quien ultimó los detalles con nuestro abogado. Luego perdimos el bebé y fue durísimo, además, como estás tan separado te sientes impotente, pero entre los dos nos animamos y en cuanto la gestante pudo quedarse embarazada de nuevo volvimos a intentarlo. Cuantos más intentos, más caro es el proceso, claro. Nosotros hemos viajado a EEUU dos veces, una al principio y otra al final, gracias a skype que te ahorra muchos viajes, y tuvimos que ahorrar mucho tiempo antes de empezar. Cinco años en total. No íbamos a fiestas, no salíamos a cenar… buscábamos información, íbamos a coloquios, preguntábamos… No es un proceso en el que puedas ir a la aventura. Y si tienes gemelos, el coste es doble. Yo recomendaría coger un seguro sanitario especial. Nosotros teníamos, pero para el niño no lo cogimos porque como no había nacido… no pensamos que fuésemos a necesitarlo después de haber firmado tantos papeles. Y luego tuvimos un plus de más de 6.000 euros por doce horas de incubadora. Otra cosa que recomendaría es no tener prisa por salir del hospital, porque a veces estás deseando marcharte, pero mientras estás en el hospital te cubre el seguro de la gestante. Al menos en California. Otros Estados puede ser diferente. Hay que ir al Estado que te lo ponga más fácil”.
Sobre la relación con la gestante de su hijo Nathan: “En cada caso es diferente y si ella quiere poner distancia tu lo tienes que respetar, pero nosotros sí tenemos relación. Una vez al mes más o menos nos hablamos. La relación es la que te trasmite el corazón. Para nosotros es la persona que nos ha ayudado en lo más importante de nuestras vidas y cualquier cosa que necesite estaremos a la par. Sobre la situación personal de las gestantes, Torito aclara: “Lo pueden hacer varias veces, pero no como si fuera su profesión. Ellas normalmente tienen su trabajo. Además les exigen unos mínimos, tienen que tener casa con Internet para que tú la puedas localizar, teléfono con 4G, tienen que poder acceder fácilmente a un hospital… Cosas que nos parecen muy simples, pero que no todo el mundo puede tener. Hay abogadas que lo hacen y es por ayudar, realmente es así”.
Fernando Tejero, el actor español, planea iniciar en breve los trámites: “Ya los comencé una vez, al tiempo que Miguel Poveda, que es un gran amigo mío. Pero entre el trabajo, que en aquella época tenía muchísimo, y el dineral que costaba, me lo replantee. Me daba rabia pensar que algo que te puede hacer tan feliz, a lo que todo el mundo tiene derecho, pudiera ser tan caro. Y es que una de las consecuencias de que no esté legalizado este proceso es ese, el coste tan alto que tiene. Por eso valoro muy positivamente la iniciativa de C’s. El próximo año espero lograrlo. Empiezo en breve los trámites en EEUU y me gustaría al menos el primer año, dedicarme a él por completo”.
Hace seis años Miguel Bosé se decidió. Siguió los consejos de su amigo Ricky Martin y optó por el vientre de alquiler. Y lo hizo a lo grande, tuvo cuatro hijos, mellizos dos a dos, con solo siete meses de diferencia. “Cuando tomé la decisión comprobé que con 50 años se te cierran muchas puertas en todo el mundo para adoptar. Ser padre soltero es algo muy inusual”, declaraba recientemente. Sus hijos mayores, Diego y Tadeo, nacieron el 26 de marzo de 2011 y los dos pequeños, Telmo e Ivo, en octubre del mismo año. El cantante de 61 años solo ha hecho pública una imagen de los niños. Fue en su cuenta de Instagram, y se les ve de espaldas durante una visita al parque Disney de Orlando. Pero no solo los famosos recurren a la gestación subrogada. El verdadero pionero en España fue hace siete años Pedro Fuentes, ginecólogo presidente de la Asociación Son Nuestros Hijos, padre por subrogación de su pequeño Alonso: “En el cole no hemos tenido ningún problema, no han surgido preguntas. Alonso sí me ha preguntado de que tripita es, y mi marido y yo le hemos contado la verdad, le hemos enseñado fotos. Él ya sabe, y conoce a Carla, la gestante. Los niños no le dan importancia, lo viven con muchísima naturalidad. Tenemos el caso de dos gemelos que ya están en la universidad y que son de los mayores que hay en España, y también tenemos unas gemelas en un instituto andaluz y tampoco están teniendo problemas… La visión que tienen de nosotros quienes nos rodean es la de una familia normal. Y sí, hay relación con la gestante. Se hablan por skype… se envían fotos. Normalmente todas quieren saber de los niños. Y cuando ellos sean mayores, ya decidirán si quieren seguir adelante con la relación. De momento nosotros la fomentamos. Y ellas vienen a visitarnos. Hace poco hay dos han venido a visitar a sus familias y a conocer España…”— Charo Carracedo
Solo hay 2 estados mexicanos que permiten transacciones de subrogación (Tabasco y Sinaloa) y otros 2 estados que prohíben expresamente esta práctica (Querétaro y Coahuila). No existe una regulación aplicable al resto del país y, de acuerdo con el derecho civil mexicano, la mujer que da a luz es probablemente la madre. Sin embargo, actualmente hay 2 proyectos de ley que se presentaron en el Congreso Federal para regular la subrogación, permitiéndolos solo con fines altruistas.
Es muy interesante ver diferentes debates sobre la subrogación o los problemas de donación de óvulos. Hoy puedo ver que estos procedimientos son extremadamente populares. Miles de familias las utilizan en todo el mundo. Y debe tenerse en cuenta que utilizan ART incluso en el caso de una prohibición en el propio país. Hay países donde todo ART está permitido. Y la gente va allí. Mientras tanto, algunos países no pueden decidir si permiten o no. Muchos estados están en contra de la subrogación comercial, por ejemplo. La donación de óvulos tampoco es posible en todos los estados europeos. ¡Pero es un hecho! La medicina antirretroviral es muy necesaria en el mundo moderno. Hay muchos infértiles. Y las cifras no van cayendo. Más y más personas en todo el mundo enfrentan problemas de fertilidad.
Reenvío: Explicado ‣ Todo sobre Gestación Subrogada en Europa ‣ 2024 😀
El tratamiento legal de los acuerdos de gestación subrogada varía considerablemente en todo el mundo. En algunos países, los acuerdos de gestación subrogada son ilegales, mientras que en otros se inscriben en un régimen legal. En algunos países existen en una zona gris legal, no son ilegales pero ciertamente están mal vistos. El tratamiento del contrato entre la madre de alquiler y los futuros padres también varía desde ser ejecutorio (de modo que la madre de alquiler debe entregar el niño a los futuros padres) a ser inaplicable por una cuestión de orden público. En algunos países, no se puede pagar a la madre de alquiler, por lo que ésta actúa de forma altruista y no para obtener un beneficio económico; en otros países, el acuerdo es comercial, en el sentido de que se paga a la madre de alquiler una cantidad superior a sus pérdidas o gastos, y una agencia o clínica de fertilidad puede participar con ánimo de lucro. Esta variación en la práctica y en la legislación en todo el mundo puede causar enormes dificultades para los acuerdos transnacionales de gestación subrogada (véase).