Inspección de Trabajo
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Inspección de Trabajo en el Derecho de Trabajo en general
En el derecho comparado, en general, se puede encontrar información útil sobre este tema de derecho laboral.
Noción de Inspección de Trabajo
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, respecto de inspección de trabajo, la siguiente definición: Cuerpo superior de la Administración pública encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad social. Creado en 1906, forma parte desde entonces de la Administración de trabajo. Los inspectores de trabajo desempeñan sus funciones básicamente a través de visitas a las empresas, para lo que se les reconoce derecho de acceso a los centros de trabajo, facultades de inspección y vigilancia dentro de la empresa, y derecho a obtener ciertas informaciones reservadas de la empresa. Están habilitados para levantar actas (de infracción, de obstrucción, de advertencia, de liquidación de cuotas de seguridad social); para paralizar los trabajos en caso de riesgo grave e inminente; y para proponer sanciones en caso de infracción a la legislación laboral o social. Pueden promover procedimientos administrativos y judiciales e intervenir en los que traten materias de su competencia. También pueden actuar como mediadores en la negociación colectiva, en los conflictos laborales y en el desarrollo de los expedientes de regulación de empleo. Tienen atribuciones de asistencia e información a empresas y trabajadores, particularmente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Concepto sobre inspección de trabajo originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
- Controladores laborales
- Infracciones laborales
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Bibliografía
- BENEYTO CALABUIG, D.: La Inspección de Trabajo: Funciones y facultades. Procedimiento de actuación, Actas y recursos. Valencia 1998
- VV.AA.: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Pamplona, 1999.
- GARCÍA RUBIO, M. A.: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (doctrina y jurisprudencia).
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