Neutralidad Terrestre
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Neutralidad Terrestre
Neutralidad Terrestre en Derecho Militar
El territorio de los Estados neutrales es inviolable: no puede ser utilizado por los beligerantes para el tránsito de sus tropas o convoyes o para instalar en ellos estaciones de radio. El deber de respetar la soberanía territorial de los Estados neutrales cesa si el territorio neutral o una parte de éste es ocupado por un beligerante. El Estado neutral tiene el derecho de oponerse, por la fuerza si es necesario, a toda tentativa de violación de su neutralidad. Además del hecho de participar abiertamente en las hostilidades, está prohibido a todo Estado neutral: 1) prestar asistencia a los beligerantes; 2) reclutar tropas para éstos o admitir que terceros desplieguen tal actividad en su territorio; 3) suministrar material militar, a cualquier título que sea; 4) suministrar información militar. A excepción de estas prohibiciones, el Estado neutral conserva, no obstante, el derecho a mantener relaciones comerciales con todos los Estados beligerantes. El Estado neutral no tiene la obligación de prohibir: 1) que sus propios nacionales se pongan al servicio de uno de los beligerantes; 2) la exportación por un particular o el tránsito de material militar; 3) la utilización, por los beligerantes, de medios de comunicación existentes, de propiedad pública o privada.
Puntualización
Sin embargo, en caso de imponer prohibiciones o restricciones en este sentido, debe aplicarlas a todos los beligerantes. Si tropas de un Estado beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) penetran en territorio neutral, deben ser desarmadas, internadas y sometidas al derecho interno del Estado neutral. Los prisioneros de guerra admitidos en territorio neutral deben ser dejados en libertad, pero pueden ser asignados a residencia forzosa. El Estado neutral podrá autorizar, bajo condiciones determinadas, el tránsito por su propio territorio de heridos, de enfermos y de personal sanitario pertenecientes a las fuerzas beligerantes; podrá, asimismo, albergarlos (respetando, en tal caso, el principio de imparcialidad); sin embargo, deberá tomar las medidas para que no puedan participar nuevamente en las operaciones militares. Un ciudadano de un Estado neutral no podrá beneficiarse de la neutralidad si comete actos hostiles contra un beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) o si realiza actos en favor de un beligerante. Si ofrece sus servicios en las filas de un beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) y es capturado por la otra Parte, deberá ser tratado como un nacional enemigo y considerado como un prisionero de guerra. Los nacionales neutrales que residan en territorio ocupado tienen el mismo estatuto jurídico que los nacionales del Estado ocupado. El material ferroviario (existen varios acuerdos multilaterales internacionales bajo el auspicio de las Naciones Unidos en el ámbito del transporte ferroviario: Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a pasajeros y equipajes transportados por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a mercaderías transportadas por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Acuerdo europeo sobre los principales ferrocarriles internacionales (AGC), Ginebra, 31 de mayo de 1985; Acuerdo sobre una red ferroviaria internacional en el Machrek árabe, Beirut, 14 de abril de 2003; Convenio sobre la facilitación de los procedimientos de cruce de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) para los pasajeros, el equipaje y el equipaje de carga transportados en el tráfico internacional por ferrocarril, Ginebra, 22 de febrero de 2019) procedente de un Estado neutral podrá ser requisado y utilizado por beligerantes en caso de necesidad militar imperiosa. Tratándose de material ferroviario (existen varios acuerdos multilaterales internacionales bajo el auspicio de las Naciones Unidos en el ámbito del transporte ferroviario: Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a pasajeros y equipajes transportados por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a mercaderías transportadas por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Acuerdo europeo sobre los principales ferrocarriles internacionales (AGC), Ginebra, 31 de mayo de 1985; Acuerdo sobre una red ferroviaria internacional en el Machrek árabe, Beirut, 14 de abril de 2003; Convenio sobre la facilitación de los procedimientos de cruce de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) para los pasajeros, el equipaje y el equipaje de carga transportados en el tráfico internacional por ferrocarril, Ginebra, 22 de febrero de 2019) perteneciente a un Estado beligerante, el Estado neutral gozará de los mismos derechos (Véase Angaria). (Cf. H V; G I-IV; GP I).
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Descripción de Neutralidad Terrestre
Significado y examen de neutralidad terrestre en relación con los conflictos armados: El territorio de tos Estados neutrales es inviolable: no puede ser utilizado por los beligerantes para el tránsito de sus tropas o convoyes o para instalar en ellos estaciones de radio.
El deber de respetar la soberanía territorial de los Estados neutrales cesa sí el territorio neutral O una parte de éste es ocupado por un beligerante. El Estado neutral tiene el derecho de oponerse, por la fuerza si es necesario, a toda tentativa de violación de su neutralidad.
Además del hecho de participar abiertamente en las hostilidades, está prohibido a todo Estado neutral: 1) prestar asistencia a los beligerantes; 2) reclutar tropas para éstos o admitir que terceros desplieguen tal actividad en su territorio; 3) suministrar material militar, a cualquier título que sea; 4) suministrar información militar. A excepción de estas prohibiciones, el Estado neutral conserva, no obstante, el derecho a mantener relaciones comerciales con todos los Estados beligerantes.
Desarrollo de Neutralidad Terrestre
El Estado neutral no tiene la obligación de prohibir: 1) que sus propios nacionales se pongan al servicio de uno de los beligerantes; 2) la exportación por un particular o el tránsito de material militar; 3) la utilización, por los beligerantes, de medios de comunicación existentes, de propiedad pública o privada.
Puntualización
Sin embargo, en caso de imponer prohibiciones o restricciones en este sentido, debe aplicarlas a todos los beligerantes. Si tropas de un Estado beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) penetran en territorio neutral, deben ser desarmadas, internadas y sometidas al derecho interno del Estado neutral. Los prisioneros de guerra admitidos en territorio neutral deben ser dejados en libertad, pero pueden ser asignados a residencia forzosa. El Estado neutral podrá autorizar, bajo condiciones determinadas, el tránsito por su propio territorio de heridos, de enfermos y de personal sanitario pertenecientes a las fuerzas beligerantes; podrá, asimismo, albergarlos (respetando, en tal caso, el principio de imparcialidad); sin embargo, deberá tomar las medidas para que no puedan participar nuevamente en las operaciones militares. Un ciudadano de un Estado neutral no podrá beneficiarse de la neutralidad si comete actos hostiles contra un beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) o si realiza actos en favor de un beligerante. Si ofrece sus servicios en las filas de un beligerante (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “belligerent” en el derecho anglosajón, en inglés) y es capturado por la otra Parte, deberá ser tratado como un nacional enemigo y considerado como un prisionero de guerra. Los nacionales neutrales que residan en territorio ocupado tienen el mismo estatuto jurídico que los nacionales del Estado ocupado.
Detalles
El material ferroviario (existen varios acuerdos multilaterales internacionales bajo el auspicio de las Naciones Unidos en el ámbito del transporte ferroviario: Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a pasajeros y equipajes transportados por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a mercaderías transportadas por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Acuerdo europeo sobre los principales ferrocarriles internacionales (AGC), Ginebra, 31 de mayo de 1985; Acuerdo sobre una red ferroviaria internacional en el Machrek árabe, Beirut, 14 de abril de 2003; Convenio sobre la facilitación de los procedimientos de cruce de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) para los pasajeros, el equipaje y el equipaje de carga transportados en el tráfico internacional por ferrocarril, Ginebra, 22 de febrero de 2019) procedente de un Estado neutral podrá ser requisado y utilizado por beligerantes en caso de necesidad militar imperiosa. Tratándose de material ferroviario (existen varios acuerdos multilaterales internacionales bajo el auspicio de las Naciones Unidos en el ámbito del transporte ferroviario: Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a pasajeros y equipajes transportados por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Convenio internacional para facilitar el paso de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) a mercaderías transportadas por ferrocarril, Ginebra, 10 de enero de 1952; Acuerdo europeo sobre los principales ferrocarriles internacionales (AGC), Ginebra, 31 de mayo de 1985; Acuerdo sobre una red ferroviaria internacional en el Machrek árabe, Beirut, 14 de abril de 2003; Convenio sobre la facilitación de los procedimientos de cruce de fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) para los pasajeros, el equipaje y el equipaje de carga transportados en el tráfico internacional por ferrocarril, Ginebra, 22 de febrero de 2019) perteneciente a un Estado beligerante, el Estado neutral gozará de los mismos derechos (v. Angaria). (C/. H V; G t-rv; GPI).[1]
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- Basado en la voz “Neutralidad Terrestre” del “Dizionario di diritto internazionale dei conflitti armati” de Verri Pietro (Edizioni speciali della “Rassegna dell’Arma dei Carabinieri”, Roma, 1984), queda prohibida su utilización con fines comerciales
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[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Neutralidad Terrestre procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Neutralidad Terrestre en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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