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Reducción del Precio

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La Reducción del Precio

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre reducción del precio. Puede ser también relevante lo siguiente:

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Visualización Jerárquica de Precio Reducido

A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Precio Reducido

Véase la definición de precio reducido en el diccionario.

Reducción del Precio en el Derecho Europeo

1. Concepto y finalidad de la reducción de precios
a) Esquema conceptual
La reducción del precio se refiere a una disminución del precio del contrato para remediar una prestación de una de las partes que no se ajusta al contrato. La parte perjudicada se queda con la prestación defectuosa ofrecida por la parte incumplidora, mientras que esta última sólo recibe un pago reducido para compensar el defecto de su prestación. En los casos en que la parte perjudicada haya pagado el precio completo a la parte incumplidora antes de la entrega, puede recuperar lo que haya pagado por encima del precio reducido. A diferencia de la rescisión de un contrato, la reducción del precio no da lugar a la restitución de los bienes entregados. En su lugar, la mayoría de las veces (pero no siempre) conduce a resultados idénticos a los que se obtienen por la vía de los daños y perjuicios. No obstante, cabe señalar que la reducción del precio no impide a las partes perjudicadas reclamar daños incidentales y consecuentes además de los daños causados por una prestación no conforme.

b) Función de la reducción del precio
La finalidad de la reducción del precio es compensar económicamente el cumplimiento defectuoso de la parte incumplidora sin tener que resolver el contrato. Aunque dicha compensación podría obtenerse mediante el derecho a una indemnización por daños y perjuicios, la reducción del precio suele ofrecer el mismo resultado con requisitos menos estrictos. Así, la reducción del precio suele seguir estando disponible aunque el cumplimiento de la parte incumplidora haya sido excusado (por ejemplo, por causa de fuerza mayor), aunque los daños a la parte perjudicada fueran imprevisibles e incluso aunque la parte incumplidora no sea legalmente responsable del incumplimiento. Además, la reducción del precio mantiene -siempre que se calcule de forma proporcional y no absoluta (véase con qué método se calculará la reducción del precio, más adelante)- la relación de valores que las partes acordaron intercambiar en virtud del contrato.

▷ En este Día de 13 Mayo (1846): Se aprueba la declaración de guerra de EE.UU. a México
En un día como hoy de 1846, las tensiones entre México y Estados Unidos -derivadas de la anexión estadounidense de Texas (1845)- llevaron al Congreso estadounidense a aprobar por abrumadora mayoría una declaración de guerra contra México.

c) Antecedentes históricos de la reducción del precio
La reducción del precio es un remedio legal estándar en los sistemas jurídicos civiles. Sus orígenes se remontan al derecho romano de la época clásica, donde estaba disponible en virtud del edicto edilicio como actio quanti minoris, y como alternativa a la actio redhibitoria (rescisión y restitución). Se trataba de una especie de acción de garantía implícita para subsanar defectos latentes en los bienes, disponible, originalmente, sólo para los compradores de esclavos y bestias de carga. Estos compradores podían reclamar la diferencia entre el valor del “bien mueble” defectuoso y el valor que habría tenido de haberse ajustado al contrato.

Con el tiempo, los remedios desarrollados en la jurisprudencia de los aediles curules (es decir, la policía de mercado romana) se integraron en el ius civile romano y, por tanto, se pusieron a disposición de otros tipos de compras. Entre estos remedios se encontraba la actio quanti minoris. Muchos sistemas jurídicos de la Europa continental modelaron entonces sus códigos civiles sobre el derecho romano (véase el art. 3(2) de la Directiva sobre la venta de bienes de consumo (Dir 1999/44); el art. 932(1) del Allgemeines Bürgerliches Gesetzbuch (ABGB) austriaco; el art. 441 del Bürgerliches Gesetzbuch (BGB) alemán; el art. 1644 del Code civil francés). En algunos sistemas, el remedio de la reducción del precio se ha ampliado a otras transacciones. Por ejemplo, la ley alemana permite la reducción del precio para remediar el incumplimiento en los acuerdos de trueque, arrendamiento, contratos de trabajo y acuerdos de viaje. En el derecho holandés, la reducción del precio está disponible -en forma de rescisión parcial- como remedio general para cualquier incumplimiento.

La reducción del precio sigue siendo ajena a los sistemas de derecho anglosajón. Sin embargo, el derecho anglosajón consigue los resultados de la reducción del precio a su manera. Los códigos comerciales ofrecen a menudo a los compradores una acción de daños y perjuicios sin tener en cuenta la culpa por el incumplimiento subyacente, contra la que pueden compensar el precio de compra que pagan al vendedor (véase § 2-717 Uniform Commercial Code (US); s 53(29), (3) Sale of Goods Act (UK)). Los resultados de tales disposiciones son muy similares a los que obtienen los compradores en los sistemas civiles.

2. Desarrollos modernos
Aunque la reducción del precio sigue siendo principalmente un remedio europeo continental desconocido en los sistemas de common law, se ha incluido en casi todas las normas uniformes y modelo sobre la compraventa de mercancías (con la excepción del PICC de UNIDROIT). Su inclusión forma parte de una tendencia internacional a no favorecer los remedios que ponen fin al contrato y a remitir en su lugar a los compradores a remedios que mantienen las relaciones contractuales, como el derecho a reclamar el cumplimiento suplementario, daños y perjuicios o la reducción del precio (para esta tendencia, véase resolución de un contrato). En consecuencia, los requisitos para reclamar la reducción del precio suelen ser menos estrictos que los de la resolución (anulación) de un contrato; es decir, no es necesario que el incumplimiento sea esencial para que el comprador tenga derecho a una reducción del precio. Aún así, el derecho del vendedor a subsanar a veces tiene prioridad sobre el derecho del comprador a la reducción del precio (véase, por ejemplo, la Directiva sobre Ventas de Consumo, el BGB o la Convención sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG)). Esto surge de nuevo de una tendencia internacional a dar a los vendedores una segunda oportunidad de ganar el precio de compra íntegro que negociaron (véase el cumplimiento suplementario).

3. La reducción del precio en las normas uniformes de venta
Cualquier norma jurídica que permita la reducción de precios debe responder a cuatro preguntas. (a) ¿Qué requisitos deben cumplirse para que se conceda a una parte perjudicada el derecho a la reducción del precio? (b) ¿Cómo puede una parte perjudicada reclamar la reducción del precio? (c) ¿Con qué método se calculará la reducción del precio? (d) ¿Cuál es la relación entre la reducción del precio, los daños y perjuicios y la resolución del contrato?

a) Requisitos para la reducción del precio
La reducción del precio requiere, en principio, que la parte incumplidora haya realizado una prestación no conforme con los requisitos contractuales (o legales) y que haya sido aceptada por la otra parte (véase Art 9:401(1) PECL, Art III.-3:601(1) DCFR, Art 50(1) CISG). Por lo tanto, su ámbito de aplicación se encuentra dentro del derecho relativo al cumplimiento defectuoso.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

En consonancia con la tendencia a favorecer los remedios que no dan lugar a la rescisión del contrato, la reducción del precio no suele estar sujeta a los estrictos requisitos de la rescisión (como el requisito de que el incumplimiento sea esencial).

Sin embargo, las normativas difieren en cuanto a la relación del derecho de la parte perjudicada a la reducción del precio frente al derecho de la parte incumplidora a subsanar el incumplimiento. Algunos ordenamientos jurídicos conceden a la parte incumplidora (a menudo el vendedor) un plazo dentro del cual puede subsanar el cumplimiento defectuoso antes de que la parte perjudicada pueda reclamar una reducción del precio. En virtud del Art 3(5) de la Directiva sobre Ventas de Consumo, el comprador sólo podrá reclamar la reducción del precio cuando el vendedor no haya subsanado su cumplimiento en un plazo razonable. En cambio, el art. 8:104 PECL parece permitir a la parte incumplidora subsanar el cumplimiento defectuoso sólo cuando la parte perjudicada se ha negado a aceptarlo. Si, por el contrario, el comprador acepta la mercancía, parece que el art. 9:401 PECL le permite reducir el precio sin dar a la parte incumplidora la oportunidad de subsanar. El DCFR adopta una posición intermedia entre los regímenes de prioridad de la UE y PECL. El artículo III.-3:202 otorga al deudor un derecho de subsanación, pero normalmente exige que, inmediatamente después de haber sido notificado de la falta de conformidad, el deudor ofrezca subsanar el incumplimiento en un plazo razonable y a sus expensas. Durante el período concedido para la subsanación, el acreedor puede (retener su propio cumplimiento pero) no recurrir a ningún otro remedio, incluida la reducción del precio (Art III.-3:204(1)). El artículo 50 de la CISG establece explícitamente que el comprador pierde su derecho a la reducción del precio si el vendedor subsana cualquier defecto en el cumplimiento. Sin embargo, la CISG no deja claro si el comprador debe esperar un plazo razonable para reclamar la rebaja del precio, o si ésta sólo se excluye cuando el vendedor se ofrece a subsanar sin demora injustificada.

b) Procedimiento para reclamar la reducción del precio
En la mayoría de los ordenamientos jurídicos nacionales, la reducción del precio estaba originalmente a disposición de la parte perjudicada en forma de reclamación contra la parte incumplidora. La parte perjudicada podía exigir que la parte incumplidora consintiera en una reducción del precio, pero la reducción del precio sólo se hacía efectiva tras el consentimiento de la parte incumplidora o una sentencia en su contra. Este tipo de estructuración de la reducción del precio sigue existiendo en muchos sistemas jurídicos, especialmente en aquellos con un gran parecido al Derecho romano, como el Derecho francés. Por el contrario, la mayoría de los instrumentos de derecho uniforme han concedido a los compradores un derecho unilateral a reducir el precio, que la parte incumplidora puede impugnar (véase el art. 51 CISG; el art. III.-3:601 DCFR; el art. 9:401 PECL; y también el nuevo art. 441 BGB tras la reforma de 2002).

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c) Cálculo del importe en que se reducirá el precio
La mayoría de las normas nacionales y uniformes de reducción de precios emplean un método proporcional para calcular el importe en que debe reducirse el precio. El precio del contrato se reduce en la proporción entre el valor de la prestación defectuosa y el valor de una prestación que se hubiera ajustado al contrato. Como resultado, la reducción del precio no se corresponde de forma lineal con el valor reducido de la prestación del vendedor, sino que mantiene la relación de valores entre las prestaciones de las partes que habían acordado originalmente.

Las normas contractuales uniformes fijan el momento adecuado para determinar una reducción del precio en el momento de la entrega (art. 50 CISG; art. 9:401 PECL; art. III-3:601 DCFR). La legislación alemana, por el contrario, determina la reducción del precio con referencia al momento de la formación del contrato (art. 441 BGB).

d) Relación entre la reducción del precio, los daños y perjuicios y la rescisión
En la medida en que la reducción del precio compense la pérdida de valor que la parte perjudicada ha sufrido debido al cumplimiento defectuoso de la otra parte, obviamente no habrá ninguna reclamación adicional por daños y perjuicios. Sin embargo, la parte perjudicada puede seguir disponiendo de una reclamación de daños y perjuicios para remediar una pérdida distinta a la diferencia de valor siempre que, por supuesto, se cumplan los requisitos para tal reclamación de daños y perjuicios. Algunas reglamentaciones uniformes prevén expresamente tal reclamación “suplementaria” de daños y perjuicios (Art 9:401(3) PECL; Art III.-3:601(1) DCFR), mientras que otras (como la CISG) llegarían a resultados similares en virtud de los principios generales del derecho de daños y perjuicios.

Por regla general, una vez que la reducción del precio se ha hecho efectiva, la parte perjudicada ya no puede rescindir el contrato porque una elección a favor de la reducción del precio expresa la intención del comprador de mantener el cumplimiento defectuoso del vendedor.

Revisor de hechos: Schmid

Reducción del Precio en el Ámbito Económico-Empresarial

En el Contexto de: Reducciones

Véase una definición de reducción del precio en el diccionario y también más información relativa a reducción del precio.

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Recursos

Traducción de Precio reducido

Inglés: Reduced price
Francés: Prix réduit
Alemán: Reduzierter Preis
Italiano: Prezzo ridotto
Portugués: Preço reduzido
Polaco: Cena obniżona

Tesauro de Precio reducido

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Véase También

  • Venta con pérdida
  • Venta con rebaja
  • Precio especial
  • Reducción
  • Tarifa reducida
  • Descuento (precio)
  • Precio reducido
  • Precio de promoción
  • Rebaja sobre el precio
  • Tarifa especial
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