▷ Sabiduría mensual que puede leer en pocos minutos. Añada nuestra revista gratuita a su bandeja de entrada.

Sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

▷ Regístrate Gratis a Nuestra Revista

Algunos beneficios de registrarse en nuestra revista:

  • El registro te permite consultar todos los contenidos y archivos de Lawi desde nuestra página web y aplicaciones móviles, incluyendo la app de Substack.
  • Registro (suscripción) gratis, en 1 solo paso.
  • Sin publicidad ni ad tracking. Y puedes cancelar cuando quieras.
  • Sin necesidad de recordar contraseñas: con un link ya podrás acceder a todos los contenidos.
  • Valoramos tu tiempo: Recibirás sólo 1 número de la revista al mes, con un resumen de lo último, para que no te pierdas nada importante
  • El contenido de este sitio es obra de 23 autores. Tu registro es una forma de sentirse valorados.

Decisiones y Sentencias del Tribunal (o Corte) Europeo de Derechos Humanos (TEDH)(CEDH)

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.

Nota: puede ser de interés la información sobre la Organización del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Elementos de las sentencias y decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

La estructura general de la jurisprudencia del Tribunal

Las sentencias y decisiones del Tribunal de Justicia -ya sean dictadas por el Comité, la Sala o las formaciones de la Gran Sala- tienen varios puntos en común. Así pues, en términos muy generales, todos ellos exponen los nombres de los jueces implicados, resumen el procedimiento seguido y los hechos del caso, y concluyen con una sección sobre la ley, es decir, sobre la admisibilidad (véase qué es, su concepto jurídico) y el fondo del caso. Por supuesto, hay variaciones en este sentido. Por una parte, las decisiones generalmente no contienen un análisis del fondo, y las sentencias pueden contener opiniones separadas (como se describe más adelante).

Además, dependiendo del caso, puede haber una sección sobre el derecho y la práctica nacionales, sobre derecho comparado o sobre el derecho y los materiales internacionales y de derechos humanos pertinentes. El contenido de estas secciones se extrae de los materiales recopilados y de la investigación llevada a cabo por el Registro, por ejemplo para establecer la existencia de un consenso europeo sobre un asunto determinado (por ejemplo, en Hämäläinen contra Finlandia, 2014, apartados 31-33 y 73).

Si los demandantes en un caso han presentado una demanda correspondiente, las sentencias suelen contener también una sección sobre el laudo que debe dictarse con respecto a la satisfacción equitativa en virtud del artículo 41 del CEDH. Para estandarizar estas indemnizaciones, la Corte ha establecido en forma de tabla los montos generalmente otorgados por una violación de una disposición específica de la Convención, y los jueces pueden aplicar estas tablas a un caso específico. El contenido de estos cuadros es estrictamente confidencial (véase Ichim, 2015, 121, 160-61), y su existencia no significa que la determinación de la cantidad de satisfacción justa en un caso dado sea necesariamente incontrovertible entre los jueces.

Si bien los Estados están obligados a acatar sus sentencias (párrafo 1 del artículo 46 del CEDH), el Tribunal no está facultado para abolir la legislación nacional ni para anular las decisiones de los tribunales nacionales.

Puntualización

Sin embargo, la Corte puede indicar medidas individuales y generales a los Estados y ha hecho uso de este poder en el pasado (Keller y Marti, 2016). El ordenamiento de las medidas por parte del propio Tribunal es bastante peculiar dado que, institucionalmente hablando, el Tribunal no es responsable de la ejecución de sus sentencias, que son competencia del Comité de Ministros (Ejecución de sentencias: Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)). Aunque la fuente de su poder para hacerlo es bastante ambigua, el Tribunal ordena ocasionalmente medidas individuales para abordar problemas en un caso específico (véase, por ejemplo, Oleksandr Volkov contra Ucrania, 2013). Las medidas generales suelen ordenarse en sentencias piloto (Broniowski v Polonia, 2005) o en las llamadas sentencias cuasi-piloto, que no entran formalmente en el procedimiento de sentencia piloto pero que sí abordan problemas sistémicos (Oleksandr Volkov v Ucrania, 2013) (Sentencia: Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)).

A veces, las medidas provisionales ordenadas en virtud de la regla 39 RC también adoptan la forma de medidas individuales específicas: así, por ejemplo, en un caso contra Rusia, el presidente de la Primera Sección dictó una orden de protección provisional detallada en relación con las intervenciones médicas que debían realizarse en relación con un detenido (G c. Rusia, 2016, párrs. 4 y 8).

Opiniones separadas

En lo que respecta a las sentencias de la Sala o de la Gran Sala, los jueces de la mayoría y de la minoría pueden presentar opiniones disidentes o concurrentes (artículo 45, apartado 2, del CEDH; regla 88, apartado 2, del CR). No existen dictámenes separados en relación con las sentencias dictadas por el Comité de tres jueces, dado que esta formación debe decidir de forma anónima. Tampoco es posible emitir opiniones separadas cuando se trata de una decisión del Tribunal (como se desprende del texto del apartado 2 del artículo 45 del CEDH, que se refiere únicamente a las sentencias; en concreto, en lo que respecta a las decisiones sobre interpretación adoptadas en virtud del apartado 3 del artículo 46 del CEDH, véase la regla 93 RC).

Las opiniones separadas pueden ser escritas por jueces individuales, posiblemente acompañados por otros jueces que estén de acuerdo con sus argumentos, o pueden ser escritas por un número de jueces en colaboración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los jueces también pueden simplemente optar por adjuntar una “simple declaración de desacuerdo” a una sentencia (Regla 74 (2) RC).Entre las Líneas En estos casos, los jueces que decidieron no votar con la mayoría en un caso adjuntan una declaración a la sentencia resultante que efectivamente revela cómo votaron. Esta declaración de una línea podría señalar, por ejemplo, que el juez en cuestión fue “incapaz de seguir la conclusión de la mayoría” (compare, por ejemplo, Mardosai v Lituania, 2017, declaración de desacuerdo del juez Paczolay). Es una práctica ampliamente aceptada -aunque no escrita y no siempre observada- en la Corte que los jueces que no votan con la mayoría en un fallo deben adjuntar una declaración de disidencia para revelar cómo votaron.

Dada esta práctica, casi siempre es posible, por medio de las opiniones separadas y las “meras declaraciones de desacuerdo” adjuntas a una sentencia, determinar cómo votó un determinado juez.

Puntualización

Sin embargo, tal determinación no es posible en el contexto de las decisiones, dado que en estos casos no se permiten las opiniones separadas ni las “meras declaraciones de disidencia”.

Una Conclusión

Por lo tanto, en sus decisiones, el Tribunal de Justicia se limita a declarar que ha llegado a un resultado determinado, ya sea “por unanimidad” o “por mayoría”.

Una Conclusión

Por lo tanto, cuando una decisión no se toma por unanimidad, no es posible determinar cuál de los jueces -ni siquiera cuántos de ellos- constituyen la mayoría.

Los dictámenes separados proporcionan a menudo una visión más profunda de los debates que tuvieron lugar en el seno de la Corte al decidir un caso y de los argumentos que se presentaron a este respecto, y por lo tanto representan una fuente importante de información adicional sobre las deliberaciones. Las opiniones concurrentes generalmente permiten a los jueces de la mayoría explicar el razonamiento de la mayoría o indicar las razones de su desacuerdo con ese razonamiento. Las opiniones discrepantes permiten a los jueces de la minoría explicar por qué votaron en contra de la mayoría y proporcionar su propia versión alternativa de cómo creen que se debería haber decidido un caso.

▷ En este Día de 26 Abril (1937): Bombardeo de Guernica
Durante la guerra civil española, la Legión Cóndor de la fuerza aérea alemana, que apoyaba a los “nacionalistas” sublevados, bombardeó la ciudad vasca de Guernica, un acontecimiento conmemorado en el cuadro “Guernica” de Pablo Picasso, en varias películas y en numerosos libros y estudios. Véase más acerca de los efectos y consecuencias de esa guerra. Y hace 38 años se produjo el accidente nuclear de Chernóbil. En la madrugada del 26 de abril de 1986 se produjo una devastadora catástrofe medioambiental cuando una explosión y un incendio en la central nuclear de Chernóbil (Ucrania) liberaron grandes cantidades de material radiactivo a la atmósfera. Los efectos se notaron incluso en Alemania.

En ciertas tradiciones jurídicas, los jueces de los tribunales superiores emiten sus propias opiniones por escrito sobre cada caso que se examina (sobre el enfoque aplicado anteriormente por la Cámara de los Lores del Reino Unido, véase Mak, 2013, 129-30).Entre las Líneas En el TEDH, este método no se aplica: los jueces no distribuyen sus proyectos de dictamen (separados) antes de las deliberaciones. Si un juez desea preparar una opinión separada, lo anuncia durante las deliberaciones y expone las razones de su desacuerdo.

Una Conclusión

Por lo tanto, las deliberaciones de la Corte se celebran generalmente sin que se haya formulado todavía un proyecto de dictamen separado de ningún juez, y mucho menos se haya distribuido. Este enfoque se debe a la enorme carga de trabajo de la Corte y a la carga imposible que supondría para los jueces si tuvieran que preparar de antemano opiniones escritas para cada caso.

Puntualización

Sin embargo, también hace más difícil responder a los argumentos presentados en los dictámenes separados en la sentencia preparada por la mayoría.

Como se señaló en el párrafo anterior, los jueces anuncian su intención de preparar una opinión separada para sus colegas en una formación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El juez o los jueces interesados, que preparan sus argumentos de forma independiente, sin ningún apoyo institucional en la redacción o la investigación de la Secretaría o de otro modo, redactan a continuación sus dictámenes separados.Entre las Líneas En la Gran Sala, el Presidente suele fijar un plazo (véase más detalles en esta plataforma general) de tres semanas a partir del momento en que se acuerda la versión final de una sentencia en las segundas deliberaciones hasta que se emiten los dictámenes separados; en la Sala, este plazo (véase más detalles en esta plataforma general) suele ser de dos semanas.

La opinión resultante se somete a la revisión y traducción de la lengua por parte de la Secretaría, aunque no a una revisión del contenido, y luego se adjunta a la sentencia. No existe un límite general a la extensión de los dictámenes separados.

Puntualización

Sin embargo, los dictámenes demasiado largos requieren una gran parte de los recursos de traducción y de control lingüístico del Tribunal y, por lo tanto, provocan retrasos en la publicación de las sentencias.

Los jueces nunca están obligados a escribir una opinión separada, aunque no hayan votado con la mayoría.

Puntualización

Sin embargo, las opiniones individuales de los jueces sobre cuándo es apropiado y necesario escribir tal opinión están influenciadas por su propia comprensión de este concepto y por las tradiciones legales de sus Estados de origen, y pueden ser divergentes. Así, algunos jueces consideran que deben explicar su razonamiento siempre que no estén de acuerdo con la mayoría, y otros lo hacen solo en raras ocasiones, en los casos en que consideran que es particularmente importante hacerlo.

Revisor: Lawrence

Deliberaciones en el Tribunal

Las deliberaciones en la Corte permiten a los jueces de una formación determinada expresar sus opiniones sobre un caso, votar sobre las cuestiones en juego y debatir el texto de la decisión o sentencia que se está preparando. Las deliberaciones tienen lugar en uno de los dos idiomas de trabajo de la Corte, es decir, inglés o francés (idioma de trabajo). Las sentencias y decisiones también se emiten en una o ambas lenguas (Traducción de sentencias: Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)).

El tipo de formación en cuestión informa el procedimiento de deliberación y redacción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Así pues, el procedimiento de juez único no implica ninguna deliberación, ya que la resolución dictada en tales casos es redactada por el ponente no judicial y aprobada por el juez único.Entre las Líneas En general, el ponente no judicial hace una sugerencia sobre cómo debe decidirse un caso de juez único, y el juez único aprueba esta recomendación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Dinah Shelton ha observado que algunos jueces han informado de la impresión de que simplemente se espera que “den el visto bueno” a las decisiones de la Secretaría (véase Shelton, 2016).

Aviso

No obstante, hay que reiterar que la decisión de un juez único se basa en la colaboración entre el juez único y el relator no judicial asignado al asunto en cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si el juez único no está seguro de un caso, puede ponerse en contacto con el relator no judicial para recibir una explicación de las alegaciones en la lengua nacional. Como se ha señalado anteriormente, el elemento de confianza en el ponente no judicial es, por tanto, especialmente importante (véase el apartado 15). Si el juez único todavía no está seguro de cómo decidir un caso -no por falta de confianza en el relator no judicial, sino porque el resultado no está claro- enviará el caso al Comité de tres jueces o incluso directamente a la formación de la Sala.

Por lo general, los casos del Comité no se someten a votación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Indicaciones

En cambio, se deciden por circular: los jueces reciben el proyecto de sentencia o decisión preparado por el abogado del caso pertinente dentro del Registro -un abogado experimentado que conoce el sistema jurídico y habla el idioma del país de que se trate- y se les notifica de un plazo (véase más detalles en esta plataforma general) en el que pueden expresar su acuerdo o desacuerdo con este texto. Así pues, el Comité no suele celebrar reuniones ni deliberaciones a menos que uno de los tres magistrados lo solicite, por ejemplo, porque no está de acuerdo con el resultado propuesto en el proyecto o porque desea modificar el razonamiento empleado, o porque desea modificar las conclusiones en virtud del artículo 41 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Si los jueces del Comité llegan a un acuerdo, emitirán su juicio o decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si no pueden hacerlo, se procederá a la formación de la Sala.

Las dos formaciones más amplias de la Corte -la Sala y la Gran Sala-, en las que participan más magistrados y se abordan cuestiones jurídicas más complejas que las del magistrado único o el Comité, requieren procedimientos de deliberación y redacción más complejos. Lo que sigue se centrará en los métodos de trabajo de estas dos formaciones.

Estas dos formaciones deben considerarse por separado, ya que existen grandes diferencias en cuanto a las prácticas de deliberación y redacción entre ellas. Así pues, antes de que comiencen las deliberaciones en la Sala de formación, los magistrados reciben un grueso expediente de la Secretaría que ya contiene un proyecto de sentencia o decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Cuando la Sala se reúne -siempre un martes- los magistrados inician sus deliberaciones con una propuesta concreta para resolver el caso que tienen ante sí, que luego es objeto de deliberación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En la Gran Sala, en cambio, nunca se dispone de un proyecto de sentencia o de decisión cuando los magistrados comienzan a deliberar.

Indicaciones

En cambio, los magistrados inician su labor sobre la base de la nota del magistrado relator y de los diversos informes preparados por el Registro (véase la información sobre la Organización del Tribunal Europeo de Derechos Humanos).

Los procedimientos en la Sala también siguen un proceso menos rígido que en la Gran Sala.

Una Conclusión

Por lo tanto, en la Gran Sala, hay una regla no escrita de que un juez “regular”, es decir, no el presidente, el juez nacional o el juez relator, solo puede hacer uso de la palabra una vez.Entre las Líneas En la Sala, en cambio, las actuaciones son menos ordenadas y los magistrados pueden elegir hacer uso de la palabra dos o tres veces. Lo siguiente debe leerse teniendo en cuenta estas diferencias, y las adicionales que se describen a continuación.

Antecedentes del Reglamento del Tribunal de Justicia

El Reglamento de la Corte, que es adoptado por el Pleno de la Corte (Art. 25 (d) CEDH; Cortes y Tribunales Internacionales, Reglas y Directrices Prácticas (TJCE, TPI, TEDH, CTIH, CIEDH, CIADI, ITLOS, Paneles de la OMC y Órgano de Apelación)), proporciona el marco para las deliberaciones de la Corte tanto en su Sala como en las formaciones de la Gran Sala. El Reglamento estipula que las deliberaciones de la Corte serán privadas y secretas (Reglamento 3 y Reglamento 22 (1) RC). Las deliberaciones se celebran únicamente con la presencia de los magistrados de una formación determinada, junto con el Secretario y otros funcionarios de la Secretaría o intérpretes cuya asistencia se considera necesaria, junto con otras personas -por ejemplo, investigadores- que ocasionalmente pueden ser admitidos por decisión especial de la Corte (regla 22, párrafo 2, del CR).

Antes de proceder a una votación sobre cualquier asunto, los jueces pueden expresar su opinión al respecto; el presidente tiene la facultad de pedirles que lo hagan (Regla 22 (3) RC). La votación se realiza a mano alzada y los votos se deciden por mayoría de los jueces presentes; el presidente de la Corte o de la Sección en cuestión rompe el empate (Regla 23 (1) RC). Los jueces no pueden abstenerse de votar sobre la admisibilidad (véase qué es, su concepto jurídico) o el fondo de un caso (párrafo 2 del artículo 23 del reglamento). También es posible que el presidente opte por una votación nominal, en la que los jueces votan uno por uno en orden inverso de precedencia (artículo 23, párrafo 3, del Reglamento del Consejo de Seguridad).

Existen algunas diferencias notables en las prácticas de votación de la Sala y de la Gran Sala, como se analiza a continuación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Éstas se derivan del hecho de que los jueces de la Sala, en la primera deliberación, ya tienen un proyecto de sentencia o de decisión en mano, y los de la Gran Sala no. Así, los jueces de la Gran Sala deben, en su primera deliberación, señalar cómo se proponen resolver el caso que tienen ante sí.

Indicaciones

En cambio, en la Sala, si los magistrados no manifiestan su desacuerdo con el proyecto de fallo o decisión que se les ha facilitado, se presume que están de acuerdo con ese proyecto, si no totalmente, al menos en un sentido general. De hecho, existe una norma informal que exige a los magistrados de las Salas que están fundamentalmente en desacuerdo con un proyecto de sentencia o decisión que lo notifiquen a sus colegas unos días antes de que se celebren las deliberaciones. Esta notificación, que se realiza por correo electrónico, permite a los demás jueces -y especialmente al juez ponente- prepararse adecuadamente para las deliberaciones.

Las medidas cautelares previstas en la regla 39 RC podrán indicarse a petición de una de las partes en una causa, de cualquier otra persona interesada o de oficio.Entre las Líneas En la práctica, el Tribunal solo ha indicado la protección provisional de oficio en un puñado de casos (véase Öcalan contra Turquía, 2005, párrafo 5), y no ha habido práctica en relación con las solicitudes de terceros (Keller y Marti, 2013, 331). Dado que la indicación de la protección provisional puede ser a veces extremadamente urgente, el Tribunal de Justicia dispone de un número de fax específico para recibir tales solicitudes, y las solicitudes enviadas antes de las 16.00 horas, hora local, los días laborables se atienden el mismo día (Medidas provisionales: Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)). Esto significa que esas solicitudes no pueden ser examinadas por Salas enteras.

Una Conclusión

Por lo tanto, si bien la decisión de indicar tales medidas puede ser tomada por una Sala en su conjunto, suele ser tomada por un vicepresidente de la Sección (Regla 39(1) y (4) RC).Entre las Líneas En la Corte, un juez de turno -por lo general, un vicepresidente de la Sala- está constantemente disponible para recibir las solicitudes de conformidad con la regla 39. Al recibir una solicitud de medidas provisionales, el juez de turno consulta con el juez nacional y luego decide si concede o no la protección de la Regla 39.Entre las Líneas En términos generales, el juez de turno debe estar disponible las 24 horas del día y debe estar preparado para tomar rápidamente decisiones a menudo bastante difíciles.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):

Alcance del caso

Los jueces deliberan sobre las cuestiones comunicadas al Estado -que constituyen el ámbito de la causa (párrs. 20 y 21)- sobre la base de las observaciones de las partes. Las presentaciones de las partes pueden ser muy importantes en esta etapa, por lo que siempre se distribuyen a los magistrados antes de la deliberación, tanto en la Sala como en las formaciones de la Gran Sala. La única excepción se aplica en los procedimientos de la Sala cuando el solicitante haya presentado sus alegaciones en su lengua materna, cuando esta lengua no sea una lengua oficial de la Corte.

En preparación para las deliberaciones de la Gran Sala, los magistrados también reciben una nota del magistrado relator, la llamada nota del relator, que se prepara con la asistencia de la Secretaría. Esto suele servir como fuente de información de fondo y proporciona una visión general de la jurisprudencia existente, así como una indicación de dónde pueden ser necesarias modificaciones de la jurisprudencia.

El juez nacional puede preparar una nota similar, pero esto se hace sin el apoyo de la Secretaría. El contenido de dicha nota debería limitarse en general a los aspectos pertinentes de la legislación y la práctica nacionales.

Puntualización

Sin embargo, en la Sala, la nota de un juez nacional también puede proporcionar otros argumentos, por ejemplo, instando a la Sala a remitir un asunto a la Gran Sala.Entre las Líneas En la Gran Sala, la nota del juez nacional debe limitarse a la legislación y la práctica nacionales. Como el juez nacional nunca puede ser el juez ponente en la formación de la Gran Sala, su nota puede servir como una oportunidad para determinar si el juez ponente ha entendido correctamente la legislación y la práctica nacionales.

El expediente proporcionado a los magistrados también puede incluir un informe de investigación de derecho comparado preparado por la división de investigación de la Secretaría y compilado con las aportaciones de todos los magistrados cuyos sistemas jurídicos nacionales se están examinando. Tal informe se proporciona generalmente en la formación de la Gran Cámara y es posible -aunque no necesario- en la formación de la Cámara también. Estos informes se recopilan después de que se formula una pregunta concreta (por ejemplo, sobre el enfoque nacional de una cuestión determinada o sobre la aplicación nacional de una norma determinada) a la División de Investigación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La solicitud de dicho informe es hecha por el juez ponente. La división de investigación recoge la información pertinente, a menudo con la ayuda del Instituto Suizo de Derecho Comparado, un organismo independiente con sede en Lausana. Una vez finalizado el informe, se distribuye entre los jueces cuyos sistemas jurídicos nacionales han sido examinados, quienes verifican la información recopilada. Si se trata de cuestiones de derecho internacional, la Secretaría suele preparar también un informe de derecho internacional, y puede haber informes sobre la propia jurisprudencia de la Corte cuando se considere necesario. Estos últimos informes proporcionan resúmenes y análisis de la jurisprudencia anterior de la Corte sobre el asunto en cuestión.

Además, el Tribunal de Justicia puede, tanto en la Sala como en la Gran Sala, recibir intervenciones de terceros (artículo 36 del CEDH; regla 44 RC). Una intervención de un tercero (Intervención: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) puede ser presentado por cualquier Estado cuyo nacional sea un solicitante ante el Tribunal (párrafo 1 del artículo 36 del CEDH) o por el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa (párrafo 3 del artículo 36 del CEDH). El Presidente de la Corte también puede conceder autorización para intervenir a cualquier otro Estado o persona -o, en la práctica, institución- que desee presentar una intervención de un tercero (apartado 2 del artículo 36 del CEDH). Los escritos presentados por los terceros intervinientes se distribuyen a las partes y a los jueces en la formación pertinente. Si se celebra una audiencia oral, se puede conceder a los terceros intervinientes la posibilidad de presentar sus argumentos oralmente (Regla 44 (1) (a), (2), y (3) RC).

La práctica de la redacción y las deliberaciones en la Sala

Los asuntos asignados a una Sección de la Corte se asignan a un juez en particular, que asume la función de juez ponente, y a una unidad administrativa de la Secretaría. Los jueces relatores son designados por el presidente de la Sección correspondiente (Regla 49 (2) RC), y su identidad es estrictamente confidencial. Juntos, el magistrado relator y la secretaría preparan un proyecto de sentencia sobre la causa, que luego se distribuye a los demás magistrados de esa formación de la Sala en particular.

Este proceso de redacción se basa en las observaciones de la Jurisconsult, que elabora un documento sobre la jurisprudencia del Tribunal para apoyar la preparación del proyecto. Dicho documento se compila únicamente en relación con los casos que se encuentran ante una formación de la Sala. Las observaciones de Jurisconsult, que se preparan y distribuyen unos días antes de que se celebren las deliberaciones, sirven para garantizar la coherencia de la jurisprudencia de la Corte.

Después de haber recibido el borrador, los jueces se reúnen para deliberar. Las deliberaciones en la Sala son dirigidas por el presidente de la Sección, quien primero da la palabra al juez ponente y luego al juez nacional. El presidente de la Sección tiene cierta discreción en cuanto a la extensión y profundidad de la presentación del borrador (cf. Arold, 2007, 63, n 205). Después de esto, todos los demás jueces presentes pueden expresar sus opiniones sobre el borrador. El orden de intervención de estos jueces no es fijo, y los jueces pueden hacer uso de la palabra más de una vez. Sus comentarios van seguidos de una votación, sobre la base de la cual el Registro modifica el proyecto. Los jueces suplentes, es decir, los jueces restantes de una Sección que no son seleccionados para formar una determinada formación de la Cámara (Regla 26 RC), generalmente no pueden votar en los procedimientos de la Cámara. Esto se debe a que pueden formar parte de una formación posterior de la Gran Sala encargada de examinar el mismo asunto, por lo que no deben influir en la toma de decisiones en la fase de la Sala.

En este punto, la Sala puede optar por celebrar una vista. Aunque la regla general es que no hay audiencia en los procedimientos de la Sala, es posible celebrar una cuando los hechos del caso no están claros y es necesario obtener más información. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Pormenores

Las audiencias de la Cámara son públicas, a menos que circunstancias excepcionales justifiquen una audiencia a puerta cerrada (Regla 63 RC). Así, por ejemplo, en dos casos de entregas polacas decididos en 2014, la formación de la Sala celebró una audiencia pública y, a petición del Gobierno, una audiencia a puerta cerrada[Husayn (Abu Zubaydah)/Polonia, 2014, párrs. 8 a 13; Al Nashiri c. Polonia, 2014, párrs. 10 a 15].

La Sala también puede, en este momento, decidir remitir un asunto a la Gran Sala sin dictar sentencia (artículo 30 del CEDH). Esto se aplica cuando un caso plantea una “cuestión grave” de interpretación, o una cuestión que, en su resolución, puede dar lugar a un resultado incompatible con la jurisprudencia del Tribunal.

La Sala, al igual que la Gran Sala, adopta una decisión o una sentencia por mayoría simple de votos. Por lo general, no hay una segunda deliberación en las actuaciones de la Sala, ya que a menudo no hay necesidad de una: en general, los magistrados de la Sala aprueban los proyectos de sentencias o decisiones que tienen ante sí.

En caso de que los jueces, por mayoría, no puedan llegar a un acuerdo sobre el texto de un proyecto de sentencia o de decisión en la primera deliberación, existen dos vías principales para que la Corte proceda. Si el desacuerdo se refiere a la formulación de ciertos párrafos cruciales del proyecto, la Corte puede aplicar el llamado procedimiento de casillero. Este procedimiento, que se describe a continuación, tiene por objeto hacer participar al Registro y facilitar la búsqueda de formulaciones que sean mutuamente aceptables para la mayoría.Entre las Líneas En el caso inusual de que la mayoría de los magistrados de una formación de Sala no esté de acuerdo con la conclusión formulada en un proyecto de sentencia, los asuntos también podrán aplazarse para permitir la preparación de un nuevo proyecto.Entre las Líneas En estas circunstancias, es obligatorio celebrar una segunda ronda de deliberaciones de la Sala.

La práctica de la redacción y las deliberaciones en la Gran Sala

Los miércoles en el Tribunal se reservan para los trabajos de la Gran Sala.

Detalles

Los asuntos se someten a la Gran Sala bien porque una de las partes solicitó la remisión tras una sentencia de la Sala (artículo 43 del CEDH), bien porque una formación de la Sala renunció al asunto (artículo 30 del CEDH).Entre las Líneas En el caso de una solicitud de remisión con arreglo al artículo 43 del CEDH, un grupo de cinco jueces de la Gran Sala examina la solicitud y determina si plantea una cuestión grave de interpretación o aplicación del Convenio, o “una cuestión grave de importancia general”; en caso afirmativo, se acepta la solicitud y el asunto se remite a la Gran Sala (apartados 2 y 3 del artículo 43 del CEDH).

Indicaciones

En cambio, la Sala encargada de resolver un asunto decide la renuncia, que se produce cuando la Sala determina que el asunto en cuestión plantea una cuestión grave de interpretación o aplicación del Convenio, o cuando existe la posibilidad de que las conclusiones de la Sala entren en conflicto con la jurisprudencia existente del Tribunal (artículo 30 del CEDH). Cualquiera de las partes en un caso puede, de conformidad con el artículo 30 del CEDH, vetar la remisión, aunque esto ya no será posible una vez que entre en vigor el Protocolo nº 15 por el que se modifica el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (“Protocolo nº 15”) (artículo 3 del Protocolo nº 15).

El proceso de deliberación y redacción en la Gran Sala es similar al de la Sala, pero con algunas diferencias importantes. Por un lado, la formación de la Gran Sala está compuesta por 17 jueces, más al menos tres suplentes en caso de que un juez no pueda continuar en la formación (Regla 24 (1) RC), en lugar de los siete jueces que forman una Sala, y el presidente de la Corte está a cargo de esta formación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los casos de la Gran Sala también implican regularmente -aunque no necesariamente- una audiencia pública, que permite al solicitante, así como al Estado demandado y a los eventuales intervinientes de terceros, presentar alegaciones orales además de sus alegaciones por escrito y participar directamente en los argumentos de las otras partes. Los jueces pueden interactuar con cualquiera de las personas que comparecen ante ellos en este proceso haciendo preguntas (Reglas 62 (2) y 71 (1) RC); las partes reciben entonces algún tiempo para preparar sus respuestas antes de responder.

Otros Elementos

Además, una vez más, mientras que las deliberaciones de la Sala comienzan sobre la base de un proyecto de sentencia o de decisión, la Gran Sala no comienza a preparar su proyecto hasta después de su primera deliberación.

Al igual que en los procedimientos de la Sala, cada asunto sometido a la Gran Sala se asigna a un juez ponente.

Puntualización

Sin embargo, ante la Gran Sala, el juez nacional nunca es el ponente. Lo mismo no es necesariamente cierto en el caso de la Sala, como se ha señalado anteriormente, aunque a veces el Tribunal puede optar por no hacer que el juez nacional sea el ponente en casos políticamente delicados. Los miembros de la Gran Sala suelen ser seleccionados por sorteo apenas unos días después de que la Gran Sala se haya pronunciado sobre una causa, y la tramitación de la causa comienza casi de inmediato, con una primera reunión de orientación entre el abogado encargado de la causa, el Secretario y el magistrado ponente.

El juez ponente es nombrado después de que el presidente haya determinado la composición de la formación de la Gran Sala. El presidente selecciona a un juez de la formación para que actúe como juez relator. El presidente lo hace teniendo en cuenta los antecedentes de los jueces y sus habilidades lingüísticas; por lo tanto, si el expediente de un caso es predominantemente en francés, el juez en cuestión debe tener un excelente dominio de ese idioma.

Otros Elementos

Además, el presidente puede considerar la experiencia de los jueces: si un caso involucra cuestiones relacionadas con disciplinas legales específicas, el presidente puede seleccionar un relator que tenga una experiencia particular en el campo en cuestión.

El procedimiento ante la Gran Sala ante la totalidad de la formación de 17 miembros comienza, en la mayoría de los casos, con una vista pública. Esta es otra diferencia entre la Sala y la Gran Sala: mientras que las audiencias son excepcionales ante la Sala, son la regla ante la Gran Sala.

Puntualización

Sin embargo, hay excepciones a esta regla, y el juez ponente puede solicitar que no se celebre ninguna audiencia cuando no se considere necesario.Entre las Líneas En la práctica, ha habido casos en los que la Gran Sala ha optado por no celebrar una audiencia. Lo hizo, por ejemplo, en el caso Sabri Güneş v Turquía, donde el único asunto real ante el Tribunal, el cálculo de la regla de los seis meses, no requería una audiencia oral (Sabri Güneş v Turquía, 2012, párrafo 7).

Los jueces de la Gran Sala se retiran inmediatamente después de una audiencia para iniciar su primera ronda de deliberaciones. Dado que los asuntos de la Gran Sala suelen ser jurídicamente difíciles, puede ser necesario celebrar varias sesiones de deliberación, aunque en la mayoría de los casos bastan dos rondas. Al igual que en la Sala, las deliberaciones comienzan con el juez ponente y el juez nacional que toma la palabra para expresar sus argumentos y opiniones. Luego, todos los jueces restantes expresan sus opiniones.

Puntualización

Sin embargo, el proceso aquí difiere de los procedimientos de la Sala en que los jueces que no tienen una función especial en la formación de la Gran Sala -por lo tanto, que no ocupan el cargo de presidente, no han sido asignados para servir como jueces relatores y no son jueces nacionales- pueden tomar la palabra solo una vez en esta deliberación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Esto significa que los jueces no pueden refutar los argumentos presentados por los colegas cuyo turno para hablar viene después del suyo propio.

Una Conclusión

Por lo tanto, los jueces pueden elegir estratégicamente cuándo hacer uso de la palabra. Esta norma no se aplica al juez nacional y al juez ponente, que pueden intervenir de nuevo al final de la deliberación, ni al presidente del Tribunal de Justicia, que dirige la deliberación.

En la primera deliberación, los jueces no pueden abstenerse de hacer uso de la palabra, pero pueden abstenerse de votar si dan razones para hacerlo.Entre las Líneas En la primera deliberación de la Gran Sala, los jueces pueden, por tanto, reservar su voto para la segunda deliberación, momento en el que estará disponible el proyecto de texto de la sentencia.

Puntualización

Sin embargo, se les exige que presenten justificaciones para ello.Entre las Líneas En general, esto significa que deben indicar los puntos en los que están indecisos y, a continuación, reservar su decisión hasta que se les facilite la redacción concreta del proyecto de sentencia.Entre las Líneas En la votación indicativa al comienzo de la segunda deliberación, todos los jueces están obligados a votar.

Si una primera votación está próxima, por ejemplo si los jueces están empatados debido a una abstención, entonces se prepararán dos proyectos de sentencia. Por lo general, pero no siempre, la decisión de preparar dos borradores se toma cuando hay diferencias fundamentales en las opiniones de los jueces sobre un caso, y así, por ejemplo, un borrador encontrará una violación de la Convención y el otro una no violación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En casos controvertidos, el presidente iniciará la segunda deliberación señalando que se han preparado dos borradores y determinando cuál es el preferido por la mayoría mediante una votación indicativa. Como se ha señalado anteriormente, los jueces no pueden abstenerse en esta votación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si, a título indicativo, una clara mayoría de jueces prefiere una alternativa, entonces los jueces proceden a examinar ese proyecto y deliberar sobre su contenido párrafo por párrafo. Una vez que se ha llegado a un acuerdo sobre el texto, o casi, ya que puede ser necesario aplicar el procedimiento del casillero a algunas cuestiones, se procede a la votación definitiva.

Al final de la primera sesión de deliberación, después de que todos los jueces hayan expresado sus opiniones, el juez nacional y el juez ponente pueden volver a hacer uso de la palabra.Entre las Líneas En este punto, el ponente presenta un resumen de las deliberaciones y, a continuación, plantea las cuestiones sobre las que votarán los jueces. El presidente, basándose en la propuesta del ponente, determina las cuestiones sobre las que votan los jueces y en qué orden lo hacen.

Al final de la sesión, el presidente selecciona a un número de jueces que votaron con la mayoría para formar el comité de redacción (Comité de Redacción). El comité de redacción suele estar compuesto por unos cinco jueces, y siempre incluye al juez ponente. El comité de redacción hace que el proceso de redacción sea más eficiente de lo que sería si los 17 jueces de la Gran Sala tuvieran la tarea de preparar el texto. El juez nacional asiste al comité de redacción, pero no puede votar dentro de esa formación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si la mayoría estaba dividida, entonces el presidente selecciona a los representantes de las distintas opiniones para que participen en la redacción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Una mayoría dividida a menudo también significa que el presidente sugiere la preparación de más de un borrador.

Después de las primeras deliberaciones, se celebra una segunda reunión de orientación entre el magistrado relator, el Secretario y el abogado litigante. Esto proporciona orientación al abogado del caso sobre cómo preparar el proyecto de sentencia o decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El abogado del caso prepara el borrador; esto toma un promedio de seis semanas. Durante este proceso, el abogado del caso, con cierta aportación del juez ponente, retoma los argumentos más importantes presentados oralmente por los jueces durante la primera deliberación y los procesa en un proyecto de texto.

Una vez finalizado este proceso de redacción, el resultado se transmite al comité de redacción; unas seis o siete semanas después, el comité de redacción celebra su primera reunión, que puede o no ser la única, dependiendo de la facilidad con la que pueda llegar a un acuerdo sobre el texto del proyecto. El comité de redacción prepara así el borrador -o los borradores, si es necesario- sobre la base de la primera versión preparada por el abogado del caso. El comité de redacción es libre de modificar el primer proyecto cuando lo considere necesario.

Si bien la composición del comité de redacción es un privilegio del presidente del Tribunal de Justicia, la idea es permitir que los jueces que presenten los mejores argumentos durante la deliberación, asistidos por el juez nacional, redacten el texto de la sentencia o de la decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Esto también elimina parte de la responsabilidad del proyecto del juez ponente.

El comité de redacción puede recurrir al procedimiento del casillero cuando no pueda llegar a un acuerdo sobre una cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Una vez que el proyecto de fallo o decisión está completo, es traducido por la división de idiomas de la Corte y distribuido entre los magistrados que intervienen tanto en francés como en inglés. Esta es otra diferencia con respecto a las actuaciones de la Sala, en las que los proyectos solo están disponibles en uno de los dos idiomas oficiales de la Corte: en la Gran Sala, los magistrados preparan y deliberan sobre una versión en cada idioma.

Luego se celebra una segunda deliberación para presentar y discutir el proyecto.Entre las Líneas En esta reunión se celebra una segunda y definitiva votación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los jueces no están obligados a votar de la misma manera en la primera y segunda votación: pueden cambiar de opinión, y de hecho a veces lo hacen.

Puntualización

Sin embargo, los asuntos en cuestión y la forma en que los jueces votan normalmente no cambian significativamente de la primera a la segunda deliberación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Puntualización

Sin embargo, si los jueces de la Gran Sala no están de acuerdo con el proyecto de texto que se ha preparado, es posible que se celebren amplios debates en este momento. Si no se puede llegar a un acuerdo sobre la redacción de cada uno de los párrafos controvertidos, se puede volver a aplicar el procedimiento del casillero.

El procedimiento del casillero

Tanto en la Sala como en las formaciones de la Gran Sala, la incapacidad de los Jueces para ponerse de acuerdo sobre la redacción de determinados apartados del proyecto de sentencia o de decisión puede dar lugar a la aplicación del procedimiento del casillero. Este es un procedimiento diseñado para situaciones en las que los jueces en la mayoría de una formación, mientras que en general están de acuerdo sobre el resultado de un caso, no pueden ponerse de acuerdo sobre el texto de cada párrafo(s).Entre las Líneas En estos casos, el Registro prepara una recomendación sobre el asunto en cuestión, el llamado casillero. Esta recomendación se distribuye a los magistrados por correo electrónico.

El procedimiento del casillero es, en esencia, un método de deliberación que se aplica cuando ya se ha preparado un proyecto de sentencia o de decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En la práctica, el uso de este procedimiento es común, ya que a menudo facilita la búsqueda de una solución de mutuo acuerdo y puede aliviar las deliberaciones al eliminar la necesidad de perfeccionar la redacción de párrafos cruciales sobre el terreno. Al aplicar este procedimiento, los jueces no se ven presionados para que, en el contexto de una o dos sesiones de deliberación, preparen un texto listo para su publicación en un idioma que a menudo no es el materno.

El éxito del procedimiento de casilleros se debe en gran medida a la habilidad de la Secretaría para elaborar formulaciones que sean aceptables para todos los interesados y al tiempo que transcurre entre las deliberaciones de los magistrados y la difusión de la propuesta de casilleros. Así pues, la aplicación de este procedimiento permite a menudo armonizar las exigencias contradictorias de una formulación determinada. Este procedimiento también proporciona al abogado del caso y al juez ponente más tiempo para reexaminar el texto.

Una Conclusión

Por lo tanto, también puede mejorar el proyecto de texto permitiendo, por ejemplo, la identificación y eliminación de contradicciones entre los distintos párrafos.

Revisor: Lawrence

▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoce a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparta con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo