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Circunstancias del Delito

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Circunstancias del Delito

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Véase también la voz sobre Elementos del Delito.

Definición de Circunstancias

Según la Real Academia de la Lengua Española, “circunstancia” consiste en un “Accidente de tiempo, lugar, modo, etc., que está unido a la sustancia de algún hecho o dicho” (1)

Guillermo Cabanellas de Torres considera que el término jurídico “circunstancia” es la “Modalidad de tiempo, lugar, condición, estado, edad, parentesco, salud y demás particularidades que acompañan a un acto jurídico y le dan fisonomía especial.Entre las Líneas En Derecho Penal, peculiaridad de realización u omisión que agrava, atenúa o exime con respecto a la penalidad.Entre las Líneas En Derecho Procesal, accidente que concurre y sirve para solicitar la condena o absolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El libre arbitrio del juzgador lo toma en cuenta o lo deja de lado para el fallo.” (2)

Definición de las Circunstancias del Delito

En la definición jurídico-penal de Cabanellas se encuentra el reconocimiento a la circunstancia como una condición específica que le da cierta particularidad a la realización de la acción o al ocurrimiento de la omisión que es catalogada por la ley penal como delito, y que en ciertos casos, puede agravar, atenuar o eximir la penalidad que le corresponda. Las circunstancias, por su naturaleza modificatoria, son un punto de partida trascendental para la proporcionalidad aplicable a la relación entre la infracción y la sanción.

Circunstancias Calificantes del Delito

El autor argentino Raúl Goldstein las define como “(c)ircunstancias enumeradas por la ley penal que aumentan o disminuyen la entidad política de los delitos. Distintas consideraciones son las determinadas, en cada caso concreto, de la existencia de calificantes por agravación o por atenuación.” (3) Y en la misma página añade: “El agregado de una circunstancia agravante determina la existencia de una figura calificada de ella, la circunstancia agravante es un elemento constitutivo, pero la prueba de su inexistencia deja subsistente la figura simple, el tipo delictivo del que se partió: el homicidio con alevosía subsiste como homicidio simple si no se prueba la alevosía. El agregado de una circunstancia atenuante crea la figura privilegiada.” (4)

El grado mayor o menor de peligrosidad en la comisión del delito representan calificaciones a la conducta delictiva que el legislador puede considerar como circunstancias agravantes o circunstancias atenuantes.

Legislaciones sin Circunstancias Calificantes Genéricas

No todas las legislaciones penales están dotadas con enumeración de circunstancias calificantes genéricas o comunes a todos los delitos descritos en su parte especial.Entre las Líneas En general, describen en la parte general (no siempre) una serie de circunstancias de mayor o menor peligrosidad en referencia al infractor, no al delito, y que el llamado a juzgar debe tener en cuenta de forma necesaria antes de emitir su decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Entre las
circunstancias especiales que no forman parte de la actuación del delincuente se encuentran las condiciones objetivas de punibilidad (véase la voz)
.

Circunstancias Calificantes del Delito en Italia

El Código Penal italiano hace una división de las circunstancias calificantes en objetivas y subjetivas:

  • Son circunstancias objetivas todas aquellas que conciernen a la naturaleza, especie, medios, objeto, tiempo, lugar, cualquier modalidad de la acción, a la gravedad del daño o peligro o a las condiciones o cualidades de la víctima, por ejemplo, el sabotaje de vehículos de transporte masivo, el hurto con ocasión de desastre o incendio, el robo en despoblado o en banda.
  • Son circunstancias subjetivas las que conciernen a la intensidad del dolo, a las condiciones o cualidades personales del delincuente, o a las relaciones que lo vinculan con la víctima.

Pueden concurrir, en determinados supuestos,  circunstancias atenuantes y agravantes en una misma acción delictiva.Entre las Líneas En este caso, Rocco explica que “el juez puede compensarlas y no aplicar, en consecuencia, ni una ni otra; puede considerar la prevalencia de las agravantes sobre las atenuantes y aumentar el monto de la pena y puede, por fin, hacer prevalecer las atenuantes sobre las agravantes y disminuir la pena”.

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Notas

1. DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Tomo II, Edición 2007, Pág. 387.
2. Guillermo Cabanellas de Torres. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo II, Edit. Heliasta, Argentina, 2002, Pág. 145. Véase también su Diccionario Jurídico Elemental.
3. GOLDSTEIN, Raúl. Diccionario de Derecho Penal y Criminología, Pág. 95.
4. GOLDSTEIN, Raúl, Ob. Cit. Pág. 95.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Véase También

Detención
Pena
Daño
Derecho Penal
Homicidio
Negligencia
Delitos

Bibliografía

ETCHEBERRY, Alfredo. Derecho Penal, Tomo II, Editora Nacional Gabriela Mistral, Chile, 2001
FERRAJOLI, Luigui, El Fundamento de los Derechos Fundamentales, Edit. Trota, Madrid, 2010.
FLORIAN BRIEUX Eugene Dr., “Elementos de Derecho Procesal Penal”, Editorial Universitario, vol. 1, Zaragoza 2000
GOLDSTEIN, Raúl. “Diccionario de Derecho Penal y Criminología. 2da. Edición. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Editorial ASTREA.- Buenos Aires-Argentina. 1983.
GUERRERO VIVANCO Walter Dr., “Derecho Procesal penal”, tomo IV, Pudeleco Editorial. S.A., Quito- Ecuador.
ROXIN, Claus, Los Límites del Derecho Penal, (traducción de Raúl Pérez Conde), Edit. Trotta, Madrid, España, 2005.
YAVAR NUÑEZ, Fernando, Apuntes Sobre Doce Ciencias Penales, Edit. Edino, Guayaquil, 2004.
ZAFFARONI, Eugenio Raúl, Manual de Derecho Penal, Parte General, 2da. Edición, Edit. Ediar, Buenos Aires, 2006.

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Circunstancias del Delito: Consideraciones Generales

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