Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la discriminación contra la mujer. [aioseo_breadcrumbs]
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Por “discriminación contra la mujer” se entenderá, señala la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, cualquier distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de la mujer, independientemente de su estado civil, de la igualdad del hombre y la mujer, o menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de la mujer, independientemente de su estado civil, de la igualdad del hombre y la mujer.
Discriminación contra la Mujer en Canadá
Las mujeres y el mercado laboral
En los años 70, la mitad de las mujeres canadienses estaban en el mercado laboral, pero en 1996 sólo ganaban el 66% de lo que ganaban los hombres. El 100% de los ingresos de los hombres. En su lucha por una legislación laboral más justa, los movimientos de mujeres y los sindicatos no sólo reclaman una legislación que permita igual salario por igual trabajo, sino que también hacen campaña a favor de programas de acción afirmativa que puedan contrarrestar las políticas de empleo que discriminan deliberada o accidentalmente a las mujeres. Los permisos de maternidad y paternidad figuran entre las reivindicaciones más importantes, ya que cada vez más mujeres permanecen en la población activa incluso cuando tienen edad para tener hijos.
A partir de 1971, la Comisión del Seguro de Desempleo concedió un subsidio reducido durante el embarazo, pero el caso Bliss (1979) demostró las deficiencias de estas reivindicaciones basadas en la similitud entre mujeres y hombres. En este caso, el Tribunal Supremo dictaminó que se podía denegar el subsidio a una trabajadora durante el embarazo y que esta denegación no equivalía a una discriminación por razón de sexo. En 1983 se modificó la Ley del Seguro de Desempleo para sustituir las prestaciones relacionadas con el embarazo por prestaciones parentales a fin de solucionar este problema. En los años 90, el Tribunal Supremo, enfrentado de nuevo al caso de una mujer de baja por maternidad, dictaminó que las reclamaciones de equidad no tenían por qué basarse en si el hombre estaba o no embarazado.
Derechos legales de la mujer
En los años setenta, como nunca antes, las mujeres tomaron conciencia de sus derechos o de las lagunas existentes en ellos. Como la mayoría de las mujeres carecían de medios económicos para emprender acciones legales, las comisiones federales y provinciales de derechos humanos resultaron ser instrumentos poco costosos para defender sus derechos. El caso Bliss y, más recientemente, los casos LAVELL y Bédard, en los que mujeres aborígenes (véase INDIANS) fueron discriminadas por razón de su sexo, hicieron que las mujeres canadienses tomaran conciencia de lo frágiles que son las garantías constitucionales cuando se trata de discriminación por razón de sexo. Estos casos y la creciente concienciación de que se necesitaban medios legales más fuertes para contrarrestar la discriminación animaron a las mujeres a emprender acciones concertadas para obtener el pleno reconocimiento de sus derechos en la nueva Carta Canadiense de Derechos y Libertades (1982).
El artículo 15 de la Carta es la definición más liberal de la igualdad de derechos. Las mujeres esperaban que la Carta sirviera de modelo para evaluar las leyes del país. En 1983, la Ley Constitucional protegió los DERECHOS ANCESTRALES de ambos sexos. En 1985 se deroga el artículo 12 de la INDIAN ACT (pérdida de la condición de india por la mujer que contrae matrimonio con un no indio) (véase también ABORTO; ACUERDO DE MEECH LAKE; ACUERDO DE MEECH LAKE: DOCUMENTO; DERECHOS ABORTIVOS; PORNOGRAFÍA).
LEAF (Fondo de Acción y Educación Jurídica de las Mujeres)
El Fonds d’action et d’éducation juridiques pour les femmes (FAEJ) se creó para iniciar demandas y recursos judiciales basados en el artículo 15 de la Carta. Su objetivo es defender ante los tribunales la idea de que la igualdad debe considerarse en el contexto de la experiencia de las demandantes, y no juzgarse según criterios aparentemente neutros que suelen ser masculinos. LEAF interviene en varios casos controvertidos e influye en la forma en que la ley considera la igualdad. Como interviniente ante el Tribunal Supremo, LEAF sostiene que las representaciones pornográficas asociadas a la violencia discriminan a las mujeres, y que las mujeres que asesinan a los maridos que las golpean pueden haberlo hecho porque padecen el síndrome de la mujer maltratada.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Revisor de hechos: Can
Protección a las Víctimas bajo la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
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Participación Política de las Mujeres en el Mundo: Este texto se ocupa de la participación política de las mujeres en el mundo, y en general de los principios de Participación Política por Género en Derecho Electoral. Las mujeres siempre han formado parte de la política mundial; sólo que su papel y su contribución habían sido ignorados. A un nivel más profundo, y analíticamente más significativo, poner una "lente de género" en la política mundial (o global) significa reconocer hasta qué punto los conceptos, las teorías y los supuestos a través de los cuales se ha entendido convencionalmente el mundo son de género. El análisis de género es, por tanto, el análisis de las identidades, símbolos y estructuras masculinas y femeninas, y de cómo configuran la política global. Esto no sólo implica exponer lo que se considera un sesgo "masculinista" que atraviesa el marco conceptual de la teoría dominante, sino que este marco conceptual también se ha refundido, en cierto modo, para tener en cuenta las percepciones feministas. ¿Las mujeres y los hombres entienden y actúan en el mundo de manera diferente, y qué significado tiene esto para la teoría y la práctica de la política global? Este texto describirá lo que hicieron las mujeres en esas elecciones y las consecuencias para la ampliación del papel público de la mujer. Dado que las mujeres que apoyaron a los candidatos a la presidencia trabajaron a través de los partidos políticos, cada uno de los principales partidos será tratado por separado. Las mujeres de California recibirán un énfasis especial debido a su importancia para esta elección. Véase también: Derechos Humanos Internacionales, Discriminación, Diversidad.
ONU Mujeres: Este texto se ocupa de la participación política de las mujeres en el mundo, y en general de los principios de Participación Política por Género en Derecho Electoral. Las mujeres siempre han formado parte de la política mundial; sólo que su papel y su contribución habían sido ignorados. A un nivel más profundo, y analíticamente más significativo, poner una "lente de género" en la política mundial (o global) significa reconocer hasta qué punto los conceptos, las teorías y los supuestos a través de los cuales se ha entendido convencionalmente el mundo son de género. El análisis de género es, por tanto, el análisis de las identidades, símbolos y estructuras masculinas y femeninas, y de cómo configuran la política global. Esto no sólo implica exponer lo que se considera un sesgo "masculinista" que atraviesa el marco conceptual de la teoría dominante, sino que este marco conceptual también se ha refundido, en cierto modo, para tener en cuenta las percepciones feministas. ¿Las mujeres y los hombres entienden y actúan en el mundo de manera diferente, y qué significado tiene esto para la teoría y la práctica de la política global? Véase también: Derechos Humanos Internacionales, Discriminación, Diversidad.
Glosario de la Participación Política de las Mujeres: Este glosario se ocupa de la participación política de las mujeres en el mundo, y en general de los principios de Participación Política por Género en Derecho Electoral. Las mujeres siempre han formado parte de la política mundial; sólo que su papel y su contribución habían sido ignorados. A un nivel más profundo, y analíticamente más significativo, poner una "lente de género" en la política mundial (o global) significa reconocer hasta qué punto los conceptos, las teorías y los supuestos a través de los cuales se ha entendido convencionalmente el mundo son de género. El análisis de género es, por tanto, el análisis de las identidades, símbolos y estructuras masculinas y femeninas, y de cómo configuran la política global. Esto no sólo implica exponer lo que se considera un sesgo "masculinista" que atraviesa el marco conceptual de la teoría dominante, sino que este marco conceptual también se ha refundido, en cierto modo, para tener en cuenta las percepciones feministas. ¿Las mujeres y los hombres entienden y actúan en el mundo de manera diferente, y qué significado tiene esto para la teoría y la práctica de la política global? Véase también: Derechos Humanos Internacionales, Discriminación, Diversidad.
Normativa contra la Discriminación de Género: Normativa contra la Discriminación de GéneroEste elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Normativa Internacional contra la Discriminación de Género y Actuaciones de la ONU
Nota: puede ser de interés la información sobre las Políticas de las Naciones Unidas sobre Igualdad de Género, la [...] Véase también: Desigualdad, Discriminación, Diversidad.
Historia de la Discriminación Religiosa: Historia de la Discriminación ReligiosaEste elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Intolerancia y discriminación religiosa: Historia de la Declaración de las Naciones Unidas de 1981
La historia de la preparación de la declaración y del proyecto de convención de las Naciones Unidas [...] Véase también: Desigualdad, Discriminación, Diversidad.
Disparidades Raciales: Uno de los desarrollos dramáticos de la sociedad estadounidense desde 1970 ha sido la gran y rápida expansión del sistema de justicia penal. A pesar del descenso de las tasas de encarcelamiento de jóvenes desde 2000, las disparidades raciales en el encarcelamiento siguen siendo firmes. De hecho, en términos relativos, el descenso de la tasa de encarcelamiento de jóvenes negros fue menor que el descenso de la tasa de encarcelamiento de jóvenes blancos. En consecuencia, la proporción de la tasa de encarcelamiento de jóvenes negros y blancos aumentó de 4,12 en 2001 a 5,03 en 2015. Las tasas de encarcelamiento juvenil de otros grupos minoritarios raciales y étnicos también superan a las de los blancos. Para los menores indios americanos, la tasa de reclusión en centros de seguridad es tres veces superior a la de los blancos; para los hispanos es 1,65 veces superior a la de los blancos. Véase también: Desigualdad, Discriminación, Diversidad.
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