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Donaciones Benéficas

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Aportaciones o Donaciones Benéficas

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre “Aportaciones o Donaciones Benéficas”. [aioseo_breadcrumbs]

Visualización Jerárquica de Donaciones Benéficas

Relaciones Internacionales > Política de cooperación > Política de ayudas
Asuntos Sociales > Vida social > Vida social > Vida asociativa > Organización benéfica

Véase la definición de donativo en el diccionario.

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Límites a las Contribuciones o Donaciones Benéficas

Este texto analiza y trata de ayudar en la planificación tributaria relativa a las limitaciones de las aportaciones benéficas. Como ejemplo, se estudiará el caso de Estados Unidos.

Las contribuciones benéficas son deducibles como deducciones detalladas. Por lo tanto, las deducciones detalladas totales de un contribuyente deben ser mayores que la deducción estándar para generar un ahorro fiscal de una donación a la caridad. El importe de las contribuciones benéficas que una persona puede deducir en un ejercicio fiscal está limitado en función de los tipos de organizaciones a las que se hicieron las contribuciones, los tipos de bienes aportados y el importe o valor de los bienes donados. En general, pueden aplicarse cinco limitaciones de porcentajes del IGA (renta o ingreso bruto ajustado): dos limitaciones del 50%, dos limitaciones del 30% y la limitación del 20% (Sec. 170(b)).

Las limitaciones del 50%

La primera limitación del 50% establece que las aportaciones deducibles agregadas (incluidas las sujetas a las limitaciones separadas del 20% o del 30%) no pueden superar el 50% del ingreso bruto ajustado. El exceso de aportaciones se traslada a los cinco ejercicios fiscales siguientes y se utiliza según el principio de “primero en entrar, primero en salir” (Sec. 170(d)). Sin embargo, para cualquier ejercicio fiscal, todas las aportaciones del año en curso se deducen en primer lugar.

La segunda limitación del 50% se refiere a las donaciones (que no sean bienes con plusvalía) a determinados tipos de organizaciones benéficas (organizaciones benéficas del 50%) que se tienen en cuenta en primer lugar a la hora de computar el límite global del 50%. (El proceso de ordenación de cuándo se consideran las contribuciones se aplica cuando un contribuyente también tiene contribuciones a organizaciones benéficas que no son del 50%). Las organizaciones benéficas del 50% más comunes incluyen iglesias, escuelas, hospitales, entidades gubernamentales, fundaciones privadas operativas y otros organismos sin ánimo de lucro organizados con fines benéficos, religiosos, educativos, científicos o literarios (Sec. 170(b)(1)(A)). La herramienta Exempt Organizations Select Check del IRS clasifica a las organizaciones cualificadas como organizaciones al 50% o no al 50%. (La información contenida en la antigua Publicación 78, Lista acumulativa de organizaciones descritas en la Sección 170(c) del Código de Rentas Internas, se ha incorporado a la herramienta).

Las limitaciones del 30%

Pueden aplicarse dos limitaciones del 30%. La primera limitación (la limitación regular del 30%) se aplica a las donaciones de bienes (incluido el dinero en efectivo) que no sean bienes con plusvalía a organizaciones benéficas que no reúnan los requisitos para ser consideradas organizaciones benéficas al 50%. Entre las organizaciones benéficas habituales de este grupo se incluyen las organizaciones de veteranos, las sociedades fraternales domésticas, los cementerios sin ánimo de lucro y determinadas fundaciones privadas (Sec. 170(b)(1)(B)). También se aplica a las donaciones para el uso de cualquier organización benéfica (por ejemplo, intereses de renta en propiedades fiduciarias o cantidades destinadas a un estudiante que viva en la casa) (Regs. Secs. 1.170A-8(a) y (b)). La segunda limitación del 30% (la limitación especial del 30%) se aplica a las donaciones de bienes con plusvalía a una organización benéfica del 50% (Sec. 170(b)(1)(C)). A estos efectos, el término “bienes con plusvalía” se refiere a activos de capital (incluidos los activos comerciales o empresariales de la Sec. 1231), cuya venta daría lugar a una plusvalía a largo plazo (Sec. 170(b)(1)(C)(iv)).

Normalmente, una aportación de bienes con plusvalía se mide por su valor justo de mercado (FMV) en la fecha de la donación. Sin embargo, los contribuyentes que deseen limitar su deducción a la base imponible del bien pueden optar por utilizar la limitación del 50% en lugar de la limitación especial del 30% para los bienes con plusvalía aportados a una organización benéfica al 50% (Sec. 170(b)(1)(C)(iii)). La elección, una vez realizada, es irrevocable ( Woodbury , 900 F.2d 1457 (10th Cir. 1990)). Se aplica a todas las donaciones que de otro modo estarían sujetas a la limitación especial del 30% para ese año, incluidos los remanentes sujetos a la limitación especial del 30%.

Consejo de planificación: Si la limitación especial del 30% afecta a la deducción del contribuyente pero los bienes con plusvalía aportados sólo tienen una pequeña cantidad de plusvalía latente, el contribuyente probablemente se beneficiaría si optara por deducir la base en lugar del VMF. Esto podría permitir al contribuyente deducir la base completa en el año aportado en lugar de tomar una deducción ligeramente mayor en un ejercicio fiscal posterior.

Las donaciones de bienes con plusvalía suelen estar limitadas al 30% o al 20% de la renta o ingreso bruto ajustado, dependiendo del donatario. La única forma de aplicar la limitación del 50% a una donación de bienes con plusvalía es optar por una aportación benéfica reducida (es decir, deducir la base imponible del bien en lugar de su valor de mercado). Por lo general, esto sería perjudicial a menos que el contribuyente esté razonablemente seguro de que no podrá deducir el importe total (es decir, el FMV de la propiedad) durante el período de arrastre utilizando la limitación del 30%. Entonces, hacer la elección aceleraría la deducción del contribuyente. Esta elección también puede ser beneficiosa si el FMV de la propiedad no es significativamente mayor que su base fiscal y la base fiscal supera el 30% de la renta o ingreso bruto ajustado. En este caso, el valor de acelerar la deducción en el año de la donación (la deducción adicional disponible bajo la limitación del 50%) puede compensar la deducción permanentemente renunciada.

La limitación del 20%

La limitación del 20% se aplica a las donaciones de bienes con plusvalía a organizaciones benéficas que no sean del 50% (por ejemplo, la mayoría de las fundaciones privadas de financiación familiar) (Sec. 170(b)(1)(D)). Este límite del 20% se aplica después de considerar los límites del 50% y del 30% (si los hubiera) para el ejercicio fiscal.

Aplicación de las limitaciones

Las diferentes limitaciones de la renta o ingreso bruto ajustado se aplican en el siguiente orden:

En primer lugar, la limitación del 50%: Las aportaciones de dinero en efectivo y de bienes que no sean ganancias de capital (es decir, generalmente bienes de renta ordinaria, bienes de ganancia de capital distintos de los bienes de ganancia a largo plazo y bienes de ganancia de capital a largo plazo para los que se haya elegido utilizar la base) a organizaciones benéficas del 50%, que no superen el 50% de la renta o ingreso bruto ajustado.

En segundo lugar, la limitación del 30%: Las aportaciones de bienes sin plusvalía (incluido el dinero en efectivo) a organizaciones benéficas que no sean del 50% y cualquier aportación (distinta de los bienes con plusvalía a organizaciones benéficas del 50%) “para el uso de” cualquier organización benéfica, hasta el importe menor de (1) el 30% de la renta o ingreso bruto ajustado o (2) el 50% de la renta o ingreso bruto ajustado reducido por todas las aportaciones a organizaciones benéficas del 50% (es decir, reducido por las aportaciones regulares del 50% más el valor total de cualquier bien con plusvalía donado a organizaciones benéficas del 50%).

En tercer lugar, la limitación especial del 30%: Aportaciones de bienes con plusvalía a organizaciones benéficas del 50%, hasta el menor de (1) el 30% de la renta o ingreso bruto ajustado o (2) el 50% de la renta o ingreso bruto ajustado menos otras aportaciones a organizaciones benéficas del 50%.

Por último, la limitación del 20%: Aportaciones de bienes con plusvalía a organizaciones benéficas que no sean del 50%, hasta la menor de las siguientes cantidades:

  • el 20% de la renta o ingreso bruto ajustado;
  • el 30% de la renta o ingreso bruto ajustado menos las aportaciones sujetas al límite del 30%;
  • el 30% de la renta o ingreso bruto ajustado menos las aportaciones de bienes con plusvalía a organizaciones benéficas del 50%; o
  • el 50% de la renta o ingreso bruto ajustado menos el total de las aportaciones a organizaciones del límite del 50% y las aportaciones sujetas al límite del 30%.

Ejemplo

La renta o ingreso bruto ajustado de 2022 de V es de 100.000 $. Durante 2012, ella donó a su iglesia (una organización benéfica del 50%) $4.000 en efectivo y un terreno con un FMV de $60.000 y una base de $44.000. El terreno se mantuvo como inversión durante más de 12 meses (es decir, es una propiedad con plusvalía). La donación del terreno está sujeta a la limitación especial del 30%. También donó 10.000 $ de bienes con plusvalía a una fundación privada que es una organización benéfica no sujeta al 50%. La aportación de 10.000 $ está sujeta a la limitación del 20%.

La aportación en efectivo se considera en primer lugar ya que se hizo a una organización benéfica del 50%. Las otras aportaciones se consideran en el orden descrito anteriormente, sin exceder el 50% de la renta o ingreso bruto ajustado en conjunto. La donación de terrenos está sujeta al límite especial del 30% de la renta o ingreso bruto ajustado. Se incluye en el FMV (60.000 $) en la aplicación de la limitación del 30%. Por lo tanto, V puede deducir un máximo de 30.000 $ (100.000 de renta o ingreso bruto ajustado × 30%). La aportación de 10.000 $ a la fundación privada está sujeta a la limitación del 20%, pero no es deducible debido a la utilización íntegra de la limitación especial del 30% ((30% × 100.000 $ de renta o ingreso bruto ajustado) – 60.000 $ de aportación del terreno = 0).

La deducción total de V en 2012 es de 34.000 $ (4.000 + 30.000 $). No se alcanzó la limitación total del 50%. Ambos remanentes seguirán sujetos a los límites especiales del 30% y del 20%, respectivamente.

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Observación

Es más probable que las limitaciones porcentuales se apliquen cuando se donan bienes que no sean efectivo, ya que se aplica la limitación del 30% o del 20% del IAGI. Sin embargo, si las contribuciones totales del año a organizaciones benéficas cualificadas suman el 20% o menos de la renta o ingreso bruto ajustado, no se aplicarán las limitaciones porcentuales (es decir, 50%, 30% y 20%).

Utilización de las contribuciones aplazadas

Por lo general, las aportaciones que superen las limitaciones anuales del porcentaje de la renta o ingreso bruto ajustado pueden trasladarse al ejercicio siguiente durante cinco años (Sec. 170(d)). Las aportaciones del año en curso se deducen en primer lugar y, a continuación, las aportaciones arrastradas, sujetas a las normas de ordenación y a las limitaciones comentadas anteriormente. Así pues, las aportaciones trasladables están sujetas a los mismos límites que se aplicaban (50%, 30%, 30% especial o 20%) en el año del que se trasladan. Si el contribuyente no detalla en un año al que se trasladan las aportaciones, las aportaciones trasladadas deben seguir reduciéndose por el importe que habría sido deducible (sin considerar la deducción estándar) en el año trasladado si se hubieran detallado las deducciones (Regs. Sec. 1.170A-10(b)(2)).

Consejo de planificación: Cuando una persona dispone de aportaciones benéficas prorrogadas, puede ser aconsejable aplazar la realización de más aportaciones hasta que se hayan deducido los importes prorrogados. De lo contrario, podrían caducar sin obtener ningún beneficio fiscal.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Revisor de hechos: Ford, 2013

También de interés para Donaciones Benéficas:
▷ Contabilidad y Donaciones Benéficas

Contabilidad y Donaciones Benéficas

Los recursos de contabilidad (incluyendo Donaciones Benéficas) proporcionan una visión general de toda un área temática o subdisciplina. Sus textos examinan el estado de la disciplina incluyendo las áreas emergentes y de vanguardia:
  • Educación contable
  • Historia de la contabilidad
  • Contabilidad Crítica
  • Contabilidad en Asia (incluida China)
  • Sistemas de información contable
  • Investigación sobre el comportamiento contable
  • Valor razonable en contabilidad
  • Auditoría
  • Comunicación Contable
  • Contabilidad Financiera (incluida su teoría)
  • Contabilidad, Informes y Regulación
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Donaciones benéficas en Economía

En inglés: Charitable Giving in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Donaciones benéficas en economía.

Introducción a: Donaciones benéficas en este contexto

Las donaciones benéficas son un vehículo importante para proporcionar bienes y servicios necesarios en todo el mundo. En Estados Unidos, por ejemplo, las donaciones benéficas representan casi el 2% de los ingresos. Además, la deducción fiscal por donaciones benéficas es una de las políticas fiscales más antiguas y más utilizadas del código fiscal estadounidense. Este tema puede ser de interés para los economistas profesionales. Este texto describe los hechos conocidos sobre las donaciones benéficas, cómo y por qué la gente da, y discute los impactos de las políticas gubernamentales sobre las donaciones. Este texto tratará de equilibrar importantes preocupaciones teóricas con debates empíricos clave para ofrecer una visión general de este importante tema sobre: Donaciones benéficas. Para tener una panorámica de la investigación contemporánea, puede interesar asimismo los textos sobre economía conductual, economía experimental, teoría de juegos, microeconometría, crecimiento económico, macroeconometría, y economía monetaria.

Datos verificados por: Sam.

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Recursos

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Notas y Referencias

Traducción de Donativo

Inglés: Donation
Francés: Don
Alemán: Spende
Italiano: Dono
Portugués: Donativo
Polaco: Dary

Tesauro de Donativo

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Asuntos Sociales > Vida social > Vida social > Vida asociativa > Organización benéfica > Donativo

Véase También

Guía de Tributación de las Organizaciones sin Ánimo de Lucro, Guía del Marco Jurídico de las Entidades No Lucrativas, Política Fiscal, Tributación,

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1 comentario en «Donaciones Benéficas»

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