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Historia del Derecho a la Intimidad

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Historia del Derecho a la Intimidad

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] En el libro “Nuevos retos para la protección de Datos Personales.Entre las Líneas En la Era del Big Data y de la computación ubicua” [Dykinson, 2016], Ana Garriga Domínguez escribe:

“Desde su primera configuración doctrinal, la noción de intimidad se encuentra íntimamente relacionada con la posibilidad de aislamiento físico del individuo, definiéndose inicialmente el derecho a la intimidad como el derecho a estar solo o a no ser molestado. Será en 1890, cuando los juristas norteamericanos Warren y Brandeis sentarían, por primera vez en la historia sus bases técnico-jurídicas en su monografía «The Rigt to Privacy».Entre las Líneas En este artículo, que tuvo la pretensión de poner de manifiesto la necesidad del reconocimiento del derecho a la intimidad, fundamentándolo en el principio de la inviolabilidad de la persona, ambos juristas intentaron establecer los límites jurídicos que impidiesen las continuas intromisiones de la prensa en la vida privada de las personas, especialmente graves en ese momento en el que “los modernos ingenios proporcionan abundantes oportunidades para perpetrar tales agravios sin ninguna participación de la parte lesionada”238. Para conseguir su objetivo estudian las normas y principios ya existentes en el Common law llegando a la conclusión de que “el derecho a la intimidad se caracteriza por el rechazo a toda intromisión no consentida”.Entre las Líneas En consecuencia, el derecho a la intimidad se configurará como un típico derecho de «no interferencia» con un evidente contenido negativo de «no hacer». Uno de sus logros más importantes es el de situar el derecho a la intimidad en la órbita de la inviolabilidad de la persona. Para ellos, “el principio que ampara los escritos personales, y a toda obra personal, (…) contra cualquier forma de publicación, no es (…) el principio de la propiedad privada, sino el de la inviolabilidad de la persona”. Este planteamiento constituye el aspecto más importante de este artículo, al “ubicar el derecho a la intimidad en el contexto teórico de una personalidad inviolable”. El ámbito del derecho a la intimidad se extendería a la apariencia personal, a los dichos, a los hechos y a las relaciones personales, domésticas o de otra clase y a los pensamientos, emociones y sensaciones, “tanto si se expresan por escrito, o mediante una actuación, una conversación, por actitudes o por un gesto”.

Con anterioridad ya se había apuntado esa idea. John Stuart Mill “teorizó con la idea de independencia absoluta con el fin de preservar al individuo de la sociedad de masas” y se convirtió en uno de los primeros pensadores modernos que elaboró una teoría sobre el derecho a protegerse de intromisiones ajenas.

Este artículo tuvo una notable influencia en su época y, unos años después de su publicación, un Tribunal de Nueva York utilizará por primera vez la expresión derecho a la intimidad (the right to privacy) acuñada por ambos juristas.Entre las Líneas En 1902, la Corte de Apelación de Nueva York, en el caso Roberson, acoge sin reserva la teoría de Warren y Brandeis y, a partir de ese momento se multiplican las resoluciones judiciales al respecto.

Posteriormente y también en los Estados Unidos, William Prosser publicará en 1960248un ensayo en el que, utilizando el artículo de Warren y Brandeis como hilo conductor, identifica las posibles violaciones del derecho a la intimidad en la sociEdad Moderna.

Desde Norteamérica el debate en torno a la privacy se traslada al Reino Unido en donde, desde 1961, se suceden diferentes proyectos de Ley para la creación de un derecho autónomo a la intimidad. El primero de estos proyectos es el presentado por Lord Mancroft el 14 de febrero de 1961 y a éste le sucede en 1967 el Proyecto Lyon, cuyo objetivo es “proteger de toda interferencia irracional y seria que viole la separación entre el público y la persona misma, su familia o su propiedad”249.Entre las Líneas En estos proyectos se persigue garantizar la intimidad frente a las intromisiones que se producen desde los medios de comunicación de masas.Entre las Líneas En ese mismo año se presenta un nuevo proyecto en el que se trata por primera vez el problema de la informática en relación con la protección de las informaciones personales: el proyecto Baker. Dos años más tarde, en 1969, Brian Walden presenta ante la Cámara de los Comunes un otro Proyecto, con el cual “la discusión sobre la privacy alcanza un notable nivel de madurez”250. Será a partir del Proyecto Walden cuando se comience a analizar el impacto de los ordenadores sobre la vida privada apuntándose, por primera vez en Gran Bretaña, el problema de los bancos de datos personales. A este proyecto le sucederían otros, como el elaborado por Kenneth Baker (1969) o por Leslie Huckfield (1971) y el Right of Privacy Bill del National Council for Civil Liberties (1971) en los que ya se proponen actuaciones concretas para controlar los bancos de datos personales memorizados en ordenadores.

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En el continente europeo, los orígenes recientes del derecho a la intimidad los encontramos en la doctrina de los derechos de la personalidad, que nace en el seno del Derecho civil.

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Informaciones

Los derechos de la personalidad se caracterizan como derechos esenciales e inviolables. Por otra parte, son derechos que están en constante movimiento ya que, al fundarse en la propia esencia humana, han de adaptarse a las nuevas circunstancias sociales y a las nuevas necesidades que surjan en cada momento histórico. El reconocimiento del derecho a la intimidad como un derecho unitario se produce muy tardíamente en las constituciones e inicialmente se reconocen determinados derechos conexos con éste, el secreto de las comunicaciones y la inviolabilidad del domicilio, “pero no se constitucionaliza el derecho a la intimidad como tal”.

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