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Contenido de Libertad de Trabajar a Cambio de una Remuneración
En inglés: Freedom to work for remuneration[rtbs name=”derechos-fundamentales-constitucionales”] [rtbs name=”derechos-sociales”] [rtbs name=”derechos-culturales”] [rtbs name=”derechos-economicos”]
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Derecho al Trabajo: Derecho Al Trabajo en el Derecho Español Derecho Al Trabajo en 2001 Según el Diccionario Jurídico Espasa, Derecho Al Trabajo significa: Derecho Constitucionalmente reconocido, de carácter económico-social, cuyo contenido básico está constituido por el derecho a obtener un puesto de trabajo. [...] Véase también: Derecho del Trabajo, Derechos Culturales, Derechos Económicos.
Libertad Sindical: Libertad Sindical en el Derecho de Trabajo en general En el derecho comparado, en general, se puede encontrar información útil sobre este tema de derecho laboral. Noción de Libertad Sindical En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, [...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad de Enseñanza: Libertad De Enseñanza en el Derecho Español Libertad De Enseñanza en 2001 Según el Diccionario Jurídico Espasa, Libertad De Enseñanza significa: La libertad de enseñanza es campo de batalla de la lucha ideológica de nuestros días. Se produce y se desarrolla así un enfrentamiento entre una [...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad de Elegir la Profesión: La libertad profesional, consagrada en el apartado 1 del artículo 15 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, está reconocida en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia (véanse, entre otras, la sentencia de 14 de mayo de 1974, asunto 4/73, Nold, Rec. 1974, p. 491, apartados 12 a 14 de los fundamentos; la sentencia de 13 de diciembre de 1979, asunto 44/79, Hauer, Rec. 1979, p. 3727; la sentencia de 8 de octubre de 1986, asunto 234/85, Keller, Rec. 1986, p. 2897, apartado 8 de los fundamentos). El artículo 15 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, titulada "Libertad profesional y derecho a trabajar" dispone que:
1. Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada.
2. Todo ciudadano de la Unión tiene libertad para buscar empleo, trabajar, ejercer el derecho de establecimiento y prestar servicios en cualquier Estado miembro.
3. Los nacionales de terceros países autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros tienen derecho a condiciones de trabajo equivalentes a las de los ciudadanos de la Unión. Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad de Contratación: Este texto se ocupa de la "Libertad de contratos", y se presenta una teoría del derecho contractual que abarca el campo en su conjunto, incluyendo los contratos matrimoniales, laborales y de consumo, y no sólo las ventas de widgets en condiciones de libre competencia. La teoría del derecho contractual presentada en el archivo PDF tiene dos componentes: (1) la libertad de negociar los términos dentro de un contrato y (2) la libertad de elegir entre distintos tipos de contrato. Las teorías construidas sobre la primera libertad, según algunos autores, han llegado a un callejón sin salida, mientras que la atención a la segunda apunta hacia un objetivo largamente esquivo, una teoría liberal y general del derecho contractual. Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad Científica: Libertad de Opinión, de los Medios de Comunicación, Artística y Científica en el Artículo 5 de la Constitución de Alemania Este artículo trata sobre Libertad de opinión, de los medios de comunicación, artística y científica, y está ubicado en la Parte I, sobre Derechos Fundamentales, de la [...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad Artística: Libertad de Opinión, de los Medios de Comunicación, Artística y Científica en el Artículo 5 de la Constitución de Alemania Este artículo trata sobre Libertad de opinión, de los medios de comunicación, artística y científica, y está ubicado en la Parte I, sobre Derechos Fundamentales, de la [...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Derecho de Huelga: Se reconoce el derecho de huelga como un derecho fundamental en algunas constituciones. Huelga es el nombre que recibe un movimiento colectivo tomado por iniciativa de todo o parte del personal de una empresa, generalmente destinado a obligar al empresario a negociar las condiciones de trabajo y el salario. Sin embargo, la huelga ha cambiado su orientación y modalidad porque, además de ser una expresión de protesta, también puede decidirse en solidaridad con otras empresas, aunque los manifestantes no pertenezcan al mismo empleador, para expresar el temor a una futura decisión o con fines políticos. La ejercen tanto el personal de las empresas privadas como los trabajadores de los servicios públicos. Y, aunque el derecho a la huelga no está reconocido para determinados funcionarios, como es el caso de los magistrados y los militares, los últimos acontecimientos han demostrado que esta prohibición no se cumple necesariamente. Por último, recientemente ha sido ejercida por miembros de una profesión liberal e incluso por escolares y estudiantes... pero en este último caso, ¿es una huelga? Véase también: Derecho del Trabajo, Derechos Culturales, Derechos Económicos.
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