La libertad de enseñanza es campo de batalla de la lucha ideológica de nuestros días. Se produce y se desarrolla así un enfrentamiento entre una concepción tradicional, positiva, creadora, impulsora y defensora de la libertad de enseñanza, cuyas notas esenciales son: libertad de crear, dirigir y gestionar centros docentes: posibilidad de elegir el profesorado; posibilidad de elegir un ideario; Derecho natural de los padres a la educación de sus hijos y a elegir el tipo de educación; obligación de financiar los centros privados; derecho del ciudadano a recibir educación; es el derecho a la educación y ese derecho se satisface por el Estado o por los particulares.
Frente a ella, una concepción socialista, restrictiva y limitadora de la libertad y la iniciativa individual, informadora y estabilizadora, cuyas notas esenciales son las siguientes:
Libertad genérica en todo ciudadano de exponer sus concepciones sobre cualquier tema de manera sistemática; libertad comprensiva de la Cátedra y fundación de centros (ésta es, por tanto, una libertad auxiliar); niega la obligación de subvencionar centros privados; la libertad de enseñanza es consecuencia de la libertad de pensamiento o expresión o libertad religiosa; el derecho a la educación equivale a un derecho social, pero no a una libertad pública, que exige actividades públicas de prestación, pero que solo se puede exigir de acuerdo con lo dispuesto en las leyes. [F.D.M.].
Los recursos de Derecho de Lawi ofrecen panorámicas de vanguardia de las principales subdisciplinas del Derecho. Nuestros recursos tienen una perspectiva verdaderamente global, con textos escritos y revisados por autores de todo el mundo y, cuando procede, presentan perspectivas comparadas. Abordan temas clave de forma temática y también incluyen la consideración de cuestiones o temas emergentes dentro de las subdisciplinas jurídicas. Nuestro programa de recursos y elementos refleja la vitalidad actual de la erudición jurídica y abarca áreas tan diversas como el derecho internacional, el derecho médico, los estudios jurídicos críticos, el derecho y el terrorismo, el derecho de los derechos humanos y el derecho y la religión. Por ejemplo:
Derecho penal internacional
Derecho medioambiental internacional
Derecho Constitucional
Derecho de los medios de comunicación
Derecho Internacional de los Derechos Humanos
Derecho y Política de Familia
Derecho y ética médica
Derecho del Espacio
Derecho, teoría y política de la migración
Derecho Islámico
Derecho de Sociedades
Derecho de la Aviación Pública
Derecho de la discapacidad y derechos humanos
Derecho Penal Internacional
Teoría jurídica feminista
Traducción jurídica
Derecho de los conflictos armados
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Visualización Jerárquica de Derechos Fundamentales Constitucionales
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Burgoa, Ignacio, Las Garantías individuales; 44 edición, México, Porrúa, 1965; Carpizo, Jorge, La Constitución mexicana de 1917; 6ª edición, México, Porrúa, UNAM, 1983; Lozano José María, Tratado de los derechos del hombre; 2ª edición, México, Porra, 1972; Rabasa, Emilio O. y Caballero, Gloria, Mexicano: esta es tu Constitución; 4ª edición, México, Cámara de Diputados, 1982; Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México. 1808-1964; 2ª edición, México, Porrúa, 1964.
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Derecho a la Educación: La educación es un derecho básico codificado en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y la Convención sobre los Derechos del Niño (adoptado en Nueva York el 20 de noviembre de 1989; otros materiales incluyen su enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención, el Protocolo facultativo de la convención, adoptado en Nueva York, 25 de mayo de 2000, el Protocolo facultativo de la convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, adoptado en Nueva York, 25 de mayo de 2000 y el protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, adoptado en Nueva York, 19 de diciembre de 2011) de 1989. Se consagró más aún en la Declaración Mundial sobre Educación para Todos de 1990 en la cumbre de Jomtien, Tailandia, y luego en el Foro de Educación Mundial de 2000 en Dakar, Senegal. Alcanzar la educación primaria universal fue una de las Metas de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas para 2015 y la educación universal se ha incluido en las Metas de Desarrollo Sostenibles para 2030. Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad Sindical: Libertad Sindical en el Derecho de Trabajo en general En el derecho comparado, en general, se puede encontrar información útil sobre este tema de derecho laboral. Noción de Libertad Sindical En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, [...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Salud en Derecho Internacional: En este texto se ha expuesto la legislación internacional sobre los derechos de los niños en la atención médica, proporcionando una visión general de la disposición de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño relativa al derecho a la salud y las orientaciones del Comité de los Derechos del Niño y las Directrices del Consejo de Europa sobre una atención médica adaptada a los niños. Se llama la atención sobre varios retos contemporáneos de la salud infantil: el consentimiento, la salud sexual y la promoción de la salud y se debatieron estas complejas cuestiones desde la perspectiva de los derechos del niño. Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Libertad de Expresion: Es una de las más representativas y características libertades de los sistemas democráticos; consiste en el derecho del individuo a exponer sus pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito o cualquier otro medio de reproducción sin cortapisas. La libertad de expresión es un derecho humano internacional fundamental. Es intrínsecamente valioso y necesario para el funcionamiento saludable de la democracia y la sociedad civil. La libertad de expresión es necesaria para el logro de otros derechos humanos, como la administración justa de justicia, la educación, el nivel de vida adecuado, la igualdad, la dignidad humana y los derechos de las mujeres, los pueblos y las minorías. Aunque generalmente es una libertad negativa, la libertad de expresión impone obligaciones positivas al estado para proporcionar acceso a la información, acceso a Internet y para promover el derecho del niño a participar en la educación, el trabajo y la vida familiar. La libertad de expresión ampliamente entendida abarca un paquete de derechos que están íntimamente entrelazados, incluida la libertad de opinión, expresión, prensa, información, asociación, reunión, pensamiento, conciencia, creencia y religión. Aunque los derechos pueden organizarse conceptualmente en las cuatro categorías de expresión, asociación, reunión y pensamiento, cada uno con un significado distinto, los casos reales comúnmente involucran más de uno de los derechos. Por ejemplo, la prohibición de usar pañuelos en un entorno educativo público plantea cuestiones de libertad de expresión y religión. La libertad de expresión está reconocida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la Carta Árabe de los Derechos Humanos (Carta Árabe) y el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Aunque la libertad de expresión es fundamental, no es absoluta. El artículo 19 del ICCPR permite restricciones a la libertad de expresión que son necesarias para proteger los derechos o la reputación de los demás, la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral pública. Cualquier restricción de este tipo debe estar prevista por la ley y ser proporcionada. La literatura sobre la libertad de expresión como un derecho humano internacional tiende a centrarse en los casos y la jurisprudencia, prestando cierta atención a las funciones de las instituciones internacionales de derechos humanos. Los grupos regionales e internacionales de la sociedad civil destacan activamente las amenazas actuales a la libertad de expresión, a menudo en casos de amenazas a individuos, periodistas o grupos pequeños, pero también de manera más sistemática a través de informes anuales, nacionales, regionales y temáticos. Los problemas contemporáneos de libre expresión que surgen bajo el derecho internacional incluyen discursos comerciales, discursos de odio, medios, homosexualidad y religión. Los dos temas más frecuentes en la última década han sido las medidas contra el terrorismo y la Internet. Por supuesto, Internet ha transformado las comunicaciones, pero también ha permitido una vigilancia estatal e internacional sin precedentes que amenaza la privacidad y la libertad de expresión por igual. La importancia de la libertad de expresión en el derecho constitucional nacional tiene su reflejo en el derecho internacional. Se expresa en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) ("PIDCP"); y en los instrumentos regionales de derechos humanos, como el artículo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981); el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (1969); el artículo 10 del CEDH; y el artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000). Véase también: Derechos Fundamentales Constitucionales, Derechos y Libertades, Educación y Comunicación.
Enseñanza: Introducción: Enseñanza Concepto de Enseñanza en el ámbito del comercio exterior y otros afines: La enseñanza es una actividad realizada conjuntamente mediante la interacción de 3 elementos. Un profesor o docente, uno o varios alumnos o discentes y el objeto de conocimiento. Significado [...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Sociales.
Derecho a la Salud: Derecho a la Salud
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el derecho a la salud. Puede verse también el Derecho a la Protección de la Salud.
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Visualización Jerárquica de Derechos Fundamentales Constitucionales
[...] Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Políticas Públicas sobre el Marketing en Servicios de Salud: Este texto, junto a otros de la presnte plataforma digital, trata de sentar las bases de esa comprensión e identifica los principales retos y las lagunas de conocimiento que deben abordarse para informar sobre las políticas y las prácticas relacionadas. Proporcionamos ejemplos específicos y complementarios a partir de pruebas relacionadas con los productos mencionados anteriormente (es decir, el tabaco, el alcohol, la violencia en el entretenimiento y los alimentos y bebidas) cuando se comercializan para los jóvenes o cuando se comercializan para las poblaciones de las minorías étnicas de EE.UU. como ejemplo de una población adulta con vulnerabilidad percibida en el mercado. Limitamos el enfoque a la comercialización comercial, aunque también pueden surgir diferentes tipos de preocupaciones de salud pública con respecto a los efectos potencialmente dañinos o las consecuencias adversas no deseadas de la comercialización dirigida no comercial. Las cuestiones políticas se analizan desde la perspectiva estadounidense y mundial. Es importante que los investigadores, los profesionales y los responsables políticos del marketing, la salud pública y otros sectores comprendan la influencia del marketing dirigido como influencia contextual en la salud de la población en general y en la salud de los niños y las minorías étnicas en particular. El potencial de los efectos adversos para la salud de las prácticas de marketing dirigido desafía a los responsables políticos a identificar formas en las que las políticas públicas, las prácticas de marketing corporativo, la promoción de la salud y los esfuerzos de prevención de enfermedades, así como las colaboraciones intersectoriales, puedan armonizarse hacia acciones eficaces para fomentar el desarrollo saludable de los jóvenes y mejorar la salud de las poblaciones de minorías étnicas, especialmente cuando existen disparidades en relación con la población en general. Véase también: Derechos Culturales, Derechos Económicos, Derechos Fundamentales Constitucionales.
Obligaciones de Información: La protección mediante la información ofrece grandes ventajas. Su principio rector es que la posición del consumidor es inferior a la del comerciante debido a un menor nivel de información por parte del consumidor. La equidad contractual se restablece reduciendo las diferencias de poder entre las partes contractuales mediante la información al consumidor. El 18 de octubre de 1991 se adoptó la llamada Directiva sobre la información de los trabajadores. Al igual que las leyes nacionales que sirvieron de catalizador para la adopción de la directiva, su objetivo es proporcionar al trabajador información sobre sus derechos. Al igual que el tomador del seguro, el asegurador tiene deberes de información antes de la celebración del contrato y durante la vigencia del riesgo. En el caso de los seguros de enfermedad, se añade información sobre la evolución y la estructura de las primas. Si la información facilitada antes de la celebración del contrato cambia después de la celebración del contrato, el asegurador debe informar. Véase también: Derechos Fundamentales Constitucionales, Derechos Sociales, Derechos y Libertades.
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