Calificación de Elecciones
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] [rtbs name=”geografia-electoral”] Nota: sobre las disposiciones constitucionales, véase aquí.
Estatutos/Legislación
En relación a la jerarquía de las leyes (véase más detalles) y los marcos legales que rigen las elecciones en los países (véase, desde una perspectiva comparada, sobre el derecho electoral latinoamericano):
¿Cuál es el propósito de un estatuto?
Un estatuto es una ley promulgada por una legislatura. Los estatutos son normas formales que regulan el comportamiento y las transacciones, protegen los derechos individuales y promueven políticas sociales. Los estatutos son el mecanismo por el que los Estados definen las normas necesarias para mantener el orden y la seguridad social, y para promover los intereses económicos y sociales. Estos estatutos también otorgan jurisdicción a los organismos encargados de hacer cumplir las leyes en la práctica. El derecho estatutario de un estado se desarrolla con el tiempo a medida que se adoptan nuevas leyes y se modifican o derogan las existentes. Algunos estatutos nuevos establecen leyes en un campo nuevo. Por ejemplo, hace 40 años había pocas leyes medioambientales, hace 20 años pocas leyes que regulasen la actividad cibernética y hace 15 años pocas dirigidas al terrorismo.
¿Quién redacta los estatutos?
Los proyectos de ley pueden ser presentados a un órgano legislativo por un departamento gubernamental, un ministro, una comisión legislativa, un legislador individual o un grupo de legisladores. En general, la primera etapa es la elaboración de una política legislativa. A continuación, la redacción precisa de un proyecto de ley para llevar a cabo la política es redactada por un redactor legislativo profesional, normalmente un abogado. En algunos casos, el primer borrador, tal y como se presenta, ha sido preparado por un político, personal político o por intereses especiales como organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones comerciales o grupos de presión. Los países varían en su adhesión a un estilo de redacción estándar, pero la estandarización es una de las mejores prácticas, ya que apoya la continuidad, la coherencia y la claridad, lo que en última instancia ayuda a facilitar la aplicación y la interpretación de los estatutos. Por lo general, tras la presentación de un proyecto de ley en la legislatura, el proyecto se debatirá y aprobará en principio, y luego se remitirá a una comisión para su estudio detallado. También es posible que el proyecto de ley se remita a una comisión para su estudio antes de que se produzca un debate en el pleno. La comisión estudia el proyecto de ley en detalle, puede recibir testigos, celebrar audiencias públicas y recomendar enmiendas. También puede proponer cambios técnicos para ajustarse a un estilo de redacción estándar. A continuación, la comisión informa al pleno. El informe de la comisión se debate y se aprueba con o sin más enmiendas, se devuelve a la comisión o se rechaza. Un proyecto de ley aprobado en esta fase se debate después en su forma definitiva para su aprobación final. Estas etapas pueden variar de un país a otro, pero en general el proceso es similar. Normalmente hay dos órganos legislativos en un congreso o parlamento, y el proceso será similar en ambos. En EE.UU., los dos órganos (el Congreso y el Senado) pueden aprobar versiones diferentes de un proyecto de ley, que luego deben unificarse mediante una negociación para lograr una versión única para su aprobación por ambos órganos. En un sistema presidencialista, un proyecto de ley debe ser firmado por el presidente para convertirse en ley. La negativa a firmarlo suele ser anulada por una mayoría especial del poder legislativo. En los sistemas parlamentarios, la aprobación del jefe de Estado puede ser puramente ceremonial, como en el Reino Unido, Canadá y Australia.
¿Cuál es el origen de la autoridad de una ley?
La autoridad de una ley se deriva de la constitución o del documento fundacional de un Estado, que autoriza al poder legislativo a promulgarla. La constitución suele señalar las materias sobre las que el poder legislativo nacional y, en el caso de una federación, los poderes legislativos estatales, pueden legislar. Por lo tanto, tras la aprobación por parte del poder legislativo y la finalización del proceso completo de promulgación (que puede incluir la firma del jefe del ejecutivo y una forma de promulgación), el estatuto tiene la plena autoridad de la ley.
¿Cuál es la jerarquía de las jurisdicciones estatutarias en los sistemas federales?
La jerarquía varía de una nación a otra, pero hay un enfoque típico. En algunos países, la ley central o federal gobierna los municipios y en otros esta autoridad pasa al nivel estatal o provincial. Las leyes municipales (a menudo llamadas ordenanzas) suelen ser redactadas por el personal jurídico municipal siguiendo las instrucciones del órgano electo del municipio. Deben estar dentro del ámbito autorizado por la legislatura estatal, y normalmente un estado promulgará una ley de gobierno municipal, como una Ley de Gobierno Local, para regular esta autoridad. Una ordenanza que exceda esta autoridad legislada, o que entre en conflicto con una ley federal o estatal, puede ser considerada inválida por los tribunales.
¿Quién interpreta y aplica las leyes?
Las leyes son interpretadas por el poder judicial y aplicadas por el ejecutivo (es decir, la policía y la fiscalía). En algunos casos, la ley autoriza a una autoridad especial para hacer cumplir la ley en un ámbito específico. Un ejemplo de autoridad especial es la que suele crearse para la ley electoral: el organismo de gestión electoral o la comisión de reclamaciones electorales que suele crearse para asuntos electorales. Estos organismos suelen tener autoridad para tratar cualquier violación administrativa de las normas electorales y las infracciones de la ley electoral. También pueden remitir a la fiscalía del Estado cualquier infracción que surja en el proceso electoral y que parezca un delito.
¿Cómo se modifican?
Una ley puede ser modificada por el mismo proceso por el que se promulga por primera vez. Es decir, una ley que modifica un estatuto existente es en sí misma un estatuto y pasa por el mismo proceso a través de la legislatura como un proyecto de ley. En la mayoría de los países, las leyes pueden ser impugnadas en los tribunales en relación con su constitucionalidad (es decir, si tratan un tema permitido por la constitución o si entran en conflicto con la constitución, o con una ley de un nivel legislativo superior, según la figura 1 anterior). En algunos países, pueden ser impugnadas por no haber sido debidamente promulgadas o por no haber sido sometidas al proceso prescrito para su promulgación. Por ejemplo, algunos países exigen que ciertos tipos de proyectos de ley pasen por una fase de audiencia pública, y si esto no ocurre, se puede impugnar la validez de la ley.
¿Por qué tienen más autoridad que la forma de ley que está un escalón por debajo?
Los estatutos son promulgados por una legislatura de representantes elegidos, y la autoridad de un estatuto se deriva de la constitución o del documento fundacional de un Estado. En los niveles inferiores de la jerarquía, el órgano normativo puede estar formado por miembros designados (por ejemplo, un organismo de gestión electoral).
¿Qué determina que un tema se legisle a nivel nacional o a nivel subnacional?
La constitución de una nación suele definir la estructura de gobierno, los diferentes niveles de gobierno y las materias o campos del derecho que pueden legislar. Algunas cuestiones, como las finanzas y los impuestos nacionales, las relaciones exteriores, la defensa, la ciudadanía, las aduanas y los derechos y el comercio internacional, se rigen y legislan siempre a nivel nacional. Otros asuntos, como el gobierno local, el comercio local, las relaciones domésticas y los impuestos locales suelen tratarse a nivel subnacional. Cuestiones como la agricultura, el transporte y el medio ambiente pueden tratarse a ambos niveles. La mayoría de los países tienen un derecho penal nacional, aunque EE.UU. tiene códigos penales federales y estatales. En una nación federal, el derecho electoral se rige generalmente por la ley federal para la elección de los órganos federales y por la ley estatal para la elección de los órganos estatales. En EE.UU., la administración de las elecciones al Congreso nacional se rige por las leyes de cada estado. Cuestiones como el registro de votantes, el momento de la votación y el diseño de las papeletas difieren de un estado a otro.
¿Qué ocurre con los conflictos entre leyes o disposiciones legales?
Una ley o disposición legal de un nivel inferior que entre en conflicto con una de un nivel superior se considera inválida (ultra vires) en la medida del conflicto. Este proceso es esencial para evitar solapamientos y choques entre leyes. La existencia de un conflicto será determinada por un tribunal.
Datos verificados por: Sam
Normas Internacionales
Una contribución especial a la tendencia autónoma del derecho electoral proviene del derecho internacional, que ha enriquecido progresivamente el marco legal de las elecciones con normas sustanciales y de procedimiento.
Tratados internacionales (Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), Art. 21, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), Art. 25, Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Art. 5; Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Art. 7; Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Art. 29; COE ‘Protocolo a la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales’, Art. 7; 3, que ahora son obligatorios para muchos países, junto con una serie de documentos no vinculantes (por ejemplo, “Documento de la Reunión de Copenhague de la Conferencia sobre la Dimensión Humana de la CSCE” de la CSCE, la Carta Democrática Interamericana, la OUA). / AU ‘Declaración sobre los principios que rigen las elecciones democráticas en África’, la Declaración de la UA sobre los principios que rigen las elecciones democráticas en África y la Comisión Europea para la Democracia a través del Código de Buenas Prácticas en Asuntos Electorales, han promovido y consolidado y los derechos de voto al establecer estándares comunes con respecto a las elecciones.
A pesar de este cuerpo significativo de leyes internacionales, las elecciones son inherentes a la soberanía nacional y, por lo tanto, el marco legal de las elecciones es principalmente doméstico. El marco comprende reglas constitucionales, legislativas y regulatorias por un lado y jurisprudencia por el otro; sin embargo, la implementación de estas reglas y leyes depende del contexto en el que se celebran las elecciones. Por ejemplo, dependiendo de la organización territorial del estado (unitaria o descentralizada, el federalismo), se aplican diferentes leyes (ver la sección sobre Ley Electoral y Códigos Electorales); de hecho, las entidades subnacionales generalmente legislan el procedimiento electoral y tienen sus propias instituciones que son competentes para preparar las elecciones y resolver las disputas electorales.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Puntualización
Sin embargo, la distinción entre elecciones nacionales y regionales o incluso locales solo es válida con respecto a la jurisdicción del cuerpo elegido; no implica una diferencia conceptual o aplicación de principios diferentes.
Autor: Williams
Normas Electorales Administrativas
Las autoridades electorales dictan normas administrativas para regular las cuestiones específicamente relacionadas con la gestión ágil y sencilla. Estas normas son más flexibles que los procedimientos legislativos.
Durante las elecciones, hay que resolver una gran cantidad de cuestiones administrativas de forma urgente y en plazos muy breves.
Las leyes electorales no tienen que regular estas cuestiones, que pueden cambiar de una elección a otra.
Las normas administrativas complementan las leyes electorales, y deben dictarlas las autoridades electorales encargadas de la celebración de las elecciones desde un punto de vista ejecutivo.
Pormenores
Las autoridades electorales competentes para supervisar las actividades electorales tienen que examinar las reformas de carácter reglamentario. Hay numerosas estructuras electorales facultadas para emprender esa tarea.
Entre las Líneas
En términos generales, dichas estructuras deben ser independientes y permanentes.
Entre las Líneas
En los países que cuentan con autoridades electorales independientes, estas están autorizadas para dictar normas administrativas. El objetivo en esos países es prevenir la existencia de normas insuficientes. La reglamentación administrativa permite a las autoridades electorales regular cuestiones específicas, por ejemplo, cómo tienen que presentar sus informes los partidos, cómo manejar (gestionar) el registro de candidatos, las campañas electorales, la publicidad electoral, la jornada electoral, etcétera.
No obstante, que la legislación electoral trate la cuestión de la regulación administrativa presenta una ventaja. Resulta muy útil que las leyes especifiquen las competencias de la autoridad electoral para elaborar normativas, y determinen las circunstancias, la naturaleza y el alcance de esa autoridad, así como que prevean la publicación de la normativa y la tramitación oportuna las reclamaciones. Después de todo, siempre que exista la posibilidad de elaborar reglamentaciones en apoyo de la legislación electoral, también debe haber límites, ya que la autoridad electoral “no actúa como un legislador sustituto”[Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA Internacional), International Electoral Standards: Guidelines for reviewing the legal framework of elections [Normas electorales internacionales: Directrices para revisar el marco legal de las elecciones] (Halmstad, Suecia: Bulls Tryckeri, 2002), p. 16].
Fuente: aceproject
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Patiño Camarena, Javier, Análisis de la reforma política; 2ª edición, México, UNAM, 1981.
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