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Elecciones

Elecciones: Introducción al Concepto Jurídico De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto: Acto por el cual son elegidos los representantes del pueblo para ocupar cargos políticos. Los ciudadanos que reúnen las condiciones estipuladas en la ley votan y eligen sus representantes legítimos. El […]

Normas Electorales

Calificación de Elecciones Nota: sobre las disposiciones constitucionales, véase aquí. Normas Internacionales Una contribución especial a la tendencia autónoma del derecho electoral proviene del derecho internacional, que ha enriquecido progresivamente el marco legal de las elecciones con […]

Igualdad de Oportunidades de Voto en Derecho Constitucional Comparado

Derecho de voto en la constitución hace referencia a una disposición legal bajo la cual se puede participar en unas elecciones generales. Estas condiciones han variado en distintas épocas y son diferentes en los distintos países. Por regla general, el derecho de voto depende hoy de una determinada edad mínima, de la nacionalidad y de la residencia, y en épocas anteriores a menudo también de la propiedad y del género. Sobre la ley electoral, véase elecciones. El enriquecimiento y la validación de las elecciones son temas centrales en el ámbito del derecho constitucional comparado. Sin embargo, debido al creciente número de elecciones que se celebran en todo el mundo y a su inseparable relación con la base democrática del gobierno representativo, el análisis constitucional comparado está revelando aspectos innovadores en cuanto a la pertinencia constitucional y la protección de las elecciones. Por ejemplo, el derecho a elecciones libres, justas y regulares es ahora un componente universalmente establecido de los derechos políticos individuales, junto con los derechos a votar y a presentarse a elecciones, y el derecho a formar un partido político.

Cronología de la Seguridad Electoral

Cronología de la Seguridad Electoral Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. Nota: para una mayor explicación detallada, puede consultarse la Historia de la Seguridad Electoral en Estados Unidos y otros lugares. Cronología de la Seguridad Electoral en Estados Unidos … Leer más

Historia de la Seguridad Electoral

Este texto analiza, históricamente, la cuestión de la seguridad electoral y derecho al voto. ¿Están las urnas a salvo de la manipulación? Una de las primeras máquinas de votación se inventó en Londres en 1838. Los agujeros en la parte superior de la máquina estaban marcados con los nombres de los candidatos. El sistema no era perfecto. La 15ª Enmienda a la Constitución, ratificada en 1870, impedía a los estados negar el derecho al voto por motivos de “raza, color o condición previa de servidumbre”. Sin embargo, los blancos emplearon la intimidación, la violencia y las leyes onerosas para impedir que los negros votaran, especialmente en el Sur. Esas leyes incluían pruebas de alfabetización y tasas, llamadas impuestos electorales, que se cobraban a todos los que querían votar. Años después de que agentes rusos se entrometieran en las elecciones presidenciales de 2016, los expertos dicen que muchos sistemas de votación estatales siguen siendo vulnerables a la interferencia externa. Algunos estados controlados por los republicanos, por su parte, habían adoptado requisitos de identificación con fotografía y otras normas que, según dicen, protegen la integridad de las elecciones al reducir el fraude electoral. Pero los defensores del derecho al voto argumentan que ese fraude es extremadamente raro y que las normas están diseñadas para suprimir el voto entre las minorías y otros grupos que suelen apoyar a los demócratas.

Derecho Electoral

Concepto y Caracteres de Derecho Electoral Definición y descripción de Derecho Electoral ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Manuel Barquín Alvarez) El derecho electoral es la rama del derecho constitucional que, dotado […]

Marco Jurídico de las Elecciones en Derecho Constitucional Comparado

La mayoría de los sistemas constitucionales parecen depender ahora de autoridades independientes para aumentar la legitimidad del proceso electoral; por lo tanto, en lo que respecta a la validación de las elecciones, debemos reconsiderar la fiabilidad de los organismos ejecutivos y la autonomía de las asambleas elegidas en comparación con un organismo de control electoral neutral e independiente. Dicho esto, las normas electorales siguen variando enormemente de un país a otro y, sin embargo, en términos muy generales, una observación parece ser válida en general: cuanto mayor y más detallado es el número de disposiciones relativas a las elecciones (especialmente las de procedimiento) que figuran en una constitución, más inestable es el carácter democrático del sistema en la práctica.

Elecciones en Derecho Constitucional Comparado

Muy a menudo las constituciones se modifican para incluir una amplia reglamentación de los asuntos electorales (desde las normas sobre cómo llenar las vacantes de los puestos hasta las relativas al sistema de votación) con el fin de abordar y prevenir las distorsiones del sistema político. Sin embargo, cabe señalar también que, incluso en los países generalmente considerados democráticos, las enmiendas constitucionales suelen considerar las elecciones en un sentido amplio; de muchos ejemplos, véanse las enmiendas 22 a 25 de la Constitución de los Estados Unidos de América (EE.UU.), que se refieren, respectivamente, a los límites de los mandatos presidenciales, la votación presidencial en la DC, la abolición de los impuestos electorales, la sucesión presidencial y el derecho al voto a los 18 años. Y tal vez estos cambios no deberían ser sorprendentes, ya que “las constituciones se escriben a menudo para resolver problemas recientes.

Historia de las Elecciones en Derecho Constitucional Comparado

Calificar las elecciones transparentes como un derecho fundamental hace avanzar los límites tradicionales del derecho de voto con respecto a las doctrinas de los siglos XIX y XX y tiene una serie de implicaciones, como el reconocimiento de la relevancia constitucional de los aspectos procedimentales de las elecciones. La necesidad (constitucional) de garantizar la regularidad, integridad y transparencia de las elecciones tiene varias consecuencias, siendo la más relevante si debemos confiar esta función, el refuerzo de la representación, únicamente a un tribunal constitucional, o si algunos aspectos de esta misión merecen la atención de una rama especial del gobierno.

Régimen Constitucional Electoral

Elementos de Justicia Constitucional Electoral Descripción y definición de Justicia Constitucional Electoral aparecidas en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por David Cienfuegos Salgado y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) […]

Historia de las Elecciones

En la Historia, las elecciones se han identificado con el origen de la democracia, y su desarrollo es de lo que se ocupa esta entrada. Las elecciones suelen definirse de acuerdo con la distinción entre democracia directa y democracia representativa; la primera se refiere a los casos en los que el electorado está llamado a decidir si acepta o rechaza una propuesta específica. La democracia directa se remonta al modelo clásico de democracia, que se refiere a las antiguas ciudades-estado griegas (Atenas, siglo V-4 a.C.) e implica que todos los ciudadanos son a la vez gobernantes y gobernados, es decir, que el bienestar común es el resultado de una dedicación plena de los individuos a la esfera pública. Por el contrario, la democracia moderna es un fenómeno relativamente nuevo que data de la superación del Estado absoluto y de la afirmación de los principios democráticos liberales. Contrariamente a la polémica definición de democracia de Platón, hoy en día la democracia representativa es considerada el único tipo de regla bajo la cual la igualdad política es posible, porque media intereses contrapuestos y así traduce la voluntad de cada ciudadano en la “volonté Générale”. La aparición gradual de gobiernos representativos en Europa y América del Norte consolidó la función de las elecciones al facilitar la manifestación del consentimiento específico de los votantes. Sin embargo, antes de las revoluciones del siglo XVIII, muchos argumentaban que la democracia solo era compatible con el sufragio (el derecho al voto) por el tipo, y no con el par “choix”, porque realmente ponía a todos los candidatos en pie de igualdad (Montesquieu, Rousseau). La elección es, de hecho, el elemento más distintivo de las elecciones: el acto de votar es una declaración de voluntad del votante; en consecuencia, la esencia de una elección democrática es la libertad de elección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Cuando el votante no está en condiciones de elegir libremente una de las múltiples opciones, una elección se convierte en un plebiscito: una iniciativa de arriba hacia abajo destinada a legitimar a un gobernante. Del mismo modo, la preferencia individual (elección voluntaria) representa uno de los elementos que distinguen la elección del nombramiento. Los nombramientos suelen ser actos individuales, de arriba hacia abajo, que pueden ser permanentes (por ejemplo, Constitución de los Estados Unidos de América: 17 de septiembre de 1787 (enmendada hasta el 7 de mayo de 1992), Art. III, Sección 1 (EE.UU.)) y basado en normas convencionales (por ejemplo, el nombramiento del miembro de mayor edad de un órgano colegiado como presidente, como en el caso de la Constitución de la República Italiana: 22 de diciembre de 1947 (enmendada hasta el 20 de abril de 2012), Art. 135, para. 5 (La) relativa al presidente del Tribunal Constitucional). Pero, ¿de quién es la elección realmente importante? El sufragio (el derecho al voto) universal de los adultos transformó las elecciones en un proceso verdaderamente igualitario (igualitarismo); sin embargo, no se tradujo inmediatamente en el principio de “una persona, un voto”. De hecho, la doctrina en la que se basa el sufragio (el derecho al voto) afirma que es una función pública ejercida por un número limitado de ciudadanos por el Estado, y en muchos Estados liberales solo se permitía votar a ciertos grupos sociales. La Constitución francesa de 1791 (3 de septiembre de 1791 (Título III, Sección II, Art. 1; Sección III, Art. 1) (Fr)) incluso distinguía entre ciudadanos activos y pasivos, mientras que en Italia, de 1848 a 1912, los votantes representaban solo el 1,7 por ciento de los habitantes del país.

Derecho de Sufragio

Derecho De Sufragio en el Derecho Español Derecho De Sufragio en 2001 Según el Diccionario Jurídico Espasa, Derecho De Sufragio significa: Derecho de participación de los asuntos públicos que se manifiesta, bien concurriendo a formar la voluntad del cuerpo electoral (derecho de sufragio (el derecho al voto) […]