Reserva en Derecho Internacional
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] En inglés: Reservation in international law.
En derecho internacional: Reservas a los tratados
Las “reservas” se distinguen de las declaraciones interpretativas, que no tienen efecto vinculante. Los Estados pueden hacer reservas a un tratado donde el tratado no impide hacerlo y siempre que la reserva no sea incompatible con el objeto y propósito del acuerdo internacional (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) o tratado.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Reserva a un Tratado en relación a la Migración Internacional
Se entiende por reserva “una declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, al momento de la firma, hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado”. (Art. 2 (1) (d) de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados de 1969). [1]
Reservas a los tratados internacionales en Estados Unidos
Durante bastante tiempo y bajo varias administraciones, el gobierno de los Estados Unidos se ha mostrado reacio a celebrar tratados multilaterales (también conocidos como convenciones) que imponen obligaciones directamente al gobierno nacional, a menos que puedan establecer reservas significativas a esos tratados. Un caso destacado es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. [999 Serie de Tratados de la ONU 171] Cuando los Estados Unidos se convirtieron en parte en 1992, presentaron reservas que tenían el efecto de excluir cualquier obligación de los EE. UU.Entre las Líneas En virtud del Pacto que pudiera agregar algo a la ley de los EE. UU. Ya existente. [2] Estados Unidos se ha mostrado menos inclinado a formular reservas significativas cuando los tratados regulan la conducta privada, como las convenciones sobre ventas internacionales de bienes o sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de niños.
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados es el instrumento autorizado sobre el derecho internacional de los tratados. Se piensa que la mayoría de sus disposiciones reflejan el derecho internacional consuetudinario, por lo que se consideran vinculantes incluso para los estados nacionales (como los Estados Unidos) que no son formalmente partes en la Convención de Viena. Define una reserva a un tratado como “una declaración unilateral, independientemente de si está redactada o nombrada, hecha por un Estado, al firmar, ratificar, aceptar, aprobar o adherir a un tratado, mediante el cual pretende excluir o modificar el efecto legal de ciertos acuerdos. disposiciones del tratado en su aplicación a dicho Estado. ” [3]
Se permite una reserva a menos que el propio tratado lo prohíba, o el tratado permita solo ciertas reservas que no incluyan la en cuestión, o la reserva sea incompatible con el objeto y el propósito del tratado. [4] Según el derecho internacional tradicional, un estado que otorga una reserva inadmisible no puede ser parte en el tratado a menos que todas las otras partes acuerden la reserva.
Puntualización
Sin embargo, recientemente, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, el organismo que administra e interpreta el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, considera que una reserva inaceptable al Pacto normalmente será separable, en el sentido de que la parte reservante sería una Parte en el Pacto sin beneficio de la reserva. [5] La opinión de la Comisión de Derechos Humanos es polémica, pero en cualquier caso, no parece extenderse más allá de los tratados de derechos humanos.
En los últimos años, varias convenciones multilaterales importantes han prohibido la mayoría o todas las reservas. Una razón para dicha prohibición es que estas convenciones son de carácter legislativo, por lo que se considera esencial tratar de garantizar una aplicación uniforme de sus reglas entre los estados parte, incluso si la cláusula de no-reserva disuade a algunos estados-nación de convertirse Partes en las convenciones. Otra razón para prohibir las reservas es que los tratados multilaterales complejos a menudo incorporan un “acuerdo global” que involucra compromisos entre diversos intereses de todos lados; Cualquier reserva podría desentrañar el paquete. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar es un ejemplo. Los Estados Unidos no son parte de esa convención, En gran parte debido a las disposiciones sobre la minería de los fondos marinos profundos a las cuales no se pudieron hacer reservas El Estatuto de Roma (tratado) de la Corte Penal Internacional es otro ejemplo. Estados Unidos ha anunciado que no se convertirá en parte del Estatuto. [6]
Otro ejemplo de un tratado multilateral que prohíbe las reservas, recientemente en las noticias, es el propuesto Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco. [7] La Convención no establece reglas detalladas, pero sí contiene varias disposiciones que requieren la regulación gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) de la industria del tabaco. Por ejemplo, requiere que cada Estado parte adopte e implemente, “de conformidad con su legislación nacional”, medidas para garantizar que el envasado y el etiquetado de tabaco no creen impresiones engañosas sobre los efectos en la salud del producto y contienen advertencias sanitarias importantes que cubren no menos Más del 30 por ciento del área de visualización principal. También exige a cada Estado parte “de conformidad con su constitución o principios constitucionales” emprender una prohibición total de toda publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, en términos generales. Si la constitución del partido no permite una prohibición tan completa, el partido debe aplicar ciertas restricciones a toda la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, en particular a aquellos con efectos transfronterizos. Las partes que prohíben y penalizan ciertas formas de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco en su propio territorio tienen derecho a extender la prohibición y las sanciones a la publicidad transfronteriza, etc., que ingresen a su territorio. Cada parte debe prohibir o promover la prohibición de la distribución gratuita de productos de tabaco al público. la parte debe aplicar ciertas restricciones a toda la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, especialmente aquellos con efectos transfronterizos. Las partes que prohíben y penalizan ciertas formas de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco en su propio territorio tienen derecho a extender la prohibición y las sanciones a la publicidad transfronteriza, etc., que ingresen a su territorio. Cada parte debe prohibir o promover la prohibición de la distribución gratuita de productos de tabaco al público. la parte debe aplicar ciertas restricciones a toda la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, especialmente aquellos con efectos transfronterizos. Las partes que prohíben y penalizan ciertas formas de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco en su propio territorio tienen derecho a extender la prohibición y las sanciones a la publicidad transfronteriza, etc., que ingresen a su territorio. Cada parte debe prohibir o promover la prohibición de la distribución gratuita de productos de tabaco al público.
Estados Unidos se opuso a la cláusula del Convenio para el Control del Tabaco que prohíbe las reservas y ha dicho que no pasará a ser parte en el Convenio a menos que se cambie esa cláusula antes de que se adopte el Convenio en la reunión de la Asamblea Mundial de la Salud programada para el 19 de mayo. 8] Aparentemente, el gobierno de los EE. UU. Desea agregar reservas a las disposiciones de la Convención que establecen tamaños mínimos para las advertencias en los empaques de tabaco, restringiendo la distribución gratuita de productos de tabaco y definiendo la publicidad y promoción del tabaco. [9] Otra preocupación de los Estados Unidos tiene que ver con posibles intrusiones en los derechos de los estados dentro de los Estados Unidos. [10] Un funcionario de los Estados Unidos también planteó las preocupaciones de la Primera Enmienda, aunque la Convención, como se señaló anteriormente, contiene disposiciones que reconocen ciertas restricciones constitucionales en algunos Estados. Otros gobiernos se resisten a cualquier esfuerzo por renegociar la Convención, temiendo que las reservas puedan deshacer todo el tratado.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
El derecho internacional no exige que los Estados Unidos (ni ningún país) ratifiquen el Convenio para el Control del Tabaco ni ningún otro tratado, ya sea que el tratado contenga o no una cláusula que prohíba las reservas. El derecho internacional tampoco intenta regular los motivos que podría tener un gobierno para desear hacer reservas o negarse a ser parte en un tratado.
Puntualización
Sin embargo, los gobiernos fuera de los Estados Unidos y los observadores no gubernamentales han expresado su preocupación por la percepción de un patrón de no participación de los Estados Unidos o una participación muy limitada en una amplia gama de tratados multilaterales que conforman gran parte de la estructura del sistema legal internacional. La pregunta es si ese sistema, por el cual Estados Unidos ha declarado su respeto, puede ser efectivo sin su jugador más influyente.
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre reserva a un tratado recogida del Glosario sobre Migración, Derecho Internacional sobre Migración, Organización Internacional para las Migraciones, Ginebra, Suiza (2006).
- Ver 138 Cong (examine más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Rec. S 4783 (1992).
- Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, 23 de mayo de 1969, art. 2 (1) (d), 1155 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 331.
- Convenio de Viena, art. 19.
- Ver Informe del Comité de Derechos Humanos, GAOR, 50.ª sesión, Supp. No. 40, vol. 1, en 119 (1996).
- Ver Curtis A. Bradley, EE. UU. Anuncia intención de no ratificar el Tratado de la Corte Penal Internacional (mayo de 2002).
- Ver David P. Fidler, Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud (marzo de 2003).
- Ver Washington Post, 30 de abril de 2003, pág. A1.
- Ver NY Times, 1 de mayo de 2003, pág. A6.
- Id.
Véase También
- Tratado internacional
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