Subsidio de Desempleo Agrícola
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Noción de Subsidio de Desempleo Agrícola
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de subsidio de desempleo agrícola, la siguiente definición: Sistema especial de protección por desempleo creado para trabajadores eventuales de la agricultura. Sucesor de los programas de empleo comunitario que se desarrollaron con anterioridad, trata de combinar la política de empleo con las prestaciones asistenciales. Pueden acceder al subsidio los trabajadores inscritos en el censo agrario que acrediten un número mínimo de peonadas y cotizaciones; su cuantía es del 75 % del salario mínimo interprofesional, a pagar durante un período máximo de 180 días. Va acompañado de programas de empleo agrario (hasta 1997, Plan de Empleo) y de formación profesional.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas y Referencias
- Concepto sobre subsidio de desempleo agrícola originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
- Protección por desempleo
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