Ocupación Territiorial
De sus características resulta que la ocupación de armisticio implica solamente el ejercicio de las competencias habitualmente reconocidas al Estado ocupante en territorio enemigo, y, en particular, la competencia reglamentaria y la competencia judicial, cuyo ejercicio da lugar, con frecuencia, sobre todo en materia represiva, a conflictos de competencia entre el Estado ocupante y el ocupado, cuando un individuo se ve simultáneamente perseguido por el mismo hecho ante los tribunales militares del primero y la jurisdicción penal del segundo