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Era de la Segunda Reconstrucción de Estados Unidos

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Era de la Segunda Reconstrucción de Estados Unidos

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: véase la entrada sobre la Era de la Reconstrucción de Estados Unidos.

Administración Progresiva en la Era de la Segunda Reconstrucción de Estados Unidos

El objetivo de eliminar la segregación y promover la igualdad racial

La Segunda Reconstrucción fue un período de intensa movilización social y administrativa, en el que los recursos del público y su gobierno se unieron para eliminar la segregación y promover la igualdad racial. Al igual que el New Deal había desafiado los límites estables entre el Estado y la sociedad civil con sus intervenciones administrativas en la vida económica, la Segunda Reconstrucción sometió las formas de organización económica privada y de gobierno local a una reglamentación federal sin precedentes para proteger los derechos y ampliar las oportunidades de los afroamericanos.Entre las Líneas En muchos aspectos, el gobierno federal hizo realidad la visión de Du Bois de una “oficina permanente de liberación” con una panoplia de organismos, oficinas y comisiones encargadas de hacer cumplir los derechos civiles.

Este Estado emancipador se basó en las capacidades administrativas y las doctrinas jurídicas que se habían generado desde la Era Progresista a través del New Deal. Recordemos que Goodnow había comprendido que los tribunales y los órganos administrativos tendrían funciones superpuestas en la aplicación de la legislación reguladora, ya que cada uno de ellos tenía la responsabilidad de traducir la voluntad legislativa en actos oficiales. Esta situación dio lugar a una deferencia judicial calificada a los fallos de los organismos, ya que los tribunales trataron de respetar la asignación de autoridad del Congreso a los organismos e incorporar las determinaciones de la política administrativa en su propia jurisprudencia. El poder judicial llegó así a aceptar la interpretación del derecho por parte de los organismos cuando la correcta construcción del estatuto estaba dentro del ámbito de la autoridad delegada del organismo, su competencia en la materia y su experiencia.

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Los organismos administrativos se convirtieron en el punto de apoyo de las deliberaciones entre las ramas, proporcionando normas y directrices administrativas que impulsaron a los tribunales hacia una comprensión más amplia de los males de la discriminación racial y las exigencias de la igualdad de protección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los requisitos para la igualdad democrática se proporcionaron en un proceso de colaboración entre legisladores, burócratas, jueces y grupos de la sociedad civil progresistas.

En la Guerra contra la Pobreza, el estado administrativo proporcionó contextos democráticos aún más amplios en los que los grupos excluidos podían participar. Estos programas de acción comunitaria institucionalizaron la deliberación de la esfera pública en la provisión de requisitos materiales para la vida democrática. Así, la Segunda Reconstrucción ofreció otra iteración de la administración Progresista que recombinó los fines democráticos y los medios democráticos en formas institucionales novedosas.

El Departamento de Salud, Educación y Bienestar

La deliberación entre ramas fue esencial para la aplicación de la desagregación de las escuelas en el Sur. El Departamento de Salud, Educación y Bienestar Social (HEW) desplegó su autoridad estatutaria para comprender el contexto social más amplio en el que operaba la desagregación de las escuelas. Esto, a su vez, dio a los tribunales el impulso para desarraigar el sistema escolar dual que funcionaba en los estados del sur.

En el caso Brown c. Junta de Educación (1954), el Tribunal había explicado que la educación se había convertido en un requisito clave de la democracia: “Hoy en día la educación es la función más importante de los gobiernos estatales y locales. . . .Si, Pero: Pero a pesar de que el Tribunal Supremo renunció a la doctrina de “separados pero iguales”, diez años más tarde sólo el 2,25 por ciento de los niños negros de los antiguos Estados Confederados y sólo el 10,9 por ciento de todo el Sur asistían a escuelas con niños blancos, y más de la mitad de los 3.000 distritos escolares de la región segregados todavía por completo94. Esto se debió a la resistencia masiva de las localidades del sur a la desegregación, a la adhesión de los tribunales federales a la lógica gradualista de la integración “con toda la velocidad deliberada”, y a los límites de la aplicación constitucional sólo a través del litigio privado.

Con la Ley de Derechos Civiles de 1964, el Congreso autorizó un nuevo y poderoso instrumento administrativo para abordar el problema. El artículo 601 de la Ley disponía que “ninguna persona en los Estados Unidos será excluida, por motivos de raza, color u origen nacional, de la participación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal, ni se le negarán los beneficios de los mismos, ni será objeto de discriminación en ellos”. “97 Para llevar a cabo este requisito, el Congreso autorizó y ordenó “a cada departamento y agencia federal que esté facultada para extender la asistencia financiera federal” que emitiera “reglas, regulaciones y órdenes de aplicación general”.98 Debido a su uso de conceptos amplios no definidos como “discriminación”, “exclusión”, “participación” y “beneficios”, el Título VI dio gran discreción a las agencias administrativas para delinear el alcance del mandato legal.

En consecuencia, el HEW emitió un reglamento en 1964 en el que se establecía que se consideraría que un sistema escolar cumplía con el Título VI si “presenta un plan para… la desegregación… que el Comisionado de Educación determine que es adecuado para cumplir los propósitos de la Ley… y proporciona una garantía razonable de que llevará a cabo dicho plan”.99 Esta disposición facultaba a los funcionarios del HEW a determinar si los planes de desegregación de las escuelas eran adecuados o si los distritos estaban eludiendo sus responsabilidades.Entre las Líneas En un esfuerzo por obtener apoyo político para el cumplimiento del reglamento, HEW consultó a los miembros del Congreso y a los gobernadores de todo el país, además de a los grupos de derechos civiles, antes de promulgarlo100 . Muchos estados y localidades del Sur se limitaron a presentar declaraciones de cumplimiento de rutina sin detallar los planes para lograr la desegregación; HEW respondió que esas declaraciones de cumplimiento eran insuficientes101 . Para hacer frente al arrastre de pies en el Sur, HEW elaboró esos requisitos en directrices sucesivas en 1965 y 1966102 . Esta decisión ejemplificó la concepción progresista de la estatalidad democrática, que desvinculó la legitimidad administrativa de la autoridad democrática del presidente y la ancló de nuevo a los intercambios directos entre el organismo y otros actores políticos.

Aunque las Directrices de 1966 siguieron el precedente judicial al permitir planes de “libertad de elección”, que establecían que los padres podían determinar a qué escuela asistirían sus hijos, fue más allá de la jurisprudencia de la época al subrayar que “un plan de libre elección tiende a hacer recaer la carga de la desegregación en los estudiantes negros o de otros grupos minoritarios y en sus padres”. . . . La naturaleza misma de un plan de libre elección y el efecto de la larga tradición de las actitudes de la comunidad a menudo tienden a impedir o inhibir el ejercicio de una elección verdaderamente libre por parte de los estudiantes de grupos minoritarios o en beneficio de ellos”.105 En consecuencia, HEW trasladó la carga a los gobiernos locales, afirmando que “examinaría con especial cuidado el funcionamiento de los planes voluntarios” y fijaría como objetivo aumentos porcentuales de la matrícula de alumnos negros, que aumentaron en forma inversa a la tasa de desegregación de cada escuela en el año anterior; el Comisionado se reservó la facultad discrecional de rechazar esos planes si “llegara a la conclusión de que esas medidas serían ineficaces”.

El reconocimiento de las Directrices de que las “actitudes de la comunidad” y la “carga” que los planes de libertad de elección imponían a las minorías tendían a “inhibir… la elección verdaderamente libre” era un juicio normativo y no simplemente una búsqueda de clavos por parte de un organismo que empuñaba un martillo. Los funcionarios de HEW llegaron a esta conclusión no por la influencia directa del pensamiento progresista sino más bien por el encuentro entre las ideologías de los derechos civiles y la experiencia administrativa. Sobre la base de sus evaluaciones anteriores de los planes voluntarios, los funcionarios de HEW llegaron a la conclusión de que la mera eliminación de los obstáculos jurídicos a la integración sería insuficiente para establecer una verdadera libertad de enseñanza para los negros del Sur.

Además de esta experiencia pragmática, los funcionarios de HEW estaban motivados por una comprensión moral de la tradición política americana. Derrick A. Bell Jr., que fue Director Adjunto de la Oficina de Derechos Civiles (OCR) de HEW de 1965 a 1968, declaró que el “aspecto moral” del Título VI y su aplicación en HEW “no debería pasarse por alto”. Detrás de las instituciones estadounidenses -leyes, estatutos, precedentes legales en fallos de casos- existe la tradición[], al menos en teoría, de ordenar la sociedad de acuerdo con los principios básicos de moralidad, justicia y equidad. Esto es así a pesar de las patentes traiciones de principio en [la] relación entre las razas”.109 En la OCR, Bell, Peter Librassi, David Seeley, Elaine Heffernan y otros miembros del personal pusieron en práctica esta conciencia moral general al tratar de comprender y reconstruir las esferas sociales en las que los estudiantes negros y sus familias tomaban decisiones educativas.110 Bell y Librassi, que dirigían la OCR, estaban alineados ideológica e institucionalmente con el movimiento de derechos civiles y aportaron su espíritu a su labor en el Departamento111 . Este encuentro entre las normas universales y su aplicación social particular produjo una nueva comprensión de lo que significaban y requerían esos ideales: no sólo la desegregación de jure, sino una transformación más profunda de la sociedad civil del Sur según líneas racialmente igualitarias.

Con sus innovadoras directrices, HEW superó los precedentes judiciales contemporáneos para establecer una nueva prueba de cumplimiento de los distritos escolares orientada a los resultado. Los tribunales siguieron el ejemplo de HEW, ya que el Quinto Circuito, a partir de Singleton c. el Distrito Escolar Municipal Separado de Jackson (1965), se basó en las directrices del Departamento para determinar si los distritos escolares mantenían sistemas segregados en violación de la Decimocuarta Enmienda, señalando que daban gran importancia a las normas establecidas por la Oficina de Educación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Y observando lo siguiente: “El poder judicial, por supuesto, tiene funciones y deberes distintos de los del departamento ejecutivo, pero al llevar a cabo la política nacional los tres departamentos del gobierno están unidos por un objetivo común.

Una Conclusión

Por lo tanto, debe existir una estrecha correlación entre las normas del poder judicial y las del departamento ejecutivo en la administración de esta política.Entre las Líneas En ausencia de cuestiones jurídicas, la Oficina de Educación de los Estados Unidos está mejor capacitada que los tribunales y es el órgano federal más adecuado para sopesar las dificultades administrativas inherentes a los planes de desegregación de las escuelas.”

El juez Wisdom reconoció que los organismos administrativos y los tribunales tenían una relación especial en lo que respecta a la aplicación de los derechos públicos, como el derecho del público establecido por el título VI a la no discriminación en la distribución de las subvenciones federales para la educación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las ramas estaban aquí “unidas por un objetivo común”, y el organismo administrativo desempeñaba el papel de intérprete principal de las normas estatutarias.

El entendimiento constructivo y deliberativo del juez Wisdom sobre la separación de poderes recordaba a la declaración del juez Frankfurter de que “[l]osotros y los organismos públicos no deben ser considerados como competidores en la tarea de salvaguardar el interés público”. Los tribunales, al igual que los órganos administrativos, son organismos del gobierno. Ambos son instrumentos para la realización de propósitos públicos “116. Los tribunales garantizarían que las interpretaciones administrativas estuvieran dentro de los límites de la ley; si lo estuvieran, los tribunales estarían preparados para dar a estas determinaciones administrativas fuerza vinculante y elaborar los juicios sociales a los que llegan los administradores.

La crítica de HEW a la elección individual socialmente limitada dio forma fundamentalmente no sólo a la interpretación de los tribunales de la Ley de derechos civiles, sino a la propia Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Los tribunales federales inferiores no sustituyeron la falta de espíritu de hacer números con valores teóricos sociales de su propia creación, sino que desarrollaron, aplicaron y constituyeron conceptos de libertad y dominación social que los funcionarios de HEW habían articulado anteriormente en sus deliberaciones internas y directrices administrativas.

La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo

Los esfuerzos administrativos para abordar la discriminación en el mercado laboral combinaron la deliberación entre la legislatura, el organismo y los tribunales con intercambios directos entre el organismo y la esfera pública. A través de estos intercambios, la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) elaboraría poderosos entendimientos sobre la discriminación que continúan dando forma a la doctrina legal hoy en día.

Como demostró la “Marcha por el empleo y la libertad” de 1963, los miembros del movimiento de derechos civiles vieron una conexión inmanente entre la igualdad legal y material, con los manifestantes llevando carteles que exigían “igualdad de derechos AHORA” junto con “empleos para todos AHORA”, uno al lado del otro119 : “Será una práctica de empleo ilegal que un empleador… no contrate o se niegue a contratar o despedir a un individuo, o que discrimine a un individuo con respecto a su compensación, términos, condiciones o privilegios de empleo, debido a su raza, color, religión, sexo u origen nacional. ”

Si bien era evidente que el Congreso trataba de impedir la discriminación intencional y explícita, no estaba claro si la discriminación “por” la raza de una persona podía interpretarse en el sentido de que incluía prácticas de empleo con efecto discriminatorio pero carentes de animadversión racial explícita. Las facultades de la EEOC eran extremadamente limitadas. Como los republicanos del Congreso querían evitar la creación de otra Junta Nacional de Relaciones Laborales con facultades jurisdiccionales, exigieron que la Comisión tuviera sólo funciones de asistencia técnica e investigación de quejas. La EEOC, sin embargo, sirvió como un sitio para la movilización de los derechos civiles. El Fondo de Defensa Jurídica de la NAACP inundó estratégicamente la oficina con denuncias de discriminación en el empleo, con la esperanza de mostrar la necesidad de una legislación más potente123.

La EEOC respondió emitiendo directrices que interpretaban ampliamente su mandato antidiscriminatorio. La Comisión razonó que es una práctica ilegal no contratar o negarse a contratar, despedir o compensar de manera desigual, o limitar, segregar y clasificar a los empleados según criterios que demuestren tener un efecto racial demostrable sin un motivo comercial claro y convincente. La experiencia de la Comisión con las denuncias de discriminación y su recopilación de datos desglosados por razas sobre el empleo mostraron que las pruebas de empleo tenían un efecto particularmente negativo sobre el empleo de la población negra. Aunque el Título VII establecía específicamente que no “sería una práctica de empleo ilegal que un empleador diera y actuara según los resultados de cualquier prueba de capacidad desarrollada profesionalmente “, la EEOC emitió una directriz en la que se establecía que la Comisión “interpretaba por ‘prueba de capacidad desarrollada profesionalmente’ una prueba que mide de manera justa los conocimientos o las aptitudes requeridas por el trabajo o la clase de trabajos concretos que el solicitante busca…”. . . El hecho de que una prueba haya sido preparada por una persona u organización que afirma tener conocimientos especializados en la preparación de pruebas no justifica, sin más, su uso en el sentido del Título VII “.

Las interpretaciones de la EEOC del Título VII fueron motivadas por su evaluación crítica del contexto social en el que operaba, más que por una búsqueda quizás inútil de la “verdadera” intención del Congreso. Como dijo más tarde el abogado de la EEOC, Alfred Blumrosen, “la historia legislativa estableció límites más allá de los cuales los administradores no podían ir en el cumplimiento del mandato estatutario, pero no dictó el curso de la administración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). . . . Esta visión de la historia legislativa requiere que el administrador desarrolle ideas, políticas y procedimientos que deriven de una comprensión informada de la dinámica del problema social y del papel del gobierno en su resolución”. La experiencia de la EEOC con el problema de la exclusión de la población negra del mercado laboral durante los tres primeros años de su existencia la convencería de pasar de una comprensión individualista a una institucional y sistémica del problema.

El Comisionado de la EEOC de aquel momento observó así que la discriminación se estaba convirtiendo cada vez con menos frecuencia en un acto individual de tratamiento dispar que surge de un mal estado mental. La discriminación estaba más institucionalizada: la aplicación de un sistema de selección, asignación, promoción, despido, traslado o despido de personal.Entre las Líneas En la EEOC, señaló, “hemos razonado que es una práctica ilegal no contratar o negarse a contratar, despedir o compensar de manera desigual, o limitar, segregar y clasificar a los empleados según criterios que demuestren tener un efecto racial demostrable.”

El presidente William H. Brown III también declaró en una audiencia pública de la EEOC en 1970 que “la discriminación es una condición de exclusión generalizada”. No importa si la exclusión es el resultado de un acto deliberado de discriminación o el mantenimiento de un patrón tradicional de empleo en la comunidad o la perpetuación de la discriminación pasada”.129 Los dirigentes de la EEOC interpretaron de esta manera que la discriminación no sólo significa tomar decisiones conscientemente sobre la base de la raza, sino una condición más amplia de “exclusión” social. Este era un concepto de racismo que no se refería principalmente a los prejuicios individuales sino más bien al poder social de los grupos dominantes y su manifestación en las estructuras de la sociedad. El empleo igualitario significaba el empoderamiento de las minorías frente a una jerarquía racial arraigada.

La interpretación de la EEOC no fue el trabajo aislado de los burócratas, sino más bien una síntesis del juicio práctico oficial, la recopilación de información y las aportaciones de los beneficiarios de la reglamentación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En noviembre de 1965, la EEOC anunció que exigiría a todos los empleadores con más de cien empleados -118.000 en total- que presentaran informes “EEO-1” sobre sus prácticas de contratación de minorías. Esos requisitos de presentación de informes se aprobaron después de una conferencia de la Casa Blanca en la que algunos representantes de empresas expresaron su preocupación por que el requisito era demasiado intrusivo, y algunos defensores de los derechos civiles se preocuparon de que la presentación de informes sobre la identidad racial de los empleadores pudiera en realidad permitir una mayor discriminación.

Los informes de empleo de la EEOC también sirvieron de catalizador para una serie de audiencias con empleadores de diferentes industrias y regiones para arrojar luz sobre las prácticas de empleo injustas y alentar el cumplimiento voluntario del Título VII.

Pormenores

Las audiencias crearon un marco para una mayor reflexión pública sobre el significado del compromiso de la nación con la igualdad racial.

Pormenores

Las audiencias de la ciudad de Nueva York de 1968 sobre el empleo de cuello blanco fueron quizás las más exitosas de estas reuniones.

Más Información

Los objetivos de las audiencias eran “centrar la atención pública en el problema de la discriminación” y “notificar a todos los interesados la determinación de la EEOC de ejercer su autoridad legal de manera imaginativa y agresiva” y “descubrir y sentar las bases para la acción de la Comisión para remediar las prácticas de discriminación arraigadas en las contrataciones y ascensos de cuello blanco”. “133 Las audiencias ganaron una publicidad significativa, con un artículo de primera plana del New York Times que declaraba “Se acusa de parcialidad en los empleos de la ciudad” y citaba la conclusión de la Comisión de que “56 de las 100 principales empresas de la ciudad de Nueva York ‘no tenían ni un solo negro sirviendo como funcionario o gerente'”. ”134 El Presidente de la EEOC, Clifford Alexander, Jr., también observó que algunas empresas habían contratado efectivamente a afroamericanos y puertorriqueños para trabajos de cuello blanco; esto, argumentó, socavaba la afirmación de que no había candidatos minoritarios viables para ese trabajo135. Herbert Hill, secretario de trabajo de la NAACP, felicitó a la audiencia de la EEOC por haber puesto de manifiesto el “rígido patrón de exclusión” en el mercado de trabajo de cuello blanco de Nueva York136 .

En toda la actividad de la EEOC, las opiniones e intereses de las organizaciones de derechos civiles y su clientela recibieron especial atención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Como atestiguó Luther Holcomb, Vicepresidente de la EEOC de 1965 a 1971, la Comisión trató a la NAACP y a su presidente Roy Wilkins como un “socio”, y “la NAACP y la Liga Urbana desempeñaron un papel importante en el desarrollo de la EEOC”.137 Pero la EEOC no fue captada en ningún sentido por los grupos de derechos civiles, como ha sugerido el historiador Hugh Davis Graham.138 Su personal no estaba unánimemente alineado con las organizaciones de derechos civiles139, y su enfoque basado en las estadísticas para identificar y remediar la discriminación fue inicialmente resistido por algunos miembros de la comunidad de derechos civiles140 .

La opción estaba abierta a la EEOC para tomar el camino de la menor resistencia: la tramitación rutinaria de las quejas según el entendimiento basado en la intención de la discriminación que el Congreso había sancionado sin ambigüedades.Si, Pero: Pero los funcionarios de la EEOC sentían la obligación de adoptar un enfoque más proactivo.Entre las Líneas En su esfuerzo por encontrar una solución a los problemas demostrados en la avalancha de denuncias laborales registradas en la Comisión, la EEOC tuvo que reelaborar la comprensión intencionada de la discriminación que inicialmente habían adoptado los grupos de derechos civiles en una perspectiva estructural basada en los efectos. La eventual aceptación de este giro en el significado de la discriminación por parte de la comunidad de derechos civiles no debe leerse como una capitulación (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “capitulation” en el derecho anglosajón, en inglés) al pragmatismo (definido en términos generales, se refiere a las disputas metafísicas que buscan aclarar el significado de los conceptos e hipótesis identificando sus consecuencias prácticas; las ventajas del pragmatismo en la política son que permite un comportamiento de las políticas y las afirmaciones políticas que se configura de acuerdo con las circunstancias y los objetivos prácticos, más que con los principios u objetivos ideológicos) administrativo (se puede analizar algunas de estas cuestiones en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Fue más bien el resultado del proceso de diálogo que Dewey y Follett habían previsto: los argumentos avanzados en la esfera pública interactuaron con el juicio y la experiencia de los funcionarios administrativos para forjar nuevas soluciones a problemas sociales acuciantes.

Los juicios críticos que surgieron de las interacciones de la esfera pública de la EEOC resultaron ser cruciales en un caso histórico del Tribunal Supremo sobre la ley de discriminación en el empleo: Griggs c. Duke Power (1971)142 . Griggs fue una demanda de empleados contra una empresa que había “discriminado abiertamente por motivos de raza” antes de la aprobación de la Ley de derechos civiles y que posteriormente había introducido requisitos de educación secundaria y de pruebas para muchos de sus departamentos143 . Las pruebas que la empresa utilizó fueron preparadas profesionalmente en un aparente intento de cumplir con el artículo 703 h) de la Ley de derechos civiles, que permitía el uso de ciertas “pruebas de capacidad desarrolladas profesionalmente “144. El Tribunal Supremo rechazó la determinación del tribunal inferior de que las pruebas estaban permitidas en virtud de la Ley porque no había “demostración de un propósito racial de intención discriminatoria “145.

Pormenores

Por el contrario, el Tribunal sostuvo que

la Ley proscribe no sólo la discriminación manifiesta sino también las prácticas que son justas en la forma, pero discriminatorias en la aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La piedra de toque es la necesidad empresarial. Si no se puede demostrar que una práctica de empleo que funciona para excluir a los negros está relacionada con el desempeño del trabajo, la práctica está prohibida146 .

Para llegar a la conclusión de que la Ley de derechos civiles se centraba en las consecuencias de las prácticas de empleo racialmente desiguales y no en la mera intención discriminatoria, el Tribunal se basó explícitamente en las directrices de la EEOC: “La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo, que tiene la responsabilidad de hacer cumplir la ley, ha publicado directrices en las que interpreta el artículo 703 h) para permitir únicamente el uso de pruebas relacionadas con el empleo. La interpretación administrativa de la Ley por el organismo encargado de hacerla cumplir tiene derecho a una gran deferencia”.

Por lo tanto, la decisión de la EEOC de emitir directrices de prueba, y la doctrina de la deferencia judicial a las interpretaciones administrativas, condujo a una amplia construcción del estatuto. Al adoptar la interpretación de la EEOC, el Tribunal aplicó la fuerza persuasiva de una opinión administrativa previamente no vinculante, determinando que la directriz de la Comisión “concuerda con la intención del Congreso “148. La Comisión desplegó así sus facultades de argumentación racional, arraigadas en el discurso con la esfera pública, para ampliar la facultad de los tribunales de reparar la discriminación en ausencia de pruebas directas de parcialidad intencional.

La Oficina de Oportunidades Económicas

La Guerra contra la Pobreza fue administrada con una participación pública sin precedentes. El enfoque descentralizado y de colaboración de la Oficina de Oportunidades Económicas apoyó el desarrollo de la esfera pública negra urbana y canalizó el malestar social hacia la movilización política.

El Congreso había aprobado la Ley de oportunidades económicas de 1964149 en respuesta a la creciente preocupación pública y presidencial por la “pobreza en medio de la abundancia” y el malestar en los guetos urbanos.150 Aunque la Ley de oportunidades económicas se dirigía explícitamente a la pobreza y beneficiaba tanto a los blancos pobres como a los negros, en aquel momento se entendía ampliamente como un elemento integral de la lucha por los derechos civiles.151 El Presidente Johnson consideraba ciertamente que los derechos civiles y la guerra contra la pobreza estaban interconectados, ya que se refirió explícitamente a los programas de oportunidades económicas en su discurso de presentación de la Ley de derechos de voto en 1965:

“El proyecto de ley que les presento se conocerá como proyecto de derechos civiles.Si, Pero: Pero en un sentido más amplio, la mayor parte del programa que estoy recomendando es un programa de derechos civiles. . . . Porque todos los americanos deben tener el derecho a votar. . . .Si, Pero: Pero me gustaría advertirles que para ejercer estos privilegios se necesita mucho más que un derecho legal. Requiere una mente entrenada y un cuerpo sano. Requiere una casa decente y la oportunidad de encontrar un trabajo, y la oportunidad de escapar de las garras de la pobreza.”

Johnson entendió la conexión entre los requisitos democráticos y los contextos democráticos: uno no puede participar efectivamente en la vida democrática si no tiene los medios económicos y sociales para hacerlo.

La Ley de Oportunidades Económicas estableció la Oficina de Oportunidades Económicas (OEO) en la Oficina Ejecutiva del Presidente, situando así el centro de mando de la Guerra contra la Pobreza fuera y por encima de los departamentos y organismos gubernamentales establecidos. Si bien se preveían préstamos para la rehabilitación rural similares a los programas de la FSA, capacitación laboral e incentivos de empleo, el núcleo de la Ley disponía que la OEO aprobaría y concedería subvenciones a los “programas de acción comunitaria” (CAP) en las ciudades y otras localidades para elaborar y aplicar programas integrales de lucha contra la pobreza153. El Congreso definió un “programa de acción comunitaria” como un programa que “proporciona servicios, asistencia y otras actividades de alcance y tamaño suficientes para dar la promesa de progreso hacia la eliminación de la pobreza o de una causa o causas de la pobreza”; que fue “administrado por una agencia pública o privada sin fines de lucro”; y que fue “desarrollado, dirigido y administrado con la máxima participación posible de los residentes de las zonas y los miembros de los grupos atendidos “.

El requisito de “máxima participación factible” se convertiría en el aspecto más polémico y políticamente significativo de la Guerra contra la Pobreza. El lenguaje fue redactado por el Equipo de Tareas del Presidente en la Guerra contra la Pobreza.155 Los miembros del Equipo de Tareas pensaron que la frase tenía numerosos significados que se superponían, incluida la coordinación entre el gobierno local y las organizaciones privadas, la participación simbólica o real de los pobres en la administración del programa y el apoyo a la acción política transformadora.156 Se redactó como una frase ambigua para permitir más adelante la flexibilidad administrativa.157 Sin embargo, Daniel Patrick Moynihan sostuvo posteriormente que la frase “tenía por objeto limitarse a asegurar que las personas excluidas del proceso político en el Sur y en otros lugares participaran no obstante en los beneficios de los programas de acción comunitaria de la nueva legislación “.

La interpretación de Moynihan, que ha dominado los estudios sobre el programa de acción comunitaria, no sólo difiere de la intención, ciertamente ambigua, de sus redactores, sino, lo que es más importante, del texto reglamentario y de la historia legislativa. Moynihan omitió mencionar que la Ley exigía que los programas de acción comunitaria fueran “elaborados, dirigidos y administrados con la máxima participación posible de los residentes de la zona y los miembros de los grupos atendidos “159. Este requisito de participación multidimensional contemplaba claramente algo más que la participación en los beneficios. La historia legislativa tampoco apoyaba su lectura. El informe del Comité del Senado sobre Trabajo y Bienestar Público afirmaba que “se espera que participe la gama más amplia posible de organizaciones comunitarias “160. Asimismo, el informe del Comité de la Cámara de Representantes sobre Educación y Trabajo afirmaba que el programa de acción comunitaria estaba “basado en la creencia de que los ciudadanos locales conocen y entienden mejor sus comunidades y que ellos serán los que tomen la iniciativa y proporcionen un liderazgo sostenido y enérgico “.

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“Tomar la iniciativa” es precisamente lo que hicieron. Cuando los alcaldes y otros gobiernos locales propusieron planes de acción comunitaria que proporcionaban muy poca o ninguna representación a los residentes minoritarios y empobrecidos en la estructura de gobierno, se encontraron con una rápida reacción de las organizaciones de derechos civiles. La Oficina de Igualdad de Oportunidades respondió a las protestas de los pobres urbanos recién organizados interpretando ampliamente el requisito estatutario del programa de máxima participación factible, exigiendo en las directrices que un tercio de los consejos de administración se eligiera mediante “enfoques y técnicas democráticas tradicionales “.

Estos organismos de acción comunitaria sirvieron para apoyar la esfera pública negra urbana.Entre las Líneas En Harlem, por ejemplo, la agencia de acción comunitaria HARYOU-ACT patrocinó la “escuela de historia cultural” del poeta de las artes negras Amiri Baraka, que enseñaba la “filosofía política del hombre negro en América”, así como sus producciones de teatro callejero, que atrajeron a miles de espectadores. J. David Greenstone y Paul E. Peterson sostienen que, en las ciudades en que se produjeron disturbios destructivos y violentos en las comunidades negras, “los residentes de la comunidad que participaban activamente en los CAP se esforzaron por centrar y concretar las demandas que los alborotadores articulaban “165.Entre las Líneas En estos contextos y otros similares, como los de Siracusa y Newark, los organismos comunitarios eran bastante radicales y servían como puntos de encuentro para plantear desafíos directos y a veces hostiles al gobierno local y a la propia OEO.

Puntualización

Sin embargo, incluso en estos casos, “la actividad del número relativamente grande de negros que participaban en los CAP más participativos entrañaba demandas concretas articuladas en el marco del régimen político existente, aunque estos activistas buscaban una transformación social importante, a saber, la eliminación de la desigualdad racial”.167 En la mayoría de los demás casos, los organismos de acción comunitaria combinaban estrategias de conflicto y cooperación con el gobierno local y los organismos de servicios sociales, retirándose finalmente a funciones más convencionales de proveedores de servicios y juntas asesoras vecinales para los organismos de bienestar social.

Así pues, el Programa de Acción Comunitaria tenía como objetivo tanto proporcionar requisitos democráticos como proporcionar contextos democráticos dentro del proceso administrativo. Esto contrastaba con el New Deal, en el que los contextos administrativos para la democracia deliberativa habían excluido a los agricultores empobrecidos y pertenecientes a minorías, mientras que los organismos que proporcionaban los requisitos para la participación democrática no habían incluido a los pobres en el proceso de adopción de decisiones. La Guerra contra la Pobreza, en cambio, trató de incorporar a los ciudadanos empobrecidos y pertenecientes a minorías en el aparato administrativo de un programa que les proporcionara beneficios. Sintetizó las dos dimensiones del Estado Progresista.

Evaluación de los legados administrativos de la segunda reconstrucción

La implementación administrativa de la Segunda Reconstrucción vio nuevas configuraciones del doble requisito progresivo de proporcionar los requisitos para una sociedad democrática y crear contextos para la participación democrática dentro del gobierno. Los esfuerzos de HEW por proporcionar los requisitos educativos mediante la integración escolar adoptaron principalmente la forma de deliberación entre ramas: mediaba entre las amplias normas establecidas por los representantes elegidos y las sentencias judiciales. La EEOC combinó la deliberación entre ramas con la participación de la esfera pública en un esfuerzo por proporcionar requisitos económicos para la participación de las minorías en la vida democrática. La OEO trató de sintetizar los fines democráticos con los medios democráticos, fomentando la deliberación en la esfera pública sobre el control y el contenido del programa de lucha contra la pobreza.Entre las Líneas En esta sección, reviso los legados de estos esfuerzos administrativos. Llego a la conclusión de que, en el caso de la deliberación entre ramas, es más probable que se mantenga la disposición de los requisitos democráticos si los tribunales se comprometen explícitamente con los juicios críticos de los organismos y los adoptan. Esta historia también sugiere que la creación de contextos democráticos dentro de la administración no proporcionará eficientemente requisitos democráticos sin un apoyo, supervisión y capacitación burocráticos significativos.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Acción comunitaria: Empoderamiento político y pobreza económica

El programa de acción comunitaria de la OEO trató de combinar los requisitos democráticos y los contextos democráticos dando a los afroamericanos excluidos y de bajos ingresos una voz significativa en la implementación del programa.

Puntualización

Sin embargo, esta síntesis resultó ser imperfecta. Por un lado, la acción comunitaria logró aumentar el poder político de los negros a nivel urbano. Este proceso fue una lucha simbólica e ideológica, en la que el discurso de la “máxima participación factible” movilizó, desafió y alteró los papeles sociales en la política urbana. El apoyo de la OSE a la organización de base de los negros no sólo permitió a los negros urbanos frustrar algunos de los intentos más desastrosos de “renovación urbana” del programa Ciudades Modelo, sino que también dio lugar a un aumento de la representación política de los negros a nivel local y nacional.

Aunque la acción comunitaria logró facilitar la organización y representación política de los negros, sólo tuvo escasos efectos inmediatos en la condición material de los estadounidenses empobrecidos. Debido a la falta de capacitación o preparación del liderazgo local para la responsabilidad programática, los organismos de acción comunitaria estaban mal equipados -financiera, organizativa y profesionalmente- para prestar con eficacia el apoyo material que tanto necesitaban las comunidades que representaban. Los programas que tuvieron éxito y se convirtieron en una parte arraigada del estado de bienestar, como Head Start, no fueron principalmente el producto de las aportaciones de los miembros de la comunidad, sino que fueron concebidos a nivel nacional174 . Como se trataba de muchas de las personas más dominadas, excluidas y con menos recursos, la “máxima participación factible” imponía importantes costos de transacción para la asignación de los beneficios programáticos. Es probable que la preocupación fundamental de la Ley de Oportunidades Económicas con respecto a la pobreza económica, en contraposición al empoderamiento político de los negros, se hubiera abordado mejor mediante una asignación convencional y burocrática de bienes y servicios a los pobres.

Por lo tanto, hay que reconocer que la Guerra contra la Pobreza intenta, más que cualquier otro programa gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) del pasado, conciliar las exigencias de los requisitos democráticos y los contextos democráticos. No toda la culpa de sus insignificantes efectos en la pobreza económica debe atribuirse a su proceso participativo: el hecho de que no se proporcionaran los requisitos fue tanto una función de los míseros recursos dedicados al programa como de su estructura administrativa inclusiva175 .

El desafío consiste en desarrollar formas administrativas que, en el espíritu del Programa de Acción Comunitaria, intenten combinar contextos democráticos y requisitos democráticos en formas institucionales no probadas pero prometedoras. Un mayor apoyo técnico y administrativo, combinado con una mayor discreción de los organismos de acción comunitaria, podría haber aumentado el éxito del programa. Si la OEO hubiera hecho más por proporcionar personal burocrático a los organismos de acción comunitaria y por capacitar a los dirigentes locales para administrar el programa, y si hubiera proporcionado a esos organismos un menú claro de opciones de política, podría haber proporcionado los requisitos democráticos de manera más eficiente y, al mismo tiempo, servir de lugar de reunión para el empoderamiento político. Aunque la tensión entre los requisitos democráticos y los contextos democráticos no puede erradicarse, puede mediarse mejor a través de estructuras administrativas que estén vivas a los conflictos genuinos entre ellas.

Impacto Disparejo y la EEOC: Deferencia Judicial y Durabilidad Institucional

Las consecuencias institucionales de las deliberaciones entre ramas de la EEOC y HEW en cuanto al establecimiento de requisitos democráticos muestran la importancia de un verdadero discurso entre los organismos y los tribunales en lugar de una deferencia formulativa a la pericia tecnocrática. Aunque los efectos concretos de la política de la EEOC en las tasas de desempleo de la población negra son difíciles de discernir, la política de la EEOC aumentó la cantidad y la probabilidad de éxito en las demandas por discriminación, al menos hasta principios de los años ochenta. Bajo la dirección de Clarence Thomas, la EEOC rechazó el enfoque institucional de la discriminación desarrollado por la primera Comisión y volvió a centrarse más en los casos en los que se disponía de pruebas directas de discriminación intencionada.177 Posteriormente, un Tribunal Supremo cada vez más conservador hizo retroceder el concepto expansivo y basado en los efectos de la discriminación que el Tribunal había respaldado en el caso Griggs.

Sin embargo, las evaluaciones críticas de la EEOC sobre el contexto social soportaron este período de reacción conservadora.Entre las Líneas En respuesta a la reducción de la EEOC por parte del Tribunal Supremo y a la interpretación de la discriminación basada en los efectos del Tribunal Griggs, el Congreso aprobó la Ley de Derechos Civiles de 1991179 . “180 Por lo tanto, el propósito de la Ley es “codificar los conceptos de ‘necesidad comercial’ y ‘relacionado con el trabajo’ enunciados por el Tribunal Supremo en el caso Griggs” y “confirmar la autoridad estatutaria y proporcionar directrices estatutarias para la adjudicación de demandas por impacto dispar en virtud del Título VII”.181 En consecuencia, la Ley volvió a instituir una forma modificada de la teoría de impacto dispar desarrollada por la EEOC y el Tribunal Griggs. La legislación fue el resultado de una década de lucha entre un ejecutivo conservador, un Tribunal Supremo cada vez más reaccionario y grupos de derechos civiles y sus aliados liberales en el Congreso.182 La innovadora comprensión institucional de la EEOC sobre la discriminación se había ganado así el apoyo pleno de la comunidad de derechos civiles, proporcionando una circunscripción de la sociedad civil para contrarrestar la acción de la retaguardia para limitar el significado de los compromisos legales de la Segunda Reconstrucción.

La reinterpretación de la EEOC del significado de la discriminación fue consagrada recientemente por el Tribunal Supremo en otra esfera de la regulación social: la vivienda. El Departamento de Vivienda y Asuntos Comunitarios de Texas contra Inclusive Communities Project, Inc. (2015) abordaron la cuestión de si la Ley de vivienda equitativa de 1968 (FHA)184 prohibía las prácticas y políticas de vivienda que producían un impacto racialmente dispar, además de las que evidenciaban un tratamiento racialmente dispar. Los tribunales federales inferiores185 y el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD)186 habían interpretado anteriormente que la FHA prohibía los efectos dispares. Como señaló el juez Kennedy en su opinión mayoritaria, los reglamentos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) explícitamente comparaban su interpretación de la FHA con la interpretación de los impactos dispares del título VII establecida en Griggs.

Aunque el juez Kennedy no le dio crédito a la EEOC con la teoría del impacto dispar, el juez Clarence Thomas, en su disidencia, sí lo hizo: “El autor de la responsabilidad por impactos dispares en virtud del Título VII no fue el Congreso, sino la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo”.189 Para Thomas, la autoría de la EEOC fue una acusación de la ley de responsabilidad por impactos dispares, ya que creía que la primera EEOC había ido más allá de los términos explícitos del Título VII. Thomas tenía razón en que el “autor” del impacto dispar era la EEOC.Si, Pero: Pero la agencia era un autor encargado por el Congreso de articular los amplios propósitos que había establecido.Entre las Líneas En Griggs, la Corte revisó la elaboración de la agencia de propósitos públicos y la confirmó en un juicio judicial.

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La durabilidad institucional del análisis de impacto dispar inaugurado por la EEOC se debe en gran parte a esta incorporación explícita del análisis de la agencia en el precedente judicial. Al estar de acuerdo con la EEOC en que “el Congreso dirigió el impulso de la Ley a las consecuencias de las prácticas de empleo, no simplemente a la motivación “, el Tribunal de Griggs estableció claramente una teoría de impacto dispar de la responsabilidad que los tribunales posteriores podían debilitar, pero que era muy difícil de anular una vez establecida. Aunque las directrices administrativas van y vienen, como los argumentos de la propia esfera pública, una vez que el Tribunal Supremo las adopta y las convierte en órdenes legales, tienen un poder duradero, no sólo en el ámbito en el que se aplican sino en nuevas áreas a las que se pueden extender los precedentes del más alto tribunal.

Desegregación en HEW: Borrado Judicial de la Teoría Social del Departamento

En el contexto de la segregación escolar, por el contrario, el Tribunal no articuló el análisis mordaz del problema de la segregación desarrollado por HEW y avalado por el Quinto Circuito.Entre las Líneas En Green v. County School Board (1968)191, sostuvo que un plan de “libertad de elección” en un distrito escolar históricamente segregado en el este de Virginia no era suficiente para cumplir los requisitos de desegregación impuestos por Brown I y Brown II. Pero, como señala Bruce Ackerman, la opinión del juez Brennan en el caso Green ofrecía una “opinión formulista que sustituía la discusión de los valores fundamentales por el lenguaje del mando imperial”. . . . Una vez despojado del principio básico, todo lo que quedaba en Green era una dramática muestra de impaciencia, una amplia aprobación de las medidas tecnocráticas de cumplimiento y una advertencia de que los tribunales inferiores deberían atenuar las demandas de desegregación con sentido común. ” Así pues, el Tribunal no aceptó explícitamente la determinación administrativa de HEW de que “la naturaleza misma de un plan de libre elección y el efecto de las actitudes comunitarias de larga data a menudo tienden a impedir o inhibir el ejercicio de una elección verdaderamente libre por o para los estudiantes de grupos minoritarios”.

Una Conclusión

Por lo tanto, no consagró en el precedente jurídico el compromiso reflexivo del organismo con los determinantes sociales del organismo individual.

Como resultado de esta laguna judicial, y de un Tribunal Supremo cada vez más conservador, la jurisprudencia sobre la desegregación escolar ha vuelto a la comprensión liberal clásica de la elección de escuela, y el Tribunal ha considerado inconstitucionales los planes locales para lograr la desegregación mediante planes de asignación de estudiantes con conciencia de raza.194 Como dijo el Presidente del Tribunal Supremo Roberts, “la manera de poner fin a la discriminación por motivos de raza es dejar de discriminar por motivos de raza”.195 Contrariamente a lo que afirma el Presidente del Tribunal Supremo, sólo teniendo en cuenta la composición racial de las escuelas del Sur, el HEW y los tribunales federales pudieron lograr tan grandes avances en la desegregación del Sur. La supresión por parte de la Corte de la historia de la aplicación del Título VI y de la Decimocuarta Enmienda se debe en parte al fracaso de la Jueza Brennan para escribir esa historia administrativa firmemente en el precedente de la Corte Suprema. El contraste entre la duradera articulación de la EEOC de los requisitos económicos y la silenciosa articulación de HEW de los requisitos educativos demuestra que la deliberación entre ramas sólo tiene éxito cuando los tribunales reconocen e inscriben en los precedentes las interpretaciones críticas de los organismos del derecho público.

Revisor: Lawrence
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Recursos

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Véase También

Liberalismo clásico
Teoría Económica Clásica
New Deal, Segunda Reconstrucción, Ley de Procedimiento Administrativo, Administración de Ajustes Agrícolas, Autoridad del Valle de Tennessee, Administración de Seguridad Agrícola, igualdad de oportunidades de empleo, derechos civiles, discriminación, segregación

Bibliografía

  • Información acerca de “Progresivismo” en el Diccionario de Ciencias Sociales, de Jean-Francois Dortier, Editorial Popular S.A.
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