Funciones de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI)
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Visualización Jerárquica de Organización de Aviación Civil Internacional
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Transportes > Transporte aéreo y espacial > Transporte aéreo > Aviación civil
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Organización de Aviación Civil Internacional
Véase la definición de Organización de Aviación Civil Internacional en el diccionario. [rtbs name=”organizaciones”]
Funciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)
La OACI se creó en 1947 en virtud de un acuerdo internacional (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) firmado en 1944 en Chicago. El convenio de Chicago establece normas internacionales y prácticas recomendadas para la aviación civil. Una de sus funciones es la de establecer normas normas de seguridad para garantizar la seguridad y eficiencia de las líneas aéreas internacionales, que deben seguir los Estados miembros.
Entró en funciones el 4 de abril de 1947 como sucesora de otros organismos o instituciones que nacieron tras la Primera Guerra Mundial con sede en Montreal (Canadá) y oficinas regionales, tiene la consideración de Agencia especializada de las Naciones Unidas, gozando en el territorio de todo Estado contratante de la capacidad jurídica necesaria para el ejercicio de sus funciones. Conforme al artículo 44 de Convenio de Chicago tiene como funciones y fines:
- Lograr el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo.
- Fomentar las técnicas de diseño y manejo de aeronaves para fines pacíficos.
- Estimular el desarrollo de aerovías, aeropuerto e instalaciones y servicios de navegación aérea (véase qué es, su definición, o concepto jurídico) para la aviación civil internacional.
- Satisfacer la necesidades de los pueblos del mundo respecto a un transporte aéreo seguro, regular, eficaz y económico. e) Evitar el despilfarro económico producido por una competencia excesiva.
- Asegurar que se respeten plenamente los derechos de los Estados contratantes y que cada Estado contratante tenga la oportunidad equitativa de explotar empresas de transporte aéreo internacional.
- Evitar la discriminación entre Estados contratantes.
- Promover la seguridad de vuelo en la navegación aérea (véase qué es, su definición, o concepto jurídico) internacional.
- Promover, en general, el desarrollo de la aeronáutica civil en todos los aspectos.
En el artículo 47 del Convenio de Chicago se establece que la OACI “gozará en el territorio de todo Estado contratante de la capacidad jurídica necesaria para el ejercicio de sus funciones. Se le concederá plena personalidad jurídica en cualquier lugar en que ello sea compatible con la constitución y las leyes del Estado de que se trate.”
La Doctrina le reconoce a la OACI dos clases de funciones. Por un lado, una función normativa, la cual encontramos la iniciativa en materia de legislación aeronáutica internacional (con la elaboración de proyectos de convenios), y la potestad reglamentaria, que se condensa en el artículo 37 del Convenio de Chicago de 1944.
Funciones de sus Organismos
La Organización de Aviación Civil Internacional está compuesta por una asamblea, un consejo, una secretaria y varios comités, comisiones y direcciones.
Funciones de la Asamblea
En el marco de la Asamblea cada Estado tiene un voto, y entre las funciones de la Asamblea se cuentan la elección de su Presidente, de los miembros del Consejo, la aprobación de convenios y acuerdos internacionales, el análisis de las propuestas de modificaciones a la Convención, y demás funciones administrativas de la organización, en coordinación con las delegaciones que se hayan hecho al Consejo.
Funciones de la Asamblea:
Decide, entonces, las políticas generales de la organización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Delega poderes al Consejo. Aprueba los presupuestos y planes financieros. Refiere asuntos a las comisiones. Considera y propone a los Estados modificaciones o enmiendas al Convenio o sus anexos.
Funciones del Consejo
Las principales funciones del Consejo son las siguientes:
- Adoptar las normas y prácticas recomendadas bajo la propuesta de Comisiones y Comités de la OACI.
- Designar al Secretario General y a los miembros de las comisiones permanentes.
- Presentar reportes anualmente a la Asamblea.
- Administrar las finanzas de la Organización.
- Es responsable, en general, de llevar a cabo los objetivos de la Organización.
Las funciones obligatorias (artículo 54) y facultativas (artículo 55) del Consejo están determinadas en el propio Convenio de Chicago.
El artículo 54 de este Convenio establece las funciones obligatorias del Consejo. Dispone que el Consejo debe:
• someter informes anuales a la Asamblea;
• ejecutar las instrucciones de la Asamblea y cumplir con los deberes y obligaciones que le asigna el presente Convenio;
• determinar su organización y reglamento interno;
• nombrar y definir las funciones de un Comité de Transporte Aéreo, que será elegido entre los representantes de los miembros del Consejo y ante el cuál será responsable el Comité;
• establecer una Comisión de Aeronavegación, de acuerdo con las disposiciones del Capítulo X;
• administrar los fondos de la Organización, de acuerdo con las disposiciones de los Capítulos XII y XV;
• fijar los emolumentos del Presidente del Consejo;
• nombrar un funcionario ejecutivo principal, que se denominará Secretario General, y adoptar medidas para el nombramiento del personal necesario, de acuerdo con las disposiciones del Capítulo XI;
• solicitar, compilar, examinar y publicar información relativa al progreso de la navegación aérea (véase qué es, su definición, o concepto jurídico) y a la operación de los servicios aéreos internacionales, incluyendo información sobre los costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) de explotación y datos sobre subvenciones pagadas por el erario público a las líneas aéreas;
• comunicar a los Estados contratantes toda infracción del presente Convenio, así como toda inobservancia de las recomendaciones o decisiones del Consejo;
• comunicar a la Asamblea toda infracción del presente Convenio, cuando un Estado contratante no haya tornado las medidas pertinentes en un lapso razonable, después de notificada la infracción;
• adoptar, normas y métodos recomendados internacionales, de acuerdo con las disposiciones del Capítulo VI del presente Convenio, designándolos, por razones de conveniencia, como Anexos al presente Convenio, y notificar a todos los Estados contratantes las medidas adoptadas;
• considerar las recomendaciones de la Comisión de Aeronavegación para enmendar los Anexos y tomar medidas de acuerdo con las disposiciones del Capítulo XX;
• examinar todo asunto relativo al Convenio que le someta a su consideración un Estado contratante.
El artículo 55 del Convenio de Chicago dispone las funciones facultativas del Consejo. Según tal norma, el Consejo puede:
• cuando sea conveniente y lo aconseje la experiencia, crear comisiones subordinadas de transporte aéreo sobre base regional o de otro modo y designar grupos de Estados o líneas aéreas con los cuales, o por su conducto, pueda tratar para facilitar la realización de los fines del presente Convenio;
• delegar en la Comisión de Aeronavegación otras funciones, además de las previstas en el presente Convenio, y revocar o modificar en cualquier momento tal delegación;
• realizar investigaciones en todos los aspectos del transporte aéreo y de la navegación aérea (véase qué es, su definición, o concepto jurídico) que sean de importancia internacional, comunicar los resultados de sus investigaciones a los Estados contratantes y facilitar entre estos el intercambio de información sobre asuntos de transporte aéreo y navegación aérea;
• estudiar todos los asuntos relacionados con la organización y explotación del transporte aéreo internacional, incluso la propiedad y explotación internacionales de servicios aéreos internacionales en las rutas troncales, y presentar a la Asamblea proyectos sobre tales cuestiones;
• investigar, a petición de cualquier Estado contratante, toda situación que pueda presentar obstáculos evitables al desarrollo de la navegación aérea internacional y, después de tal investigación, emitir los informes que considere convenientes.”
Finalmente, todo Estado contratante podrá apelar la decisión del Consejo, ya sea ante un tribunal ad hoc aceptado por las otras partes, o ante la Corte Internacional de Justicia. La apelación suspende la aplicación de la medida, a excepción de que se refiera a si una línea aérea funciona de acuerdo con las normas del Convenio.
Funciones de la Comisión de Navegación Aérea
La Comisión de Navegación Aérea es un órgano eminentemente técnico, y sus funciones, que le vienen asignadas por el artículo 57 del Convenio de Chicago de 1944, más las que reciba por delegación, en suma consisten en efectuar recomendaciones y brindar asesoramiento al Consejo sobre cuestiones relativas al mejoramiento de la navegación aérea.
Funciones de Comité Jurídico de la OACI
El Comité Jurídico de la OACI tiene también algunas funciones y objetivos en el marco de la aviación civil. Las funciones de este Comité son estudiar la interpretación y eventuales modificaciones al Convenio, estudiar y efectuar recomendaciones en todo otro aspecto del Derecho Aeronáutico Internacional en el ámbito público, que le sometan tanto el Consejo o la Asamblea, estudiar temas de Derecho Aeronáutico Privado, preparar proyectos de convenios (poder de iniciativa), sugerencias y recomendaciones al Consejo y a los representantes de los Estados no contratantes y organizaciones internacionales. En general, cumple funciones tendientes a la codificación del Derecho Aeronáutico a nivel internacional.
Funciones y Objetivos de la Organización de Aviación Civil Internacional
Como foro mundial para la cooperación en materia de aviación civil, la Organización de Aviación Civil Internacional tiene como objetivo y funciones facilitar el crecimiento sostenible del sistema de aviación civil. La Organización de Aviación Civil Internacional desarrolla, en consecuencia, Normas y Prácticas Recomendadas (SARPS) que se codifican en anexos al Convenio de 1944, y políticas de aviación; lleva a cabo auditorías de cumplimiento, estudios y análisis; proporciona asistencia a los Estados miembros; y ayuda a desarrollar la capacidad de la aviación.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Durante el periodo 2020-22, la OACI se propuso perseguir los siguientes objetivos estratégicos: seguridad operacional; capacidad y eficiencia de la navegación aérea; seguridad y facilitación; desarrollo económico del transporte aéreo; y protección del medio ambiente. La Oficina de Navegación Aérea de la Organización de Aviación Civil Internacional elabora estudios técnicos para la Comisión de Navegación Aérea, así como recomendaciones para los SARPS relativas a la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea internacional.
[rtbs name=”organizaciones-internacionales”] [rtbs name=”transportes”]Recursos
Traducción de Organización de Aviación Civil Internacional
Inglés: International Civil Aviation Organisation
Francés: Organisation de l’aviation civile internationale
Alemán: Internationale Zivilluftfahrt-Organisation
Italiano: Organizzazione per l’aviazione civile internazionale
Portugués: Organização da Aviação Civil Internacional
Polaco: Organizacja Międzynarodowego Lotnictwa Cywilnego
Tesauro de Organización de Aviación Civil Internacional
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Véase También
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