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Gestión de Recursos Naturales

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Gestión de Recursos Naturales

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la gestión de los recursos naturales. Puede interesar el contenido de “Conflictos por los Recursos Naturales” en economía y de “Áreas de Protección de Recursos Naturales“.

Gestión de Recursos Naturales en el Derecho Constitucional Comparado del Continente Americano

El artículo 75 de la Constitución de Colombia establece que el espectro electromagnetico es un bien público inalienable e imprescriptible, sujeto a la gestión y control del Estado. Se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a su uso en los términos que fije la ley.

Nota: En cuanto a que sea imprescriptible, véase respecto a ciertos delitos, la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; consulte también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad.

Gestión de Recursos Naturales en el Derecho Constitucional Comparado del Continente Americano

La gestión de los recursos suele referirse a la responsabilidad de los gobiernos de garantizar el uso prudente o la conservación de los recursos naturales bajo su autoridad. Por “uso prudente” se entiende la eliminación del despilfarro y, en el caso de los recursos renovables, un uso controlado que garantice su disponibilidad a largo plazo. Cuando el uso de un recurso perjudica a otros, por ejemplo cuando las operaciones forestales interfieren con el desove del salmón, la gestión sensata de los recursos requiere políticas que reconozcan los beneficios de los usos múltiples y controles, con preferencia a los usos con un único fin que perjudican a otros recursos. En ocasiones, los gobiernos prohíben el uso de los recursos naturales para el consumo. Las reservas ecológicas, que mantienen la tierra en su estado natural indefinidamente, son una forma de preservar dichos recursos.

A menudo surgen conflictos entre individuos y grupos con intereses particulares en el uso de un recurso natural. Pueden surgir conflictos entre los usuarios industriales de los BOSQUES, las MINAS y la PESCA. La industria del ocio, que depende de lagos, arroyos y bosques, puede entrar en conflicto con los naturalistas, que abogan por la conservación de los espacios naturales y la preservación de la flora y la fauna. Estos enfrentamientos pueden producirse a varios niveles, desde conflictos a gran escala (industria frente a espacios naturales) hasta conflictos entre industrias (presas frente a silvicultura), entre usuarios de zonas recreativas (motos de nieve frente a excursionistas de un día) o entre naturalistas y sus objetos de estudio (por ejemplo, en los casos en los que una perturbación excesiva perjudica la nidificación). Los pueblos aborígenes, cuyos derechos ancestrales aún no han sido reconocidos, reclaman derechos sobre los recursos naturales (véase RECURSOS NATURALES, REPARTO DE PODERES LEGISLATIVOS RELATIVOS A) debido a su relación histórica con la tierra.

▷ En este Día de 6 Mayo (1882): Ley de Exclusión China
Tal día como hoy de 1882, el presidente estadounidense Chester A. Arthur firma la Ley de Exclusión China, la primera y única ley federal importante que suspende explícitamente la inmigración de una nacionalidad específica. En 1943 tuvo lugar la derogación de esta ley, que fue -como reconoce la Secretaría de Estado americana- una decisión casi totalmente motivada por las exigencias de la Segunda Guerra Mundial, ya que la propaganda japonesa hacía repetidas referencias a la exclusión de los chinos de Estados Unidos con el fin de debilitar los lazos entre Estados Unidos y China, que entonces era su aliada. (Imagen de Wikimedia)

Ejemplo: En Canadá

Estos y otros conflictos obligan a los gobiernos a adoptar estrategias de gestión prudentes. En Canadá, la propiedad gubernamental de los recursos naturales constituye la base de las estrategias y políticas de gestión. Las cuatro primeras provincias de la Confederación conservaron la propiedad y el control de sus recursos naturales. La Columbia Británica y la Isla del Príncipe Eduardo también conservaron la propiedad cuando se unieron a la federación. Cuando se formaron Manitoba, Alberta y Saskatchewan, el gobierno federal conservó la propiedad de los recursos naturales, en parte para proporcionar ingresos para la colonización y la construcción del ferrocarril transcontinental. En 1930, una enmienda constitucional transfirió la propiedad y el control de lo que quedaba del dominio público del gobierno federal a los gobiernos de Alberta, Saskatchewan y Manitoba. Las provincias canadienses son ahora propietarias de los recursos naturales, aunque la autoridad sobre las aves migratorias y la pesca es en gran medida federal. En el Noreste, Yukón y Nunavut y en los Territorios del Noroeste, el gobierno federal ha conservado el control sobre los recursos naturales. En 1984, el Tribunal Supremo de Canadá falló a favor del gobierno federal en su disputa con los gobiernos provinciales sobre los recursos de alta mar. En varias regiones de Canadá, tanto territoriales como en alta mar, los pueblos aborígenes tienen reivindicaciones que aún no han sido resueltas.

En el pasado, los gobiernos provinciales aplicaron políticas de enajenación total de tierras agrícolas y urbanas, e incluso de bosques y tierras salvajes. Más recientemente, sobre todo en el Oeste y el Norte, la política gubernamental ha consistido en conceder sólo títulos limitados sobre las tierras forestales y mineras. De este modo, los gobiernos actúan como propietarios de las empresas forestales y petrolíferas y, en menor medida, de las mineras. De ello se deduce que la gestión gubernamental de los recursos naturales es, en estos casos, dual: el gobierno actúa como terrateniente/propietario y regulador del uso de los recursos.

Como arrendador/propietario, un gobierno provincial puede ser copromotor con la industria. Como tal, las políticas de gestión del gobierno pueden centrarse en la creación de inversiones y puestos de trabajo (como en el caso del desarrollo del carbón en el noreste de Columbia Británica), la maximización de las rentas y los cánones (Ej, en los recursos de petróleo y gas de propiedad pública), mantener una producción continua (por ejemplo, en la silvicultura y la PESCA), o pueden tratar de influir en la estructura de propiedad de la industria (por ejemplo, la “canadianización” de la INDUSTRIA PETROLERA).

Como regulador, un gobierno controla el USO DE LOS RECURSOS NATURALES a través de la legislación que autoriza la gestión del recurso por parte de diferentes departamentos, ramas o agencias. En Canadá, el ACTA CONSTITUCIONAL DE 1982 divide los poderes entre el gobierno provincial y el federal. Las legislaturas provinciales están autorizadas a aprobar leyes que regulen la gestión y la venta de los recursos naturales y la regulación de la producción primaria. El Parlamento federal, por su parte, tiene competencias legislativas para regular la pesca interior y costera, el comercio interprovincial y la exportación de bienes y servicios de recursos naturales. Cada nivel de gobierno puede gravar los ingresos procedentes de los recursos naturales. Por consiguiente, una provincia puede adoptar y aplicar políticas de gestión de los recursos, siempre que éstas sean coherentes con las políticas nacionales adoptadas por el Parlamento.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Este solapamiento de competencias y responsabilidades provoca conflictos entre los gobiernos provinciales y el federal en cuestiones como los mercados, la fijación de precios y el reparto de los ingresos de los recursos naturales y, en ocasiones, puede obstaculizar la gestión a gran escala. Los conflictos intergubernamentales se complican aún más en las zonas urbanas, donde los gobiernos municipales pueden ser propietarios de tierras. En el pasado, la legislación sobre recursos naturales ha dado lugar a la creación de numerosos organismos interesados en la gestión de un mismo recurso, designando un ministerio o rama para cada recurso en particular, por ejemplo, el ministerio federal de pesca, un ministerio provincial de minas y minerales, un servicio forestal provincial o una rama provincial de vida salvaje. Hoy en día, los ministerios del sector de los recursos naturales suelen tener mandatos más amplios y deben adoptar políticas que tengan en cuenta las múltiples demandas que pesan sobre los recursos. Las estrategias de integración, como la planificación regional de los recursos y los grupos de trabajo multifuncionales, se utilizan con más frecuencia en un esfuerzo por lograr una gestión más coordinada de los recursos. Las evaluaciones de impacto ambiental y las audiencias públicas sobre el uso de los recursos y los proyectos son ya habituales.

Estas tendencias gubernamentales se deben en gran medida a la aparición de planificadores y gestores profesionales de los recursos naturales. La industria, el gobierno y las empresas consultoras recurren a menudo a estos profesionales, que cuentan con formación y educación específicas en programas de gestión de recursos naturales. Los nuevos requisitos legales para la evaluación y revisión formal de los proyectos de desarrollo que puedan tener un impacto negativo sobre el MEDIO AMBIENTE están contribuyendo a que el uso prudente de los recursos naturales ya no se dé por sentado. La preocupación por los límites de los recursos, la posibilidad de que se produzcan daños irreversibles en el medio ambiente y la consecución de una eficacia y unos beneficios óptimos en el uso de los recursos está haciendo que se recurra con más frecuencia a los servicios de estos profesionales.

Aunque se ha prestado mucha atención a las cuestiones del uso múltiple y de los costes y beneficios sociales, se podría hacer mucho más si se reconocieran ciertas características inherentes a la gestión de los recursos naturales y si la investigación pudiera orientarse con mayor precisión hacia las prioridades de la gestión. En la actualidad, la gestión de los recursos se caracteriza por un alto grado de incertidumbre sobre las causas y los efectos, las medidas de mitigación y los costes y beneficios de los distintos medios para resolver los conflictos sobre el uso de los recursos. Por ejemplo, aunque se reconoce ampliamente que la LLUVIA ÁCIDA es una gran amenaza para el medio ambiente mundial, es muy difícil conseguir que los expertos y los líderes políticos se pongan de acuerdo sobre los programas de reducción y remediación, incluso entre países vecinos como Canadá y Estados Unidos. Estas incertidumbres exigen que las prioridades de investigación se centren en las principales incógnitas y que las estrategias de gestión proporcionen medios más flexibles y adaptables para el futuro. Los recursos naturales son tan importantes para la economía y la vida de los canadienses que la mejora de las prácticas de gestión de los recursos debería ser una prioridad nacional.

Revisor de hechos: Can

Para tener una panorámica de la investigación contemporánea, puede interesar asimismo los textos sobre economía conductual, economía experimental, teoría de juegos, microeconometría, crecimiento económico, macroeconometría, y economía monetaria.

Datos verificados por: Sam.

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Recursos

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Véase También

  • Áreas Públicas
  • Bosques Públicos
  • Concesiones
  • Bibliografía

    Becerra González, María, Derecho minero de México, México, Limusa-Wiley, 1963; Debbasch, Charles, Traité du droit de la radiodiffusion, París, Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, 1967; Fernández José Luis, Derecho de la radiodifusión, México, edición privada, 1960; Lamarque, Jean, Droit de la protection de la nature et de l’environnement, París, Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, 1973; Meyer, F., Legislation et politique forestieres, París, Berger- Leorault, 1968; Paredes, Trinidad, El problema del petróleo en México, México, 1933; Pigretti, Eduardo A., Derecho de los recursos naturales, Buenos Aires, La Ley, 1971; Ramírez, Santiago, Noticia histórica de la riqueza minera de México, México, Secretaría de Fomento, 1884.

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