Software
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¿Qué es un software de contabilidad?
El software de contabilidad es un programa informático que realiza diversas tareas de contabilidad y teneduría de libros. Almacena los datos financieros de una empresa y suele utilizarse para realizar transacciones comerciales.
La mayoría de los programas de contabilidad modernos están siempre conectados a Internet. Esto significa que puedes conectarte desde cualquier dispositivo con capacidad de Internet, como tu portátil o tu smartphone. Este espacio en línea donde puedes acceder a tus datos se llama la nube. El software de contabilidad en línea recibe y actualiza automáticamente porque siempre está conectado a Internet.
Los distintos tipos de software de contabilidad hacen cosas diferentes. La mayoría de ellos introducen, almacenan y analizan automáticamente los datos por ti. Esto es especialmente útil para ahorrar tiempo en tareas como la conciliación bancaria. El software de contabilidad también ofrece herramientas útiles como la facturación, el pago de facturas, las nóminas y los informes financieros.
Datos verificados por: Chris
Contrato de mantenimiento de hardware y software
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: sobre el contrato de desarrollo a medida de programas de ordenador en España, véase aquí.
Es un contrato de prestación de servicios.
El objeto por tanto es el mantenimiento tanto del hardware como del software.
Es básico indicar lo siguiente:
1.- ¿Qué servicios incluye? Mantenimiento, actulización anual o semestral, corrección de errores, averías…
2.- Tipos de mantenimiento:
1.- Correctivo: corregir errores del hardware y el software.
2.- Adaptativo: entrega de nuevas versiones del software.
3.- Evolutivo: Desarrollo de nuevas funciones del software. Cuando el mantenimiento es evolutivo, por su complejidad, suele ser un contrato aparte.
3.- Plazos de respuesta y resolución de problemas
Aquí se suele hablar de “Niveles de servicio” ó SLA (service level agreement). Estos niveles definen la calidad de la prestación del servicio, horarios, tiempo de respuesta, prioridades, plazo (véase más en esta plataforma general) de resolución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Aquí lo importante es regular dos plazos:
1.- ¿Cuanto tarda el prestador en decirme que ya es consciente del problema que le he comunicado?
2.- ¿Cuánto tarda el prestador el solucionármelo?
Obviamente también conviene regular cómo comunicar estas incidencias.
Ejemplos:
Error crítico: prioridad máxima, respuesta inmediata.
Error medio / sensible: prioridad media, respuesta en 5 horas
Casos residuales: Prioridad baja, respuesta en 24 horas.
Es básico definir qué se considerará error crítico.
4.- Obligaciones del Usuario
Incluir el éste debe utilizar el programa conforme el manual de instrucciones del hardware y software, no modificarlo, no utilizar para otros fines que los indicados, obligación de hacer copias de seguridad.
5.- Garantía y responsabilidad civil
Hardware: 2 años conforme Ley.
Software: es un intangible, por lo que las partes deben regularlo. Normalemnte se da un año o dos de garantía para reparaciones del día a día.
Autor: Andrés Bruno (A)
Contrato de distribución de software
Este contrato regula lo mismo que el anteriormente comentado, pero solo se cede el derecho a distribuirlo.
Exclusiva: A veces se cede la distribución en exclusiva, o se reparte por sectores. Las grandes empresas tecnológicas que quieren distribuir su software a nivel mundial, suelen “repartir” el mundo en tres partes:
1.- LATAM (Latinoamérica)
2.- EMEA (Europa, Oriente Medio (la parte del mundo que abarca el suroeste de Asia y el norte de África, extendiéndose desde Turquía hasta el norte de África y al este hasta Irán) y África)
3.- APAC (Asia y Pacífico)
En estos casos, para cada zona se elige un distribuidor diferente, de manera que geográficamente se limita la distribución.
Obligaciones para el distribuidor: En este tipo de contratos, lo básico es exigir al distribuidor unos resultados mínimos, que, de no llevarse a cabo, producirán la resolución del contrato.
Derechos del distribuidor: Aunque no suele aparecer en los contratos, y menos en los de las grandes empresas tecnológicas cuyos contratos son de adhesión, la jurisprudencia y doctrina admite abiertamente la indemnización por clientela a favor del distribuidor, una vez se termina el contrato.
El “know how” que se transmite al distribuidor. La empresa tecnológica debe proteger esta información, no solo en relación con el software, sino a los procedimientos internos, formas de operar, etc, propias de la empresa tecnológica. Por ello, se firman cláusulas de confidencialidad.
Muchas veces la distribución de software lleva aparejada una serie de prestación de servicios. Es decir, el distribuidor puede ser a su vez es prestador de servicios. Por tanto, es muy importante definir bien qué servicios se prestarán, cómo se prestarán, si será necesario el acceso al código fuente del software por parte del distribuidor/prestador de servicios.
Ejemplo: Lo habitual es que una empresa tecnológica (por ejemplo Oracle) firme un contrato de distribución con un “Implantador”, y éste a su vez firma con el cliente final (por ejemplo una empresa que quiere un software ERP que le haga la contabilidad) un contrato de Licencia de Uso asociado (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “associate” en derecho anglo-sajón, en inglés) a una prestación de servicios de software a medida.
Servicios
Suelen ser: instalación del software, servicios de mantenimiento, resolución de errores, incidencias o problemas, actualizaciones, etc.
Habitualmente se habla de dos niveles de mantenimiento:
– Mantenimiento de primer nivel: Son los servicios que pueden ser llevados a cabo por el Implantador, y normalmente aquí se engloban problemas menores del día a día, casos simples.
– Mantenimiento de segundo nivel: Sólo puede ser solucionado por el propietario del software (la empresa tecnológica). Esto es porque es necesario acceder al código fuente y a otra información tan privada y confidencial que no se da acceso al implantador. Suelen ser casos complejos.
La propiedad intelectual debe también regularse en el propio contrato: Lo lógico es que la conserve en su totalidad la empresa tecnológica propietaria del software. El derecho de Transformación es un punto clave del contrato. Si el Implantador, a la hora de prestar servicios debe acceder al código fuente, además de regular la confidencialidad, se deberá indicar que toda modificación o transformación del software será propiedad de la empresa tecnológica propietaria del software, ya que si no pactamos nada, la propiedad intelectual de lo transformado podría ser para el Implantador, y esto es un gran riesgo.
Auditoría: De cara a comprobar los resultados mínimos exigidos al distribuidor/implantador, se suele pactar un derecho a auditar a éste, que generalmente paga la empresa tecnológica, salvo que los resultados evidencien que el implantador no está revelando resultados correctos.
Autor: Andrés Bruno (A)
Visualización Jerárquica de Software
Educación y Comunicación > Informática y tratamiento de datos > Industria informática
Educación y Comunicación > Comunicación > Sistema de comunicación > Internet > Programa de navegación
Software
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Software
Véase la definición de Software en el diccionario.
Características de Software
[rtbs name=”educacion-y-comunicacion”]Software
Recursos
Traducción de Software
Inglés: Software
Francés: Logiciel
Alemán: Software
Italiano: Software
Portugués: Software
Polaco: Oprogramowanie
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Tesauro de Software
Educación y Comunicación > Informática y tratamiento de datos > Industria informática > Software
Educación y Comunicación > Comunicación > Sistema de comunicación > Internet > Programa de navegación > Software
Véase También
- Software de código abierto
- Propiedad literaria y artística
- Derecho a la imagen
- Reproducción de documentos
- Publicación de acceso abierto
- Derecho de la información
- Piratería audiovisual
- Excepción cultural
- Piratería informática
- Derecho de autor
- Derecho moral del autor
- Software de código abierto
- Virus informático
- Lenguaje de programación
- Sistema operativo
- Sistema de gestión de bases de datos
- Industria del software
- Programa de ordenador
- Programa informático
- Programación informática
- Soporte lógico informático
- Desarrollo de programas informáticos
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1 comentario en «Software»