Noción de Subempleo en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, subempleo ha sido definido de la siguiente forma: Subutilización o utilización ineficiente de las habilidades, calificaciones o experiencia de un trabajador o cuando este se ve imposibilitado de trabajar todas las horas que quisiera.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Subempleo en el Ámbito del Derecho Migratorio de la Unión Europea
El hecho de no reconocer a una persona migrante (en algunos casos, referido asimismo a refugiado) las aptitudes (y cualificaciones) adquiridas fuera de la UE, lo que supone una limitación para el desarrollo completo de su potencial.
Subempleo en Latinoamérica
Definición
El término, que no es definido por el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia en su decimonovena edición, está ampliamente considerado en el léxico de la Economía y la Sociología.
La Oficina Internacional del Trabajo de Ginebra, en el trabajo reciente, expresa: “En realidad, la existencia del subempleo […] complica considerablemente la evaluación del empleo existente y, por consiguiente, del empleo que hay que crear. Por una parte, la duración del trabajo en los países en vías de desarrollo es con frecuencia, y no por voluntad de los interesados, inferior a la norma (subempleo visible); por otra, tal trabajo produce ingresos anormalmente bajos y no permite la plena utilización de la capacidad o de las calificaciones de los trabajadores (subempleo invisible). Para muchos trabajadores el empleo es “precario”: no disfrutan ninguna estabilidad de empleo ni ingresos regulares. Sus empleos no ofrecen ninguna perspectiva real de mejora.
Detalles
Las estadísticas sobre subempleo son a la vez escasas y heterogéneas, y solo muy imperfectamente indican la naturaleza y amplitud del problema. El concepto de subempleo (…) es complejo, abarca simultáneamente los casos de duración insuficiente, o de productividad insuficiente, y los casos en que se combinan ambas situaciones” (OIT, El programa mundial (o global) del empleo, 1969, p. 4243).
El subempleo en la América Latina contemporánea
A través de diversos estudios de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y de organismos especializados como CELADE (Centro Latinoamericano de Demografía), se ha intentado evaluar la significación del subempleo en los países latinoamericanos en la década de los años 60 de nuestro siglo. Según ILPES/ CELADE, el desempleo junto con el subempleo afecta al cuarenta por ciento de la población activa, lo que equivale al treinta por ciento de la fuerza de trabajo de toda América Latina (Elementos para la elaboración de una política de desarrollo con integración para América Latina, Santiago de Chile).
Distinguiendo entre el desempleo y el subempleo la CEPAL considera que el segundo afecta en la región a un treinta por ciento de los trabajadores, pero como se debe computar asimismo el empleo precario, se llegaría a la mitad del mercado trabajador, en una estimación más pesimista que la de CELADE (véase Raúl Prebisch, Transformación y desarrollo. La gran tarea de América Latina, México, Fondo de Cultura Económica, 1970, p. 7).
En otros trabajos de CEPAL se insiste en considerar que los sectores de empleo que tienen una productividad óptima, similar a Europa Occidental, apenas significan el once por ciento de la población activa, Correspondiendo el resto a desempleados y subempleados (El cambio social y la política de desarrollo social en América Latina, New York, CEPALONU, 1969). Este subempleo es estudiado en diversas monografías, para los países ganaderos (Argentina, Uruguay, Nicaragua, Venezuela, República Dominicana), o en la economía de plantaciones tropicales (como era la cuenca del Caribe, costa de Perú y Ecuador y Noreste brasileño).
Atento al volumen antes precisado, en todas partes, es de obvias consecuencias en el terreno económico, social y hasta político.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Fidel Castro, refiriéndose a las causas de la revolución cubana, destacó por ejemplo que para una población de seis millones de habitantes Cuba tenía unos seiscientos mil parados, y una proporcional cantidad de subempleados.Entre las Líneas En las ciudades la mayoría de la población de los suburbios miserables, se integra con marginales que, del punto de vista del empleo, son desocupados o subempleados. Esos habitantes urbanos provienen del éxodo rural. [1]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido?
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Notas y Referencias
Ruth Rama (autor original), adaptado y corregido (por Lawi) de los términos latinoamericanos que debían formar parte del Diccionario de Ciencias Sociales en español de la UNESCO, publicado en 1975 bajo la dirección de Salustiano del Campo y al amparo del Instituto de Estudios Políticos. Es el resultado de la postura crítica y disidente del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO) frente al diccionario de la UNESCO y su respuesta con la obra colectiva “Términos latinoamericanos para el Diccionario de Ciencias Sociales”, publicada en 1976.
Véase También
Bibliografía
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Empleo: Noción de Empleo En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de empleo, la siguiente definición: Trabajo, ocupación, profesión u oficio. El término tiene varios significados: generalmente se utiliza como sinónimo de [...] Véase también: Beneficios Laborales, Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo.
Empleo Altamente Cualificado: Concepto de Empleo Altamente Cualificado en el Ámbito del Derecho Migratorio de la Unión Europea Empleo de una persona que: a) en el Estado miembro de que se trate, está protegida como empleado en virtud del derecho laboral nacional y/o de acuerdo con los usos nacionales, independientemente de [...] Véase también: Beneficios Laborales, Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo.
Empleador: En la República Dominicana Patrono O Empleador De Empresa No Constituida En Sociedad Dirige su propia empresa o ejerce por su cuenta una profesión u oficio, utilizando uno o más trabajadores remunerados, aparte de ayudantes familiares no expresamente remunerados. Se trata de empresas no [...] Véase también: Beneficios Laborales, Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo.
Empleado: En la era actual de trabajo temporal, trabajo a distancia y subcontratación, millones de trabajadores en algunos países, como Estados Unidos, se encuentran excluidos de la categoría de "empleado", una distinción crucial que de otro modo permitiría la sindicalización y la negociación colectiva. Al rastrear la historia del término desde su entrada en el léxico público en el siglo XIX, se observa que la definición legal de "empleado" siempre ha sido políticamente cuestionada y profundamente afectada por reclamos competitivos de parte de los negocios y la mano de obra. Única en el mundo occidental, el derecho laboral estadounidense se basa en la idea de que "ningún hombre puede servir a dos amos": los trabajadores le deben lealtad a su empleador, lo que en muchos casos es incompatible con la afiliación sindical.
En esta entrada, se examina históricamente que esta excepción estadounidense a los estándares internacionales de derechos y libertades en el trabajo, revelando una parte poco conocida de la lucha empresarial contra el New Deal. Al principio, los progresistas y los liberales desarrollaron un régimen laboral que, con la intención de restablecer las relaciones amistosas entre el empleador y el empleado, trató de incluir a la mayor cantidad posible de trabajadores en esta última categoría. Pero en la década de 1940, este lenguaje de armonía social se encontró con una creciente resistencia de los hombres de negocios, quienes presionaron sus intereses en el Congreso y los tribunales federales, presionando por una definición cada vez más estrecha de "empleado" que excluyera a grupos como capataces, supervisores y trabajadores del conocimiento.. Una historia cultural y política del derecho y los negocios estadounidenses, esta entrada arroja luz histórica sobre las luchas contemporáneas por la democracia económica y el poder político en el lugar de trabajo. En las Empresas Públicas, los trabajadores desempeñan sus labores en empresas que, totalmente o en forma mayoritaria, son propiedad del estado. Véase también: Beneficios Laborales, Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo.
Trabajador Migrante: Trabajador Migrante en el Derecho Constitucional Concepto de Trabajador Migrante publicado por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Una persona que participa de una actividad remunerada en un país del cual él no es ciudadano, excluyendo a los que [...] Véase también: Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo, Empleo.
Fuga de Cerebros: Esta entrada se ocupa de la Fuga de Cerebros, importante en el ámbito migratorio de la Unión Europea, Hace referencia a la pérdida que sufre un país como resultado de la emigración de personas (altamente) cualificadas. El origen de esta denominación que se refiere a la migración internacional cuantitativamente numerosa de personas con alta calificación educacional, proviene del inglés “brain drain”, del cual ha sido traducido a diversas lenguas incluyendo el castellano. Por "cerebros" o talentos se entiende, pues, en el contexto de esta denominación, a las personas que poseen altas calificaciones intelectuales, tales como científicos de las ciencias sociales y naturales, universitarios graduados en humanidades, profesionales del nivel universitario y artistas destacados. Véase también: Ciencias Sociales Latinoamericanas, Derecho Migratorio, Derecho Migratorio Europeo.
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