Este texto se ocupa de las normas de interpretación. Una presunción interpretativa, establecida en el derecho nacional de que se trate, ofrece una orientación, derivada de la naturaleza esencial de la legislación, sobre la intención prima facie del legislador en cuanto al significado jurídico. Se presume, incluso en los países anglosajones, que el texto, en su entorno de la Ley, es la indicación preeminente. Se presume entonces, también en el sistema del common law, que el significado literal del texto debe ser seguido, a menos que sea superado por otros factores. Hay varias reglas, dependiendo de la jurisdicción que se trate. En numerosos países es vigente las siguientes presunciones interpretativas, como se describen y detallan en este texto.