Economía del Medio Ambiente o Economía Verde
Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre Economía del Medio Ambiente. Véase también economía circular. [aioseo_breadcrumbs]
Visualización Jerárquica de Economía del Medio Ambiente
Medio Ambiente > Política del medio ambiente > Política de medio ambiente
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Economía del medio ambiente
Véase la definición de Economía del medio ambiente en el diccionario.
Economía del Medio Ambiente
El concepto de capital natural ha acercado ambas disciplinas. El capital natural hace referencia a todos los bienes y servicios que proporciona la naturaleza, es decir, los recursos naturales pero también los servicios ecológicos como la purificación que proporcionan los océanos, los grandes equilibrios biogeoquímicos, el equilibrio climático, etc. La degradación del medio ambiente puede interpretarse por tanto como una depreciación del capital natural, y la economía medioambiental pretende arrojar luz sobre cómo debe gestionarse este capital.
De la teoría de las externalidades a los derechos de propiedad: los fundamentos de la economía medioambiental
La economía medioambiental se ha desarrollado sobre la base de un concepto económico clave, el de las externalidades. El daño causado por la contaminación, o más en general por la degradación del capital natural, se interpreta en términos de externalidad. La pérdida de bienestar resultante es asimilada por la teoría económica a una pérdida de utilidad o satisfacción para los agentes económicos. Cuando los mecanismos de regulación del mercado no tienen en cuenta dicha pérdida (fallo del mercado), es decir, cuando las fuerzas del mercado no permiten compensarla, surge el “problema medioambiental” o, de forma más general, el “problema de la gestión del capital natural”.
El concepto de externalidades
En 1920, Arthur Cecil Pigou dio la siguiente definición del efecto externo: “La esencia del fenómeno consiste en que una persona A, al mismo tiempo que presta a otra persona B un servicio determinado por el que recibe una retribución, se procura ventajas o desventajas de tal naturaleza que no se puede imponer un pago a quienes se benefician de ello ni una compensación en beneficio de quienes lo padecen”.
El efecto es perfectamente simétrico y, por tanto, puede ser positivo o negativo: hablamos de economía exterior si el efecto es positivo y de deseconomía exterior si el efecto es negativo. En economía medioambiental, son los efectos externos negativos (deseconomías externas) los que se utilizan para representar los fenómenos de las molestias y la contaminación. La ausencia de compensación mediante pago expresa la naturaleza no mercantil de la economía o deseconomía. Externa significa aquí fuera del intercambio de mercado.
La economía externa o deseconomía puede analizarse en términos de divergencia entre el coste privado y el coste social; este último refleja un coste para todos los agentes económicos que componen la comunidad. Se puede considerar que toda actividad económica tiene un coste. Todos los costes impuestos por una actividad a la colectividad constituyen el coste social. Una parte de este coste social se compensa con los pagos realizados por el agente en el origen de la actividad. Estos son los costes privados del agente. Puede haber otros costes impuestos a otros agentes sin que se efectúe ningún pago para compensarlos: son los costes causados por la contaminación emitida por una actividad de producción industrial. La contaminación del agua, por ejemplo, conlleva toda una serie de costes: pérdida del carácter estético de un curso de agua (pérdida de amenidad), imposibilidad de disfrutar de ciertas actividades de ocio, deterioro de la calidad del agua, pérdidas por mortandad de peces, etc. Ninguno de estos costes es compensado por otros agentes. Ninguno de estos costes se compensa en términos monetarios. Pigou considera que las ventajas o desventajas “obtenidas” sin compensación monetaria pueden, no obstante, evaluarse en términos monetarios. Por consiguiente, si este coste (o beneficio) se tiene en cuenta en la suma de los costes (o beneficios) que determinan el coste social, podemos ver que este coste social es de hecho mayor que el coste privado soportado por el emisor (o menor en el caso de una economía exterior positiva). La forma en que se tiene en cuenta el efecto externo depende de las preocupaciones de cada sociedad y de su conocimiento de las mismas. En cuanto una sociedad concede importancia a los costes y daños que ciertas actividades y personas infligen a otras, reconoce la existencia de externalidades.
Tras los trabajos de Pigou, se han hecho varios intentos de clarificar la situación. Todos ellos relacionan las externalidades con el óptimo paretiano, definido como la situación más allá de la cual nadie puede aumentar sus ganancias sin reducir las de otro. En otras palabras, se trataba de debatir las medidas correctivas adoptadas para eliminar (para “internalizar”) las externalidades y garantizar el retorno al óptimo. El debate se centró rápidamente en las modalidades de esta internalización.
La internalización pigoviana: la solución fiscal
En la época de Pigou, en los años veinte, la economía del bienestar enseñaba que si la producción de una empresa provocaba alguna molestia que afectaba directamente al bienestar de los demás agentes económicos, sin compensación posible por parte del mercado, el coste social marginal de producción era superior al coste privado marginal de producción. Esta diferencia significa que ya no nos encontramos en una situación correspondiente a un óptimo paretiano. La única manera de volver a una situación óptima es cerrar la brecha entre el coste social y el coste privado. Esto se conoce como internalizar la externalidad. La internalización propuesta por Pigou consiste en cobrar un impuesto al emisor de la molestia (es decir, al responsable de la depreciación del capital natural), un impuesto (recaudado por el Estado) cuyo importe debe ser igual a la diferencia entre el coste social y el coste privado. La internalización de la externalidad, un fenómeno no mercantil, se traduce por tanto en un pago que, en cierto modo, pone precio a la molestia. Podría decirse que la introducción de este impuesto equivale a incluir la deseconomía entre los costes del emisor.
Esta solución fiscal ha suscitado un debate. La posición de Pigou no implica ningún tipo de compensación por el perjuicio sufrido por la víctima como consecuencia de la existencia de la externalidad, y la exacción fiscal basta para garantizar la desaparición de la externalidad. Si exigimos que la recaudación del impuesto compense la pérdida de bienestar sufrida por la víctima, entramos en un mundo caracterizado por las relaciones bilaterales entre el emisor de la deseconomía externa y la “víctima”.
El teorema de Coase y la negociación bilateral
Para Ronald Coase (1960), la internalización sólo puede proceder de una negociación bilateral entre el emisor y la víctima, es decir, de una negociación entre los agentes económicos afectados, siempre que el coste de organizar dicha negociación no sea prohibitivo o, en cualquier caso, no supere la ganancia social que cabe esperar de ella.
A Coase le preocupaba el carácter unilateral de la solución fiscal pigoviana. Escribe: “La cuestión se plantea comúnmente en los siguientes términos: A inflige un daño a B y debemos decidir cómo restringir las actividades de A. Pero esto es erróneo. En realidad, nos enfrentamos a un problema recíproco. Evitar el daño a B perjudicará a A. La verdadera cuestión es si debemos permitir que A perjudique a B o que B perjudique a A”.
En el caso de una contaminación originada por A y que afecte a B, si A tiene derechos de propiedad sobre el medio ambiente (o más exactamente sobre el capital natural en cuestión)”, prosigue Coase, “entonces B, la víctima, debe compensarle para evitar que le haga daño. Si, por el contrario, es B quien posee esos mismos derechos, entonces A debe compensar a B por el daño que ha sufrido indebidamente. Este aspecto es desarrollado por John Dales, que aporta tanto una nueva definición de externalidad como una nueva forma de internalizarla.
John Dales y el intercambio de derechos de propiedad
Dales (1968) atribuye la existencia de externalidades a una causa exclusiva: la ausencia o la mala definición de los derechos de propiedad sobre los bienes. Las externalidades, que son interacciones ajenas al intercambio de mercado, corresponden a una falta de derechos de propiedad sobre el capital natural. Se trata de una recuperación de la idea de los clásicos (desarrollada en particular por Jean-Baptiste Say) según la cual, de acuerdo con el antiguo concepto de derecho romano de “cosas sin dueño” (res nullius), el aire, el agua, etc., son “bienes libres”, es decir, no apropiables y, por tanto, no económicos. También existen bienes sobre los que los derechos de propiedad están “atenuados”. Es el caso de los bienes públicos, que pueden ser consumidos por todos sin rivalidad (su consumo por un agente no reduce su consumo por otro) y sin exclusión, es decir, los consumidores no pueden excluir a otros consumidores potenciales.
Si se definen derechos de propiedad exclusivos y transferibles sobre el capital natural, los problemas medioambientales pueden resolverse eficazmente mediante el método ya recomendado por Coase, es decir, la negociación bilateral directa entre los titulares de los derechos de propiedad. Si no es así, Dales propone establecer un conjunto de derechos de propiedad exclusivos y transferibles siempre que sea necesario sobre bienes considerados hasta ahora no apropiables y, como tales, fuente de externalidades. Esta situación se produce cuando los bienes en cuestión se utilizan para eliminar o almacenar residuos o recursos (agua, aire, suelo). Estos derechos de uso, que en este caso constituyen auténticos “derechos a contaminar”, pueden, como cualquier derecho de propiedad, negociarse en un mercado que Dales espera que sea competitivo. En este mercado, organizado por ejemplo a partir del modelo bursátil, se fijará un precio de equilibrio: será igual al coste marginal de depuración para una cantidad determinada de contaminación.
Esta es otra forma de internalizar la externalidad. Dado que la externalidad surge de un fallo en los derechos de propiedad, la reconstitución de estos derechos y su intercambio en el mercado conduce a la fijación de un precio de equilibrio que alcance el óptimo paretiano. A este precio, la externalidad se reintegra en el cálculo económico de los agentes y, en consecuencia, desaparece como fenómeno no mercantil.
El contexto social e institucional de los métodos de internalización
El razonamiento anterior tropieza con dificultades, algunas de las cuales están directamente relacionadas con el contexto social e institucional del método de internalización. ¿Cuál es el perjuicio marginal? ¿Quién recibirá los ingresos del impuesto o de la venta de permisos? La primera pregunta plantea la delicada cuestión de la valoración monetaria (véase Valoración económica de los daños medioambientales). La segunda se refiere a problemas de derecho, justicia, responsabilidad y equidad. En cualquier situación de conflicto social, hay muchos criterios entre los que elegir, y es difícil encontrar una solución que satisfaga todos estos criterios. A menudo hay que hacer concesiones y compromisos. Por ejemplo, el nivel de un impuesto medioambiental (a menudo denominado “ecotasa”) suele fijarse a nivel comunitario, y rara vez se pide a la industria responsable que asuma directamente los “costes totales” de los accidentes químicos o de los daños medioambientales. La negociación del nivel de daño o riesgo considerado aceptable y la forma en que se logra la “internalización” también dependen de la legitimidad y la responsabilidad de los distintos actores implicados.
Desde este punto de vista, la resolución de los efectos externos forma parte de un proceso sociopolítico (que puede describirse como internalización institucional), en el que surgen y deben resolverse conflictos entre intereses contrapuestos, entre diferentes representaciones de estados futuros y entre individuos y grupos con sistemas de valores, principios de juicio y visiones del mundo diferentes o incluso divergentes.
Instrumentos de política medioambiental
La diversidad de instrumentos de política medioambiental refleja las diferentes concepciones de las externalidades. Se pueden distinguir tres generaciones de instrumentos de regulación medioambiental (véase el cuadro). A los instrumentos reglamentarios siguieron los instrumentos económicos. A continuación, asistimos a la aparición de una tercera generación de instrumentos de regulación, conocidos como instrumentos contractuales. Cada vez más políticas medioambientales utilizan una mezcla de estos diferentes instrumentos.
Instrumentos reglamentarios
En la tradición reglamentaria, especialmente fuerte en algunos países, sobre todo en Francia, se intenta resolver los problemas medioambientales directamente mediante políticas de protección del capital natural. Estas políticas fijan objetivos de calidad. A continuación, fijan límites que no deben superarse para las emisiones contaminantes y la extracción de recursos naturales, o exigen que se opte por un tipo concreto de proceso de producción, mediante un sistema de autorizaciones y controles. El incumplimiento de la normativa establecida (normas, autorizaciones, prohibiciones) se castiga con sanciones penales, del mismo modo que la violación de cualquier norma legal de orden público. La reglamentación puede ser útil como forma institucional de internalización, permitiendo un compromiso previo para prevenir o reducir los daños. A menudo se establecen normas y directrices políticas antes de tomar decisiones sobre grandes inversiones públicas o privadas (autopista, aeropuerto, línea ferroviaria, etc.). El proceso de internalización se basa entonces en un enfoque preventivo de los daños potenciales. La fijación de un umbral de prevención que no debe superarse es la base para ello y constituye el criterio esencial de la internalización.
Instrumentos económicos
La fiscalidad, la solución pigoviana, consiste, como hemos visto, en hacer pagar al agente que emite la deseconomía externa un impuesto igual al importe de esta deseconomía. Se supone que este impuesto conduce a una reducción espontánea de la cantidad producida y, por tanto, de la degradación medioambiental. La fiscalidad también puede ir asociada a la introducción de medidas anticontaminación. En este caso, el agente contaminante elige entre pagar el impuesto en ausencia de equipos anticontaminación y el coste de invertir en la reducción de la contaminación.
El análisis de Dales condujo al desarrollo de un instrumento específico de internalización, el mercado de derechos de contaminación o permisos de emisión. El gobierno, o el organismo encargado de supervisar este mercado, decide de antemano cuánta contaminación es aceptable en el medio ambiente (fijando una norma de calidad medioambiental, por así decirlo) y vende en el mercado derechos de contaminación que representan la cantidad de contaminación compatible con este objetivo de calidad. Los bonos o certificados otorgan al titular el derecho a verter una determinada cantidad de contaminación. Más allá, el titular debe “limpiar” la contaminación, es decir, restaurar el capital natural. Un sistema similar se aplicó por primera vez a la contaminación atmosférica en la bahía de San Francisco, y desde entonces se ha extendido a muchas ciudades. Los “mecanismos de flexibilidad” definidos por el Protocolo de Kyōto en 1997 son otro ejemplo de la aplicación del trabajo de Dales. En virtud de este protocolo, los países industrializados se comprometieron a reducir sus emisiones de determinados gases de efecto invernadero (CO2, CH4, N2O, HFC, SF6 y PFC) durante el periodo 2008-2012 en comparación con el año de referencia 1990. Para cumplir este compromiso, las partes implicadas pueden poner en marcha políticas y medidas nacionales para reducir sus emisiones y aumentar la capacidad de absorción de algunos de sus sumideros de carbono. El Protocolo introduce la posibilidad de que las naciones firmantes hagan uso de instrumentos de mercado para lograr su objetivo: los “mecanismos de flexibilidad”. Dirigidos no sólo a los gobiernos, sino también a los agentes del sector privado y a las organizaciones no gubernamentales, estos instrumentos consisten explícitamente en la posibilidad de intercambiar permisos de emisión (permisos negociables) y de transferir o adquirir unidades de reducción de emisiones derivadas de proyectos específicos en los países en desarrollo (electrificación rural, conservación de la energía térmica, etc.).
El problema práctico de un sistema de internalización de este tipo es el cumplimiento de la norma “no contaminar sin título”. La autoridad responsable del sistema debe poder garantizar en todo momento que no se vierte ninguna contaminación sin poseer los permisos correspondientes, y que estos permisos se “neutralizan” una vez realizados los vertidos que amparan. Este control puede acarrear elevados costes de gestión del sistema. Sin embargo, la ventaja esencial de los derechos de contaminación es que, a diferencia del sistema de internalización mediante un impuesto, no requieren conocer el coste de todos los daños, sino sólo los costes de descontaminación, lo que permite a la autoridad fijar las cantidades de contaminación y dejar que el precio se ajuste.
Instrumentos contractuales
La negociación bilateral entre agentes propuesta por Coase, es decir, el método que permite a los contaminadores y a las víctimas llegar libremente a un acuerdo, no implica la intervención del Estado ni de ninguna otra autoridad, aunque puede ser una solución mutuamente ventajosa. Los “compromisos voluntarios” (Borkey y Glachant, 1997), que hacen referencia a diversos acuerdos institucionales basados en la implicación voluntaria de las empresas (contratos industriales, cartas medioambientales, códigos de buena conducta, compromisos de progreso, planes medioambientales de empresa, etc.), son un ejemplo. Sin embargo, el acuerdo voluntario entre las partes, por muy posible que sea, no está necesariamente garantizado. Todo dependerá de los costes asociados a la negociación y, en particular, del número de víctimas: si hay muchas víctimas y es difícil identificarlas, el coste de la negociación aumentará. Pero si el coste de la negociación supera la ganancia social que cabe esperar del acuerdo, éste no se alcanzará.
El contrato social subyacente a todas las políticas medioambientales
Todo proceso de internalización de los efectos externos requiere un “contrato social”, es decir, una amplia asociación entre las partes interesadas, basada en la responsabilidad mutua. Una vez aceptado el carácter “público” de los beneficios y costes que deben internalizarse, cualquier “demanda social” real de internalización, y de prevención de riesgos y daños irreversibles, depende de un compromiso colectivo previo. Así, un sistema de permisos de contaminación o de tasas sobre las emisiones reales (atmosféricas o acuáticas) sólo puede representar un componente de la internalización. La acción concertada de todos los afectados por los daños medioambientales (víctimas potenciales y responsables) es el complemento indispensable.
Por consiguiente, toda política de internalización requiere una estructura de gobernanza que :
– afirme la calidad del “medio ambiente” como fuente de valor, riqueza, salud y bienestar;
– establezca un juicio sobre el nivel aceptable de emisiones o riesgos “contaminantes
– aplique procedimientos y mecanismos para exigir responsabilidades a las partes interesadas (consumidores, productores, ciudadanos, policía, autoridades públicas, etc.).
Un mecanismo de este tipo puede ser, como mínimo, un sistema que defina la distribución de los “derechos y obligaciones” de cada parte con respecto al medio ambiente como “receptor de emisiones”. En la mayoría de los casos, esta consulta debe realizarla el Estado. Sin embargo, cualquier organismo con autoridad colectiva puede desempeñar un papel de coordinación. Con ello nos referimos a cualquier entidad institucional o social que, a nivel supranacional, nacional o local, goce de legitimidad y tenga capacidad para intervenir en el proceso de internalización (identificación de los efectos externos, evaluación, valoración, etc.). En el caso de la contaminación atmosférica global (el Protocolo de Montreal para los CFC (clorofluorocarbonos), responsables del agotamiento de la capa de ozono, y el Protocolo de Kyōto para los gases de efecto invernadero) o de la contaminación marina, estos organismos pueden ser organizaciones transestatales, o pueden ser autoridades campesinas o tribales a nivel de una región rural o de un pueblo.
Evaluación económica de los daños medioambientales
En cuanto queremos internalizar los efectos externos, de forma que quien contamina paga, surge inevitablemente la cuestión de la evaluación económica de la externalidad, en este caso el daño medioambiental. Sin embargo, la monetización del medio ambiente, y más en general de todo el capital natural, sigue siendo una cuestión muy debatida, tanto políticamente como en el análisis económico.
Ampliar el valor más allá del valor de uso presente e individual de un bien
Según la teoría económica convencional, el valor de los bienes medioambientales puede medirse en función de las preferencias de los agentes por el uso o la conservación de dichos bienes. Mientras se trate de un bien por el que exista una demanda y, por tanto, una disposición a pagar, el valor de ese bien seguirá estando vinculado a su uso actual.
Esto plantea la cuestión de si existen valores más o menos desvinculados del uso actual, o incluso del uso del propio bien, es decir, valores de no uso. En lo que respecta al medio ambiente, está claro que un pescador, un cazador o un observador de aves utiliza los bienes del entorno natural y obtiene una satisfacción directa de ellos. Pero, ¿qué ocurre con quienes se limitan a contemplar la naturaleza o, mejor aún, con quienes simplemente desean que se conserve el medio ambiente o que se mantenga la biodiversidad? Esto plantea la cuestión de los valores no relacionados con el uso. Esto refuerza la necesidad de una mejor definición del valor en el ámbito del capital natural.
Si nos interesan los usos futuros de un bien, que están directamente relacionados con su uso actual, la incertidumbre que rodea a estos usos futuros plantea obviamente un problema. No sabemos a priori cuáles serán los gustos o las necesidades de las generaciones futuras. En el mejor de los casos, proyectamos sobre ellas nuestros gustos y necesidades actuales. Asimismo, la existencia de factores irreversibles (la desaparición de especies vivas, por ejemplo) puede tener un impacto definitivo sobre estos usos futuros. Éste es a menudo el caso cuando se trata del medio ambiente. Estos dos factores -la incertidumbre y la irreversibilidad- también influyen en las definiciones del valor de uso cuando se trata de valorar bienes medioambientales.
La dificultad de evaluar los daños medioambientales en términos monetarios
Sólo podemos “internalizar”, es decir, encontrar un sustituto para los fallos del mercado, si se puede identificar al emisor y al receptor de la externalidad. En el caso del agotamiento de la capa de ozono, y más aún en el del aumento del efecto invernadero, intervienen multitud de actores en ambos lados. Internalizar los efectos externos requiere conocer los costes monetarios de la contaminación y de su control. Para calcular el coste de agotar la capa de ozono o de aumentar el efecto invernadero, por ejemplo, primero es necesario determinar las relaciones “dosis-respuesta” entre las emisiones y los efectos que provocan. Parte de la controversia científica se refiere precisamente a estas relaciones “dosis-respuesta” en la atmósfera y la biosfera. La dificultad se ve agravada por el hecho de que muchos problemas medioambientales no pueden separarse unos de otros, ni en su origen ni en sus efectos. Aunque es importante tener en cuenta estas interacciones, sobre todo a la hora de elaborar políticas de control, resulta cada vez más difícil, si no imposible, evaluar no sólo el coste de los impactos de cada uno, sino también el coste de las respectivas políticas diseñadas para contrarrestarlos.
Además, sólo los impactos del mercado pueden evaluarse en términos monetarios utilizando los precios de mercado. Para los demás, hay que establecer un precio sombra utilizando métodos de valoración especiales. Las preferencias de los individuos se utilizan como base para medir los costes de los impactos o, dicho de otro modo, los beneficios que cabe esperar de una política de lucha contra esa contaminación. Se supone que la preferencia por una cosa se traduce en una disposición a pagar. La suma de la disposición individual a pagar (que varía según los individuos encuestados) proporciona un indicador de lo que es socialmente deseable. En ausencia de un mercado existente o de un mercado sustitutivo de beneficios, la teoría económica recomienda que, para determinar la disposición a pagar, se cree un mercado ficticio preguntando a los individuos lo que están dispuestos a pagar para seguir beneficiándose. Si ante una contaminación local, la eutrofización de un río por ejemplo, ya es difícil aceptar que el coste de esta contaminación se calcule a partir de la cantidad que los usuarios están dispuestos a pagar para devolverlo a su estado original, ¿qué se puede decir entonces de la contaminación global?
De hecho, aunque mejoremos la información de que disponen las personas sobre estos temas, dada la importancia de las cuestiones en cuestión, podemos cuestionar la fiabilidad de estos métodos de evaluación ficticios. ¿Es realmente correcto preguntar a los usuarios del mar cuánto están dispuestos a recibir o pagar para aceptar o rechazar un aumento del nivel del mar, cuando éste es sólo uno de los muchos efectos, y uno que es irreversible?
¿Qué concepto debemos elegir? ¿Deberíamos basarnos en el concepto de “valor de opción”? Se trata de la disposición a pagar una especie de prima de seguro para conservar la posibilidad de utilizar en el futuro un elemento natural. No se trata, por tanto, de una valoración vinculada al uso inmediato de un servicio natural. En el caso de la contaminación global, este valor debería ser infinito, y numerosos estudios han llegado a la conclusión de que este enfoque es inadecuado. El “valor económico total”, otro concepto más elaborado para evaluar los costes de la degradación medioambiental, es la suma de cuatro elementos: 1) el excedente del consumidor resultante de la diferencia entre el precio de mercado y el precio que el consumidor habría estado dispuesto a pagar; 2) el valor de opción definido anteriormente; 3) el valor de legado: disposición a pagar por la satisfacción de transmitir un elemento natural a las generaciones futuras; 4) el valor de existencia: disposición a pagar por la satisfacción de saber que un elemento natural se conserva independientemente de cualquier uso. Este valor económico total tiene las limitaciones de los métodos basados en la disposición a pagar. Hay demasiados elementos que escapan al alcance de los cálculos individuales como para que la evaluación monetaria de los daños desempeñe el único papel determinante en la elección de una política.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Los métodos y los límites del análisis coste-beneficio
Paralelamente a los intentos de encontrar soluciones basadas en la internalización de las externalidades, hemos asistido al desarrollo del método de análisis coste-beneficio (ACB) como medio de orientar “racionalmente” las decisiones de política medioambiental. El ACB asigna un valor monetario a los beneficios de las políticas, es decir, a los costes de la contaminación que evitan, y los compara con los costes de esas mismas políticas. El responsable de la toma de decisiones sólo tiene entonces que seleccionar aquellas políticas cuyo beneficio marginal supere o iguale al coste marginal. La presión de los responsables políticos para obtener un valor monetario de los beneficios tiende a aumentar con la magnitud de los gastos necesarios para aplicar las políticas de control de la contaminación.
Esta herramienta de toma de decisiones también requiere conocer los costes de la contaminación (a través de los cuales se obtienen los beneficios de las políticas de control de la contaminación, beneficios que se interpretan en términos de pérdidas evitadas) y los costes del control de la contaminación. Esto supone que ambos pueden evaluarse en términos monetarios, cuyas dificultades ya se han puesto de manifiesto.
Además, en cuanto la calidad medioambiental se considera una categoría del análisis de costes y beneficios, hay que tener en cuenta el problema de la distribución desigual de los “bienes y servicios malos” o de los “bienes y servicios” en absoluto. ¿Quién sufrirá el daño y quién podrá obtener un beneficio? ¿Están las probables víctimas del daño en condiciones de expresar sus preocupaciones? Hablamos por tanto de una distribución ecológica desigual. Esto se refiere principalmente a la distribución intertemporal de los daños irreversibles a los ecosistemas (pérdida de especies, deforestación, salinización de los suelos, etc.) y al almacenamiento de residuos tóxicos de larga duración.
El valor de un enfoque basado en el coste de oportunidad
Una forma de evitar la evaluación monetaria es utilizar el enfoque del coste-eficacia preconizado por William Baumol y Wayne Oates ya en 1971. Desarrollado inicialmente para el control de la contaminación, el método puede generalizarse al capital natural en su conjunto. Consiste, en primer lugar, en determinar umbrales medioambientales, por ejemplo niveles de contaminación o de consumo de recursos, en términos físicos y, a continuación, evaluar el coste económico, denominado coste de oportunidad, de alcanzar dichos umbrales. Se establece así una distinción entre los objetivos ecológicos como tales y la cuestión de los requisitos económicos para alcanzarlos.
En el enfoque iniciado por Rofie Hueting y adoptado por Eurostat (la oficina estadística de la Comisión Europea) – véase, por ejemplo, el proyecto Greenstamp – para estimar una “renta nacional verde”, se definen umbrales físicos para las funciones medioambientales y, a continuación, se agrupan en varias categorías las medidas necesarias para satisfacerlos. Se realizan estimaciones de las cantidades monetarias necesarias para aplicar dichas medidas. Así pues, las pérdidas o degradaciones de las funciones medioambientales durante un periodo determinado se describen primero en términos físicos y luego se asocian al importe monetario correspondiente al coste mínimo de alcanzarlas mediante medidas de preservación, prevención, protección o restauración. El capital natural ya no tiene un valor monetario discutible, sino que se entiende como un conjunto de “funciones medioambientales” que hay que mantener en vista de su contribución a las oportunidades presentes y futuras para el bienestar humano.
Estas estimaciones de los costes de restauración o preservación proporcionan el coste de oportunidad en términos de consumo al que la sociedad tendría que renunciar para alcanzar o mantener niveles específicos de función medioambiental. En efecto, la sociedad puede elegir entre: mermar/degradar las funciones medioambientales al no realizar los ajustes necesarios para mantener el capital natural; y renunciar al consumo o al uso del capital económico si éste es necesario para mantener el capital natural.
Este método de cálculo de los costes de oportunidad del cumplimiento de los umbrales medioambientales proporciona, por tanto, un indicador de los costes del cumplimiento de los umbrales en términos de la magnitud del gasto necesario en activos económicos. Estos costes económicos no son reducciones netas del valor de la actividad económica. Más bien indican hasta qué punto es necesario reorientar la actividad económica. La identificación de los umbrales y la compensación entre los diferentes objetivos es un proceso de elección política y social.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.En definitiva, mientras que los análisis económicos permiten identificar categorías de efectos externos y, de forma más o menos aleatoria, cuantificarlos, los análisis de los procesos sociales y políticos son complementos esenciales. Estos análisis determinan la importancia que se atribuye (o no) a cada categoría de efecto externo e indican hasta qué punto los agentes económicos y políticos pueden o deben “tener en cuenta” los beneficios o los costes y, por tanto, “ponerles precio”.
Revisor de hechos: EJ
Características de Economía del medio ambiente
[rtbs name=”medio-ambiente”]Recursos
Traducción de Economía del medio ambiente
Inglés: Environmental economics
Francés: économie de l’environnement
Alemán: Umweltwirtschaft
Italiano: Economia dell’ambiente
Portugués: Economia do ambiente
Polaco: Ekonomia środowiska
Tesauro de Economía del medio ambiente
Medio Ambiente > Política del medio ambiente > Política de medio ambiente > Economía del medio ambiente
Véase También
- Economía doméstica
- Economía nacional
- Economía ambiental
- Economía sumergida
- Economía del conocimiento
- Economía postindustrial
- Economía internacional
- Economía regional
- Economía de subsistencia
- Economía social
- Economía industrial
- Economía de guerra
- Economía colectiva
- Economía pública
- Economía ambiental
Gestión económica
Teoría económica
Medio ambiente, Teoría económica
Ciencias económicas
Política económica
Política sectorial
Política medioambiental
Gestión económica, Teoría económica, Medio ambiente, Teoría económica, Ciencias económicas, Política económica, Política sectorial, Política medioambiental
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
2 comentarios en «Economía del Medio Ambiente»