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Epistemología

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Epistemología

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la epistemología. Véase Epistemología Jurídica.

Epistemologías feministas

Las epistemologías son teorías sobre la naturaleza del conocimiento.

Detalles

Las epistemologías feministas forman un subconjunto de las epistemologías sociales, que examinan la interacción entre el conocimiento y las relaciones e instituciones sociales.

Detalles

Las epistemologías feministas niegan la existencia de una verdad per se y se centran en el conocimiento de quién es el que se proclama. También se centran en el contexto y la situación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las particularidades de la construcción del conocimiento son el foco principal para las epistemólogas feministas, más que el desarrollo de un conjunto imposible de circunstancias universales para justificar el conocimiento.

Hay un arco iris de epistemologías feministas que van desde las perspectivas liberales y radicales hasta las postmodernas.Entre las Líneas En los últimos años, las epistemologías feministas han sido utilizadas en estudios en una serie de campos, incluyendo la educación, la salud y la ciencia. Estos estudios han revelado que no existe una perspectiva teórica feminista única. Parte de la razón por la que hay “incertidumbre” en los debates y agendas teóricas feministas es `la incertidumbre sobre lo que la teoría puede decir y en nombre de quién habla. También cabría afirmar que las primeras discusiones teóricas feministas ignoraron o negaron la importancia de la diferencia.Entre las Líneas En años más recientes esto ya no es cierto, ya que abundan las perspectivas de la investigación feminista que se debaten con vehemencia y el consenso sobre una u otra perspectiva parece improbable. Ese consenso también sería muy poco deseable, ya que significaría inevitablemente la exclusión de unos y el dominio de otros, lo que iría en contra de los valores feministas básicos de la equidad.

Elegir una perspectiva también haría caso omiso de la importancia de la interseccionalidad: el reconocimiento de que las identidades/subjetividades/poder y el conocimiento no son cosas discretas estables, sino que son fluidas y situacionales. Las perspectivas interseccionales se sitúan cómodamente dentro de los paradigmas (sistema de creencias, reglas o principios) feministas, en particular los feminismos de tercera ola que no ponen en primer plano el género y descartan las influencias de la clase, la raza, la cultura, la discapacidad y la preferencia sexual, entre otras cosas. Los investigadores en alfabetización informática necesitan familiarizarse más con las epistemologías feministas para entender mejor por qué o cómo estas posiciones podrían ser útiles en nuestro campo. Con este fin, la siguiente sección discute con más detalle el feminismo (compromiso con una mejora del papel social de la mujer, que suele reflejarse en el sentido de promover la igualdad sexual) crítico, los feminismos del color y el feminismo (compromiso con una mejora del papel social de la mujer, que suele reflejarse en el sentido de promover la igualdad sexual) postcolonial, y propone preguntas y problemas de investigación que podrían ser considerados por los investigadores de la alfabetización informativa.

▷ En este Día: 18 Abril de 1857: El Juicio del Siglo
Nace el abogado defensor, orador, polemista y escritor estadounidense Clarence Darrow, entre cuyas destacadas comparecencias ante los tribunales figura el juicio Scopes, en el que defendió a un profesor de secundaria de Tennessee que había infringido una ley estatal al presentar la teoría darwiniana de la evolución.

Revisor: Lawrence

La epidemiología cultural

La epidemiología cultural tiene la capacidad de ayudar a comprender y abordar los problemas de salud en un mundo culturalmente diverso.

Puntualización

Sin embargo, junto con muchas otras áreas de la literatura académica, se encuentra dentro de una contradicción de elevar potencialmente la conciencia sobre la diversidad cultural y las opresiones relacionadas, pero al mismo tiempo refleja aspectos de la hegemonía que produce la marginalidad cultural. La academia asume un privilegio intelectual y moral para llenar los vacíos de conocimiento relacionados con el estado de salud. Con tal privilegio viene la responsabilidad, ya que el poder de conceptualizar los problemas de salud y su solución merece una considerable reflexividad, particularmente en los límites entre los espacios culturales dominantes y oprimidos. Este texto considera las formas en que la hegemonía epistemológica privilegia ciertos enfoques de la producción de conocimiento en salud y ofrece un comentario reflexivo sobre la necesidad de que la epidemiología cultural considere críticamente sus propias epistemologías antes de explicar las de “otros”.

La hegemonía epistemológica

La epistemología se ocupa esencialmente de la filosofía del conocimiento, lo que nos lleva a preguntarnos: ¿Qué es el conocimiento y cómo debe producirse? En el campo de la salud pública, mucho depende de cómo se responda a esta pregunta. A nivel epistemológico, esta es una pregunta sobre los marcos que usamos para pensar en el conocimiento. La autoconciencia epistemológica, como la autoconciencia cultural, no siempre es fácil de encontrar en un sistema de salud creado por y para un grupo cultural dominante. Estamos tan imbuidos de los principios de la ciencia que damos por sentado sus suposiciones, tanto que casi no podemos comprender la posibilidad de que pueda haber otras formas de pensar. No es sorprendente, pues, que muchos observadores críticos de la investigación en salud hayan notado el predominio de una lógica de práctica singular y universalista. Basándome en la noción gramsciana de hegemonía, que centra nuestra atención en la dominación ideológica lograda a través de las instituciones de la sociedad civil, me refiero aquí al poder de las ideas dominantes. La hegemonía epistemológica representa una preocupación por el dominio de una visión del conocimiento y la subordinación de todas las demás formas.

▷ Lo último (2024)
Lo último publicado esta semana de abril de 2024:
Puntualización

Sin embargo, la hegemonía nunca está completa, y hay múltiples sitios de impugnación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Tales actos de reflexividad deberían formar parte de la responsabilidad intelectual de la epidemiología cultural, tan importante como la explicación y defensa de métodos específicos. El proyecto de construir una epidemiología cultural vibrante capaz de informar de manera significativa las asociaciones de colaboración y culturalmente seguras con las comunidades está, por lo tanto, cargado de la necesidad de una reflexividad epistemológica crítica.

La epidemiología cultural contiene dos grandes áreas de desafío epistemológico.Entre las Líneas En primer lugar, está el desafío de intentar comprender y actuar sobre la mejora de la salud en diferentes espacios culturales.Entre las Líneas En segundo lugar, hay un desafío epistemológico más profundo de reflexión que consiste en hacer visibles los mecanismos culturales de las formas dominantes de producción de conocimiento. Por definición, la epidemiología cultural es tal productor de conocimiento. Preguntar cómo se produce (o debería producirse) ese conocimiento implica mucho más que un recuento de los tecnicismos del método. Más bien hay disciplina en la reflexión crítica sobre los fundamentos del acto de legitimar el conocimiento. Este acto siempre será impugnado, ya que, por definición, si se legitima algún conocimiento, inevitablemente se deslegitimará algún conocimiento. La deslegitimación del conocimiento de los “otros” culturales es una de las piedras angulares de la dominación cultural; por lo tanto, lo que está en juego es especialmente importante en la epidemiología cultural.

Las fuentes de la hegemonía epistemológica

La epidemiología cultural representa un conjunto de prácticas de investigación que reconocen las diversas maneras en que las comunidades de personas piensan y manejan la salud. [rtbs name=”derecho-a-la-salud”] Estas prácticas de investigación están vinculadas a la cultura; por lo tanto, la epidemiología es un lugar tan legítimo para la reflexión cultural como cualquier estudio de “etnomedicina”. La blancura de la academia en general y de la investigación en salud en particular ha sido un detonante para muchas “respuestas”, “respuestas escritas” e “investigaciones” dentro de la literatura postcolonial y anticolonial . La agencia intelectual de los pueblos colonizados para hacer visible la blancura de la academia y el consiguiente tema de escrutinio cultural crítico han proporcionado un poderoso catalizador para examinar la dinámica neocolonial de la academia contemporánea.Entre las Líneas En el centro de esta dinámica neocolonial se encuentra la premisa hegeliana occidental, que supone una accesibilidad y una conocibilidad; por lo tanto, dentro de la academia occidental, el “no conocido” se enmarca predominantemente como el “aún por conocer”, una noción epistemológica que subrayaba fuertemente las fuerzas históricas de descubrimiento, exploración y colonización.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación:

A continuación, considero los impulsores de la hegemonía epistemológica mientras los observo. No espero que sean definitivas. Las sugiero simplemente como una contribución a la responsabilidad compartida de impugnar el privilegio de una lógica singular del conocimiento y la consiguiente práctica en la salud de pueblos culturalmente diversos.

Revisor: Lawrence

Epistemología en la Teoría del Derecho

[sc name=”home-derecho”][/sc] Véase epistemología jurídica.

Epistemología de la Sociología

[sc name=”home-sociologia”][/sc]Este es un importante tema de las ciencias sociales.

Epistemología en la Psicología

[sc name=”home-psicologia”][/sc]Este es un importante tema de las ciencias sociales.

La epistemología es una subdisciplina de la filosofía que se ocupa de la naturaleza, el origen, los límites y la validación del conocimiento humano. Varias décadas de investigación en los campos de la psicología y la educación han dejado claro que los adultos laicos, los adolescentes y los niños mayores poseen un conjunto interrelacionado de creencias sobre el conocimiento y el conocimiento, que podría denominarse teoría ingenua o informal de la epistemología.

Otros Elementos

Además, existe un acuerdo sustancial de que, dadas ciertas experiencias sociales y educativas, estas epistemologías ingenuas se desarrollan de acuerdo con una secuencia de niveles relativamente fija. Se han propuesto varios modelos de desarrollo. Existe un fuerte acuerdo entre estos modelos en cuanto a los puntos de partida y de llegada del desarrollo y un acuerdo considerable sobre un nivel intermedio clave. Al mismo tiempo, los modelos difieren sustancialmente en lo que se refiere al calendario y a la edad de inicio propuesta para los distintos niveles.

Revisor: Lawrence

La función epistemológica

Una de las funciones del funcionalismo es epistemológica. Entendemos esta función de la función si distinguimos el derecho comparado funcionalista de un enfoque que comparte parte de su metodología y que a menudo se denomina funcionalista: el método fáctico, especialmente tal como se aplica en la investigación básica común. Hay dos importantes: diferencias que despojan al método fáctico de gran parte del poder explicativo que el funcionalismo reclama por sí mismo y que sugieren que el método fáctico y la investigación básica común no deberían llamarse funcionalistas. En primer lugar, el método fáctico nos muestra similitudes entre los sistemas legales, pero no nos dice si son accidentales o necesarios, o cómo se relacionan con la sociedad.Entre las Líneas En segundo lugar, el método fáctico, al centrarse en los casos, está limitado de dos maneras: sus problemas son solo disputas, y sus soluciones son solo decisiones judiciales. El funcionalismo promete más. Su objetivo es explicar el efectos de las instituciones legales como funciones (un tipo de relación de especifico), y promete buscar respuestas no legales a los requisitos de la sociedad, también. El método funcional nos pide que entendamos las instituciones jurídicas no como estructuras doctrinales, sino como respuestas sociales a los problemas, no como casos aislados, sino en su relación con todo el sistema jurídico y, más allá, con toda la sociedad.

El funcionalismo enfatiza las relaciones además de las instituciones, y se centra en las funciones latentes además de las manifiestas.Entre las Líneas En este sentido, una visión funcionalista de las instituciones jurídicas, centrada en la compleja interrelación de los elementos sociales, crea una imagen no menos compleja que la creada por los participantes en un sistema jurídico.

Lo mismo ocurre con la crítica de que el funcionalismo no deja espacio para el culto. El derecho comparativo funcionalista, bien entendido, supone que las normas jurídicas están culturalmente arraigadas, especialmente una vez que se contabilizan las funciones latentes. Lo que distingue a los funcionalistas de los culturalistas no es el grado de atención a la cultura, sino el tipo de atención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Lo que los críticos llaman acultural es la resistencia de los funcionalistas a adoptar un punto de vista interno, su falta de voluntad para limitarse a la cultura como tal y, por supuesto, su reconstrucción de la cultura como relaciones funcionales (o disfuncionales). Por supuesto, esto solo puede explicar un aspecto de la cultura.Si, Pero: Pero una vez que se abandona la inútil esperanza de captar cualquier “esencia” holística de la cultura, el relato de un funcionalista de fuera no tiene por qué ser inferior al relato de un culturalista de dentro; solo pone de relieve una perspectiva de diferente. Para ello, el funcionalismo debe asumir que la ‘ley’ puede de alguna manera ser separada de la ‘sociedad’ porque de otra manera la ley no podría completar una función para la sociedad. Este supuesto de separabilidad ha sido criticado, pero puede ser defendido al menos como un dispositivo heurístico. La separación está más en sintonía tanto con el uso del término ‘derecho’ como con la diferenciación funcional de las sociedades modernas; conlleva más fuerza analítica de la que tendría el colapso de toda la ley en la sociedad y la cultura.

▷ Noticias internacionales de hoy (abril, 2024) por nuestros amigos de la vanguardia:

Obviamente, el funcionalismo no es el único esquema epistemológico disponible para la comprensión de un sistema jurídico. Los funcionalistas toman la perspectiva del observador como una alternativa, y no como un sustituto, de la perspectiva del participante inherente a los enfoques culturales, y enfatizan el punto de vista de la ley en una relación (es decir, funcional), ignorando al mismo tiempo otras relaciones.

Una Conclusión

Por lo tanto, el funcionalismo no puede pretender captar alguna esencia o “verdad última” de las instituciones legales; pero tal pretensión iría en contra de su propio programa, de todos modos. El funcionalismo tanto en sociología como en filosofía es el fruto de un alejamiento de conceptos metafísicos como “sustancia” y “esencia”; la función no es una categoría ontológica. Un derecho comparativo funcionalista de este tipo, impulsado por un interés particular del comparador, no puede ser plenamente objetivo y neutral en la forma en que las ciencias tradicionales apuntan a la objetividad y la neutralidad, pero esto no es una deficiencia.

Si las funciones son las relaciones entre las instituciones y los problemas, entonces la primera tarea es la de find el problema a resolver por las instituciones legales. Y esto es en sí mismo un problema. Para los evolucionistas, un problema es una situación en la sociedad que estimula el cambio legal y, en última instancia, social; la solución es solo un paso adelante temporal que conducirá a nuevos problemas. Para los funcionalistas, finalmente, un problema es solo una cara de una relación funcional bipolar, la otra cara tomada por la institución que satisface la necesidad, para que la sociedad pueda mantenerse en equilibrio: los problemas y las instituciones se constituyen mutuamente.

Hay verdaderos problemas con el funcionalismo como ciencia social o como filosofía, pero menos con el funcionalismo constructivista en el derecho comparado. La explicación de las instituciones jurídicas conduce funcionalmente a hipótesis que consideran los problemas y la estructura de una sociedad no como realidades (empíricas o filosóficas), sino que más bien hacen propuestas sobre cómo las sociedades pueden y deben ser entendidas, no solo cómo funcionan. No es necesario demostrar que existe un problema y que una institución es una respuesta a él; pero la conexión entre eventos e instituciones debe hacerse plausible como una forma de comprensión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Podemos decir que los problemas están construidos y aun así mantienen su poder explicativo; podemos analizar desde un punto de vista particular no universal y ofrecer este análisis como una de varias posibles interpretaciones. De este modo, el funcionalismo pasa de ser un enfoque constructivo del derecho, una forma de dar sentido” que es distinta de la forma en que los participantes dan sentido a sus sistemas jurídicos. Esto sería problemático para una ciencia positiva. No es así para una disciplina argumentativa y normativa, orientada al propósito, como el derecho comparado.

Revisor: Lawrence

Definición de Epistemología en Ciencias Sociales

El estudio del conocimiento y de cómo sabemos. Toda la ciencia (para un examen del concepto, véase que es la ciencia y que es una ciencia física), dado que se ocupa de verificar y probar o refutar, debe hacer suposiciones sobre cómo sabemos. Toda la ciencia adopta entonces una epistemología.Entre las Líneas En la sociología se ha producido un largo debate sobre las fuentes de conocimiento y esto se puede ver en las diferencias entre el positivismo y el postmodernismo, o entre el positivismo y la fenomenología. Para los sociólogos, este debate se centra con mayor frecuencia en los métodos que deben utilizarse para aprender sobre el mundo: el método de encuesta o experimental por un lado, y la observación de los participantes o el uso de la propia comprensión de los “miembros” para analizar las conversaciones.

[rtbs name=”home-ciencias-sociales”] Véase también: . (En general, aplicable a Canadá)

Revisor: Lawrence

Epistemología

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Traducción al Inglés

Traducción al inglés de Epistemología: Epistemology

Véase También

  • Teoría del Derecho Natural
  • Emprismo
  • INVESTIGACIÓN ETNOGRÁFICA, MIEMBRO, POSITIVISMO, VERSTEHEN

    Bibliografía

    • Información acerca de “Epistemología” en el Diccionario de Ciencias Sociales, de Jean-Francois Dortier, Editorial Popular S.A.
    ▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoce a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparta con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.

    6 comentarios en «Epistemología»

    1. Esto sugiere por qué una crítica frecuente del funcionalismo por ser demasiado regla-
      centrada puede aplicarse a gran parte del derecho comparativo general, pero no al método funcional. Los funcionalistas piden explícitamente que los comparistas miren no sólo a las normas legales (“ley en los libros”), ni sólo a los resultados de su aplicación (“ley en acción”), sino incluso más allá, a las respuestas no legales a las necesidades de la sociedad. Pocos comparatistas pueden practicar esto, pero esto es un flaw en la práctica, no en el método. Del mismo modo, la crítica frecuente de que el funcionalismo es reductor es injustificada. La gran ventaja del funcionalismo sobre el substantivismo, enfatizado por Cassirer en first, es precisamente que hace posibles las generalizaciones sin pérdida de especifico.

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    2. De hecho, los funcionalistas pueden sonar como sus críticos: El hecho de que todo derecho es un fenómeno cultural y que las reglas de derecho no pueden ser consideradas como independientes del contexto histórico, social, económico, psicológico y político es confirmado con una fuerza particular por las investigaciones de derecho comparadas.

      Responder
    3. Para los neo-cantantes, un problema es un problema legal (“Rechtsproblem”) y por lo tanto un problema por la ley y no por la realidad social, un concepto filosofico apriorístico. No se puede encontrar una solución en una analogía con las ciencias porque requiere un juicio de valor.

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