▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Fuentes del Derecho Administrativo

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Las Fuentes del Derecho Administrativo

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

El sistema de fuentes en el Derecho administrativo de la Unión Europea

Caracteres Generales

Los países miembros de la Unión Europea han experimentado una alteración de su sistema de fuentes en el que ha penetrado el derecho europeo. Las características fundamentales de las relaciones entre los derechos internos y el derecho de la Unión Europea son las siguientes:

  1. El ordenamiento comunitario es autónomo e independiente de los ordenamientos de los Estados miembros de la Comunidad.
  2. Tiene fuentes propias de producción del Derecho.
  3. El derecho europeo se integra en el derecho interno a través de una relación vertical; las personas físicas y jurídicas de los Estados miembros son, al mismo tiempo, sujetos del ordenamiento comunitario y del ordenamiento jurídico interno.
  4. Las normas comunitarias tienen eficacia inmediata (salvo excepciones) en el ordenamiento interno.

Derecho Originario y Derecho Derivado (clases de normas “derivadas”)

Como derecho originario o fuentes primarias del Derecho comunitario se incluyen fundamentalmente, los tratados constitutivos y demás actos o normas posteriores que los han modificado o completado y que se integran en ellos.

Los Tratados constitutivos son los siguientes:

  • Tde la Comunidad Europea del Carbón y del Acero: CECA. (París, 1951)
  • de la Comunidad Económica Europea: CEE (Roma, 1957).
  • de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. EURATOM (Roma,1957
  • de la Unión Europea. UE (Maastricht, 1992).

Entre las normas posteriores, y Protocolos, destacan los siguientes:

  • Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad.
  • Estatuto de la Banca Europea para las inversiones.
  • Actos sobre la fusión de los Ejecutivos de las tres Comunidades.

Son también relevantes los tratados de adhesión de los Estados no fundadores: Dinamarca, G. Bretaña (mientras permanezca, antes de la ejecución del Brexit), Irlanda, Grecia, España, Portugal, Austria, Suecia, Rumanía, Bulgaria, Finlandia, etc.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha ido definiendo las condiciones y requisitos que permiten delimitar qué disposiciones de los tratados tienen efecto normativo directo y cuáles carecen de él y agotan su eficacia en las relaciones entre las instituciones de los Estados y de la Unión Europea. Dicha jurisprudencia admite que preceptos de tratados dirigidos a los Estados, y no a sus ciudadanos, pueden tener efecto directo siempre que contengan un mandato claro e incondicional: normas referente a la prohibición de incrementar los Dº de aduanas (ver su definición; pero esencialmente se trata de las oficinas públicas encargadas del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) existentes al constituirse la Comunidad, las relativa a la libre circulación de mercancías y de trabajadores, al Dº de establecimiento y libre prestación de servicios, prohibición de impuestos discriminatorios, etc.

Derecho derivado o Fuentes Derivadas

Son las que se fundamentan en el anterior Derecho primario.

El Tratado de la CECA estableció que “para el cumplimiento de la misión a ella confiada, la Alta autoridad tomará decisiones, formulará recomendaciones o emitirá dictámenes, en las condiciones previstas por el presente tratado”. El tratado también detalló que:

  • Las decisiones serán obligatorias en todos sus elementos.
  • Las recomendaciones: solo en cuanto a los objetivos que persigue.
  • Los dictámenes: no serán vinculantes.
El Tratado de la CE clasifica en cinco categorías las normas y actos aprobados por el Consejo y la Comisión: reglamento, directiva, decisión, recomendación, dictamen.

Reglamento: en los Tratados de la CEE y CECA dice que “tendrá un alcance general y será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro”, siendo la norma más importante del Dº comunitario (no se corresponde con lo que se entiende por reglamento en el derecho interno). Obliga directamente tanto a instituciones comunitarias y sus organismos como a los Estados miembros y sus Administraciones, y a las persona físicas y jurídicas de éstos sin que sea necesario incorporarlo al Dº interno, e incluso lo pueden desplazar quedando anulado, cualquiera que sea el rango de sus normas, en todo lo que sea contrario a los Reglamentos.

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

Directiva: es una norma que no obliga directamente, pero sí debe ser incorporada al Dº interno, “obligará al Estado destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios”. La mayoría están dictadas con vistas a los programas generales de armonización de los Dº nacionales en materia de establecimiento, prestación de servicios, eliminación de obstáculos a los intercambios, fiscalidad o aproximación de las legislaciones.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Decisión: “será obligatoria en todos sus elementos para todos sus destinatarios”. No es un acto normativo de carácter general, sino un acto de la Comunidad que tiene por objeto situaciones singulares referidas a una o más personas determinadas. Las decisiones de mayor importancia son aprobadas por el Consejo, correspondiendo a la Comisión las de gestión ordinaria de los intereses comunitarios.

Recomendaciones y dictámenes: en ningún caso tienen carácter normativo, el Tratado de la CE dice que “no serán vinculantes”.

Los Tratados imponen condiciones formales para la formación, entrada en vigor y eficacia de reglamentos, directivas y decisiones:

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

  • En primer lugar, una adecuada motivación con referencia expresa a las propuestas y pareceres para ejecución del tratado.
  • En segundo lugar, se ha de seguir el procedimiento de elaboración establecido.
  • Para reglamentos y directivas: se inicia el procedimiento con la propuesta de la Comisión, sobre la que emiten informe el Parlamento y el Comité Económico y Social antes de la aprobación por el Consejo.
  • Para reglamentos, por su alcance general, es necesario además para su entrada en vigor, su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad.
  • Para directivas y Decisiones: al ser dirigidas a sujetos determinados, se aplica la notificación propia de los actos advos y en base a ella adquieren eficacia.

.

Fuentes del Derecho Administrativo

▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Contenidos Relacionados:

Los de arriba son los elementos relacionados con este contenido de la presente plataforma digital de ciencias sociales.

1 comentario en «Fuentes del Derecho Administrativo»

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.
Index

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo