Historia del Derecho Griego
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la historia del derecho griego.
[aioseo_breadcrumbs]Historiografia Griega (Historia)
Nota: véase más sobre la Historia e historiografía, y la literatura jurídica en la historia en Occidente en esta obra. Así como acerca de la historiografía griega.
En el siglo V a.C. Heródoto, considerado el ‘padre de la historia’, escribió su famoso relato de las Guerras Médicas. Poco después Tucídides redactó su obra clásica sobre el conflicto mantenido entre Atenas y Esparta, titulada Historia de la guerra del Peloponeso. Estos primeros historiadores recogieron los sucesos de su época, o por lo menos los más próximos a su tiempo, en prosa narrativa, dependiendo en gran medida de testigos presenciales u otros testimonios fidedignos. Se centraron en los hechos bélicos, en la historia constitucional y en el carácter de los dirigentes políticos para crear retratos de las sociedades humanas en tiempos de crisis o de cambio.
Pormenores
Los historiadores posteriores también prefirieron sucesos recientes, consideraron los testimonios visuales y orales de mayor valor que los escritos (usados únicamente de forma secundaria) y asumieron que la mayor expresión humana era la vida política y el Estado. La investigación sobre religión, costumbres, nombres y arte, fundamentada sobre fuentes documentales, tuvo también lugar en Grecia y Roma, pero asociada principalmente a la filosofía, biografías y áreas de conocimiento especializado y estuvo excluida de las principales tradiciones de la historia política. No se consideraba esencial ninguna formación específica para la actividad historiográfica. La formación del historiador era la propia de un hombre cultivado: la cuidadosa lectura de literatura general y el estudio de la retórica o arte de influir y persuadir mediante el lenguaje, que dominó la formación superior en el mundo antiguo.
En el siglo IV Jenofonte, Teopompo de Quíos y éforo continuaron durante el periodo helenístico la tradición de la historiografía griega, pero ampliaron su visión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Polibio escribió en el siglo II antes de la era común la historia, vida política y triunfos militares de Roma. Estrabón y Dionisio de Halicarnaso siguieron esa misma corriente historiográfica durante el siglo posterior. Flavio Josefo, noble judío impregnado de la cultura griega clásica, situó en el contexto helenístico y romano la historia del pueblo judío y explicó y defendió las costumbres y religión judías.Entre las Líneas En este mismo periodo Plutarco redactó biografías de notables personajes griegos y romanos, enfatizando los aspectos anecdóticos y dramáticos en la descripción de sus caracteres como individuos (se consideraban las vidas individuales como ejemplos de opciones morales) y su repercusión en la vida pública.[1]
Consideraciones Jurídicas Internacionales del Primer Derecho de Grecia
Nota: Véase el código de leyes de Gortyn (Creta), c. 450 a.C., el código legal griego más completo que se conserva.
En sus relaciones con los demás pueblos, los griegos no superaron las concepciones comunes del Antiguo Oriente. Incluso puede decirse que se quedaron a la zaga del universalismo (la creencia de que es posible descubrir ciertos valores y principios que son aplicables a todas las personas y a todas las sociedades, independientemente de las diferencias históricas, culturales y otras) iranio. Una barrera psicológica les separaba de los «bárbaros», es decir, de los «no griegos», de lenguaje ininteligible, y con respecto a los cuales se consideraban de una naturaleza superior.Entre las Líneas En su Política, Aristóteles había reforzado esta convicción en el plano filosófico, sosteniendo, en con-secuencia, el derecho de los griegos a someterlos y a reducirlos a esclavitud.
Puntualización
Sin embargo, no conviene exagerar el alcance de esta oposición, que, en la práctica, no estorbó las relaciones en pie de igualdad con el Imperio persa, al este, o con Cartago y Roma, al oeste. Esta actitud de los griegos hacia los que no lo eran, era, por lo demás, el efecto del sentimiento que poseían de pertenecer a una comunidad étnica, lingüística, religiosa y cultural bien diferenciada, que atenuaba, en cierta medida, la atomización política en un mundo de ciudades celosas de su independencia.
Esta atomización política dentro del marco de una comunidad de civilización dio lugar a estrechos contactos de toda índole, regidos por un conjunto de reglas, consuetudinarias o convencionales, que, no por establecerse entre entidades políticas autónomas reducidas, poseían un menor carácter de lo que hoy calificamos como internacional. La Polis, el Estado-ciudad, según la expresión corriente, era independiente y, por emplear un término moderno, soberana. Así es como surgió, a partir del siglo IX a.C., un Derecho internacional intrahelénico o panhelénico, fundado sobre prácticas y tradiciones comunes, sancionadas por la religión, y después sobre convenios puestos bajo la advocación de los Dioses respectivos. Estas prácticas, tradiciones y convenios suavizaron poco a poco las durezas y violencias primitivas, encauzando, por lo menos en parte, los conflictos entre ciudades.
Instituciones como la hospitalidad, que tejen a través de toda Grecia lazos de amistad y de agradecimiento mutuos entre familias de distintas ciudades, preludian algunas modalidades más regulares en la protección de los extranjeros. Éstos fueron sometidos a la jurisdicción especial del Polemarco, el magistrado encargado de la administración de la guerra, y sus intereses generales fueron puestos bajo la protección de un Próxeno, ciudadano influyente de la ciudad de residencia que designaba la ciudad de origen. Con razón se ha visto en el Próxeno griego el antecedente del cónsul moderno, en su forma de cónsul honorario, de la nacionalidad del Estado receptor. Una ciudad podía conceder evidentemente la ciudadanía a un extranjero, pero también podía extenderla, en bloque, a colec¬tividades, siendo su base jurídica los tratados de isopoliteía y de sympoliteía.
Las relaciones diplomáticas eran frecuentes entre las ciudades, y las categorías de los emisarios (embajadores, parlamentarios, etc.) estaban establecidas claramente.Si, Pero: Pero faltaban las embajadas permanentes, y lo mismo ocurrirá también en Roma.
Un fenómeno propio del Derecho internacional helénico fue el de las ligas de ciudades.
Pormenores
Las anfictionías, constituidas para asegurar el acceso pacífico a santuarios célebres, tenían un carácter religioso. La más conocida es la de Delfos, relacionada con el templo de Apolo.
Pormenores
Las alianzas políticas (simmaquías) presentan estructuras diversas, que, en todo caso, recuerdan a las confederaciones modernas.Entre las Líneas En su mayoría estaban situadas bajo la dirección de una ciudad hegemónica: la Liga beocia (alrededor del s. VI a.C.), en torno a Tebas; la Liga del Peloponeso (hacia el 550), dominada por Esparta; la Liga marítima ático-délica o Liga de Délos (478-477), bajo la férula de Atenas; la Liga de Corinto (338), que sirvió a Filipo II de Macedonia como instrumento para imponer desde el exterior su protectorado sobre el conjunto de Grecia.
El derecho de la guerra fue muy duro. Todo estaba permitido contra el enemigo. El estado de paz iba asociado (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “associate” en derecho anglo-sajón, en inglés) a la existencia previa de un pacto, generalmente suscrito por un plazo (véase más en esta plataforma general) fijo.
Puntualización
Sin embargo, con el tiempo, se establecieron normas destinadas a atenuar el rigor de la guerra, o, al menos, a disciplinarla: así, la exigencia de una declaración formal del estado de guerra, el respeto a los heraldos enemigos, la neutralización de los santuarios y las propiedades de los dioses, incluyendo la protección de los que se refugiasen allí (derecho de asilo), el respeto de los cadáveres y los ritos funerarios que les fueran debidos, etc. Poco a poco, la guerra se humanizó. La idea de que las contiendas entre griegos tenían algo de impías fue abriéndose paso’. Por lo demás, «paces generales», al término de enfrentamientos militares mayores, incluían también a ciudades que no habían tomado parte en las hostilidades. Esta evolución favoreció la conclusión de tratados de arbitraje, que se multiplicaron a partir del siglo III a.C., siendo generalmente el arbitro designado otra ciudad.Si, Pero: Pero éstos llegaban tarde, puesto que ya era el momento en que las ciudades griegas perdieron su independencia. «De hecho, mientras han sido libres y poderosas, las ciudades griegas han aceptado difícilmente una limitación de su actividad guerrera y, antes que a todos los procedimientos pacíficos, han preferido el recurso a las armas».
En lo que concierne a la doctrina, la contribución del pensamiento griego clásico al ámbito de la vida internacional no es comparable con su aportación a la filosofía del Derecho o al pensamiento político.
La apología del derecho del más fuerte, que ciertos sofistas defendieron con relación a la génesis del Derecho en el orden interno de la ciudad, tuvo su equivalente en el terreno de las relaciones recíprocas entre las ciudades con Tucídides (en torno al 460-395 a.C.). Tucídides veía en la guerra un fenómeno natural, cuya ley propia es la sumisión del débil al fuerte (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). De esta convicción procede, en su Historia de la guerra del Peloponeso, la objetividad con la que analiza las causas de la guerra, convertida en inevitable a partir de que Atenas y Esparta «habían llegado a la cúspide de su poder» (libro 1,1), debiendo chocar fatalmente. El desapego que demuestra en su evocación del diálogo entre los atenienses y los melios, sus reticentes aliados (libro V, 84-113), no es menos contundente: «lo sabemos y vosotros lo sabéis tan bien como nosotros, la justicia no se tiene en cuenta dentro del razonamiento de los hombres más que cuando las fuerzas son iguales en una y otra parte; en el caso contrario, los fuertes ejercen su poder y los débiles deben ceder». Platón, por su parte, en el libro V de La República, presenta un programa de humanización de la guerra entre las ciudades griegas. Es notable que las ligas de ciudades no hayan sido objeto de un estudio mayor, como el de las constituciones que Aristóteles había dirigido en su Liceo.
Señalemos, sin embargo, que, en el marco de las solemnidades de los juegos olímpicos, el sofista Gorgias (en torno al 483-375 a.C.) lanzó la idea de una federación panhelénica, que Isócrates (436/5-338 a.C.) profundizó, confiando la tarea de constituirla, ya a la desesperada, a Filipo II de Macedonia, que la organizó al precio de la independencia de las ciudades.
Debe decirse alguna palabra, al menos, acerca de la piratería. Sin duda, ésta es tan antigua como las propias relaciones marítimas.Entre las Líneas En la Antigüedad la practicaron todos los pueblos costeros del Mediterráneo.Entre las Líneas En Grecia, la favorecieron en particular las guerras endémicas entre las ciudades y las condiciones del litoral, tanto el continental como el insular. Vino incluso a ser considerada como un servicio a la ciudad en lucha. No retrocederá sino ante el poder romano.
Fuente: Histoire du droit international public, Editions Economica, 1995 (traducido por Editorial Tecnos en 1998)
LA ÉPOCA HELENÍSTICA
El protectorado de Macedonia sobre las ciudades griegas fue reforzado por su hijo Alejandro (336-323 a.C.), quien, mediante la conquista del imperio de los Aqueménidas, ampliado en Oriente como consecuencia de sus adquisiciones posteriores, alcanzó un grado de universalidad desconocido hasta entonces. A comienzos del período helenístico, su política dio lugar a una helenización de Asia, hasta la India y, a la inversa, a una penetración de elementos culturales orientales en el mundo griego. Una vez pasado el breve período de sus sucesores, los diádocos, con su fachada de unidad, surgieron los tres reinos de Macedonia (Antigónidas), Egipto (Lágidas) y Siria (Seléucidas) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). De ahí resultó un sistema de potencias que recuerda en cierto modo al concierto de imperios que se había establecido en esta misma región un milenio antes. Este sistema se prolongó por el Mediterráneo occidental, incluyendo a Cartago, Siracusa, las ciudades etruscas, las de la Magna Grecia y las de la Italia central. Entre estas últimas destaca Roma, en particular a partir del 265 a.C., con la constitución de la Liga itálica bajo su hegemonía. El comercio marítimo y las rivalidades a que da lugar son la ocasión de estrechas relaciones, tanto belicosas como pacíficas. Entre los abundantes tratados de esta época cabe mencionar aquellos que fueron concluidos entre Roma y Cartago (par¬ticularmente en el 306, 241, 226,201 a.C.), que establecen, por ejemplo, zonas de influencia y de monopolio marítimo, o límites de expansión territorial.
Este mundo internacional fue de corta duración, víctima de la expansión de Roma, que, a mediados del siglo II a.C., tras la batalla de Pidna (168), eliminó a sus grandes rivales del Oriente mediterráneo y destruyó Cartago en el año 146.
Es en la época helenística cuando la filosofía estoica, al afirmar la unidad del género humano, permitió establecer un conjunto de principios ético-jurídicos válidos para todos los hombres, sin distinción de raza, de lengua o de cultura. Según los estoicos, una ley universal, el Logos, rige la vida del cosmos, y todos los hombres participan de ella por su recta razón. Así llegaron los estoicos a la idea cosmopolita de una ciudad común a los hombres y a los dioses, una “civitas” máxima en cuyo interior desaparecen los vínculos, considerados accidentales, de los individuos con sus comunidades históricas. Esta concepción del orden del mundo, de alcance esencialmente moral, ejercerá una influencia duradera sobre el pensamiento internacional y el pacifismo en el curso de los siglos posteriores.
Fuente: Histoire du droit international public, Editions Economica, 1995 (traducido por Editorial Tecnos en 1998)
Estatuto Jurídico de la Mujer en la Antigua Grecia
Nota: Véase más textos jurídicos originales en “Evolución del Estatuto Jurídico de la Mujer en Grecia“.
La defensa de un marido. Atenas, ca. 400 a.C.
(Lisias, Sobre el asesinato de Eratóstenes 6-33, 37-50)
Eufileto, un marido que asesinó al amante de su esposa, Eratóstenes, habla en su propia defensa:
“(6) Miembros del jurado: cuando decidí casarme y traje una esposa a casa, al principio mi actitud hacia ella fue ésta: No deseaba molestarla, pero tampoco que se saliera demasiado con la suya. La vigilaba lo mejor que podía y la controlaba como era debido. Pero más tarde, después de que naciera mi hijo, llegué a confiar en ella y le entregué todas mis posesiones, creyendo que era la mayor prueba de afecto posible.
(7) Bien, miembros del jurado, al principio era la mejor de las mujeres. Era una ama de casa inteligente, económica y exacta en su gestión de todo. Pero entonces, mi madre murió; y su muerte ha resultado ser la fuente de todos mis problemas, porque fue cuando mi esposa fue al funeral cuando este hombre, Eratóstenes, la vio; y con el paso del tiempo, fue capaz de seducirla. Vigilaba a nuestra criada que va al mercado; y acercándose a ella con sus sugerencias, consiguió corromper a su ama.
(9) Ahora, en primer lugar, caballeros, debo explicarles que tengo una pequeña casa dividida en dos, la de los hombres y la de las mujeres, cada una con el mismo espacio, las mujeres arriba y los hombres abajo. Tras el nacimiento de mi hijo, su madre lo cuidó; pero no quería que corriera el riesgo de bajar las escaleras cada vez que tuviera que darle un baño, así que yo mismo me hice cargo de la planta superior y dejé que las mujeres tuvieran la planta baja. Y así sucedió que para entonces era bastante habitual que mi mujer bajara a menudo a dormir con el niño, para poder darle el pecho y evitar que llorara.
Esto se prolongó durante mucho tiempo, y yo no tenía la menor sospecha. Al contrario, me encontraba en un paraíso tan tonto que creía que mi esposa era la mujer más casta de toda la ciudad.
(11) Pasó el tiempo, señores. Un día, cuando yo había llegado inesperadamente a casa desde el campo, después de cenar, la niña empezó a llorar y a quejarse. En realidad era la criada la que le pellizcaba a propósito para que se comportara así porque -como supe más tarde- ese hombre estaba en la casa. Le dije a mi mujer que fuera a dar de comer al niño para que dejara de llorar. Pero al principio se negó, fingiendo que se alegraba de verme de vuelta tras mi larga ausencia. Al final empecé a enfadarme e insistí en que fuera.
‘¡Oh, sí!’, dijo ella. ‘¡Dejarte sola con la criada aquí arriba! Ya la maltrataste antes, cuando estabas borracho!’
(13) Me reí. Ella se levantó, salió, cerró la puerta -pretendiendo que era una broma- y echó el cerrojo. En cuanto a mí, no pensé nada malo de todo aquello, ni tuve la menor sospecha. Me fui a dormir, contenta de hacerlo tras mi viaje desde el campo.
(14) Hacia la mañana, ella regresó y abrió la puerta. Le pregunté por qué las puertas habían estado crujiendo durante la noche. Me explicó que la lámpara que había junto al bebé se había apagado y que entonces había ido a buscar luz a los vecinos.
No dije nada más. Pensé que realmente era así. Pero sí me pareció, miembros del jurado, que se había arreglado la cara con cosméticos, a pesar de que su hermano había muerto hacía sólo un mes. Aun así, no dije nada al respecto. Simplemente me fui, sin decir una palabra.
(15) Después de esto, miembros del jurado, transcurrió un intervalo, durante el cual mis heridas habían progresado, dejándome muy atrás. Entonces, un día, se me acercó una vieja bruja. Había sido enviada por la anterior amante de Eratóstenes, como supe más tarde. Esta mujer, furiosa porque él ya no venía a verla como antes, había estado al acecho hasta descubrir el motivo. La vieja arpía, por tanto, había venido y me acechaba cerca de mi casa.
‘Euphiletus’, me dijo, ‘por favor, no pienses que mi acercamiento a ti se debe en modo alguno a un deseo de interferir. El hecho es que el hombre que os está agraviando a ti y a tu esposa es un enemigo nuestro. Ahora bien, si atrapa a la mujer que le hace la compra y trabaja para usted, y la somete a un examen, lo descubrirá todo. El culpable -añadió- es Eratóstenes de Oea. Su mujer no es la única a la que ha seducido, hay muchas más. Es su profesión’.
Con estas palabras, miembros del jurado, se marchó. Al instante me sentí abrumado. Todo se precipitó en mi mente y me llené de sospechas. Reflexioné sobre cómo me habían encerrado en el dormitorio. Recordé cómo aquella noche habían crujido las puertas central y exterior, cosa que nunca había ocurrido antes; y cómo había tenido la idea de que la cara de mi mujer estaba rugosa. Todas estas cosas se agolparon en mi mente y me llené de sospechas.
(18) Volví a casa y le dije a la sirvienta que me acompañara al mercado. La llevé en su lugar a casa de uno de mis amigos; y allí le informé de que había descubierto todo lo que ocurría en mi casa.
‘En cuanto a ti’, le dije, ‘tienes dos opciones: o ser azotada y enviada al molino de pisar, y no librarte nunca de una vida de miseria absoluta; o confesar toda la verdad y no sufrir ningún castigo, sino ganar mi perdón por tu maldad. No me diga mentiras. Di toda la verdad’.
(19) Al principio, intentó negarlo y me dijo que podía hacer lo que quisiera, que ella no sabía nada. Pero cuando le nombré a Eratóstenes en su cara, y le dije que era el hombre que había estado visitando a mi esposa, se quedó boquiabierta, pensando que lo había averiguado todo con exactitud. Y entonces, por fin, cayendo a mis pies y exigiéndome la promesa de que no se le haría ningún daño, denunció al villano. Describió cómo se había acercado a ella por primera vez después del funeral, y cómo al final ella le había transmitido el mensaje, y con el tiempo mi esposa se había dejado persuadir demasiado. Explicó la forma en que se las había ingeniado para entrar en la casa, y cómo cuando yo estaba en el campo mi esposa había ido a un servicio religioso con la madre de este hombre, y todo lo demás que había sucedido. Lo contó todo con exactitud.
(21) Cuando lo hubo contado todo, le dije: ‘Procura que nadie se entere de esto; de lo contrario, la promesa que te hice no se mantendrá. Y además, espero que me demuestres que esto ha sucedido realmente. No me sirven las palabras. Quiero que se exhiba el hecho, si realmente es así’.
Ella accedió a hacerlo.
Transcurrieron entonces cuatro o cinco días, como le demostraré con importantes pruebas. Pero antes de hacerlo, deseo narrar los acontecimientos del último día.
(23) Tenía un amigo y pariente llamado Sostrato. Volvía del campo después de la puesta del sol cuando me encontré con él. Sabía que, como había vuelto tan tarde, no encontraría a nadie de los suyos en casa; así que le invité a cenar conmigo. Fuimos a mi casa y, subiendo al piso superior, cenamos allí. Cuando se sintió restablecido, se marchó; y yo me fui a la cama.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Entonces, miembros del jurado, Eratóstenes hizo su entrada; y la criada me despertó y me dijo que estaba en la casa.
Le dije que vigilara la puerta; y bajando las escaleras, me escabullí sin hacer ruido.
Fui a las casas de un hombre tras otro. A algunos los encontré en casa; otros, me dijeron, estaban fuera de la ciudad. Así que recogiendo a todos los que pude de los que estaban allí, regresé. Nos procuramos antorchas en la tienda cercana y entramos en mi casa. La puerta había quedado abierta por acuerdo con la criada.
Forzamos la puerta del dormitorio. El primero de nosotros en entrar le vio aún tumbado junto a mi esposa. Los que le siguieron le vieron de pie y desnudo sobre la cama. Le derribé de un golpe. Luego le retorcí las manos a la espalda y se las até. Entonces le pregunté por qué cometía este crimen contra mí, de irrumpir en mi casa.
Me contestó que admitía su culpabilidad; pero me rogó y suplicó que no le matara, que aceptara en su lugar un pago en dinero. Pero yo le respondí: ‘No soy yo quien te matará, sino la ley del Estado, que tú, al transgredir, has valorado menos que tu propio placer. Has preferido cometer este gran crimen contra mi mujer y mis hijos, antes que obedecer la ley y tener un comportamiento decente’.
(27) Así, miembros del jurado, este hombre encontró el destino que las leyes prescriben a los malhechores de su clase. (Notas: Sobre la “ley” citada en Demóstenes 23.53: “Si un hombre mata involuntariamente a otro en el transcurso de competir en una prueba atlética o al apresar a un ladrón en un camino, o cuando no [lo] reconoce en la guerra, o si [lo] sorprende con su esposa o madre o hermana o hija o con una concubina a la que mantiene con el propósito de engendrar hijos legítimos; incluso en cualquiera de estos casos el asesino no es procesado”.)
Eratóstenes no fue apresado en la calle y llevado, ni se refugió en el altar, como alega la acusación. Los hechos no lo admiten: fue golpeado en la alcoba, cayó enseguida y le até las manos a la espalda. Había tantos presentes que no era posible que escapara por en medio de ellos, ya que no tenía ni acero ni madera ni ninguna otra arma con la que hubiera podido defenderse de todos los que habían entrado en la habitación.
(28) No, miembros del jurado: sabéis tan bien como yo cómo los malhechores no admiten que sus adversarios digan la verdad, e intentan mediante mentiras y artimañas de otro tipo excitar la ira de los oyentes contra aquellos cuyos actos están de acuerdo con la Justicia.
Al Secretario del Tribunal: Lea la ley.
Se lee la Ley de Solón, según la cual un adúltero puede ser condenado a muerte por el hombre que lo atrape.
(29) No hizo ninguna negación, miembros del jurado. Admitió su culpabilidad, y rogó e imploró que no se le diera muerte, ofreciéndose a pagar una indemnización. Pero yo no acepté su estimación. Preferí conceder una autoridad superior a la ley del Estado, y acepté la satisfacción que ustedes, por considerarla la más justa, han decretado para quienes cometen tales delitos. Testigos de lo anterior, tengan la amabilidad de acercarse.
Los testigos pasan al frente del tribunal, y el Secretario lee sus deposiciones. Cuando el Secretario ha terminado de leer, y los testigos han acordado que las deposiciones son correctas, el acusado se dirige de nuevo al Secretario:
Ahora, por favor, lea esta otra ley de la columna del Tribunal del Areópago:
El Secretario lee otra versión de la ley de Solón, tal como está grabada en el pilar del Tribunal del Areópago.
Oíd, miembros del jurado, cómo está expresamente decretado por el propio Tribunal del Areópago, al que tanto tradicionalmente como en vuestros días se le ha concedido el derecho a juzgar casos de asesinato, que no se declarará culpable de asesinato a ninguna persona que sorprenda a un adúltero con su mujer y le inflija este castigo. (31) El legislador estaba tan firmemente convencido de la justicia de estas disposiciones en el caso de las mujeres casadas que las aplicó también a las concubinas, de menor importancia. Sin embargo, es obvio que si hubiera conocido algún castigo mayor que éste para los casos en que se trata de mujeres casadas, lo habría previsto. Pero, de hecho, como le era imposible inventar una pena más severa para la corrupción de las esposas, decidió prever el mismo castigo que en el caso de las concubinas.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Al secretario del tribunal: Por favor, léame también esta ley.
El secretario lee en voz alta otras cláusulas de las leyes de Solón sobre la violación.
(32) Oíd, miembros del jurado, cómo el legislador ordena que si alguien corrompe por la fuerza a un hombre libre o a un muchacho, la multa será el doble de la decretada en el caso de un esclavo. Si alguien corrompe a una mujer -en cuyo caso está permitido matarlo- se le impondrá la misma multa. Así pues, miembros del jurado, el legislador consideró que los violadores merecían una pena menor que los seductores: para estos últimos dispuso la pena de muerte; para los primeros, la multa duplicada. Su idea era que los que emplean la fuerza son aborrecidos por las personas violadas, mientras que los que se salen con la suya mediante la persuasión corrompen la mente de las mujeres, de tal manera que hacen que las esposas de otros hombres se apeguen más a ellas que a sus maridos, de modo que toda la casa está en su poder, y no se sabe a ciencia cierta quién es el padre de los hijos, el marido o el amante…
(47) Es mi creencia, miembros del jurado, que este castigo fue infligido no en mi propio interés, sino en el de toda la comunidad. Tales villanos, viendo las recompensas que aguardan a sus crímenes, estarán menos dispuestos a cometer delitos contra otros si ven que ustedes también tienen la misma opinión de ellos. (48) De lo contrario, sería mucho mejor acabar con las leyes existentes y hacer otras diferentes, que penalicen a los que vigilan a sus propias esposas y concedan plena inmunidad a los que las persiguen criminalmente. (49) Éste sería un procedimiento mucho más justo que tender una trampa a los ciudadanos por medio de las leyes, que instan al hombre que atrapa a un adúltero a hacer con él lo que quiera y, sin embargo, permiten que la parte perjudicada se someta a un juicio mucho más peligroso que el que afronta el infractor de la ley que seduce a las esposas de otros hombres. (50) De esto, yo soy un ejemplo, yo, que ahora estoy en peligro de perder la vida, la propiedad, todo, porque he obedecido las leyes del estado.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre historia e historiografía literatura historia en occidente historiografia griega de la Enciclopedia Encarta
Véase También
Otra Información en relación a Historia e historiografía Literatura historia en Occidente Historiografia Griega
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
2 comentarios en «Historia del Derecho Griego»