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Justicia Internacional

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La Justicia Internacional

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la justicia internacional.

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Justicia Internacional

Los conceptos de justicia civil y penal asumen la identidad nacional dentro de una sociedad, como los Estados Unidos. ¿Cómo se aplican estos ideales a las personas ajenas a esa sociedad? ¿Cuáles son las obligaciones de distribución y retribución de las Naciones hacia otras naciones, o hacia personas ajenas a la sociedad norteamericana? A medida que el comercio y la tecnología han reducido drásticamente el tiempo y el aislamiento entre las Naciones y los pueblos, la posibilidad de una responsabilidad global interdependiente se ha desarrollado en respuesta a estas preguntas. Organismos internacionales como las Naciones Unidas, así como muchos economistas y filósofos, afirman que una nación está obligada a proteger los principios fundamentales de la justicia internacionalmente y que dicha protección se extiende tanto a la justicia civil como a la Penal.

La justicia exige que los Estados tomen la responsabilidad de evitar el daño que razonablemente se pueda prever, por ejemplo, por regiones estabilizadoras como la ex Yugoslavia o Ruanda, que, dejada sola, se convertirá en un caos. Al mismo tiempo, la justicia internacional exige que las leyes y prácticas que determinan las condiciones en otras naciones protejan las estructuras fundamentales de la existencia humana en lugar de explotar los sistemas de justicia débiles en esos países solo con fines lucrativos. Así, los acuerdos comerciales, las prácticas laborales internacionales y los fenómenos medioambientales que impactan a múltiples naciones pueden ser considerados como asuntos de justicia internacional, exigiendo que tanto los partidos activos (los beneficiarios) como los partidos pasivos (véase más en esta plataforma general) (el destinatarios) se ofrecerá recursos mínimos justos. Evidentemente, estos puntos de vista de la justicia internacional rechazan la posición de que la justicia plantea el derecho a una acumulación justa. Incluso esa conceptualización de la justicia, sin embargo, puede reconocer que el Estado-nación (Estado en el que la población tiene una identidad nacional compartida, basada normalmente en la misma lengua, religión, tradiciones, e historia) proporciona un vínculo entre las normas sociales dentro de una nación y cómo esa nación se comparan internacionalmente, es decir, la conexión entre la autoridad nacional e internacional. Si la nación está obligada a actuar de acuerdo con las normas nacionales depende de si uno ve la justicia como una función de la moralidad universal o finito dentro de las fronteras (véase qué es, su definición, o concepto jurídico, y su significado como “boundaries” en derecho anglosajón, en inglés) culturales y geográficas del estado.

La persecución penal internacional aborda las violaciones de la conducta humana tan atroces que el enjuiciamiento interno es insuficiente. Se trata de casos en los que se mata a un gran número de personas, especialmente a personas dirigidas por su etnia, raza u otra característica que defina e inalterable. La motivación para crear un tribunal internacional desarrollado a medida que las Naciones crecieron en una creciente interacción entre sí, a raíz de los avances en el transporte y el impacto correspondiente del comercio y la guerra. Después de la segunda guerra mundial, los Nuremberg y los tribunales de Tokio fueron establecidos y administrados por los aliados ganadores para abordar los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; consulte también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) cometidos por las Naciones perdedoras. Al final de la guerra fría, el estatuto de Roma estableció la Corte Penal Internacional.Entre las Líneas En las reuniones que comenzaron en 1998, la jurisdicción y la administración de la corte evolucionaron para juzgar crímenes contra la humanidad, genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) y crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; consulte también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad).Entre las Líneas En 2002 el estatuto fue firmado y ratificado por suficientes Naciones (60) para hacer el tratado vinculante y establecer efectivamente la corte. El estatuto ha sido ratificado por 104 Naciones y firmado por un 35 adicional. Los Estados Unidos se oponen al Tratado, basándose en la preocupación de que los ciudadanos estadounidenses puedan ser juzgados en la corte. Existe un debate considerable sobre la exclusión de otros delitos, en particular el narcotráfico, el terrorismo y el uso de armas de destrucción en masa, ninguno de los cuales tiene un acuerdo internacional (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) unánime en cuanto a la definición.

Estas dos cuestiones, la ratificación y la definición de los crímenes, se refieren a los principales desafíos de la definición de los términos de la justicia internacional, así como a la creación de estructuras eficaces para administrar la justicia internacionalmente. Los crímenes cometidos por los Estados o por individuos protegidos de los procesos de Justicia de un estado por otro Estado son difíciles de definir sin reivindicar la prioridad internacional sobre la soberanía nacional. Las Naciones, particularmente aquellas que son internacionalmente dominantes como los Estados Unidos, tienen pocas razones prácticas para diferir a un determinante Internacional del bien y del mal, prefiriendo definir y tratar la violación de la ley (y no el más amplio universal la ética) a través de los sistemas nacionales, incluyendo los tribunales militares, y así evitar ver castigos severos impuesta en la arena internacional a los ciudadanos que sería absuelto o castigado benignamente por delitos en el plano nacional. De hecho, los Estados Unidos buscaron con éxito la garantía del Consejo de seguridad de la ONU de que ninguna tropa estadounidense sería entregada a la corte, aunque las Naciones Unidas aceptaron la disposición solo para actividades relacionadas con la ONU.

Puntualización

Sin embargo, esta protección fue revocada tras la prueba de abuso de prisioneros en la prisión de Abu Ghraib en Irak por personal militar de Estados Unidos. De hecho, la guerra contra el terrorismo demuestra varios desafíos a la ejecución de la justicia internacional, incluyendo el reconocimiento de la legitimidad, el acceso a los delincuentes, el acuerdo sobre cómo se definen las violaciones, y el acuerdo sobre el propósito y la naturaleza del castigo.

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Autor: Williams

La contribución nacional a la justicia penal internacional

La contribución de Sudáfrica a la justicia penal internacional

La Constitución sudafricana de 1996 obliga a Sudáfrica a perseguir a los autores de crímenes internacionales: crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y genocidio. La prohibición de estos crímenes se considera ahora derecho internacional consuetudinario y jus cogens. En este sentido, el Tribunal Constitucional, en el caso Comisionado Nacional del Servicio de Policía de Sudáfrica contra el Centro de Litigios de Derechos Humanos de África Austral, sostuvo que los crímenes internacionales obligan a los Estados, incluso en ausencia de un tratado internacional vinculante, a reprimir estas conductas porque “todos los Estados tienen un interés, ya que violan valores que constituyen la base del orden público mundial”.

Asimismo, Sudáfrica es parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) y el primer Estado africano en domesticar el Estatuto de Roma mediante la Ley de Aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 2002. Sin embargo, en los últimos años, Sudáfrica ha mantenido una relación turbulenta con la Corte Penal Internacional, a raíz de que Sudáfrica no detuviera al presidente Al Bashir y no lo entregara a la Corte Penal Internacional, como ésta había solicitado.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Por otro lado, en enero de 2024, Sudáfrica acusó a Israel de Genocidio ante el Tribunal de La Haya. El genocidio, tal y como se define en un tratado ampliamente ratificado, tiene esencialmente dos elementos. En primer lugar, un infractor debe cometer ciertos actos contra un grupo objetivo, como “matar” o “infligir deliberadamente… condiciones de vida calculadas para provocar su destrucción física total o parcial”. En segundo lugar, estos actos deben cometerse con intención genocida, lo que significa una “intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal”. Ambas partes del delito fueron profundamente rebatidas por los abogados en La Haya.

La Corte Penal Internacional no tiene capacidad para obligar al cumplimiento más que por ley del consejo de seguridad de la ONU, que el gobierno estadounidense podría vetar. Pero el gobierno israelí, al haber aceptado la legitimidad del tribunal argumentando el caso, se verá en apuros para ignorar un fallo adverso. Además, un fallo de probable genocidio sería profundamente estigmatizante para un país que se creó como refugio contra el genocidio, lo que añadiría una presión considerable sobre Netanyahu para que se detuviera y haría mucho más difícil que Biden continuara con su suministro incondicional de armas y ayuda militar. Eso podría suponer una enorme diferencia a la hora de salvar vidas de civiles palestinos.

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En algunos textos de esta plataforma online se hace un seguimiento de la contribución de Sudáfrica a la justicia penal internacional examinando las recientes sentencias judiciales al respecto, así como el proyecto de ley sobre crímenes internacionales.

En relación a la contribución de Sudáfrica a la justicia penal internacional, esta plataforma digital se centra en los siguientes aspectos:

  • Sudáfrica y la obligación de perseguir a los autores de crímenes internacionales.
  • Las instituciones responsables del enjuiciamiento y la investigación de crímenes internacionales.
  • El principio de complementariedad y la capacidad y voluntad de Sudáfrica de enjuiciar a los autores de crímenes internacionales.
  • El ejercicio de la jurisdicción universal para los crímenes internacionales en Sudáfrica.
  • El proyecto de ley sobre crímenes internacionales de 2017: ¿Un motivo de preocupación?
  • El caso de genocidio de Sudáfrica contra Israel de 2024.

Recursos

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Véase También

Derechos civiles; Derechos humanos; Discreción judicial; La negociación de la declaración; Justicia restaurativa

Justicia Penal o Criminal

Véase la entrada sobre Justicia Penal o Criminal.

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5 comentarios en «Justicia Internacional»

  1. Observar a los abogados de Sudáfrica e Israel debatir si Israel está cometiendo un genocidio en Gaza fue como observar dos versiones de la realidad que apenas se cruzan.

    Cada grupo de abogados, compareciendo ante el tribunal internacional de justicia de La Haya, evitó en gran medida las pruebas más contundentes que contradecían sus argumentos, y la ausencia de una vista sobre los hechos o de cualquier interrogatorio dejó poco claro cómo resolverán los jueces la disputa. Sin embargo, apostaría a que el caso de Sudáfrica fue lo suficientemente sólido como para que el tribunal imponga algunas medidas provisionales a Israel con la esperanza de mitigar el enorme daño civil causado por el enfoque israelí de la lucha contra Hamás.

    El equipo jurídico sudafricano describió las horribles condiciones de Gaza bajo los bombardeos israelíes, que incluyen más de 23.000 muertos, el 1% de la población, con un 70% estimado de mujeres y niños. Otros 7.000 pueden estar enterrados entre los escombros. Alrededor del 85% de la población – 1,9 millones de personas – ha sido desplazada. Unas 65.000 viviendas han quedado destruidas o inhabitables y otras 290.000 han sufrido daños, lo que deja a medio millón de personas sin hogar al que regresar. En un momento de enorme necesidad médica, dos tercios de los hospitales de Gaza han sido cerrados.

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    • La respuesta de Israel ha sido en parte giratoria y en parte seria. Su repetida invocación al horrible ataque de Hamás del 7 de octubre y sus supuestas aspiraciones genocidas son irrelevantes porque las atrocidades de un bando no justifican el genocidio de otro. Su argumento de la legítima defensa no viene al caso porque una legítima defensa no permite el genocidio.

      Pero los abogados de Israel también esgrimieron argumentos de más peso, culpando de los daños a la práctica de Hamás de incrustarse entre la población civil. Hamás hace gala de una insensible indiferencia hacia la vida de los civiles, pero a menudo también lo hace Israel. Incluso cuando un enemigo está utilizando escudos humanos, un atacante debe abstenerse de disparar si el daño civil previsto es desproporcionado en relación con la ventaja militar esperada. Las fuerzas israelíes han violado regularmente esta norma.

      Los abogados de Israel señalaron que Hamás construyó túneles bajo estructuras civiles y disparó desde ellas, pero nunca abordaron un punto planteado repetidamente por Sudáfrica: que en respuesta Israel lanzó enormes bombas de 2.000 libras en zonas densamente pobladas a pesar de sus previsibles consecuencias devastadoras. Israel tampoco abordó los informes de que casi la mitad de sus bombas lanzadas sobre Gaza han sido bombas “tontas” sin precisión, que han contribuido a lo que el presidente Biden denominó “bombardeo indiscriminado”, también un crimen de guerra.

      Los abogados de Israel culparon a Hamás de utilizar los hospitales con fines militares, pero nunca aportaron pruebas definitivas que respaldaran las afirmaciones de los servicios de inteligencia estadounidenses e israelíes de que se mantenía un “centro de mando” bajo el principal hospital al-Shifa de Gaza ni explicaron por qué el puñado de fusiles y el único túnel que se encontraron allí justificaban el cierre de esta institución médica esencial en un momento de profunda necesidad.

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      • El argumento sobre la intención genocida también tuvo una cualidad similar de pantalla dividida. Sudáfrica citó declaraciones bien conocidas de altos funcionarios: La referencia del ministro de Defensa, Yoav Gallant,’ a luchar contra “animales humanos”, no, como afirma ahora, hablando sólo de Hamás, sino al hablar del asedio, que afecta a todos en Gaza; la declaración del presidente Isaac Herzog de que “esta retórica sobre los civiles que no son conscientes, que no están implicados” es falsa porque los civiles “podrían haberse levantado” contra Hamás, a pesar de ser una dictadura militar brutal; y la invocación en dos ocasiones por parte del primer ministro, Benjamin Netanyahu, de Amalec, de un mandato bíblico de matar a todo “hombre y mujer, niño de pecho y lactante”.

        Los abogados israelíes argumentaron que se trataba de declaraciones “al azar”, no de órdenes formales del gobierno, pero que fueron realizadas por los más altos funcionarios de Israel. Los abogados sudafricanos también mostraron un escalofriante vídeo de un gran grupo de soldados israelíes invocando a Amalek mientras bailaban y cantaban que “no hay civiles no implicados”. Eso sugiere que se estaba transmitiendo un mensaje genocida.

        Los abogados sudafricanos también mostraron a soldados regocijándose por la destrucción de un pueblo mientras enormes columnas de humo se elevaban de él – difícilmente el cuidado por las vidas civiles que los abogados de Israel describieron. Y no ayudó que el Ministerio de Asuntos Exteriores israelí acusara a Sudáfrica, que defiende a los civiles palestinos, de “funcionar como brazo legal de Hamás”, como si los civiles fueran Hamás.

    • Argumentando en contra de la intención genocida, los abogados israelíes destacaron repetidamente las advertencias dadas a los civiles para que evacuaran. Los abogados de Sudáfrica señalaron que las fuerzas israelíes seguían bombardeando en las zonas supuestamente “seguras” a las que se enviaba a los civiles, pero las fuerzas israelíes culpaban a Hamás de combatir desde allí. No respondieron a la afirmación sudafricana, verificada por el New York Times, de que las fuerzas israelíes habían lanzado bombas de 2.000 libras unas 200 veces en esas zonas.

      Hubo una disyuntiva similar de opiniones sobre las condiciones humanitarias. Los abogados israelíes destacaron los esfuerzos israelíes para proporcionar ayuda humanitaria, pero aparte de culpar a Hamás de robar a veces la ayuda, no abordaron los importantes obstáculos burocráticos y militares que Israel ha erigido para la entrega de la ayuda, lo que hace que llegue muy poca. En la actualidad, cerca del 80% de la población de Gaza corre un “alto riesgo” de inanición y muerte.

      ¿Cómo cuadrar el círculo? Israel, comprensiblemente, piensa en el genocidio en términos del Holocausto, pero la “solución final” no es la única versión. El genocidio puede ser un medio, no sólo un fin. Cuando la CIJ dictó medidas provisionales contra Myanmar, el caso más análogo, el ejército de Myanmar no pretendía matar a todos los rohingya, sino sólo a los suficientes – cifras comparables a las de Gaza – como para que 730.000 huyeran a Bangladesh.

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    • Aunque en vísperas de las vistas judiciales Netanyahu negó su deseo de expulsar a los civiles palestinos de Gaza, sus principales ministros han abogado abiertamente por la emigración “voluntaria”. Una forma de entender la devastación y las privaciones en Gaza es como un esfuerzo por aprovechar la oportunidad brindada por Hamás de borrar a unos 2 millones de palestinos del balance demográfico dentro de la “realidad de un solo Estado” en la que, debido a la expansión de los asentamientos, se han convertido Israel y Palestina.

      Los abogados de Israel señalaron que sería injusto que la CIJ ordenara a Israel que dejara de luchar en Gaza, como parece estar pidiendo Sudáfrica, mientras que Hamás, que no es parte en el procedimiento entre Estados, no estaría sometida a tal orden. Los abogados también se opusieron a que se les ordenara “desistir” de cometer actos de genocidio porque eso sugeriría prejuzgar el fondo último del caso. Para obtener medidas provisionales en esta fase temprana del procedimiento, Sudáfrica sólo necesita demostrar que es probable que se esté cometiendo genocidio.

      Una vez más, el tribunal podría dividir la diferencia ordenando a Israel que se abstenga de ciertas acciones aparentemente genocidas, como el uso de enormes bombas en zonas pobladas, la limitación de la ayuda humanitaria y la obstrucción de hospitales. Eso sigue dejando sin abordar la conducta de Hamás, pero el organismo que podría hablar con Hamás es la Corte Penal Internacional (CPI), a cuyo fiscal el gobierno israelí ha prohibido la entrada en Gaza porque podría procesar también a funcionarios israelíes.

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