Profesión Jurídica en Portugal
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Regulación de la Profesión Jurídica y el Privilegio Jurídico en el País
Profesional Jurídico Regulado
Nota: por “profesional jurídico regulado” se entiende toda persona autorizada por una autoridad competente en la jurisdicción pertinente para ejercer sus actividades profesionales en virtud de uno de los títulos profesionales reconocidos en el país. Véase, si fuera de interés, una definición de profesión jurídica y su descripción en Europa.
En Portugal, el deber de preservar el secreto profesional se impone a los profesionales legales autorizados a ejercer sus actividades profesionales bajo el título profesional de Advogado.
Profesionales Jurídicos Asalariados Regulados
Nota: por tal se entiende al profesional jurídico regulado pero que proporciona servicios legales sobre una base remunerada para un empleador.
El deber de observar el secreto profesional también se impone a los profesionales legales que están en el empleo de otra parte. Estas personas están autorizadas a ejercer dicha actividad profesional bajo el título profesional de Advogado siempre que sean miembros de la barra.Entre las Líneas En consecuencia, no se hace distinción entre un profesional jurídico regulado y un profesional jurídico asalariado regulado, siempre que estén registrados en la barra o colegio de abogados.
Fundamento Jurídico del Privilegio Profesional
Nota: para una descripción general del privilegio profesional jurídico en Europa, véase aquí.
Disposiciones Legales
El artículo 135 del código de procedimiento penal de Portugal impone obligaciones estatutarias de secreto profesional.
Normas de Conducta Profesionales
Además el secreto profesional es gobernado por la Asociación Portuguesa de la barra leyes de Bye que tienen la fuerza de la ley. La última revisión de estas leyes es de 80/2001 del 20 de julio de 2001.
Producción e Incautación de Documentos y otras Comunicaciones Escritas
Parecería que no hay distinción en cuanto a la producción y incautación de documentos entre procedimientos civiles y procedimientos penales. El artículo 81 (N. 4) de las leyes del colegio de abogados de Portugal amplía el secreto profesional a los documentos y otros materiales relacionados directamente o no con los hechos sujetos al secreto profesional.
Sólo con el mandato de un tribunal puede realizarse una investigación en la oficina de un abogado, y esa diligencia debe ser presidida por un juez, con la presencia del Advogado y el Presidente de la barra o alguna otra persona designada por el Presidente.
El artículo 60 de las leyes sobre el colegio de abogados excluye la incautación de correspondencia intercambiada entre el Advogado y su cliente que está en su posesión a menos que el juez tenga razones para creer que la correspondencia es objeto de un delito.
En los Procedimientos Civiles
En relación con los Procedimientos Penales
Pofesionales Jurídicos Asalariados No Regulados
Nota: aquí se hace referencia a cualquier persona (independientemente de si ha completado o no un curso de formación o educación legal) que presta servicios jurídicos, pero quién no es ni un profesional jurídico regulado ni un profesional jurídico asalariado regulado.
Los profesionales jurídicos que se encuentren en el empleo, independientemente de sus calificaciones jurídicas y si dichas calificaciones se han obtenido en otras jurisdicciones, no están amparadas por las leyes de privilegio profesional en Portugal, a menos que dicha persona (incluido el extranjero Abogados) se han registrado en la barra portuguesa [y cumplen con los requisitos de la barra].Entre las Líneas En consecuencia, las disposiciones de los párrafos 3 y 4 supra no tienen aplicación en relación con las comunicaciones entre los profesionales asalariados no regulados y sus empleadores.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Como es común en muchas jurisdicciones, cualquiera de esas personas, bajo los términos de sus contratos de trabajo, estará sujeta a obligaciones de confidencialidad para sus empleadores en su calidad de empleados. Tales obligaciones no justificarían que un profesional jurídico asalariado no regulado tuviera derecho a denegar la divulgación en los procedimientos judiciales.
Autor: Williams
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Código Deontológico
- Deontología Jurídica
- Principios de Deontología Jurídica
- Responsabilidad Profesional
- Ejercicio Profesional
- Ética Profesional
- Abogacía
- Secreto Profesional
- Praxis Jurídica
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