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Deuda Pública Internacional

Esta entrada se ocupa de la deuda pública internacional. Constantemente, los dirigentes de la economía de los países hacen promesas a los gobiernos extranjeros y a los actores no estatales. Se comprometen a pagar las deudas, proporcionar ayuda exterior, reducir la contaminación y limitar los robos militares. Los líderes prometen levantar barreras al comercio y al capital internacional, respetar los derechos humanos en el país y promover la democracia en el extranjero. En principio, estos compromisos -algunos formales, otros no- regulan la forma en que los gobiernos se comportan en los asuntos mundiales. Sin embargo, sin un gobierno mundial (o global) que haga cumplir los compromisos, ¿por qué alguien debería tomar la palabra a los líderes extranjeros? La respuesta está lejos de ser obvia.

Deudas Odiosas

En el derecho internacional, la deuda odiosa, también conocida como deuda ilegítima, es una teoría legal que dice que la deuda nacional incurrida por un régimen déspota no debe ser ejecutable. Tales deudas son, por lo tanto, consideradas por esta doctrina como deudas personales del régimen que los incurrió y no deudas del estado. En algunos aspectos, el concepto es análogo a la invalidez de los contratos firmados bajo coerción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

A pesar de los antecedentes que se remontan al siglo XIX y el apoyo de diversos campos como la economía, la filosofía, la ciencia política, la historia y el derecho, la deuda odiosa no forma parte del derecho internacional; de hecho, ningún tribunal nacional o internacional ha citado alguna vez la deuda odiosa como fundamento para invalidar una obligación soberana. En cambio, el derecho internacional hace que los gobiernos sean estrictamente responsables de toda deuda incurrida por sus predecesores.

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