Estado Posesorio
Este texto se ocupa del estado posesorio. La palabra “posesión de estado” se refiere a una presunción legal que permite establecer la filiación de una persona sobre la base de determinados hechos comprobados por su familia y por su entorno relativos a la relación que existía entre ella y la persona de la que dice ser hijo o hija. La posesión del estatus se establece mediante un acto de notoriedad que registra la posesión del estatus.