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En sentido estricto, es la persona que en sí misma o en sus bienes o intereses económicos está expuesta al riesgo y que en tal virtud ha contratado con una compañía de seguros.
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¿Cómo se define? Concepto en Derecho Médico de Asegurado
Trabajador afiliado ante las Instituciones Públicas de Seguridad Social y asimismo el trabajador que opta por el régimen voluntario, de conformidad con lo estipulado por la legislación correspondiente.
Así, en el ramo de Vida, asegurado es la persona cuya vida se garantiza; en el ramo de Incendios, es el titular del inmueble cubierto por la póliza.
Aviso
No obstante, en sentido amplio, asegurado es quien suscribe la póliza con la entidad aseguradora, comprometiéndose al pago de las primas estipuladas y teniendo derecho al cobro de las indemnizaciones que se produzcan a consecuencia de siniestro.
Por todo ello, en la práctica, la figura del asegurado se ve acompañada por otras manifestaciones personales que unas veces son coincidentes y otras, particularmente en ciertas modalidades de seguro, gozan de independencia: a) el suscriptor de la póliza, llamado generalmente tomador del seguro o contratante, cuya peculiaridad radica en la obligación esencial que pesa sobre é1 del pago de la prima; b) el asegurado, cuyas circunstancias personales o de otro tipo, pero siempre vinculadas íntimamente a é1, originan o pueden motivar el pago de la indemnización; c) el beneficiario, cuya única vinculación al contrato de seguro es la de ser titular del derecho indemnizatorio.
De hecho, especialmente en los riesgos patrimoniales, es decir, aquellos en los que el siniestro afecta directamente a la masa económica del asegurado (p. ej. incendios, robo, etc.), «contratante», «asegurado» y «beneficiario» suelen ser la misma persona que, simultáneamente, suscribe la póliza de seguro, está obligada al pago de la prima, sus bienes constituyen directamente el objeto asegurado (la vivienda, la industria) y tiene el derecho a percibir la indemnización económica en el caso de producirse el siniestro.Entre las Líneas En los seguros de riesgos personales (vida, enfermedad, accidentes individuales, etc.) es posible y hasta en muchos casos frecuente, particularmente en los riesgos colectivos o de grupo, que aquellas tres figuras tengan naturaleza independiente: así, aparecen seguros directamente concertados por una empresa («contratante») a favor de sus empleados («asegurados») y en donde quienes perciban la indemnización en caso de fallecimiento de estos sean sus herederos u otras personas específicamente designadas al efecto («beneficiarios»). Véase también contratante y mutualista. Nota: Consulte más información sobre Asegurado (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón.
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Asegurado (insured) en Derecho de Seguros de Estados Unidos
Definición de Asegurado (insured) en la temática del Seguro en su ámbito jurídico americano: La persona u organización que está cubierta por la póliza de seguro.
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Beneficiario: Introducción: Beneficiario Concepto de Beneficiario en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: La persona a cuyo favor se expide o cede un título de crédito. El que adquiere una utilidad, beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una sucesión [...] Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho de Seguros.
Principios del Derecho Europeo del Contrato de Seguro: Principios del Derecho Europeo del Contrato de Seguro (PEDCS o PEICL)
Este elemento es un complemento a las guías y cursos de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre Principios del Derecho Europeo del Contrato de Seguro (PEDCS o, por sus siglas en inglés, PEICL). Puede ser de interés el estudio de:
Contrato de SeguroPrincipios [...] Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho de Seguros.
Prescripción: Introducción: Prescripcion Concepto de Prescripcion en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Medios de adquirir bienes (positiva) o de librarse de obligaciones (negativa) mediante transcurso de tiempo y bajo las condiciones establecidas al efecto por la ley. Pallares, Eduardo. [...] Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho Médico.
Indemnización: La indemnización es una suma de dinero que se paga a una persona que ha sufrido un daño o perjuicio, para que con ella quede indemne o, al menos, compensada de la pérdida producida. Si se trata de un daño material, el Derecho intenta siempre la reparación en forma específica: así, el daño [...] Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho Médico.
Incapacidad: Incapacidad, toda anomalía física o psíquica persistente que impide a la persona gobernarse por sí misma (esquizofrenia, oligofrenia, sordomudez del que no sabe leer ni escribir, entre otros supuestos). Quien se encuentre en un estado de incapacidad puede ser sometido a un juicio de [...] Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho Médico.
Contrato de Seguro: Es el documento o póliza expedido por la Compañía de Seguros con la que se contrate alguna clase de seguro, en el que se establecen las normas que han de regular la relación entre el asegurado y la Compañía, especificando en el mismo, los derechos y obligaciones respectivos. Los contratos de seguros pertenecen al género de contratos que sufren especialmente asimetrías de información: el tomador del seguro suele saber más sobre el riesgo asegurado que el asegurador. Sabe si existen circunstancias que aumentan o reducen el riesgo asegurado y sabe cómo se ha producido el evento asegurado. Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho de Seguros.
Susceptibilidad Percibida: Aquí se explora el papel de la susceptibilidad percibida en el comportamiento de protección de la salud. La susceptibilidad percibida a la enfermedad es una fuerza temprana importante en la adopción de conductas de protección de la salud. Notan los investigadores que buscan correlaciones elevadas de la susceptibilidad percibida con el comportamiento que, incluso cuando los individuos se perciben a sí mismos en alto riesgo de una amenaza para la salud, otras fuerzas median y moderan e incluso anulan la relación susceptibilidad-comportamiento. Para que la susceptibilidad percibida se vincule con el comportamiento es fundamental que exista un vehículo eficaz para mitigar la amenaza. La teorización de Levanthal (ya explicada en 1970) sigue siendo cierta: que las personas que se perciben a sí mismas en situación de riesgo actuarán para proteger su salud si existe una acción eficaz, pero que negarán el riesgo si no hay ninguna acción protectora disponible. Dicho de otro modo, la disponibilidad de una acción protectora de la salud eficaz modera la relación de la susceptibilidad percibida con el comportamiento; la ausencia de un comportamiento protector de la salud eficaz anula el impacto de la susceptibilidad percibida. Hemos visto repetidamente en nuestra propia investigación de intervención que los beneficios percibidos de una acción sanitaria median en la relación de la susceptibilidad percibida con el comportamiento de protección de la salud. Incluso cuando existe una acción protectora eficaz, las barreras a dicha acción (por ejemplo, el acceso a una atención médica adecuada, la dificultad de llevar a cabo la propia conducta protectora) moderan la relación de la susceptibilidad percibida con la conducta protectora de la salud. Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Póliza de Seguro.
Seguro de Viudedad: Seguro de Viudedad en el Derecho del Seguro Definición de Seguro de Viudedad del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Modalidad de prestación de la Seguridad Social española que tiene por objeto la prestación vitalicia en favor de la esposa, o pareja de hecho durante [...] Véase también: Asegurador, Contrato de Seguro, Derecho de Seguros.
Seguro de Vida: Seguro en el que la entidad aseguradora se compromete a entregar a la persona que suscribe la póliza, o a otra persona designada por ésta, determinada cantidad de dinero fijada en el contrato en caso de que la primera fallezca (seguro en caso de muerte) o alcance determinada edad (seguro en [...] Véase también: Contrato de Seguro, Derecho de Seguros, Póliza de Seguro.
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4 comentarios en «Asegurado»