Utilización del Espacio Exterior con Fines Pacíficos
Este texto analiza la utilización del espacio exterior o ultraterrestre con fines pacíficos. Se estudia el concepto “uso del espacio ultraterrestre con fines pacíficos” desde la perspectiva de las normas jurídicas sustantivas existentes. El ámbito espacial vive una época turbulenta ante el brusco crecimiento y diversificación de su exploración y usos y la creciente conciencia de su potencial. Aun así, sigue siendo objeto de regulación por parte de las normas jurídicas internacionales. El marco general de la utilización del espacio ultraterrestre lato sensu es el “propósito pacífico”, es decir, el objetivo de mejorar el bienestar de la sociedad internacional y lograr un nivel de vida razonable. Esto puede lograrse mediante una gran variedad de medidas, tanto civiles como militares, siempre que cumplan con las normas jurídicas internacionales aplicables. El límite máximo es la prohibición del uso de la fuerza establecida en el artículo 2 (4) de la Carta de las Naciones Unidas, que se aplica al espacio exterior junto con las excepciones estipuladas en la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional general. Además, el Tratado del Espacio Exterior impone un régimen jurídico especial a los cuerpos celestes, declarándolos zona desmilitarizada y prohibiendo el emplazamiento de armas de destrucción masiva en el espacio exterior. El ordenamiento jurídico del espacio está plenamente en manos de los Estados. Los nuevos retos, como la búsqueda de descubrimientos y las amenazas en el ámbito extraterrestre, bien pueden inspirar una ruta hacia un régimen jurídico internacional especial pro futuro.