Caza Furtiva
Este texto se ocupa de la caza furtiva. Muchas especies animales han visto limitado su alcance o reducido su número, a veces hasta el punto de la extinción, por las depredaciones de los cazadores de mercado y los deportistas no regulados. La práctica novedosa y ecológica del Consejo de Seguridad de la ONU sobre la caza furtiva y la trata de especies silvestres está en línea con su práctica anterior sobre el cambio climático. Desde 2007, el Consejo de Seguridad reconoce que el cambio climático es relevante para la paz y la seguridad (ver posteriormenente la declaración del Consejo de Seguridad SC / 10332 y la declaración del Presidente del SC S/PRST/2011/15, ambas con fecha 20 de julio de 2011). Sin embargo, el Consejo no calificó abiertamente el cambio climático como una amenaza para la paz en una decisión operativa, a diferencia de lo que sucede ahora con respecto a los recursos naturales vivos. Las nuevas decisiones del Consejo de Seguridad de enero de 2014 son una prolongada prolongación y extensión de la práctica anterior del Consejo de Seguridad sobre un concepto de paz “ampliado” y “positivo”. Se espera que tener en cuenta no solo la seguridad humana, sino también la integridad de la naturaleza, la supervivencia de las especies y el bienestar de los animales será un factor cada vez más relevante en el derecho y la política mundial (o global) sobre paz y seguridad. En el código penal germano, caza furtiva se recoge en la Parte Especial, en su Sección Vigesimoquinta, sobre Beneficio propio punible, en el artículo § 292.