Etnocidio
Etnocidio en relación a la Antropología El diccionario de antropología define etnocidio de la siguiente forma: Destrucción por parte de un grupo dominante de la cultura de un grupo étnico. Difiere del genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) en cuanto este consiste en la destrucción física de un determinado grupo. El etnocidio ha sido definido como un concepto que puede significar lingüísticamente las dimensiones física, biológica y cultural del genocidio (Holocausto, Genocidio y Etnocidio). Cuando la gente utiliza el término etnocidio no está segura de lo que está condenando. Además, la idea de que las víctimas del etnocidio son individuos considerados como primitivos e indígenas y que son invadidos por individuos tecnológicamente avanzados considerados como civilizados plantea algunos problemas. Esto es especialmente problemático cuando el etnocidio se utiliza para describir el abandono de las prácticas culturales de un grupo por las prácticas de otros. Esto puede describirse como una cuestión de cambio cultural en lugar de etnocidio.