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Tratado de Fusión

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El Tratado de Bruselas o de Fusión (1965)

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el Tratado de fusión o de Bruselas. Podría interesar asimismo:

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Visualización Jerárquica de Tratado de Fusión

Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Tratados europeos

A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto de Tratado de fusión

Véase la definición de Tratado de fusión en el diccionario.

El Tratado de Fusiones, o de Bruselas, fue la primera reforma de los tratados fundacionales de las Comunidades Europeas. Fue firmado por los Estados miembros de las Comunidades en 1965 y entró en vigor en 1967. Creó un “ejecutivo” único mediante la fusión de la Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), la Comisión de la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comisión de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). También fusionó formalmente los Consejos (de ministros) en uno solo. No fusionó los Tratados fundacionales de París y Roma, ni las tres Comunidades como tales. Se trata, pues, de una reforma relativamente limitada. El principal argumento utilizado en apoyo de la fusión fue el de la eficacia y la mejor coordinación. Las tres Comunidades tenían competencias que se solapaban, por ejemplo en los ámbitos de la energía, el transporte, la competencia y la política social, por lo que se consideró que era necesaria una mejor coordinación. Desde el punto de vista político, la principal dificultad fue convencer al Presidente de Francia, Charles de Gaulle, de que apoyara la fusión, propugnada por los propios “ejecutivos”, la Asamblea Parlamentaria y los cinco Estados miembros distintos de Francia.

Revisor de hechos: Michael

Tratado de Fusión de 1965

Tras la entrada en vigor de los Tratados de París y Roma, existían tres Comunidades Europeas (CE). Tenían “ejecutivos” separados en forma de Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y una Comisión para la Comunidad Económica Europea (CEE) y otra Comisión para la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA o EURATOM). Las tres Comunidades también tenían Consejos de Ministros separados. Sin embargo, cuando se negociaron los Tratados de Roma se decidió que las tres Comunidades compartirían el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) y la Asamblea Parlamentaria. En 1957 no se creó una Comisión única porque los negociadores querían evitar que se reabrieran los debates sobre las competencias de la Alta Autoridad. Por cierto, la Asamblea empezó a llamarse Parlamento Europeo en marzo de 1962.

El 8 de abril de 1965, los representantes de los seis Estados miembros (Bélgica, Francia, República Federal de Alemania, Italia, Luxemburgo y Países Bajos) de las Comunidades Europeas firmaron el “Tratado por el que se constituye un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas”. El objeto principal del tratado es sustituir los órganos ejecutivos de las tres Comunidades, es decir, las Comisiones de la Comunidad Económica Europea (C.E.E.) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM) y la Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (C.E.C.S.) por una única Comisión Europea. Al mismo tiempo, los Consejos de Ministros de estas tres Comunidades se fusionarán en un solo Consejo. Este Tratado de fusión pretende ser el primer paso hacia la fusión definitiva de la C.E.C.S., instituida por el Tratado de París de 18 de abril de 1951, y de la C.E.E. y EURATOM, instituidas por los Tratados Eome de 25 de marzo de 1957.

Antecedente: Tratados de Roma

Las instituciones de la CECA sentaron las bases de la UE. Con el tiempo, la Alta Autoridad de la CECA, su órgano ejecutivo, se convirtió en la Comisión Europea, y la Asamblea Común en el Parlamento Europeo.

El siguiente paso se dio con la firma de los Tratados de Roma en 1957, por los que se creaban la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom). Con ello, los seis países preveían la creación de un mercado común libre y el desarrollo de la energía nuclear con fines pacíficos. El tercer paso fue el Tratado de Fusión. En 1967 se fusionaron las instituciones de las tres comunidades, que pasaron a denominarse organismos de las Comunidades Europeas.

Revisor de hechos: Mox

Tratado de Unión de la Unión Soviética: 1924

La Unión Soviética se creó formalmente el 30 de diciembre de 1922, cuando el Primer Congreso de los Soviets de la URSS, formado por miembros del X Congreso Panruso de los Soviets y de los Congresos de los Soviets de las Repúblicas Federadas de Ucrania, Bielorrusia y Transcaucasia, adoptó una Declaración de Unión y un Pacto de Unión. Dentro de la Declaración de Unión, hay que prestar especial atención a su justificación, a saber, la insuficiencia de los «esfuerzos aislados de las repúblicas separadas para la reconstrucción económica» y la lucha común contra el «cerco capitalista», y al uso de metáforas familiares para caracterizar las relaciones entre los pueblos soviéticos.

Lo que ninguno de los dos documentos revela son las disputas que les precedieron sobre la fórmula para integrar a Ucrania, Bielorrusia y las tres repúblicas transcaucásicas en la RSFSR. Stalin, el comisario para las nacionalidades, propuso que las repúblicas no rusas se unieran a la RSFSR como repúblicas autónomas. Los dirigentes del Partido Comunista Georgiano, que anteriormente se habían opuesto a la fusión de las tres repúblicas transcaucásicas, se mostraron especialmente críticos con esta idea de «autonomización». Fueron tratados con dureza por Stalin y Sergo Ordzhonikidze (georgiano como Stalin), pero contaron con el apoyo de Lenin, que se recuperaba del primero de una serie de infartos mortales. La versión final del tratado, al igual que la de la constitución, reflejaba la sensibilidad de los líderes del partido ante los temores de una dominación rusa dentro de la nueva unión, pero también su determinación de crear una autoridad más centralizada.

La elaboración de la Constitución duró seis meses. En enero de 1923, el presidium del nuevo Comité Ejecutivo Central de toda la Unión (VTsIK) de los Soviets nombró una comisión para elaborar un borrador. Las decisiones clave, sin embargo, fueron tomadas por el Politbiuro del partido que las presentó para su aprobación en el duodécimo congreso en abril de 1923. La cuestión de la representación nacional se resolvió con la creación de un Comité Ejecutivo Central bicameral: un Consejo de la Unión formado por miembros elegidos por el Congreso de Toda la Unión en proporción a la población de cada república, y un Consejo de las Nacionalidades con cinco representantes de cada unión o república autónoma y uno de cada región autónoma. La Constitución también delineó una clasificación tripartita de las comisarías, replicando esencialmente la estructura de la RSFSR y sus repúblicas autónomas constituyentes. Los asuntos exteriores, el comercio exterior, los asuntos militares y la seguridad del Estado eran dominio exclusivo de las autoridades centrales.

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Las comisarías que se ocupaban de los asuntos económicos existían tanto a nivel central como republicano, y un tercer grupo de seis comisarías (Educación, Sanidad, Asuntos Internos, Justicia, Nacionalidades y Bienestar Social) estaban reservadas a las repúblicas y no tenían homólogo sindical. El 6 de julio de 1923 la VTsIK aprobó la Constitución que entró en vigor inmediatamente. Recibió la confirmación formal del segundo Congreso de los Soviets de toda la Unión el 13 de enero de 1924.

Revisión de hechos: Mox

Características de Tratado de Fusión

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Recursos

Traducción de Tratado de fusión

Inglés: Merger Treaty
Francés: Traité de fusion
Alemán: Fusionsvertrag
Italiano: Trattato di fusione
Portugués: Tratado de Fusão
Polaco: Traktat Fuzyjny

Tesauro de Tratado de fusión

Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Tratados europeos > Tratado de fusión

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4 comentarios en «Tratado de Fusión»

  1. El Tratado de Fusión de la CE (oficialmente Tratado por el que se constituye un Consejo Único y una Comisión Única de las Comunidades Europeas, más raramente denominado Tratado de Bruselas) supuso la creación de una Comisión Única y un Consejo Único de las entonces tres Comunidades Europeas (Comunidad Económica Europea, Comunidad Europea del Carbón y del Acero y Comunidad Europea de la Energía Atómica). El Tratado de Fusión se firmó en Bruselas el 8 de abril de 1965 y entró en vigor el 1 de julio de 1967.

    Desde la creación de la Unión Europea por el Tratado de Maastricht en 1992, las instituciones de la CE se utilizan también para las políticas de la UE, que se derivan directamente del Tratado de la UE. En 1997, el Tratado de Fusión fue derogado por el apartado 1 del artículo 9 del Tratado de Ámsterdam. No obstante, sus elementos esenciales se incorporaron a los Tratados consolidados (Tratado CE, Tratado CECA y Tratado Euratom), por lo que siguieron en vigor. Tras la expiración del Tratado CECA (2002) y la fusión de la CE con la UE en virtud del Tratado de Lisboa (2009), de las tres Comunidades originales sólo queda Euratom, que comparte sus instituciones con la Unión Europea.

    Algo esencial que se olvida añadir?

    Responder
    • Podría añadirse que sobre la base del Acuerdo sobre las instituciones comunes de las Comunidades Europeas de 25 de marzo de 1957, que según el Acta Final ya formaba parte del Tratado de Roma, las tres Comunidades ya contaban antes de 1967 con una Asamblea Parlamentaria común (actual Parlamento Europeo), un Tribunal de Justicia común y un Comité Económico y Social común. Sin embargo, la CEE, la CECA y Euratom tenían cada una su propia Comisión (denominada Alta Autoridad en el caso de la CECA) y su propio Consejo de Ministros. El Tratado de Fusión fusionó, por una parte, el Consejo de Ministros Especial (CECA) y los dos Consejos de Ministros (CEE, Euratom) y, por otra, la Alta Autoridad (CECA) y las dos Comisiones (CEE, Euratom). Se completaba así la fusión de las instituciones comunitarias.

      Responder

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