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Tratado de Fusión

Europa

Cuando se negociaron los Tratados de Roma se decidió que las tres Comunidades compartirían el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) y la Asamblea Parlamentaria. En 1957 no se creó una Comisión única porque los negociadores querían evitar que se reabrieran los debates sobre las competencias de la Alta Autoridad. Por cierto, la Asamblea empezó a llamarse Parlamento Europeo en marzo de 1962. El 8 de abril de 1965, los representantes de los seis Estados miembros (Bélgica, Francia, República Federal de Alemania, Italia, Luxemburgo y Países Bajos) de las Comunidades Europeas firmaron el “Tratado por el que se constituye un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas”. El objeto principal del tratado es sustituir los órganos ejecutivos de las tres Comunidades, es decir, las Comisiones de la Comunidad Económica Europea (C.E.E.) y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM) y la Alta Autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (C.E.C.S.) por una única Comisión Europea.

Disciplina Presupuestaria (UE)

libros

La función de este tribunal es sancionar el incumplimiento de las normas que regulan los gastos e ingresos del Estado, de las entidades locales, de los establecimientos u organismos sometidos al control del Tribunal de Cuentas, o relativas a la gestión de los bienes que les pertenecen. La lista de personas sujetas a la jurisdicción del Tribunal se ha ampliado constantemente. Actualmente incluye a los miembros de los gabinetes ministeriales, los funcionarios y el personal militar del Estado, los empleados de las autoridades locales o de sus agrupaciones, los representantes, administradores o empleados de los organismos sujetos al control del Tribunal de Cuentas, así como las personas que desempeñan las funciones enumeradas anteriormente sin título jurídico. En cambio, quedan expresamente excluidos de su jurisdicción los políticos electos, los miembros del gobierno y los directores electos y no remunerados de organizaciones de asistencia social o caritativas.

Tratado de Funcionamiento de la UE

Europa

El Tratado de Lisboa, firmado el 13 de diciembre de 2007 y en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, remodeló profundamente el Tratado CE y el Tratado UE, teniendo en cuenta elementos significativos del fallido Tratado por el que se establece una Constitución para Europa. El Tratado CE cambió su nombre por el de “Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea” (TFUE) y la palabra “Comunidad” se sustituyó en todo el texto por “Unión”. Varias disposiciones del Tratado CE bajo los epígrafes “Principios”, “Instituciones” y “Disposiciones generales y finales” fueron sustituidas por disposiciones del Tratado UE. En determinadas circunstancias, los Estados miembros pueden aplicar disposiciones nacionales que supongan una excepción a las medidas de armonización. Deben atenerse a un procedimiento que concede a la Comisión un derecho de control. El mantenimiento de disposiciones nacionales que establezcan excepciones a una medida de armonización puede estar justificado por razones de necesidades importantes contempladas en el artículo 36 del TFUE/30 CE, o relativas a la protección del medio ambiente o del medio de trabajo.

Unión Europea

actividad económica, bancos y dinero

La Unión Europea (UE) fue fundada por el Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992 (Tratado UE), que entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. En la actualidad cuenta con 26 Estados miembros (los códigos oficiales de la UE se indican a continuación entre paréntesis): Alemania (DE), Austria (AT), Bélgica (BE), Bulgaria (BG), Chipre (CY), Dinamarca (DK), Estonia (EE), Finlandia (FI), Francia (FR), Grecia (GR), Hungría (HU), Irlanda (IE), Italia (IT), República Checa (CZ), Letonia (LV), Lituania (LT), Luxemburgo (LU), Malta (MT), Países Bajos (NL), Polonia (PL), Portugal (PT), Rumanía (RO), Eslovaquia (SK), Eslovenia (SI), España (ES), y Suecia (SE). El Reino Unido (UK) dejó la organización (véase Brexit en esta plataforma digital).

Constitución Europea

Carta, ética y moral

Fue un proyecto político y jurídico auspiciado por las altas instancias europeas que fracasó tras el referendum en Francia. El TJCE se ocupó de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea por primera vez en una sentencia de 27 de junio de 2006 (asunto C-540/03 – Parlamento contra Consejo, Rec. 2006, p. I-5769). En relación con su estatuto jurídico, afirmó que, si bien la Carta no era un instrumento jurídicamente vinculante, el legislador comunitario había reconocido, no obstante, su importancia al afirmar en un considerando del preámbulo de la directiva en cuestión que ésta respetaba los principios reconocidos en la Carta. Además, el objetivo principal de la Carta, tal y como se desprende de su preámbulo, era reafirmar los derechos tal y como resultan, en particular, de las tradiciones constitucionales y de las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros, del Tratado de la Unión Europea, de los Tratados comunitarios, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de las Cartas Sociales adoptadas por la Comunidad y por el Consejo de Europa y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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