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Comunicaciones Electrónicas

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Comunicaciones Online o Comunicaciones Electrónicas

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El manual ofrece una visión global y sistemática del estado actual de la investigación científica en línea de la comunicación en 23 contribuciones de autores especializados relevantes. Se presentan las preguntas centrales, los enfoques teóricos y los hallazgos empíricos. Los temas abarcan desde lo básico de la comunicación asistida por computadora (comunicación interpersonal, grupal y pública), asuntos económicos, éticos y políticos, como la regulación y el control de Internet, así como su distribución, uso e impacto. Otras contribuciones abordan cuestiones de público y periodismo en línea, culturales y sociales, psicológicas, publicidad en línea y relaciones públicas, comunicación de la salud, aprendizaje electrónico y gestión del conocimiento, y juegos en línea.

Regulación de las Comunicaciones Electrónicas. Introducción

Consideraciones básicas:

La Comisión Europea y los países miembros de la UE entienden que las infraestructuras de las comunicaciones son el motor económico de Europa. Hace años, se comprobó que por ejemplo USA tenía muchos ordenadores personales en comparación con Europa, pero Europa tenía muchos teléfono móviles y televisiones en sus hogares. Estos ámbitos se contemplaron como un motor para competir con USA y Asia a nivel de comunicaciones.

Las comunicaciones electrónicas: Son el contenido (un programa de TV, una web…) que necesita un punto de emisión por el que se distribuye o difunde a través de las infraestructuras (redes).

Por tanto tenemos un CONTENIDO, un PUNTO DE EMISIÓN, las REDES que distribuyen y difunden el contenido y por último los EQUIPOS RECEPTORES / APLICACIONES.

Debemos tener claro que el CONTENIDO y el PUNTO DE EMISIÓN tiene un régimen jurídico, las REDES otro, y los EQUIPOS RECEPTORES otro.

Digitalización: Con la llegada de Internet llega el proceso de la digitalización, donde el teléfono, la televisión analógica y los ordenadores, antes cada uno con su propio lenguaje, convergen en un mismo lenguaje: el digital (unos y ceros).

Las redes: Las redes pueden ser:

1.- Terrestres (como la TDT), que usa el “espectro”, el aire.

2.- Satélite

4.- Cable

Son tres tecnologías diferentes de transmisión de contenidos.

Por tanto, con la digitalización se crea un nuevo ámbito de las comunicaciones electrónicas, básicamente gracias a Internet.

El Contenido: Tiene un régimen vertical, es decir, cada contenido tiene su propia regulación: la prensa por un lado, la radio por otro, la TV por otro, Internet por otro….

Las Redes: Tienen un régimen horizontal basado en el Principio de neutralidad. Una red neutral es aquella que permite la comunicación punto a punto sin alterar su contenido. Aquí todas las tecnologías se regulan de la misma forma, ya sea TDT, Internet, etc…

Los Equipos receptores/aplicaciones o acceso: Se aplica normativa técnica.

Es el proceso por el cual los operadores o prestadores de servicio en España (en su momento solo Telefónica), se interesan por el negocio de los contenidos. Ej: Telefónica adquiere la productora Endemol.

De este proceso surgen nuevos operadores.

Como sabemos, en los años 80 se liberaliza el mercado de las telecomunicaciones, por tanto el servicio lo puede prestar “cualquiera”.

Actualmente el panorama en España es el siguiente: El ámbito de las telecomunicaciones se atribuye al Estado, pero el ámbito de los medios de comunicación, que es diferente, se atribuye a la Comunidades Autónomas.

Bruselas (UE) liberaliza el mercado de las telecomunicaciones sobre la base del derecho de la libre competencia. Por tanto, a nivel europeo:

1.- La Comisión solo propone, salvo en derecho de la competencia que sí tiene potestad legislativa.

2.- El Parlamento europeo y el Consejo tienen la potestad legislativa.

En 1992 se define la política del Derecho de la Competencia en el mercado europeo.

La liberalización se acompañó lógicamente de normas para fomentar la competencia efectiva y el libre mercado.Entre las Líneas En este sentido, Telefónica, que fue una empresa que monopolizaba el mercado, se le obligó a abrir sus infraestructuras a otros operadores.

En Europa se entiende que las telecomunicaciones es un servicio de interés general.

Por tanto las telecomunicaciones pasan de ser un servicio público monopolizado a ser un servicio de interés general.

La CMT (Comisión del Mercado de la telecomunicaciones) crea diferentes normas de intervención:

1.- Acceso al servicio

2.- Interconexión

3.- Interoperabilidad

4.- Neutralidad de los servicios

5.- Mercado secundario del espectro (el espectro, el aire por el que corren las ondas, son espacios reservados a los Estados, pero el resto sobrante se regula para que sea compartido).

Inciso: Es diferente reglamentar que regular (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Reglamentar se hace por ley (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Regular se hace por normas, reglas, recomendaciones… Europa reglamenta. USA y Asia regulan.

La competencia efectiva. Consideraciones básicas:

La competencia efectiva se encuentra en el punto intermedio entre los Sectores regulados (como el de la telecomunicaciones) y el Derecho de la Competencia.

La normativa de los Sectores regulados crean normas “ex ante”. Es decir, normas anteriores a la competencia, de prevención para que exista una competencia efectiva. Intervienen para fomentarla. Aquí se sitúa la CMT (Comisión del Mercado de la telecomunicaciones).

La normativa del Derecho de la Competencia crea normas “ex post”. Es decir, normas encaminadas a restablecer la competencia, posteriores a la competencia por tanto (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Regula. Aquí se sitúa la CNC (Comisión nacional de la competencia).

Principios básicos:

La neutralidad de red en el ámbito de la regulación de las infraestructuras. Implica una garantía en la capacidad de acceso a las redes de comunicación, que no se pueda distorsionar y la libertad de elección del usuario al acceso de contenidos.

Dividendo digital: El espectro (el aire) debe estar dividido y ordenado. ¿Quién lo regula? La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que es el organismo especializado de las Naciones Unidas para las Tecnologías de la Información y la Comunicación – TIC. Dicen: Atribuimos el espectro radioeléctrico y las órbitas de satélite a escala mundial, elaboramos normas técnicas que garantizan la interconexión continua de las redes y las tecnologías, y nos esforzamos por mejorar el acceso a las TIC de las comunidades insuficientemente atendidas de todo el mundo.

Autor: Andrés Bruno (A)

CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS EN LOS CONTRATOS INTERNACIONALES, CON EL OBJETIVO PRIMORDIAL DE OFRECER SOLUCIONES PRÁCTICAS PARA LOS ASUNTOS QUE PLANTEAN LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS INTERNACIONALES

Detalles

Fecha de Suscripción: 23/11/2005;

Término de vigencia: Indefinido

Lugar: Viena;

Categoría: Convención;

Tipo de instrumento: Multilateral;

Firmantes: Países de las Naciones Unidas;

Organismos Internacionales: Organización de las Naciones Unidas (ONU);

Tema: Telecomunicaciones;

Entrada en vigor: El primer día del mes siguiente a la expiración del plazo (véase más en esta plataforma general) de seis meses, contado a partir de la fecha en que un Estado haya depositado su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.

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Descripción

Adoptada por la Asamblea General el 23 de noviembre de 2005, la Convención tiene la finalidad de fomentar la seguridad jurídica y la previsión comercial cuando se utilicen comunicaciones electrónicas en la negociación de contratos internacionales.Entre las Líneas En la Convención se regula la determinación de la ubicación de la parte en un entorno electrónico; el momento y lugar de envío y de recepción de las comunicaciones electrónicas; la utilización de sistemas de mensajes automatizados para la formación de contratos; y los criterios a que debe recurrirse para establecer la equivalencia funcional entre las comunicaciones electrónicas y los documentos sobre papel, incluidos los documentos sobre papel “originales”, así como entre los métodos de autenticación electrónica y las firmas manuscritas.

La Convención fue preparada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) entre 2002 y 2005. La Asamblea General aprobó la Convención el 23 de noviembre de 2005 mediante su resolución 60/21 y el Secretario General la abrió a la firma el 16 de enero de 2006.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) es un órgano subsidiario de la Asamblea General. Prepara textos legislativos internacionales para ayudar a los Estados a modernizar el derecho mercantil y textos no legislativos para facilitar las negociaciones entre las partes en operaciones comerciales.

Parece que esta convención podría ayudar de forma significativa a ofrecer soluciones prácticas, armónicas y unificadas para los asuntos que plantean la utilización de medios electrónicos de comunicación para la celebración de contratos, promoviendo el desarrollo del intercambio comercial.

Fechas de las firmas de países que se han adherido a la Convención

Por Estado y fecha de firma:

  • Arabia Saudita: 12 noviembre 2007
  • China: 6 julio 2006
  • Colombia: 27 septiembre 2007
  • Federación de Rusia: 25 abril 2007
  • Filipinas: 25 septiembre 2007
  • Honduras: 15 enero 2008
  • Irán (República Islámica del): 26 septiembre 2007
  • Líbano: 22 mayo 2006
  • Madagascar: 19 septiembre 2006
  • Montenegro: 27 septiembre 2007
  • Panamá: 25 septiembre 2007
  • Paraguay: 26 marzo 2007
  • República Centroafricana: 27 febrero 2006
  • República de Corea: 15 enero 2008
  • Senegal: 7 abril 2006
  • Sierra Leona: 21 septiembre 2006
  • Singapur: 6 julio 2006
  • Sri Lanka: 6 julio 2006

Medios de Comunicación Online

Respecto a la comunicación en linea, destaca la información sobre los medios de comunicación online, también llamados medios on line, y cuales son tales medios online.

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En especial, estas materias resultan especialmente populares y serán desarrolladas posteriormente:

  • Sociología de las comunicaciones en línea
  • Contactos sociales en línea: identidades, relaciones, comunidades
  • Métodos de investigación en línea
  • Comunicación en línea y público político
  • Periodismo de Internet: ¿De la guardia tradicional al periodismo participativo?,

Factura electrónica

El 30 de noviembre de 2012 se publicó, en España, en el BOE, el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

Lo más destacable respecto a esta norma es que se equipara la factura electrónica a la factura en papel. La factura electrónica puede ser un simple PDF o un documento escaneado, eso sí, con el resto de requisitos de toda factura.

Además, el reglamento introduce una definición de factura electrónica que supone una simplificación muy importante para su emisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Por tanto, el DI y la firma electrónica avanzada dejan de ser obligatorios.

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2 comentarios en «Comunicaciones Electrónicas»

  1. La tónica general es que Internet se autorregula, pero con excepciones en los que la Ley ha decidido entrar, como es el caso del comercio electrónico.

    Responder
  2. Algunas cuestiones populares incluyen las siguientes:

    ¿Qué es la comunicación en línea?
    ¿Cuáles son los medios de comunicación online?
    ¿Cuáles son los medios on line?

    También son topicos frecuentes estros tres en relación con la comunicación en linea: medios de comunicación online, cuales son los medios online y medios on line, de lo que se habla en esta entrada.

    Responder

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