Los tribunales de apelación difieren de los tribunales de primera instancia de varias maneras, pero la principal diferencia es funcional. A pesar de la importancia de esa función, su impacto se ve un tanto atenuado por el número relativamente pequeño de casos que persiguen apelaciones y el número aún menor que tiene éxito. Un buen número se adhiere a la función de establecer o aclarar los principios de la ley o la política, que luego se aplican a todas las situaciones similares. El único problema ante un tribunal de apelaciones es la cuestión legal (o preguntas) planteadas por el caso, que será resuelta exclusivamente por los jueces del tribunal de apelaciones. El tribunal no oye ninguna evidencia nueva y opera sin elementos cruciales de investigación como jurados o testigos. La jurisdicción de los tribunales de apelación tiende a ser paralela a la jurisdicción de los tribunales de primera instancia en el sistema, aunque la coincidencia no es exacta. Los tribunales federales de apelación generalmente conocen los casos de los tribunales de juicios federales, aunque también se lleva a cabo una revisión de ciertas decisiones de agencias y comisiones reguladoras. El sistema judicial federal y muchos sistemas estatales contienen dos niveles de tribunales de apelación. El primer nivel, conocido como el nivel intermedio, generalmente se requiere para revisar los casos que persiguen la apelación. En el contexto presente y futuro del Recurso de Casación, la trayectoria histórica divergente del Tribunal Supremo de Puerto Rico cobra especial interés desde el punto de vista comparativo.